Bacchus Advisors SpA
Diario Oficial
Información societaria
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Alejandro David Rivas Lorca Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Representación legal (2)
Ernesto Benedicto Müller Aguado
Luis Felipe de la Jara de Solminihac
Historia societaria relatada
- Otro acto· 15 de enero de 2021
Se modificaron sin forma de junta los estatutos de BACCHUS ADVISORS SpA mediante escritura pública.
- Otro acto· 7 de julio de 2021
Se publicó en el Diario Oficial el extracto de dicha modificación de estatutos.
Texto oficial del extracto
Patricio Raby Benavente, Notario Público de la 5ª Notaría de Santiago, con oficio en Gertrudis Echenique 30, Of. 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de Septiembre del año 2021, ante mí, Comparecen: don Alejandro David Rivas Lorca, chileno, casado, ingeniero comercial, domiciliado en calle Luis Thayer Ojeda número doscientos noventa y nueve departamento número veintiuno, comuna de Providencia, Santiago; don Felipe Andrés Berrios Ochoa, chileno, ingeniero agrónomo, casado, domiciliado para estos efectos en Santa Verónica número seiscientos sesenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago, don Hans-Jürgen Leibbrandt Stange, chileno, independiente, casado, domiciliado para estos efectos en Avenida Chamisero número quince mil novecientos Casa número treinta y nueve, Chicureo, comuna de Colina, Santiago; don Ernesto Benedicto Müller Aguado, chileno, casado, ingeniero comercial, en nombre y representación de INVERSIONES IGNAMAR SpA, sociedad del giro de inversión, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Parque Golf número diez mil seiscientos veinte, comuna de Lo Barnechea, Santiago; y don Luis Felipe de la Jara de Solminihac, chileno, casado, ingeniero civil, en nombre y representación de INVERSIONES APOLO SpA, sociedad del giro de inversión, ambos domiciliados para estos efectos en calle Leo Norte número nueve mil cincuenta y ocho, comuna de Vitacura, Santiago; vienen en este acto en constituir Saneamiento de Escritura Pública de Modificación sin forma de junta de Estatutos de la Sociedad BACCHUS ADVISORS SpA, conforme a lo que se expresa a continuación: 1) que con fecha quince de enero del año dos mil veintiuno por escritura pública otorgada ante la Notaria de don Patricio Raby Benavente, repertorio número quinientos quince guion dos mil veintiuno, se Modificó sin forma de junta los estatutos de Bacchus Advisors SpA, cuyo RUT figura ante el Servicio de Impuestos Internos con el número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos sesenta y nueve guion seis. 2) El extracto de dicha Modificación fue publicado en el Diario Oficial con fecha siete de julio del año dos mil veintiuno. 3) Atendido lo expuesto en las cláusulas precedentes, y de conformidad a lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y el inciso segundo del artículo cuatrocientos veintiocho del Código de Comercio, los accionistas de Bacchus Advisors SpA, vienen en este acto y por el presente instrumento, otorgar escritura de saneamiento expresamente por falta de inscripción y publicación oportuna de modificación de fecha quince de enero de dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario don Patricio Raby Benavente. 4) los accionistas en este acto declaran que no existe sentencia judicial ejecutoriada que, previo a este acto se hayan pronunciado sobre el vicio de nulidad que adolece la sociedad. Certificado: El Notario que suscribe certifica que comparecieron en la presente escritura los únicos y actuales accionistas de la sociedad según Registro de Accionistas Tenido a la Vista por el Notario que firma. Domicilio: Para los efectos a que haya lugar, las partes fijan domicilio especial en la comuna de Santiago. Demás estipulaciones en escritura de Saneamiento de Escritura Pública de Modificación sin forma de junta de Sociedad por Acciones BACCHUS ADVISORS SpA. Santiago, 05 de Octubre de 2021.- P Raby B. Not. Púb.
Información societaria
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Alejandro David Rivas Lorca Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Representación legal (2)
Ernesto Benedicto Müller Aguado
Luis Felipe de la Jara de Solminihac
Historia societaria relatada
- Otro acto· 15 de enero de 2021
Se modifican sin forma de junta los estatutos de Bacchus Advisors SpA.
Bacchus Advisors SpA
- Otro acto· 23 de septiembre de 2021
Se otorga escritura complementaria, rectificatoria y aclaratoria de saneamiento.
Bacchus Advisors SpA
Texto oficial del extracto
PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico por escritura pública de fecha 09 de septiembre de 2021, ante mí, Comparecen: don Alejandro David Rivas Lorca, chileno, casado, ingeniero comercial, domiciliado en calle Luis Thayer Ojeda número doscientos noventa y nueve departamento número veintiuno, comuna de Providencia, Santiago; don Felipe Andrés Berrios Ochoa, chileno, ingeniero agrónomo, casado, domiciliado para estos efectos en Santa Verónica número seiscientos sesenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago, don Hans-Jürgen Leibbrandt Stange, chileno, independiente, casado, domiciliado para estos efectos en Avenida Chamisero número quince mil novecientos Casa número treinta y nueve, Chicureo, comuna de Colina, Santiago; don Ernesto Benedicto Müller Aguado, chileno, casado, ingeniero comercial, en nombre y representación de INVERSIONES IGNAMAR SpA, sociedad del giro de inversión, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Parque Golf número diez mil seiscientos veinte, comuna de Lo Barnechea, Santiago; y don Luis Felipe de la Jara de Solminihac, chileno, casado, ingeniero civil, en nombre y representación de INVERSIONES APOLO SpA, sociedad del giro de inversión, ambos domiciliados para estos efectos en calle Leo Norte número nueve mil cincuenta y ocho, comuna de Vitacura, Santiago; vienen en este acto en constituir Saneamiento de Escritura Pública de Modificación sin forma de junta de Estatutos de la Sociedad BACCHUS ADVISORS SpA, conforme a lo que se expresa a continuación: 1) que con fecha quince de enero del año dos mil veintiuno por escritura pública otorgada ante la Notaria de don Patricio Raby Benavente, repertorio número quinientos quince guion dos mil veintiuno, se Modificó sin forma de junta los estatutos de Bacchus Advisors SpA, cuyo RUT figura ante el Servicio de Impuestos Internos con el número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos sesenta y nueve guion seis. 2) El extracto de dicha Modificación fue publicado en el Diario Oficial con fecha siete de julio del año dos mil veintiuno. 3) Que con fecha veintitrés de septiembre del año dos mil veintiuno se otorgo escritura complementaria, rectificatoria y aclaratorita, de Escritura de Saneamiento en la Notaria de don Felipe San Martin Schroder, la que figura con el número de repertorio ocho mil ochenta y tres 4) atendido lo expuesto en las cláusulas precedentes, y de conformidad a lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y el inciso segundo del artículo cuatrocientos veintiocho del Código de Comercio, los accionistas de Bacchus Advisors SpA, vienen en este acto y por el presente instrumento, otorgar escritura de saneamiento expresamente por falta de inscripción y publicación oportuna de modificación de fecha quince de enero de dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario don Patricio Raby Benavente. 5) los accionistas en este acto declaran que no existe sentencia judicial ejecutoriada que, previo a este acto se hayan pronunciado sobre el vicio de nulidad que adolece la sociedad. Certificado: El Notario que suscribe certifica que comparecieron en la presente escritura los únicos y actuales accionistas de la sociedad según Registro de Accionistas Tenido a la Vista por el Notario que firma. Domicilio: Para los efectos a que haya lugar, las partes fijan domicilio especial en la comuna de Santiago. Demás estipulaciones en escritura de Saneamiento de Escritura Pública de Modificación sin forma de junta de Sociedad por Acciones BACCHUS ADVISORS SpA. Santiago, 29 de septiembre de 2021.- P. Raby B. N. P.
Información societaria
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Alejandro David Rivas Lorca Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Representación legal (2)
Ernesto Benedicto Müller Aguado
Luis Felipe de la Jara de Solminihac
Historia societaria relatada
- Otro acto· 15 de enero de 2021
Se modifican los estatutos de Bacchus Advisors SpA.
Bacchus Advisors SpA
- Otro acto· 21 de julio de 2021
Se otorga escritura de saneamiento de la modificación de estatutos de Bacchus Advisors SpA.
Bacchus Advisors SpA
Texto oficial del extracto
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de septiembre de 2021, ante el Titular, Comparecen: don Alejandro David Rivas Lorca, chileno, casado, ingeniero comercial, domiciliado en calle Luis Thayer Ojeda número doscientos noventa y nueve departamento número veintiuno, comuna de Providencia, Santiago; don Felipe Andrés Berrios Ochoa, chileno, ingeniero agrónomo, casado, domiciliado para estos efectos en Santa Verónica número seiscientos sesenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago, don Hans-Jürgen Leibbrandt Stange, chileno, independiente, casado, domiciliado para estos efectos en Avenida Chamisero número quince mil novecientos Casa número treinta y nueve, Chicureo, comuna de Colina, Santiago; don Ernesto Benedicto Müller Aguado, chileno, casado, ingeniero comercial, en nombre y representación de INVERSIONES IGNAMAR SpA, sociedad del giro de inversión, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Parque Golf número diez mil seiscientos veinte, comuna de Lo Barnechea, Santiago; y don Luis Felipe de la Jara de Solminihac, chileno, casado, ingeniero civil, en nombre y representación de INVERSIONES APOLO SpA, sociedad del giro de inversión, ambos domiciliados para estos efectos en calle Leo Norte número nueve mil cincuenta y ocho, comuna de Vitacura, Santiago; vienen en este acto en constituir Saneamiento de Escritura Pública de Modificación sin forma de junta de Estatutos de la Sociedad BACCHUS ADVISORS SpA, conforme a lo que se expresa a continuación: 1) que con fecha quince de enero del año dos mil veintiuno por escritura pública otorgada ante la Notaria de don Patricio Raby Benavente, repertorio número quinientos quince guion dos mil veintiuno, se Modificó sin forma de junta los estatutos de Bacchus Advisors Sociedad por Acciones, cuyo RUT figura ante el Servicio de Impuestos Internos con el número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos sesenta y nueve guion seis. 2) El extracto de dicha Modificación fue publicado en el Diario Oficial con fecha siete de julio del año dos mil veintiuno. 3) que con fecha veintiuno de julio del año dos mil veintiuno por escritura pública otorgada ante la Notaria de don Patricio Raby Benavente, repertorio número siete mil ochocientos cincuenta y cinco guion dos mil veintiuno, los accionistas firmaron escritura de Saneamiento de Escritura Pública de Modificación sin forma de junta los estatutos de Bacchus Advisors Sociedad por Acciones, cuyo RUT figura ante el Servicio de Impuestos Internos con el número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos sesenta y nueve guion seis. 4) El extracto de dicha Escritura de Saneamiento de Escritura Pública de Modificación fue publicado en el Diario Oficial con fecha primero de septiembre del año dos mil veintiuno. 5) atendido lo expuesto en las cláusulas precedentes, y de conformidad a lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y el inciso segundo del artículo cuatrocientos veintiocho del Código de Comercio, los accionistas de Bacchus Advisors SpA, vienen en este acto y por el presente instrumento, en sanear los vicios formales en que se incurrió al no inscribir en los registros correspondiente dentro de plazo establecido en la normativa vigente; en circunstancias que la sociedad actualmente se encuentra vigente y en plena funciones para todos los fines comerciales, financieros y tributarios. 6) los accionistas en este acto declaran que no existe sentencia judicial ejecutoriada que, previo a este acto se hayan pronunciado sobre el vicio de nulidad que adolece la sociedad. Certificado: El Notario que suscribe certifica que comparecieron en la presente escritura los únicos y actuales accionistas de la sociedad. Domicilio: Para los efectos a que haya lugar, las partes fijan domicilio especial en la comuna de Santiago. Demás estipulaciones en escritura de Saneamiento de Escritura Pública de Modificación sin forma de junta de Sociedad por Acciones BACCHUS ADVISORS SpA. Santiago, 14 de septiembre de 2021.- M. V. Wielandt C. N. S.
Información societaria
Representación legal (2)
ERNESTO BENEDICTO MÜLLER AGUADO
FELIPE DE LA JARA DE SOLMINIHAC
Historia societaria relatada
- Otro acto· 15 de enero de 2021
Se modifican sin forma de junta los estatutos de Bacchus Advisors SpA y se publica el extracto correspondiente el 7 de julio de 2021.
BACCHUS ADVISORS SpA
Texto oficial del extracto
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico Por escritura pública de fecha 21 de julio de 2021, ante el Titular, Comparecen: don Alejandro David Rivas Lorca, chileno, casado, ingeniero comercial, domiciliado en calle Luis Thayer Ojeda número doscientos noventa y nueve departamento número veintiuno, comuna de Providencia, Santiago; don Felipe Andrés Berrios Ochoa, chileno, ingeniero agrónomo, casado, domiciliado para estos efectos en Santa Verónica número seiscientos sesenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago, don Hans-Jürgen Leibbrandt Stange, chileno, independiente, casado, domiciliado para estos efectos en Avenida Chamisero número quince mil novecientos Casa número treinta y nueve, Chicureo, comuna de Colina, Santiago; don ERNESTO BENEDICTO MÜLLER AGUADO, chileno, casado, ingeniero comercial, en nombre y representación de INVERSIONES IGNAMAR SpA, sociedad del giro de inversión, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Parque Golf número diez mil seiscientos veinte, comuna de Lo Barnechea, Santiago; y don FELIPE DE LA JARA DE SOLMINIHAC, chileno, casado, ingeniero civil, en nombre y representación de INVERSIONES APOLO SpA, sociedad del giro de inversión, ambos domiciliados para estos efectos en calle Leo Norte número nueve mil cincuenta y ocho, comuna de Vitacura, Santiago; vienen en este acto en constituir Saneamiento de Escritura Pública de Modificación sin forma de junta de Estatutos de la Sociedad BACCHUS ADVISORS SpA, conforme a lo que se expresa a continuación: 1) que con fecha quince de enero del año dos mil veintiuno por escritura pública otorgada ante la Notaria de don Patricio Raby Benavente, repertorio número quinientos quince guion dos mil veintiuno, se Modificó sin forma de junta los estatutos de Bacchus Advisors Sociedad por Acciones, cuyo RUT figura ante el Servicio de Impuestos Internos con el número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos sesenta y nueve guion seis. 2) El extracto de dicha Modificación fue publicado en el Diario Oficial con fecha siete de julio del año dos mil veintiuno. 3) atendido lo expuesto en las cláusulas precedentes, y de conformidad a lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y el inciso segundo del artículo cuatrocientos veintiocho del Código de Comercio, los accionistas de Bacchus Advisors SpA, vienen en este acto y por el presente instrumento, en sanear los vicios formales en que se incurrió al no inscribir en los registros correspondiente dentro de plazo establecido en la normativa vigente; en circunstancias que la sociedad actualmente se encuentra vigente y en plena funciones para todos los fines comerciales, financieros y tributarios. 4) los accionistas en este acto declaran que no existe sentencia judicial ejecutoriada que, previo a este acto se hayan pronunciado sobre el vicio de nulidad que adolece la sociedad. Certificado: El Notario que suscribe certifica que comparecieron en la presente escritura los únicos y actuales accionistas de la sociedad. Domicilio: Para los efectos a que haya lugar, las partes fijan domicilio especial en la comuna de Santiago. Demás estipulaciones en escritura de Saneamiento de Escritura Pública de Modificación sin forma de junta de Sociedad por Acciones BACCHUS ADVISORS SpA. Santiago, 27 de agosto de 2021.- M. V. Wielandt C. N. S.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tiene por objeto desarrollar actividades con respecto a la industria agrícola y a la industria de alimentos, incluyendo asesoría integral en inversiones, fusiones y adquisiciones; asesoría y prestación de servicios en negocios de todo tipo; estudio y promoción de negocios o proyectos industriales, comerciales y financieros; participación como socia o accionista en sociedades y contratos de asociación; compra, importación, venta, agencia, comisión y distribución de vinos y otras bebidas alcohólicas y analcohólicas; y ejecutar actos y contratos necesarios para el cumplimiento del objeto o desarrollo de su giro.
Capital
Capital total
$30.516.000
Capital pagado
$500.000
Capital pendiente
$30.016.000
Acciones
128
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100 acc. | $500.000 |
Historia societaria relatada
- Constitución· 10 de agosto de 2018
Genoa Capital Limitada suscribe y paga 100 acciones por $500.000 en la constitución social.
Texto oficial del extracto
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de enero de 2021, ante mí, Comparecen: don Alejandro David Rivas Lorca, chileno, casado, ingeniero comercial, domiciliado en calle Luis Thayer Ojeda número doscientos noventa y nueve departamento número veintiuno, comuna de Providencia, Santiago; don Felipe Andrés Berrios Ochoa, chileno, ingeniero agrónomo, casado, domiciliado para estos efectos en Santa Verónica número seiscientos sesenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago, don Hans-Jürgen Leibbrandt Stange, chileno, independiente, casado, domiciliado para estos efectos en Avenida Chamisero número quince mil novecientos Casa número treinta y nueve, Chicureo, comuna de Colina, Santiago; vienen en este acto en constituir Modificación de Estatutos de la Sociedad BACCHUS ADVISORS SpA sin forma de junta, conforme a lo que se expresa a continuación: 1) Modificación del Objeto Social: Se amplía el objeto social para incluir las actividades de compra, importación y venta de vinos y otras bebidas alcohólicas y analcohólicas. En vista de lo anterior, se sustituye el artículo Cuarto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. La sociedad tiene por objeto desarrollar las siguientes actividades con respecto a la industria agrícola y a la industria de alimentos: a) la asesoría integral y prestación de servicios en materias de inversiones, fusiones y adquisiciones en general; b) la asesoría y prestación de servicios en materia de negocios de todo tipo, en mercados internos y externos, tanto a personas nacionales como extranjeras; c) el estudio y promoción de negocios o proyectos industriales, comerciales, financieros y la prestación de servicios de asesoría técnica o profesional integral en la realización de inversiones, fusiones, adquisiciones, o desarrollo de negocios; d) la participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, cualquiera sea su objeto, clase o naturaleza y la participación como gestor o partícipe en contratos de asociación o cuentas en participación; e) la compra, importación, venta, agencia, comisión y distribución de vinos y otras bebidas alcohólicas y analcohólicas; y f) ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro.” 2) Aumento de capital. Se aumenta el capital social en la cantidad de treinta millones dieciséis mil pesos, esto es desde la suma de quinientos mil pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, a la suma de treinta millones quinientos dieciséis mil pesos, dividido en ciento veintiocho acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Este aumento de capital, ascendente a la cantidad de treinta millones dieciséis mil pesos, se efectuará mediante la emisión de veintiocho acciones de pago, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, a un valor cada una de ellas de un millón setenta y dos mil pesos, las que serán emitidas y ofrecidas preferentemente en este mismo acto, en proporción a su participación accionaria en la Sociedad, a los actuales accionistas de la Sociedad, 3) Modificación artículo quinto de los estatutos sociales. En vista de lo anterior, se sustituye el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de treinta millones quinientos dieciséis mil pesos, dividido en ciento veintiocho acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagarán en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas, salvo por el derecho a recibir utilidades, el que sólo podrán ejercer en proporción a la parte pagada de las mismas”. 4) Modificación artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Como consecuencia del aumento de capital indicado en esta cláusula segunda, se hace necesario modificar el artículo Primero Transitorio de los estatutos de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio. El capital de la sociedad es treinta millones quinientos dieciséis mil pesos, el cual se encuentra dividido en ciento veintiocho acciones nominativas de una sola serie, sin valor nominal, las que son suscritas y pagadas de la siguiente forma: a) Con la suscripción, por el accionista Genoa Capital Limitada, en el acto de constitución social de cien acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y cuyo valor total de quinientos mil pesos fue pagado y enterado en arcas sociales el día diez de agosto de dos mil dieciocho. b)Las veintiocho acciones de pago, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, emitidas por un valor cada una de ellas de un millón setenta y dos mil pesos, y por un valor total de treinta millones dieciséis mil pesos, según el aumento de capital acordado mediante escritura pública otorgada en esta misma fecha, deberán ser suscritas y pagadas en dinero efectivo en tres pagos de la siguiente forma: 1) cinco millones ocho mil pesos, entre enero y marzo de dos mil veintiuno; 2) cinco millones de pesos, entre mayo y junio de dos mil veintiuno; y 3) cinco millones de pesos, en septiembre de dos mil veintiuno, en partes iguales por cada uno de los nuevos socios, como se describe más adelante. Vigencia de los estatutos. En todo lo no modificado continúa vigente el resto de los estatutos de la Sociedad. Certificado: El Notario que suscribe certifica que comparecieron en la presente escritura los únicos y actuales accionistas de la sociedad. Domicilio: Para los efectos a que haya lugar, las partes fijan domicilio especial en la comuna de Santiago. Demás estipulaciones en escritura de Modificación sin forma de junta y Revocación y Otorgamiento de Poderes BACCHUS ADVISORS SpA. Santiago, 02 de julio de 2021.- M. V. Wielandt C. N. S.
Información societaria
Objeto social
Desarrollar actividades con respecto a la industria agrícola y a la industria de alimentos, incluyendo asesoría integral en inversiones, fusiones y adquisiciones; asesoría y prestación de servicios en negocios internos y externos; estudio y promoción de negocios o proyectos industriales, comerciales y financieros; participación como socia o accionista en sociedades; y la compra, importación, venta, agencia, comisión y distribución de vinos y otras bebidas alcohólicas y analcohólicas.
Capital
Capital total
$30.516.000
Capital pagado
$500.000
Capital pendiente
$30.016.000
Acciones
128
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100 acc. | $500.000 |
Alejandro David Rivas Lorca Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 10 de agosto de 2018
Genoa Capital Limitada suscribe y paga 100 acciones por $500.000 al constituirse la sociedad.
Texto oficial del extracto
PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de enero de 2021, ante mi suplente, doña María Virginia Wielandt Covarrubias, Comparecen: don Alejandro David Rivas Lorca, chileno, casado, ingeniero comercial, domiciliado en calle Luis Thayer Ojeda número doscientos noventa y nueve departamento número veintiuno, comuna de Providencia, Santiago; don Felipe Andrés Berrios Ochoa, chileno, ingeniero agrónomo, casado, domiciliado para estos efectos en Santa Verónica número seiscientos sesenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago, don Hans-Jürgen Leibbrandt Stange, chileno, independiente, casado, domiciliado para estos efectos en Avenida Chamisero número quince mil novecientos Casa número treinta y nueve, Chicureo, comuna de Colina, Santiago; vienen en este acto en constituir Modificación de Estatutos sin forma de junta, conforme a lo que se expresa a continuación: 1) Modificación del Objeto Social: Se amplía el objeto social para incluir las actividades de compra, importación y venta de vinos y otras bebidas alcohólicas y analcohólicas. En vista de lo anterior, se sustituye el artículo Cuarto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. La sociedad tiene por objeto desarrollar las siguientes actividades con respecto a la industria agrícola y a la industria de alimentos: a) la asesoría integral y prestación de servicios en materias de inversiones, fusiones y adquisiciones en general; b) la asesoría y prestación de servicios en materia de negocios de todo tipo, en mercados internos y externos, tanto a personas nacionales como extranjeras; c) el estudio y promoción de negocios o proyectos industriales, comerciales, financieros y la prestación de servicios de asesoría técnica o profesional integral en la realización de inversiones, fusiones, adquisiciones, o desarrollo de negocios; d) la participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, cualquiera sea su objeto, clase o naturaleza y la participación como gestor o partícipe en contratos de asociación o cuentas en participación; e) la compra, importación, venta, agencia, comisión y distribución de vinos y otras bebidas alcohólicas y analcohólicas; y f) ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro.” 2) Aumento de capital. Se aumenta el capital social en la cantidad de treinta millones dieciséis mil pesos, esto es desde la suma de quinientos mil pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, a la suma de treinta millones quinientos dieciséis mil pesos, dividido en ciento veintiocho acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Este aumento de capital, ascendente a la cantidad de treinta millones dieciséis mil pesos, se efectuará mediante la emisión de veintiocho acciones de pago, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, a un valor cada una de ellas de un millón setenta y dos mil pesos, las que serán emitidas y ofrecidas preferentemente en este mismo acto, en proporción a su participación accionaria en la Sociedad, a los actuales accionistas de la Sociedad, 3) Modificación artículo quinto de los estatutos sociales. En vista de lo anterior, se sustituye el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de treinta millones quinientos dieciséis mil pesos, dividido en ciento veintiocho acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagarán en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas, salvo por el derecho a recibir utilidades, el que sólo podrán ejercer en proporción a la parte pagada de las mismas”. 4) Modificación artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Como consecuencia del aumento de capital indicado en esta cláusula segunda, se hace necesario modificar el artículo Primero Transitorio de los estatutos de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio. El capital de la sociedad es treinta millones quinientos dieciséis mil pesos, el cual se encuentra dividido en ciento veintiocho acciones nominativas de una sola serie, sin valor nominal, las que son suscritas y pagadas de la siguiente forma: a) Con la suscripción, por el accionista Genoa Capital Limitada, en el acto de constitución social de cien acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y cuyo valor total de quinientos mil pesos fue pagado y enterado en arcas sociales el día diez de agosto de dos mil dieciocho. b)Las veintiocho acciones de pago, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, emitidas por un valor cada una de ellas de un millón setenta y dos mil pesos, y por un valor total de treinta millones dieciséis mil pesos, según el aumento de capital acordado mediante escritura pública otorgada en esta misma fecha, deberán ser suscritas y pagadas en dinero efectivo en tres pagos de la siguiente forma: 1) cinco millones ocho mil pesos, entre enero y marzo de dos mil veintiuno; 2) cinco millones de pesos, entre mayo y junio de dos mil veintiuno; y 3) cinco millones de pesos, en septiembre de dos mil veintiuno, en partes iguales por cada uno de los nuevos socios, como se describe más adelante. Vigencia de los estatutos. En todo lo no modificado continúa vigente el resto de los estatutos de la Sociedad. Certificado: El Notario que suscribe certifica que comparecieron en la presente escritura los únicos y actuales accionistas de la sociedad. Domicilio: Para los efectos a que haya lugar, las partes fijan domicilio especial en la comuna de Santiago. Demás estipulaciones en escritura de Modificación sin forma de junta y Revocación y Otorgamiento de Poderes BACCHUS ADVISORS SpA. Santiago, 02 de junio de 2021.- P. Raby B. N. P.
Información societaria
Objeto social
Desarrollar actividades con respecto a la industria agrícola y a la industria de alimentos, incluyendo asesoría integral y prestación de servicios en materias de inversiones, fusiones y adquisiciones; asesoría y prestación de servicios en materia de negocios; estudio y promoción de negocios o proyectos industriales, comerciales y financieros; participación como socia o accionista en sociedades; compra, importación, venta, agencia, comisión y distribución de vinos y otras bebidas alcohólicas y analcohólicas; y ejecutar actos y contratos necesarios para el cumplimiento del objeto.
Capital
Capital total
$30.516.000
Capital pagado
$514.000
Capital pendiente
$30.002.000
Acciones
128
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100 acc. | $500.000 |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Felipe de la Jara de Solminihac Accionista | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 28 de julio de 2015
Se menciona la constitución de Bacchus Advisors SpA y el otorgamiento de poderes en esa escritura.
Bacchus Advisors SpA · Fabián Salgado Salgado
- Constitución· 10 de agosto de 2018
Genoa Capital Limitada suscribió y pagó 100 acciones por $500.000 en la constitución social.
- Cesión de derechos· 15 de enero de 2021
Alejandro Rivas Lorca, Felipe Andrés Berríos Ochoa y Hans-Jürgen Leibbrandt Stange ceden su derecho de suscripción preferente a Ernesto Müller Aguado y Felipe de la Jara de Solminihac.
Alejandro Rivas Lorca · Felipe Andrés Berrios Ochoa · Hans-Jürgen Leibbrandt Stange · Ernesto Müller Aguado · Felipe de la Jara de Solminihac
- Cambio de capital· 15 de enero de 2021
Se aumenta el capital social de $500.000 a $30.516.000 mediante emisión de 28 acciones de pago.
BACCHUS ADVISORS SpA
- Cambio de administrador· 15 de enero de 2021
Se revocan poderes otorgados a Fabián Salgado Salgado y se confiere poder especial a Felipe Berríos Ochoa ante el SII.
Texto oficial del extracto
PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifica: Por escritura pública de 15 de enero de 2021, ante mi suplente, doña María Virginia Wielandt Covarrubias, Comparecen: don Alejandro David Rivas Lorca, chileno, casado, ingeniero comercial, domiciliado en calle Luis Thayer Ojeda número doscientos noventa y nueve departamento número veintiuno, comuna de Providencia, Santiago; don Felipe Andrés Berrios Ochoa, chileno, ingeniero agrónomo, casado, domiciliado para estos efectos en Santa Verónica número seiscientos sesenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago, don Hans-Jürgen Leibbrandt Stange, chileno, independiente, casado, domiciliado para estos efectos en Avenida Chamisero número quince mil novecientos Casa número treinta y nueve, Chicureo, comuna de Colina, Santiago; vienen en este acto en constituir Modificación sin forma de Junta, 1) Modificación del Objeto Social: Se amplía el objeto social para incluir las actividades de compra, importación y venta de vinos y otras bebidas alcohólicas y analcohólicas. En vista de lo anterior, se sustituye el artículo Cuarto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. La sociedad tiene por objeto desarrollar las siguientes actividades con respecto a la industria agrícola y a la industria de alimentos: a) la asesoría integral y prestación de servicios en materias de inversiones, fusiones y adquisiciones en general; b) la asesoría y prestación de servicios en materia de negocios de todo tipo, en mercados internos y externos, tanto a personas nacionales como extranjeras; c) el estudio y promoción de negocios o proyectos industriales, comerciales, financieros y la prestación de servicios de asesoría técnica o profesional integral en la realización de inversiones, fusiones, adquisiciones, o desarrollo de negocios; d) la participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, cualquiera sea su objeto, clase o naturaleza y la participación como gestor o partícipe en contratos de asociación o cuentas en participación; e) la compra, importación, venta, agencia, comisión y distribución de vinos y otras bebidas alcohólicas y analcohólicas; y f) ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro.” 2) Aumento de capital. Se aumenta el capital social en la cantidad de treinta millones dieciséis mil pesos, esto es desde la suma de quinientos mil pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, a la suma de treinta millones quinientos dieciséis mil pesos, dividido en ciento veintiocho acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Este aumento de capital, ascendente a la cantidad de treinta millones dieciséis mil pesos, se efectuará mediante la emisión de veintiocho acciones de pago, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, a un valor cada una de ellas de un millón setenta y dos mil pesos, las que serán emitidas y ofrecidas preferentemente en este mismo acto, en proporción a su participación accionaria en la Sociedad, a los actuales accionistas de la Sociedad, 3) Modificación artículo quinto de los estatutos sociales. En vista de lo anterior, se sustituye el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de treinta millones quinientos dieciséis mil pesos, dividido en ciento veintiocho acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagarán en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas, salvo por el derecho a recibir utilidades, el que sólo podrán ejercer en proporción a la parte pagada de las mismas”. 4) Modificación artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Como consecuencia del aumento de capital indicado en esta cláusula segunda, se hace necesario modificar el artículo Primero Transitorio de los estatutos de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio. El capital de la sociedad es treinta millones quinientos dieciséis mil pesos, el cual se encuentra dividido en ciento veintiocho acciones nominativas de una sola serie, sin valor nominal, las que son suscritas y pagadas de la siguiente forma: a) Con la suscripción, por el accionista Genoa Capital Limitada, en el acto de constitución social de cien acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y cuyo valor total de quinientos mil pesos fue pagado y enterado en arcas sociales el día diez de agosto de dos mil dieciocho. b)Las veintiocho acciones de pago, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, emitidas por un valor cada una de ellas de un millón setenta y dos mil pesos, y por un valor total de treinta millones dieciséis mil pesos, según el aumento de capital acordado mediante escritura pública otorgada en esta misma fecha, deberán ser suscritas y pagadas en dinero efectivo en tres pagos de la siguiente forma: 1) cinco millones ocho mil pesos, entre enero y marzo de dos mil veintiuno; 2) cinco millones de pesos, entre mayo y junio de dos mil veintiuno; y 3) cinco millones de pesos, en septiembre de dos mil veintiuno, en partes iguales por cada uno de los nuevos socios, como se describe más adelante. Vigencia de los estatutos. En todo lo no modificado continúa vigente el resto de los estatutos de la Sociedad. Compraventa y cesión del derecho de suscripción preferente. En este acto, cada uno de los accionistas don Alejandro Rivas Lorca, don Felipe Andrés Berríos Ochoa y don Hans-Jürgen Leibbrandt Stange, venden y ceden su derecho de suscripción preferente de las acciones que se emiten con motivo de este aumento de capital en favor de don Ernesto Müller Aguado y don Felipe de la Jara de Solminihac, quienes a su vez compran y adquieren para sí, tales derechos de suscripción preferente. Precio: Cada una de estas cesiones tiene un precio de mil pesos por acción, por lo que en este acto don Ernesto Müller Aguado paga a Alejandro Rivas la cantidad de ocho mil pesos y a don Felipe Andrés Berríos Ochoa la cantidad de cuatro mil pesos, quienes la reciben a su total satisfacción, y don Felipe de la Jara de Solminihac paga a Alejandro Rivas la cantidad de ocho mil pesos y a don Hans-Jürgen Leibbrandt Stange la cantidad de cuatro mil pesos, quienes la reciben a su total satisfacción. La tradición de cada venta y cesión se efectúan mediante la entrega al cesionario de una copia autorizada de esta escritura pública. Los comparecientes se otorgan el más amplio finiquito con respecto a esta cesión. Declaraciones: Don Ernesto Müller Aguado y don Felipe de la Jara de Solminihac declaran que conocen la normativa legal que regula a las sociedades por acciones, el estatuto de la Sociedad y las protecciones que en ellos puedan o no existir respecto del interés de los accionistas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio. Revocación y Otorgamiento de Poderes; Revocación de poderes. En este acto se revoca los poderes otorgados a don Fabián Salgado Salgado en la escritura pública de constitución de Bacchus Advisors SpA otorgada el día veintiocho de julio del año dos mil quince en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente. Para actuar ante el Servicio de Impuestos Internos. Se confiere poder especial a don Felipe Berríos Ochoa, cédula nacional de identidad número diecisiete millones doscientos un mil ochocientos noventa y uno guion dos, para que actuando en nombre y en representación de la Sociedad o de los accionistas, según sea el caso, realicen todos los trámites, presentaciones y actuaciones y firmen todos los formularios necesarios para cumplir con la formalidades tributarias que la Ley o el Servicio de Impuestos Internos impone en relación con la modificación social acordada, quedando especialmente facultados para informar a dicho Servicio el aumento de capital de BACCHUS ADVISORS SpA, y en general, para realizar cualquier otra presentación ante el Servicio de Impuestos Internos. Domicilio: Para los efectos a que haya lugar, las partes fijan domicilio especial en la comuna de Santiago. Demás estipulaciones en escritura de Modificación sin forma de junta y Revocación y Otorgamiento de Poderes BACCHUS ADVISORS SpA. Santiago, 07 de abril de 2021.- P. Raby B. N. P.
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