Importadora Y Exportadora Luxalum SpA
Diario Oficial
Información societaria
Historia societaria relatada
- Constitución· 22 de mayo de 2015
Constitución de IMPORTADORA Y EXPORTADORA LUXALUM SpA o LUXALUM SpA.
- Otro acto· 30 de diciembre de 2021
Modificación de la sociedad otorgada para sanear su publicación.
Texto oficial del extracto
CAROLINA ANDREA URRIOLA RAMOS, Abogada, Notario Público Iquique, Suplente de la Titular MARÍA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Aníbal Pinto 555, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí: Don ANDRÉS FELIPE RODRIGUEZ VELASQUEZ, colombiano, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjeros Nº 23.502.282-6, domiciliado en Avenida las Américas Manzana 41, sitio 10, de la ciudad de Alto Hospicio, y de paso por esta ciudad, sanea modificación de sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA LUXALUM SpA” O “LUXALUM SpA” Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y un mil quinientos cuatro guion uno, constituida por escritura pública de fecha 22 de Mayo del año 2015, repertorio número 3076, otorgada en la notaría de Iquique ante don Patricio Torres Velozo, Notario Público Suplente del Titular Néstor Araya Blazina, cuyo extracto se inscribió a fojas 832 vuelta Número 690, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del referido año y debidamente publicada en el Diario Oficial. En este acto viene en sanear, conforme Ley 19.499, la modificación de la sociedad, de fecha 30 de Diciembre del año 2021, repertorio Nº 3254-2021, otorgada ante doña CAROLINA ANDREA URRIOLA RAMOS, abogada, Notario Público de Iquique, Suplente de la Titular doña MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, cuyo extracto se inscribió fojas 62 Nº 43, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2022, y cuyo extracto no fue publicado en el Diario Oficial dentro del plazo que indica la ley. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 28 de Febrero de 2022.
Información societaria
Capital
Capital total
$10.000.000
Acciones
500
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ANDRÉS FELIPE RODRIGUEZ VELASQUEZ Accionista | - | 100% | $10.000.000 |
Administradores (1)
ANDRÉS FELIPE RODRIGUEZ VELASQUEZ
Historia societaria relatada
- Constitución· 22 de mayo de 2015
Constitución de IMPORTADORA Y EXPORTADORA LUXALUM SpA
- Cesión de derechos
Jonathan Ramírez Correa vende y transfiere el 100% de sus acciones a Andrés Felipe Rodriguez Velasquez
Texto oficial del extracto
RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente de la Titular MARÍA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Aníbal Pinto 555, certifica que por escritura pública ante Notario Suplente doña CAROLINA ANDREA URRIOLA RAMOS de fecha 30 de Diciembre 2021 Rep. N°3.254-2021: JONATHAN RAMÍREZ CORREA, con domicilio en Altos Sur 4525, Comuna de Alto Hospicio, y de paso por esta ciudad; y ANDRÉS FELIPE RODRIGUEZ VELASQUEZ, domiciliado en Avenida las Américas Manzana 41, sitio 10, de la ciudad de Alto Hospicio, y de paso por esta ciudad, modifican sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA LUXALUM SpA” O “LUXALUM SpA” constituida por escritura pública de fecha 22 de Mayo del año 2015, repertorio Nº 3066, otorgada en la notaría de Iquique ante don Patricio Torres Velozo, Notario Público Suplente del Titular Néstor Araya Blazina, cuyo extracto se inscribió a fojas 832 vuelta Nº 690, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del referido año y debidamente publicada en el Diario Oficial. COMPRAVENTA DE ACCIONES. En este acto JONATHAN RAMÍREZ CORREA, vende, cede y transfiere a ANDRÉS FELIPE RODRIGUEZ VELASQUEZ, quien, compra, acepta y adquiere para sí, a su entera conformidad el 100% de las acciones que posee en la sociedad. Como consecuencia de la compraventa de acciones queda como único accionista don ANDRÉS FELIPE RODRIGUEZ VELASQUEZ, con el 100% de las acciones, que representan la totalidad del capital social. MODIFICACIONES: (I) Se aumenta el capital de la sociedad de $6.000.000 a $10.000.000 y por ende la cantidad de acciones que lo representan de 300 a 500, modificándose y reemplazándose el artículo cuarto del estatuto social por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Capital. El capital de la Sociedad será la cantidad de $10.000.000, dividido y representado en 500 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión.”; y (II) Se modifica la composición del capital social, en virtud de la nueva composición accionaria de la sociedad, modificándose y reemplazándose el artículo segundo transitorio del estatuto social por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital de la Sociedad ascendente a $10.000.000, dividido y representado en 500 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, se suscribe y pagará de la siguiente forma: El accionista don ANDRÉS FELIPE RODRIGUEZ VELASQUEZ suscribe en este acto el 100% de las acciones esto es la cantidad de 500, a un valor de $20.000 por acción, determina un valor de $10.000.000, las que pagará en dinero efectivo y/o con cargo a utilidades, a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales y/o reinversiones, a medida que los negocios y/o necesidades sociales lo requieran y, en todo caso, dentro del plazo de 1 año contado desde la fecha de suscripción de la presente escritura. Sin perjuicio de ello, se eleva a la calidad de esencial de esta convención la circunstancia que este accionista, podrá aportar, total o parcialmente, en lugar de dinero, determinados bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, que posea, que se individualizarán y que se tasarán cuando ello se produzca, dejándose constancia en un acta y en los libros respectivos. III: Asimismo el actual titular y único socio, don ANDRÉS FELIPE RODRIGUEZ VELASQUEZ, modifica el artículo primero transitorio del estatuto social, que dice relación con la Administración de la sociedad, el cual quedará del siguiente tenor “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el artículo quinto del estatuto social a don ANDRÉS FELIPE RODRIGUEZ VELASQUEZ, ya individualizado, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo quinto de los estatutos”. En todo lo no modificado continua plenamente las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique 13 de Enero 2022.
Información societaria
Objeto social
La importación, exportación, comercialización, fabricación, manipulación y transformación de aluminio, maderas de todo tipo, procesadas o sin procesar, plásticos, vidrios, sean estos planos, templados o laminados; acrílicos; policarbonatos, entre otros, herramientas, quincallería, accesorios, adornos, etcétera; fabricación de fibra de vidrio y de artículos de vidrio, reciclamiento de vidrio y de otros desechos metálicos y no metálicos; la elaboración de productos de aluminio, ventanas, barandas, shower door, muros, cortinas, termopaneles, puertas, vitrinas; venta e instalación de productos para fachadas e instalación de revestimientos arquitectónicos, venta de perfiles de aluminio, y el desempeño de toda clase de actividades comerciales relacionadas o no, que se acuerden realizar para el empleo e inversión de sus fondos y bienes disponibles, así como cualquier otro negocio que fuere acordado.
Capital
Capital total
$6.000.000
Texto oficial del extracto
ABNER POZA MATUS notario público de Iquique con oficio en calle Serrano 191, Iquique; certifico que, por escritura hoy ante mí, JONATHAN RAMÍREZ CORREA, colombiano, casado ingeniero industrial, C.I. Extranjeros Nº 23.204.422-5, Altos del Sur Nº 4525, Alto Hospicio, modifica sociedad por acciones, razón social LUXALUM S.P.A.”, Capital Social $6.000.000.- Rut 76.481.504-1.- Inscrita a fjs 832 vta Nº 690 en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente del 2015.- Modificaciones Consisten: A) donde dice: “… ARTÍCULO TERCERO: OBJETO DE LA SOCIEDAD: El objeto de la sociedad será la fabricación, manipulación y transformación de vidrios planos, templados, laminados, acrílicos, policarbonatos, entre otros; fabricación de fibra de vidrio y de artículos de vidrio, reciclamiento de vidrio y de otros desechos metálicos y no metálicos; la elaboración de productos de aluminio, ventanas, barandas, shower door, muros, cortinas, termopaneles, puertas, vitrinas; venta e instalación de productos para fachadas e instalación de revestimientos arquitectónicos, venta de perfiles de aluminio; y cualquier otro negocio relacionado. …”; debe decir: “… ARTÍCULO TERCERO: OBJETO DE LA SOCIEDAD: El objeto de la sociedad será la importación, exportación, comercialización, fabricación, manipulación y transformación de aluminio, maderas de todo tipo, procesadas o sin procesar, plásticos, vidrios, sean estos planos, templados o laminados; acrílicos; policarbonatos, entre otros, herramientas, quincallería, accesorios, adornos, etcétera; fabricación de fibra de vidrio y de artículos de vidrio, reciclamiento de vidrio y de otros desechos metálicos y no metálicos,; la elaboración de productos de aluminio, ventanas, barandas, shower door, muros, cortinas, termopaneles, puertas, vitrinas; venta e instalación de productos para fachadas e instalación de revestimientos arquitectónicos, venta de perfiles de aluminio, y el desempeño de toda clase de actividades comerciales relacionadas o no, que se acuerden realizar para el empleo e inversión de sus fondos y bienes disponibles, así como cualquier otro negocio que fuere acordado.- B) Donde dice: “…ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será LUXALUM SPA, que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y. en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento nueve, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la Comuna de Alto Hospicio, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjeros. …”; debe decir: “… ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será IMPORTADORA Y EXPORTADORA LUXALUM SPA, pudiendo actuar ante terceros, con el nombre de fantasía LUXALUM SPA, que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y. en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento nueve, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la Comuna de Alto Hospicio, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. …”.- Demás estipulaciones contrato extractado. Iquique, 20 de Marzo de 2017.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA Y EXPORTADORA LUXALUM SpA
CVE 2103575
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA Y EXPORTADORA LUXALUM SpA
CVE 2093176
- MODIFICACIÓN
LUXALUM S.P.A.
CVE 1196719
