Gajardo Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$3.000.000
Paid-in capital
$3.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
EDUARDO ANDRÉS MARTÍNEZ ESPINOZA Socio 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | 99% | $2.970.000 |
CAMILA FLORENCIA MARTÍNEZ GAJARDO Socio 19.xxx.xxx-7 | 19.xxx.xxx-7 | 1% | $30.000 |
Administrators (1)
EDUARDO ANDRÉS MARTÍNEZ ESPINOZA
Corporate history on record
- Transfer of rights· July 15, 2021
MARÍA PAULINA GAJARDO MUÑOZ cede el 99% de sus derechos sociales a EDUARDO ANDRÉS MARTÍNEZ ESPINOZA; deja de ser socia.
MARÍA PAULINA GAJARDO MUÑOZ · EDUARDO ANDRÉS MARTÍNEZ ESPINOZA
Official extract text
ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público de Temuco, con oficio en Calle Antonio Varas 979, comuna de Temuco, certifico, que por escritura pública de fecha 15 de Julio del año 2021, repertorio N°7468-21, hoy ante mi, doña MARÍA PAULINA GAJARDO MUÑOZ, chilena, soltera, empresaria, cédula nacional de identidad N° 8.449.299-K domiciliada para estos efectos en calle Puerta de Asturias N° 02156, comuna y ciudad de Temuco; doña CAMILA FLORENCIA MARTÍNEZ GAJARDO, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad 19.304.519-7 domiciliada para estos efectos en calle Puerta de Asturias N° 02156, y don EDUARDO ANDRÉS MARTÍNEZ ESPINOZA, chileno, soltero, locutor en radiodifusión, cédula nacional de identidad N° 10.465.846-6, domiciliado para estos efectos en Avenida Bernardo O’Higgins N° 125, 3° piso, comuna y ciudad de Temuco celebraron contrato de Cesión de Derechos y Modificación de Sociedad. En este sentido, y con el consentimiento expreso de la otra socia, doña MARÍA PAULINA GAJARDO MUÑOZ, vendió, cedió y transfierió los derechos sociales de los cuales era dueña, esto es, el 99% de los derechos sociales de GAJARDO Y COMPAÑÍA LIMITADA a don EDUARDO ANDRÉS MARTÍNEZ ESPINOZA, quien compró y adquirió para sí. Precio de venta $100.000 pesos que se pagaron al contado en dinero en efectivo, y que la cedente declaró recibir conforme, a su entera satisfacción y sin tener reclamo alguno que formular. En virtud del contrato de cesión de derechos antes celebrado, doña MARÍA PAULINA GAJARDO MUÑOZ ha dejado de ser socia de GAJARDO Y COMPAÑÍA LIMITADA. Como consecuencia del mencionado contrato de cesión de derechos sociales, quedaron como únicos socios de la sociedad a) Don EDUARDO ANDRÉS MARTÍNEZ ESPINOZA, con el 99% del total de las acciones y derechos en la sociedad; b) Doña CAMILA FLORENCIA MARTÍNEZ GAJARDO, con el 1% del total, manteniéndose incólume. Los actuales socios introdujeron las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: A.- Reemplazaron íntegramente el Artículo Segundo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: El nombre o razón social será GAJARDO, MARTÍNEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de GAJARDO Y CIA. LTDA.” B.- Se remplazó íntegramente el Artículo Séptimo de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital social asciende a la suma de 3.000.000 de pesos que los socios aportaron y enteraron en la forma siguiente: Uno.- Don EDUARDO ANDRÉS MARTÍNEZ ESPINOZA, aportó la suma de $2.970.000 pesos, equivalentes al 99% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo, e ingresaron a las arcas de la sociedad con anterioridad a esta fecha; y Dos.- Doña CAMILA FLORENCIA MARTÍNEZ GAJARDO, aportó la suma de $30.000 pesos, equivalentes al 1% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo, y los que ingresaron a las arcas de la sociedad con anterioridad a esta fecha.” C.- Reemplazó íntegramente el Artículo Noveno de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO NOVENO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a don EDUARDO ANDRÉS MARTÍNEZ ESPINOZA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales.”. Se deja expresa constancia que en todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás cláusulas en escritura extractada. Temuco 23 de Agosto 2021.
Corporate information
Corporate purpose
Servicios educacionales y de cuidado de niños a domicilio; la formación, gestión y participación en asociaciones en cuenta o participación; participar en otras sociedades como capitalista o gestora; celebración de contratos de mutuo e inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, depósitos a la vista o a plazo, planes de ahorro y/o capitalización y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; inversión de dineros y/o valores en todo tipo de cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza y en toda clase de bienes inmuebles; inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles, especialmente en la adquisición y comercialización de vehículos de todo tipo, materias primas y productos elaborados, sean de exportación o importación y en la participación en sociedades, empresas y cooperativas que tengan relación con estas actividades; administración de las inversiones o actividades de su giro y la recepción y recaudación de beneficios o ganancias que de ella se deriven; prestación de servicios tales como asesoría, asistencia, capacitación, consultoría, colaboración, consejo y/o información; distribución y comercialización de productos varios, importaciones y exportaciones de éstos productos, y/o asesorías técnicas; explotación de bienes raíces agrícolas ya sea propio como arrendados; prestación de servicios de transporte nacional y/o internacional de personas, mercaderías, carga y/o correspondencia, por cuenta propia o de terceros, así como la prestación de servicios auxiliares y complementarios al transporte, a través de cualquier medio de movilización propios o de terceros; y en general realizar todos los negocios que los socios acuerden.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Francisca Belén Gajardo Morales Socio | - | 99% | $990.000 |
Socio | - | 1% | $10.000 |
Administrators (1)
Francisca Belén Gajardo Morales
Official extract text
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica que: por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2021, ante mí, Francisca Belén Gajardo Morales y Gina Morales Reyes, ambas domiciliadas en Avenida Cristobal Colón N° 3.366, departamento 203, comuna de Las Condes, Santiago; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Razón Social: “Gajardo y Compañía Limitada” /en adelante, la “Sociedad”/, sin perjuicio de que, para fines comerciales, publicitarios e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos, pueda usar el nombre “S.O.S. Babysitters Ltda.”. 2. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Servicios educacionales y de cuidado de niños a domicilio; b) La formación, gestión y participación en asociaciones en cuenta o participación, participar en otras sociedades como capitalista o gestora; c) La celebración de contratos de mutuo e inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, depósitos a la vista o a plazo, planes de ahorro y/o capitalización y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) La inversión de dineros y/o valores en todo tipo de cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza y en toda clase de bienes inmuebles; e) La inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles, especialmente en la adquisición y comercialización de vehículos de todo tipo, materias primas y productos elaborados, sean de exportación o importación y en la participación en sociedades, empresas y cooperativas que tengan relación con estas actividades; f) La administración de las inversiones o actividades de su giro y la recepción y recaudación de beneficios o ganancias que de ella se deriven; g) Prestación de servicios tales como asesoría, asistencia, capacitación, consultoría, colaboración, consejo y/o información; h) Distribución y comercialización de productos varios, importaciones y exportaciones de éstos productos, y/o asesorías técnicas; i) Explotación de bienes raíces agrícolas ya sea propio como arrendados; j) La prestación de servicios de transporte nacional y/o internacional de personas, mercaderías, carga y/o correspondencia, por cuenta propia o de terceros, así como la prestación de servicios auxiliares y complementarios al transporte, a través de cualquier medio de movilización propios o de terceros; y k) En general realizar todos los negocios que los socios acuerden. 3. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha escritura extractada, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por periodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, en la forma señalada en la escritura extractada. 4. Capital: El capital de la Sociedad es de $1.000.000.-, que los socios aportan y enteran en dinero efectivo a la caja social en este mismo acto, de la siguiente forma: /a/ Francisca Belén Gajardo Morales aporta $990.000, equivalentes al 99% de los derechos sociales; y, /b/ Gina Morales Reyes aporta $10.000, equivalentes al 1% de los derechos sociales. 5. Administración, Representación y Uso de la Razón Social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Francisca Belén Gajardo Morales quien anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada a monto de sus aportes. 6. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es ciudad de Santiago, sin perjuicio que los socios acuerden establecer oficinas, agencias o sucursales en otras comunas o ciudades del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de marzo de 2021.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
GAJARDO Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2001134
- CONSTITUCIÓN
Gajardo y Compañía Limitada
CVE 1919976
