Purificacion De Aguas Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$2.000.000
實繳資本
$2.000.000
待繳資本
$0
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 38.xxx.xxx-6 | 38.xxx.xxx-6 | 40% | $800.000 |
LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 40% | $800.000 |
Socio 14.xxx.xxx-5 | 14.xxx.xxx-5 | 20% | $400.000 |
管理人(3)
LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS
SII 代表(1)
公報所載公司沿革
- 設立· 2015年4月18日
Se constituye la sociedad PURIFICACION DE AGUAS LIMITADA, con nombre de fantasía AGUAS Y CIA LTDA.
- 權益轉讓· 2022年12月2日
JUDITH MAGDALENA GOMEZ HOLZAPFEL cede el 20% a LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS y el 20% a FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES; OSCAR ENRIQUE FELIU cede el 20% a LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS.
JUDITH MAGDALENA GOMEZ HOLZAPFEL · LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS · FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES · OSCAR ENRIQUE FELIU
- 管理人變更· 2022年12月2日
La administración pasa a ser ejercida conjuntamente por OSCAR ENRIQUE FELIU, LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS y FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES.
OSCAR ENRIQUE FELIU · LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS · FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES
- 資本變更· 2022年12月2日
Se fija el capital social en $2.000.000, distribuido entre los socios actuales.
OSCAR ENRIQUE FELIU · LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS · FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES
摘要官方正文
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 02/12/2022 ante mí: MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público 7ª Notaría Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Don OSCAR ENRIQUE FELIU, domiciliado en calle Agustinas número mil veintidós, oficina quinientos treinta, comuna y ciudad de Santiago, doña JUDITH MAGDALENA GOMEZ HOLZAPFEL, domiciliada en calle Central número mil doscientos once, Jardín del Mar, Viña del Mar, y de paso en ésta, don LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS, domiciliado en calle Central número mil doscientos once Jardín del Mar, ciudad Viña del Mar, de paso por esta; y don FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES, con domicilio en Catedral número mil nueve, oficina seiscientos tres, comuna y ciudad de Santiago. Modifican sociedad comercial PURIFICACION DE AGUAS LIMITADA, con nombre de fantasía AGUAS Y CIA LTDA., RUT 76.474.125-0, inscrita en el Registro de Comercio del CBRS a fojas 32.289 Nº 19.095 del año 2015 y publicada en el Diario Oficial de fecha 18 de Abril de 2015. Capital $2.000.000.- Modificación consiste en: Los socios vienen en introducirle al primitivo pacto social las siguientes modificaciones: A) Se retira de la sociedad doña JUDITH MAGDALENA GOMEZ HOLZAPFEL que posee el 40% del capital social. el cual cede y transfiere un 20% a don LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS, chileno, casado, Tecnólogo Médico, cédula de identidad número ocho millones doscientos diecinueve mil ciento veintinueve guion uno, con domicilio en calle Central número mil doscientos once, Jardín del Mar, Viña del Mar, quién los compra, acepta y adquiere para sí, cediendo de igual forma el 20% restante a don FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES, chileno, divorciado, abogado, cédula de identidad número catorce millones doscientos noventa y tres mil cuatrocientos sesenta y cinco guion cinco, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- El precio de las presentes cesiones es la suma de cuatrocientos mil pesos cada uno, que los cesionarios pagan a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando esta última recibirla a su entera satisfacción.- B) Don OSCAR ENRIQUE FELIU, cede y transfiere de su porcentaje original, un 20% a don LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma cuatrocientos mil pesos, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a su entera y total satisfacción. Consecuencia de estas cesiones de derechos, quedan como únicos socios don OSCAR ENRIQUE FELIU con un 40% de los derechos sociales; don LUIS ORLANDO RETAMALES, con un 40% de los derechos sociales; y don FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES, con un 20% de los derechos sociales. En virtud de la presente cesión de derechos son, a contar de esta fecha, únicos y exclusivos socios de la SOCIEDAD PURIFICACION DE AGUAS LIMITADA y dueños del 100% de los derechos, haber e interés social, don OSCAR ENRIQUE FELIU, con un 40% de los derechos sociales; don LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS con un 40% de los derechos sociales; y don FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES, con un 20% de los derechos sociales.- Don OSCAR ENRIQUE FELIU, don LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS y don FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES, introducen al primitivo pacto social las siguientes modificaciones:- UNO) Modificase el artículo quinto del primitivo pacto social, el que, a contar de esta fecha, tendrá el siguiente tenor:- “ARTICULO QUINTO DEL CAPITAL SOCIAL. La administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a los socios don OSCAR ENRIQUE FELIU, LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS Y FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES de forma conjunta o los tres socios, con plenitud de facultades para administrarla y representarla, de conformidad al tenor literal de lo que establece el artículo quinto del pacto primitivo. DOS) Modificase el artículo sexto del primitivo pacto social con las siguientes modificaciones. El capital de la sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma:- a) don OSCAR ENRIQUE FELIU, la suma de ochocientos mil pesos, que corresponden al 40% de los derechos sociales, en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en la caja social; b) don LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS, la suma de ochocientos mil pesos, que corresponden a un 40% de los derechos sociales, en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en la caja social; y c) don FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES, la suma de cuatrocientos mil pesos, que corresponden a un 20% de los derechos sociales, en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en la caja social”. El representante ante el SII es: OSCAR ENRIQUE FELIU, cédula de identidad número tres millones ochocientos treinta y un mil quinientos veintidós guion seis.- TRES) Modificase el artículo octavo del primitivo pacto social, el que, a contar de esta fecha, tendrá el siguiente tenor:- “ARTICULO SEPTIMO DE LAS UTILIDADES Y PERDIDA: Las utilidades y pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios en la siguiente proporción: don OSCAR ENRIQUE FELIU, 40%; don LUIS ORLANDO RETAMALES CARDENAS, 40%; y don FELIPE EDUARDO URIBE PAREDES, 20%”; CUATRO) Modificase el artículo décimo primero del primitivo pacto social, el que, a contar de esta fecha, tendrá el siguiente tenor:- “ARTICULO DECIMO PRIMERO: Toda dificultad que se suscite entre los socios sea durante la vigencia de la sociedad o con motivo de su liquidación y que diga relación con la aplicación, interpretación o disolución del contrato social o de los negocios sociales, será resuelta sin forma de juicio por un árbitro arbitrador nombrado por los socios de común acuerdo.- Si no pudieran ponerse de acuerdo sobre el nombramiento del árbitro, corresponderá a la justicia ordinaria designar árbitro, el que en tal evento será árbitro de derecho”.- En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúa vigente en todo su contexto el primitivo pacto social.- Otras menciones en escritura extractada. Santiago, 12 de Diciembre de 2022.-
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
PURIFICACION DE AGUAS LIMITADA
CVE 2237487
