Rentas Roncasan Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.791.785.995
Capital integralizado
$1.791.785.995
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Juan Christian Roncagliolo Grunert Socio | - | 76.94861545% | $1.378.754.515 |
Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez Socio | - | 11.5256923% | $206.515.740 |
Catalina María Roncagliolo Sánchez Socio | - | 11.5256923% | $206.515.740 |
Texto oficial do extrato
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Titular 36ª Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico que: Por escritura pública de fecha 5 de noviembre de 2024, ante mí, Juan Christian Roncagliolo Grunert, Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez, Catalina María Roncagliolo Sánchez, únicos y actuales socios de Rentas Roncasan Limitada, y Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez y Catalina María Roncagliolo Sánchez, únicos y actuales socios de Agrícola Roncasan Limitada y de Inmobiliaria Nueva Era Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Av. Costanera Sur N° 12.275, dpto. 902, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acordaron: 1) Aumentar el capital social de Rentas Roncasan Limitada de la suma de $1.000.000 en la suma de $1.530.949.461, con lo que el capital social queda fijado en la suma de $1.531.949.461. Se modifica el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $1.531.949.461, el que se encuentra totalmente pagado y enterado en la siguiente proporción: (i) Juan Christian Roncagliolo Grunert aporta la suma de $1.378.754.515, equivalentes al 90% del capital y derechos sociales; (ii) Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez aporta la suma de $76.597.473, equivalentes al 5% del capital y derechos sociales; (iii) Catalina María Roncagliolo Sánchez aporta la suma de $76.597.473, equivalentes al 5% del capital y derechos sociales”. 2) Aumentar el capital social de Agrícola Roncasan Limitada de la suma de $1.000.000 en la suma de $151.134.332, con lo que el capital social queda fijado en la suma de $152.134.332. Se modifica el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $152.134.332, el que se encuentra totalmente pagado y enterado en la siguiente proporción: (i) Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez aporta la suma de $76.067.166, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales; (iii) Catalina María Roncagliolo Sánchez aporta la suma de $76.067.166, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales”. 3) Aumentar el capital social de Inmobiliaria Nueva Era Limitada de la suma de $1.000.000 en la suma de $106.702.202, con lo que el capital social queda fijado en la suma de $107.702.202. Se modifica el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $107.702.202, el que se encuentra totalmente pagado y enterado en la siguiente proporción: (i) Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez aporta la suma de $53.851.101, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales; (ii) Catalina María Roncagliolo Sánchez aporta la suma de $53.851.101, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales”. 4) Aprobar la fusión por incorporación de Agrícola Roncasan Limitada e Inmobiliaria Nueva Era Limitada en Rentas Roncasan Limitada, absorbiendo esta última a las dos primeras. 5) Rentas Roncasan Limitada adquiere todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, entendiéndose para todos los efectos legales como sucesora y continuadora de Agrícola Roncasan Limitada e Inmobiliaria Nueva Era Limitada. 6) Producto de la presente fusión, Agrícola Roncasan Limitada e Inmobiliaria Nueva Era Limitada se disuelven anticipadamente, sin necesidad de una liquidación. 7) Como consecuencia de la fusión mencionada se aumenta del capital de Rentas Roncasan Limitada, en la suma de $259.836.534, quedando el capital fijado en la suma de $1.791.785.995. 8) Como consecuencia de lo señalado anteriormente, se modifica el artículo Quinto de los estatutos de Rentas Roncasan Limitada en el siguiente sentido: “Quinto: El capital social será la suma de $1.791.785.995, que se ingresa y aporta de la siguiente forma: (i) Juan Christian Roncagliolo Sánchez, aporta la suma de $1.378.754.515, equivalentes al 76,94861545% del capital y derechos sociales.; (ii) Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez, aporta la suma de $206.515.740, equivalentes al 11,52569230% del capital y derechos sociales; (iii) Catalina María Roncagliolo Sánchez $206.515.740, equivalentes al 11,52569230% del capital y derechos sociales.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2024.
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Juan Christian Roncagliolo Grunert Socio | - | 90% | $900.000 |
Catalina María Roncagliolo Sánchez Socio | - | 5% | $50.000 |
Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez Socio | - | 5% | $50.000 |
Administradores (3)
Juan Christian Roncagliolo Grunert
Catalina María Roncagliolo Sánchez
Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez
Histórico societário relatado
- Falecimento
Fallece Roxana Lorena Sánchez Gortary, cuyo 10% del capital y derechos sociales se colaciona a su inventario de bienes.
- Sucessão· 27 de julho de 2023
Los herederos adjudican la participación de Roxana Lorena Sánchez Gortary en la sociedad, asignando 5% a Catalina María Roncagliolo Sánchez y 5% a Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez.
Catalina María Roncagliolo Sánchez · Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez · Roxana Lorena Sánchez Gortary
Texto oficial do extrato
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 28 de septiembre de 2023, ante mí, comparecen por sí y actuando como la Sucesión de doña Roxana Lorena Sánchez Gortary: Juan Christian Roncagliolo Grunert, Catalina María Roncagliolo Sánchez y Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez, todos domiciliados para estos efectos en Av. Costanera Sur Nº 12.275, dpto. 902, comuna de Vitacura, ciudad de Stgo., R.M, acordaron modificar sociedad Rentas Roncasan Limitada en el siguiente sentido: 1) Producto del fallecimiento de Roxana Lorena Sánchez Gortary, cuya posesión efectiva se inscribió bajo el número 106.438 del año 2023, se colacionó a su inventario de bienes la participación que la causante tenía en Rentas Roncasan Limitada, consistente en el 10% del capital y derechos sociales. 2) Los comparecientes y únicos herederos de doña Roxana Lorena Sánchez Gortary, por escritura pública de fecha 27 de julio de 2023 otorgada en esta misma notaría, acordaron efectuar la partición de la comunidad hereditaria, adjudicando la participación de la causante en la Sociedad, en un 5% a Catalina María Roncagliolo Sánchez y un 5% a Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez, quedando como únicos socios: Juan Christian Roncagliolo Grunert, Catalina María Roncagliolo Sánchez y Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez. 3) En consecuencia, los únicos socios acuerdan modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales sustituyéndolo por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de un $1.000.000, el que se encuentra totalmente pagado y enterado por los socios en la siguiente proporción: 1. Juan Christian Roncagliolo Grunert aporta la cantidad de $900.000, que equivalen al 90% del capital y los derechos sociales, el que se encuentra íntegramente pagado. 2. Catalina María Roncagliolo Sánchez, aporta la cantidad de $50.000, que equivalen a un 5% del capital y los derechos sociales, el que se encuentra íntegramente pagado. 3. Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez, aporta la cantidad de $50.000, que equivalen a un 5% del capital y los derechos sociales, el que se encuentra íntegramente pagado.” La responsabilidad de los socios se limita hasta el monto de sus aportes. 4) Se modifica el artículo cuarto de los estatutos referido a la administración, que corresponderá a Juan Christian Roncagliolo Grunert individualmente, o actuando conjuntamente Catalina María Roncagliolo Sánchez y Juan Ignacio Roncagliolo Sánchez. Facultades y limitaciones en escritura extractada. 5) Otras modificaciones de materia no extractable. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de octubre de 2023.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Rentas Roncasan Limitada
CVE 2592348
- MODIFICACIÓN
Rentas Roncasan Limitada
CVE 2393904
