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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.453.872-2

Estay E Ibarra Limitada

MODIFICACIÓN — 6 mar 2023

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-03-06Ver PDF (CVE 2281695)

Información societaria

Ltda
calle Las Verbenas nueve mil doscientos treinta y cinco departamento doscientos tres / calle Dalmacia mil doscientos sesenta y ocho, departamento trescientos cuatro
Duración: indefinido
Administración: Conjunta en caso de inhabilidad de una socia, con representante de confianza de la otra; en lo no modificado rigen facultades de administración de la escritura original

Socios (2)

NombreParticipación

MARÍA JOSSEE IBARRA LARA

Socio

-

ANA ELIZABETH ESTAY SALAZAR

Socio

-

Administradores (2)

BARBARA JIMENA ALDUNCE MIRANDA

10.xxx.xxx-4Administrador

PIA DE LOS ANGELES ESCUDERO AHUMADA

13.xxx.xxx-9Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 27 de julio de 2016

    Se constituyó la sociedad ESTAY E IBARRA LIMITADA.

  2. Cambio de administrador· 9 de febrero de 2023

    Se modificó la cláusula quinta para regular la administración y el uso de la razón social en caso de incapacidad de una socia, designando representantes de confianza.

    BARBARA JIMENA ALDUNCE MIRANDA · PIA DE LOS ANGELES ESCUDERO AHUMADA

  3. Cambio de nombre· 9 de febrero de 2023

    No aplica cambio de nombre; se mantiene la denominación ESTAY E IBARRA LIMITADA.

    ESTAY E IBARRA LIMITADA

  4. Otro acto· 9 de febrero de 2023

    Se modificó la cláusula de duración, estableciendo vigencia indefinida.

Texto oficial del extracto

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 9 de febrero de 2023, ante mí, Repertorio 898/2023: Doña MARÍA JOSSEE IBARRA LARA, domiciliada en la Región Metropolitana, comuna de Las Condes, calle Las Verbenas nueve mil doscientos treinta y cinco departamento doscientos tres; y doña ANA ELIZABETH ESTAY SALAZAR, domiciliada en la Región Metropolitana, Comuna de Providencia, calle Dalmacia mil doscientos sesenta y ocho, departamento trescientos cuatro, modificaron la sociedad actualmente denominada ESTAY E IBARRA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cincuenta y tres mil ochocientos setenta y dos guión dos, constituida por escritura pública de fecha veintisiete de julio de dos mil dieciséis, otorgada ante don Camilo Valenzuela Riveros, notario titular de la Primera notaria de Providencia, inscrita a fojas cincuenta y seis mil doscientos dieciséis número treinta mil cuatrocientos ochenta y uno del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil dieciséis en lo siguiente: 1) modifican la cláusula quinta de la escritura de constitución de sociedad, por la siguiente: No obstante o expresado en la cláusula anterior, y en caso que cualquiera de las socias presente incapacidad física o mental, demencia incurable, enfermedad o accidente que produzcan incapacidad para el trabajo, ausencia prolongada de la ciudad que sirve de domicilio social, salida del país o cualquier razón que le impida ejercer sus facultades de administración, representación y uso de la razón social, se facultará que el uso de la razón social y sólo mientras dure dicha incapacidad, corresponda en forma conjunta, a un representante de confianza de cada una de las socias, de acuerdo a la lista que se detalla: Doña BARBARA JIMENA ALDUNCE MIRANDA, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos noventa y ocho mil doscientos setenta y dos guion cuatro y doña PIA DE LOS ANGELES ESCUDERO AHUMADA, cédula nacional de identidad número trece millones seiscientos cuarenta mil quinientos tres guion nueve. El otro administrador que no presente inhabilidad o incapacidad deberá ejercer sus facultades en forma conjunta con cualquiera de los representantes que para este efecto se ha designado precedentemente, quienes anteponiendo a su firma la razón social, su sigla o nombre de fantasía, tendrán las mismas facultades enumeradas en la cláusula cuarta de la escritura de constitución de la sociedad, con todo, las socias mediante mandato especial podrán delegar sus facultades de administración y uso de la razón social, representación de la sociedad y dirección de los negocios sociales. 2.- modifican la cláusula décimo tercera de la escritura de constitución, quedando redactada de la siguiente forma: VIGENCIA Y DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de carácter indefinido. Para el caso que una de las socias manifestare su intención de ponerle término a la sociedad, deberá manifestar su voluntad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social primitiva. En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en la escritura social primitiva, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de los socios la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 9 de febrero de 2023.-cr

ModificaciónDiario Oficial · 2017-08-04Ver PDF (CVE 1252165)

Información societaria

Ltda
Administración: Conjunta

Socios (2)

NombreParticipación

MARÍA JOSSEE IBARRA LARA

Socio

50%

ANA ELIZABETH ESTAY SALAZAR

Socio

50%

Administradores (2)

MARÍA JOSSEE IBARRA LARA

Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 27 de julio de 2016

    Se constituyó la sociedad SALINAS, ESTAY E IBARRA LIMITADA.

  2. Retiro de socio· 26 de julio de 2017

    Caroll Alejandra Salinas Astudillo se retira y cede el 100% de sus derechos a María Jossee Ibarra Lara y Ana Elizabeth Estay Salazar, en partes iguales.

    CAROLL ALEJANDRA SALINAS ASTUDILLO · MARÍA JOSSEE IBARRA LARA · ANA ELIZABETH ESTAY SALAZAR

  3. Cambio de nombre· 26 de julio de 2017

    La razón social cambia de SALINAS, ESTAY E IBARRA LIMITADA a ESTAY E IBARRA LIMITADA.

  4. Cambio de administrador· 26 de julio de 2017

    La administración, representación y uso de la razón social pasa conjuntamente a María Jossee Ibarra Lara y Ana Elizabeth Estay Salazar.

    MARÍA JOSSEE IBARRA LARA · ANA ELIZABETH ESTAY SALAZAR

Texto oficial del extracto

CAMILO VALENZUELA RIVEROS, Notario Santiago, Titular Primera Notaría Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 26 de julio de 2017, ante mí, Repertorio 3164/2017: doña MARÍA JOSSEE IBARRA LARA, domiciliada en la Región Metropolitana, comuna de Las Condes, calle Angostura Inglesa número doscientos cuarenta y nueve; doña ANA ELIZABETH ESTAY SALAZAR, domiciliada en la Región Metropolitana, Comuna de Providencia, calle Dalmacia mil doscientos sesenta y ocho, departamento trescientos cuatro; y doña CAROLL ALEJANDRA SALINAS ASTUDILLO, domiciliada para estos efectos en la Región Metropolitana, Comuna de Peñalolén, calle Los Guindos seis mil setenta, modificaron sociedad SALINAS, ESTAY E IBARRA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cincuenta y tres mil ochocientos setenta y dos guión dos, constituida por escritura pública de fecha veintisiete de julio de dos mil dieciséis, otorgada en esta misma notaría, inscrita a fojas cincuenta y seis mil doscientos dieciséis número treinta mil cuatrocientos ochenta y uno del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil dieciséis, en lo siguiente: 1) doña CAROLL ALEJANDRA SALINAS ASTUDILLO se retira de la sociedad cediendo el cien por ciento de sus derechos a doña MARIA JOSSEE IBARRA LARA, y a doña ANA ELIZABETH ESTAY SALAZAR, en partes iguales, en la suma de un millón de pesos.- Como consecuencia de la cesión referida, la sociedad queda integrada por doña MARÍA JOSSEE IBARRA LARA, con un cincuenta por ciento del haber social y por doña ANA ELIZABETH ESTAY SALAZAR, con un cincuenta por ciento del haber social, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social.- 2.- Reemplazan el nombre de la sociedad SALINAS, ESTAY E IBARRA LIMITADA por el de “ESTAY E IBARRA LIMITADA” y en consecuencia sustituyen la cláusula segunda por la siguiente: “Segundo: RAZON SOCIAL. Las partes han convenido que la razón social de esta sociedad será ESTAY E IBARRA LIMITADA cuyo nombre de fantasía es AYUDA JURÍDICA LIMITADA, pudiendo usar para todos los fines legales, publicitarios, comerciales e incluso en sus relaciones con Bancos, Instituciones financieras y previsionales, la sigla o nombre de fantasía “AYUDA JURÍDICA LIMITADA”.- 3.- Reemplazan la cláusula cuarta del estatuto estableciendo que la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá, conjuntamente con iguales facultades, derechos y obligaciones a las socias doña MARÍA JOSSEE IBARRA LARA y a doña ANA ELIZABETH ESTAY SALAZAR.- 4.- Modifican la cláusula quinta, en cuanto se deja sin las facultades de uso de la razón social a doña Paulina Andrea Salinas Astudillo en caso que cualquiera de las socias presente incapacidad física o mental, demencia incurable, enfermedad o accidente que produzcan incapacidad para el trabajo, ausencia prolongada de la ciudad que sirve de domicilio social, salida del país o cualquier razón que le impida ejercer sus facultades de administración. En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en la escritura social primitiva, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de las socias la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 26 de julio de 2017.-cr

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    ESTAY E IBARRA LIMITADA

    CVE 2281695

  2. MODIFICACIÓN

    SALINAS, ESTAY E IBARRA LIMITADA

    CVE 1252165

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)