Prestaciones Médicas Risan SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$363.287.929
Capital libéré
$363.287.929
Capital restant dû
$0
Actions
32 333
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 32 333 act. | $363.287.929 |
Historique sociétaire relaté
- Changement de capital· 24 mars 2025
La junta extraordinaria acuerda aumentar el capital mediante reinversión del 50% de la renta líquida imponible del ejercicio 2024 y emisión de acciones liberadas de pago.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular, 34° Notaria Santiago, calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, certifico que, ante mí, con fecha 16 de abril de 2025, se redujo a escritura pública acta de la Sexta Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 24 de marzo de 2025, de PRESTACIONES MÉDICAS RISAN SpA, sociedad que rola a fojas 72.610 número 39.163 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, donde el accionista, la sociedad RSD SpA, legalmente representada por don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, aumentó el capital de la sociedad mediante la reinversión del 50% de la renta líquida imponible del ejercicio 2024, emitiendo y suscribiendo un total de 6.133 nuevas acciones liberadas de pago o crías, y acordó la reforma de los Estatutos, en el siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de trescientos sesenta y tres millones doscientos ochenta y siete mil novecientos veintinueve pesos, dividido en treinta y dos mil trescientas treinta y tres acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, que se suscriben, enteran y pagan en la forma que señala el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal o bien mediante el aporte en dominio a la Sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluidos créditos en contra de la misma Sociedad y/o mutuos de dinero convertibles. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, so pena de tenerse por no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital pagado.-” y; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de trescientos sesenta y tres millones doscientos ochenta y siete mil novecientos veintinueve pesos, dividido en treinta y dos mil trescientas treinta y tres acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, las cuales se suscriben, aportan y enteran en la forma y proporción que a continuación se expresa que la sociedad RSD SpA, debidamente representada, suscribe y paga de la siguiente forma: Uno) veintiséis mil doscientas acciones por un valor de doscientos noventa y cuatro millones trescientos setenta y ocho mil trescientos noventa y ocho pesos pagadas e ingresadas a la caja social, en dinero en efectivo; Dos) seis mil ciento treinta y tres acciones por un valor de sesenta y ocho millones novecientos nueve mil quinientos treinta y un pesos pagadas mediante la reinversión del cincuenta por ciento de la renta líquida imponible del ejercicio año comercial dos mil veinticuatro. En consecuencia, el capital de la Sociedad es de trescientos sesenta y tres millones doscientos ochenta y siete mil novecientos veintinueve pesos, dividido en treinta y dos mil trescientas treinta y tres acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado.” En todo lo no modificado expresamente en la presente Junta, los estatutos sociales se mantienen plenamente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 22 de abril de 2025.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$294.378.398
Capital libéré
$294.378.398
Capital restant dû
$0
Actions
26 200
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $294.378.398 |
Historique sociétaire relaté
- Autre acte· 23 mai 2023
La Quinta Junta Extraordinaria de Accionistas aprueba aumento de capital y reforma de estatutos.
Texte officiel de l’extrait
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular, 34° Notaria Santiago, calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, certifico que, ante mí, con fecha 13 de junio de 2023, se redujo a escritura pública la Quinta Junta Extraordinaria de Accionistas de “PRESTACIONES MÉDICAS RISAN SpA”, celebrada con fecha 23 de mayo de 2023, donde el accionista, la sociedad RSD SpA, legalmente representada por don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, aumentó el capital de la sociedad mediante capitalización de utilidades, emitiendo y suscribiendo un total de 25.000 nuevas acciones liberadas de pago o crías, y acordó la reforma de los Estatutos, en el siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: El capital social de la sociedad es la suma ascendente de doscientos noventa y cuatro millones trescientos setenta y ocho mil trescientos noventa y ocho pesos divididos en veintiséis mil doscientas acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, que se suscriben, enteran y pagan en la forma que señala el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal o bien mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, so pena de tenerse no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital pagada.” y; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social de la sociedad es la suma ascendente de doscientos noventa y cuatro millones trescientos setenta y ocho mil trescientos noventa y ocho pesos divididos en veintiséis mil doscientas acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, las cuales se suscriben, aportan y enteran en la forma y proporción que a continuación se expresa: La sociedad RSD SpA suscribe en este acto, veintiséis mil doscientas acciones correspondiente a doscientos noventa y cuatro millones trescientos setenta y ocho mil trescientos noventa y ocho pesos, pagadas e ingresadas a la caja social, en dinero en efectivo, en virtud de la capitalización de utilidades de la sociedad. En consecuencia, el capital de la sociedad es de doscientos noventa y cuatro millones trescientos setenta y ocho mil trescientos noventa y ocho pesos divididos en veintiséis mil doscientas acciones, íntegramente suscritas y pagadas a entera satisfacción de la sociedad.” En todo lo no modificado expresamente en la presente Junta, los estatutos sociales se mantienen plenamente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 15 de junio 2023.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$237.653.476
Capital libéré
$237.653.476
Capital restant dû
$0
Actions
1 200
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $237.653.476 |
Historique sociétaire relaté
- Constitution
Se constituyó la sociedad con un capital inicial de $1.500.000 dividido en 1.000 acciones.
- Changement de capital· 25 octobre 2019
Se revalorizó el capital social a $2.078.502 y se modificó la composición accionaria, quedando Ricardo Andrés Santander Duch como único accionista.
- Entrée d’un associé· 17 janvier 2020
RSD SpA quedó como único accionista de la sociedad.
- Changement de capital· 26 avril 2021
Se aumentó el capital mediante la emisión, suscripción y pago de 100 acciones liberadas de pago, quedando fijado en $69.774.146 dividido en 1.100 acciones.
- Changement de capital· 20 octobre 2022
Se aumentó el capital mediante la emisión, suscripción y pago de 100 acciones liberadas de pago, quedando fijado en $237.653.476 dividido en 1.200 acciones.
Texte officiel de l’extrait
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular, 34° Notaria Santiago, calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, certifico que, ante mí, con fecha 28 de octubre de 2022, se redujo a escritura pública la Cuarta Junta Extraordinaria de Accionistas de “PRESTACIONES MÉDICAS RISAN SpA”, celebrada con fecha 20 de octubre de 2022, el único accionista de la Sociedad, acordó aumentar el capital y la reforma de los Estatutos, en el siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad corresponde a la suma ascendente de doscientos treinta y siete millones seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis pesos, dividido en mil doscientas acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie y de igual valor cada una que se suscriben, enteran y pagan en la forma que señala el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de aumentos de capital, se podrán pagar en moneda de curso legal o mediante el aporte en dominio a la Sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma Sociedad. El plazo para enterar el capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, más el reajuste que prescribe el articulo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta seis sobre Sociedades Anónimas, so pena de tenerlas por no suscritas. Si las acciones no se pagaren oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que concurrirán en proporción a la parte pagada” y; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de doscientos treinta y siete millones seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis pesos, dividido en mil doscientas acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que RSD SpA suscribe, entera y paga de la siguiente forma: (i) En la constitución, el capital social ascendía a la suma de un millón quinientos mil pesos dividido en mil acciones; (ii) En Primera Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el veinticinco de octubre de dos mil diecinueve, se revaloriza el capital social a la suma de dos millones setenta y ocho mil quinientos dos pesos e informando que se modifica la composición accionaria, por la cual, don RICARDO ANDRÉS SANTANDER DUCH, suscribe, entera y paga mil acciones, quedando como único accionista con el cien por ciento de las acciones de la Sociedad; (iii) En Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el diecisiete de enero de dos mil veinte, se modifica la composición accionaria, quedando como único accionista de la Sociedad, RSD SpA, la cual suscribe, entera y paga mil acciones; (iv) En Tercera Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el veintiséis de abril de dos mil veintiuno, se aumentó el capital de la Sociedad, mediante la emisión, suscripción y pago de cien acciones liberadas de pago, quedando fijado el capital en sesenta y nueve millones setecientos setenta y cuatro mil ciento cuarenta y seis millones, dividido en mil cien acciones y; (v) En Cuarta Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el veinte de octubre de dos mil veintidós, se aumentó el capital de la Sociedad, mediante la emisión, suscripción y pago de cien acciones liberadas de pago, quedando fijado el capital en doscientos treinta y siete millones seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis pesos, dividido en mil doscientas acciones. El capital social de doscientos treinta y siete millones seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis pesos, dividido en mil doscientas acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie y de igual valor cada una, ha quedado íntegramente suscrito y pagado”. Finalmente, el Accionista deja de manifiesto que en todo lo no modificado expresamente en la presente Junta, los Estatutos se mantienen plenamente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 04 de noviembre de 2022.- Eduardo Diez Morello.- Notario Publico.-
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