Sociedad Comercial Nadri Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital pagado
$20.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | 50% | $10.000.000 |
Socio 14.xxx.xxx-2 | 14.xxx.xxx-2 | 50% | $10.000.000 |
Administradores (2)
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 31 de julio de 2018
Se cede el 100% de los derechos sociales de HAN NA SUNWOO HAM a KWANG HO SUNWOO y YOUNG SIN SUNWOO HAM.
Texto oficial del extracto
IVAN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público Titular 51°. Notaría Santiago, Avenida Nueva Providencia N° 2635, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública hoy ante mí; KWANG HO SUNWOO, C.I. para Extranjeros N° 14.416.720-1; YOUNG SIN SUNWOO HAM, C.I. para Extranjeros N° 14.482.790-2 y HAN NA SUNWOO HAM, CNI y RUT N° 17.489.050-1, todos domiciliados para éstos efectos en ésta ciudad, calle Las Nieves N° 3420, Departamento 902, Comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, modifican “SOCIEDAD COMERCIAL NADRI LIMITADA”, nombre de fantasía “WOMANLY”, RUT N° 76.475.470-0, constituida por escritura pública con fecha 16-02-2006, suscrita ante el Notario Público, Titular de ésta Notaría don Iván Tamargo Barros, que en extracto se inscribió a fjs. 7.591 N° 5.195 del Registro Comercio del CBR Santiago, año 2006, publicado D.O. de la República de Chile el 23-02-2006, en su Edición N° 38.397, Página 23, siguiente sentido: CESION DE DERECHOS: Se retira de la sociedad HAN NA SUNWOO HAM, quien con el consentimiento expreso de sus consocios vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales equivalentes a un 30% del total del haber social a KWANG HO SUNWOO y YOUNG SIN SUNWOO HAM, quienes compran, aceptar y adquieren para sí, en la proporción de un 10% el primero y un 20% la segunda, en la suma única y total de $6.000.000, que cesionarios pagan a cedente este acto, contado dinero efectivo, en la proporción de $2.000.000 el primero y $4.000.000 la segunda. En tal virtud, cedente declara íntegra y totalmente pagado el precio pactado. Como consecuencia de cesiones de derechos quedan como únicos y actuales socios de la sociedad KWANG HO SUNWOO, con una participación de un 50% del total del haber social, y; YOUNG SIN SUNWOO HAM, con una participación de un 50% del total del haber social, limitando su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes, y en tal calidad, resuelven modificar la cláusula “SEXTA” de la escritura pública de cesión de derechos y modificación de sociedad de fecha 31-07-2018, suscrita ante el Notario Público, Suplente de ésta Notaría Rodrigo Esteban Hidalgo Gallegos, para adecuarla a los cambios introducidos, sustituyéndola por la siguiente: “SEXTO: Uno) Cláusula Cuarta, relativa a la administración, representación y uso de la razón social, se sustituye por la siguiente: “CUARTO: La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá conjunta, separada e indistintamente a los socios KWANG HO SUNWOO y YOUNG SIN SUNWOO HAM, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la obligarán y representarán con las más amplias facultades que constan en escritura que extracto. Dos) Cláusula Quinta, relativa al capital social, se sustituye por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000, íntegramente aportado y enterado en caja social, correspondiente a los socios en las siguientes proporciones: a) KWANG HO SUNWOO, con un 50% del total del haber social, equivalente a la suma de $10.000.000, y; b) YOUNG SIN SUNWOO HAM, con un 50% del total del haber social, equivalente a la suma de $10.000.000. Tres) Cláusula Sexta, relativa a las utilidades y las eventuales pérdidas, se sustituye por la siguiente: “SEXTO: Las utilidades y las eventuales pérdidas que arroje la sociedad se distribuirán entre los socios en la proporción a sus respectivos aportes, esto es: un 50% del total del haber social KWANG HO SUNWOO y un 50% del total del haber social YOUNG SIN SUNWOO HAM. En todo lo no modificado por el presente instrumento se mantienen vigentes en todo su rigor y alcance las cláusulas del pacto social primitivo y su modificación posterior. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 15 de Diciembre de 2020.
Información societaria
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital pagado
$20.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | 40% | $8.000.000 |
Socio 14.xxx.xxx-2 | 14.xxx.xxx-2 | 30% | $6.000.000 |
Socio 17.xxx.xxx-1 | 17.xxx.xxx-1 | 30% | $6.000.000 |
Administradores (3)
Historia societaria relatada
- Constitución· 16 de febrero de 2006
Constitución de Sociedad Comercial Nadri Limitada.
- Cesión de derechos· 31 de julio de 2018
KWANG HO SUNWOO cede un 10% de sus derechos sociales a HAN NA SUNWOO HAM.
- Cesión de derechos· 31 de julio de 2018
YOUNG SIN SUNWOO HAM cede un 20% de sus derechos sociales a HAN NA SUNWOO HAM.
Texto oficial del extracto
RODRIGO ESTEBAN HIDALGO GALLEGOS, Abogado, Notario Público, Suplente de IVÁN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público Titular 51. Notaría Santiago, Avenida Nueva Providencia N° 2635, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública hoy ante mí; KWANG HO SUNWOO, C.I. para Extranjeros N° 14.416.720-1; YOUNG SIN SUNWOO HAM, C.I. para Extranjeros N° 14.482.790-2 y HAN NA SUNWOO HAM, CNI y RUT N° 17.489.050-1, todos domiciliados para éstos efectos en ésta ciudad, calle Las Nieves N° 3420, Departamento 902, Comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, modifican sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL NADRI LIMITADA”, RUT N° 76.475.470-0, constituida por escritura pública con fecha 16-02-2006, suscrita ante el Notario Público, Titular de ésta Notaría don Iván Tamargo Barros, que en extracto se inscribió a fjs. 7.591 N° 5.195 del Registro Comercio del CBR Santiago, año 2006, publicado D.O. de la República de Chile el 23-02-2006, en su Edición N° 38.397, Página 23, siguiente sentido: Uno) KWANG HO SUNWOO, dueño de un 50% del total del haber social, con el consentimiento expreso de su consocia vende, cede y transfiere un 10% de los derechos sociales a HAN NA SUNWOO HAM, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $2.000.000, que cesionaria paga a cedente este acto, contado dinero efectivo. Dos) YOUNG SIN SUNWOO HAM, dueña de un 50% del total del haber social, con el consentimiento expreso de su consocio vende, cede y transfiere un 20% de los derechos sociales a HAN NA SUNWOO HAM, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma única y total de $4.000.000, que cesionaria paga a cedente este acto, contado dinero efectivo. En tal virtud, cedentes declaran íntegra y totalmente pagado el precio pactado. Como consecuencia de cesiones de derechos quedan como únicos y actuales socios de la sociedad KWANG HO SUNWOO, con una participación de un 40% del total del haber social; YOUNG SIN SUNWOO HAM, con una participación de un 30% del total del haber social, y; HAN NA SUNWOO HAM, con una participación de un 30% del total del haber social, limitando su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes, y en tal calidad, resuelven modificar la sociedad para adecuarla a los cambios introducidos, sustituyendo las siguientes cláusulas del pacto social primitivo: Uno) Sustituyen la cláusula Tercera, relativa a la razón social la que desde ahora tendrá como nombre de fantasía “WOMANLY”, por la siguiente: “TERCERO: El nombre de la razón social será: “SOCIEDAD COMERCIAL NADRI LIMITADA”, pudiendo actuar en todo orden de asuntos y ante todo tipo de instituciones sean fiscales, semifiscales, bancarias y financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y ante cualquier otra persona natural o jurídica, con el nombre de fantasía de “WOMANLY”. Dos) Sustituyen la cláusula Cuarta, relativa a la administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social, por la siguiente: “CUARTO: La administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social corresponderá conjunta, separada e indistintamente a los socios KWANG HO SUNWOO, YOUNG SIN SUNWOO HAM y HAN NA SUNWOO HAM, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la obligarán y representarán con las más amplias facultades que constan en escritura que extracto. Tres) Sustituyen la cláusula Quinta, relativa al capital social, por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000, íntegramente aportado y enterado en caja social, correspondiente a los socios en las siguientes proporciones: a) KWANG HO SUNWOO, con un 40% del total del haber social, equivalente a la suma de $8.000.000; b) YOUNG SIN SUNWOO HAM, con un 30% del total del haber social, equivalente a la suma de $6.000.000, y; c) HAN NA SUNWOO HAM, con un 30% del total del haber social, equivalente a la suma de $6.000.000. Cuatro) Sustituyen la cláusula Sexta, relativa a las utilidades y las eventuales pérdidas por la siguiente: “SEXTO: Las utilidades y las eventuales pérdidas que arroje la sociedad se distribuirán entre los socios en la proporción a sus respectivos aportes, esto es: un 40% del total del haber social KWANG HO SUNWOO; un 30% del total del haber social YOUNG SIN SUNWOO HAM, y un 30% HAN NA SUNWOO HAM. En todo lo no modificado por el presente instrumento se mantienen vigente en todo su rigor y alcance las cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 31 de Julio de 2018.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL NADRI LIMITADA
CVE 1870604
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL NADRI LIMITADA
CVE 1454925
