Transportes C & C Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 50% | $2.500.000 |
Socio 17.xxx.xxx-2 | 17.xxx.xxx-2 | 25% | $1.250.000 |
Socio 19.xxx.xxx-8 | 19.xxx.xxx-8 | 25% | $1.250.000 |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos
Javiera Isadora Canales Rodas cede el 45% de sus derechos a Oscar Patricio Canales Díaz.
- Cessão de direitos
Javiera Isadora Canales Rodas cede el 25% de sus derechos a Josefina Mariel Canales Rodas.
Javiera Isadora Canales Rodas · Josefina Mariel Canales Rodas
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la 4ª Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita N° 20, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 08 de enero de 2026, repertorio N° 419/2026, otorgada ante mí; don OSCAR PATRICIO CANALES DÍAZ, diseñador, cédula de identidad N° 10.339.332-9, doña JAVIERA ISADORA CANALES RODAS, licenciada en filosofía, cédula de identidad N° 17.313.610-2 y doña JOSEFINA MARIEL CANALES RODAS, educadora de párvulos, cédula de identidad N° 19.290.418-8; todos domiciliados para estos efectos en Av. Carlos Antunez N° 2250, departamento 402, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “TRANSPORTES C & C LIMITADA”, cuyo extracto se inscribió a fojas 40.186 número 22.020 del Registro de Comercio del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: UNO. A. doña Javiera Isadora Canales Rodas cede y transfiere a don Oscar Patricio Canales Díaz, el 45% de los derechos y capital social que a la primera le pertenecen en “Transportes C & C Limitada”. B) doña Javiera Isadora Canales Rodas cede y transfiere a doña Josefina Mariel Canales Rodas, quien acepta y adquiere para si, el 25% de los derechos y capital social que a la primera le pertenecen en la sociedad “Transportes C & C Limitada”. En virtud de las cesiones de derechos efectuadas quedan como socios de “Transportes C & C Limitada”, doña Javiera Isadora Canales Rodas a quien corresponde el 25% de los derechos y capital social; doña Josefina Mariel Canales Rodas a quien corresponde el 25% de los derechos y capital social; y don Oscar Patricio Canales Díaz, a quien corresponde un 50% de los derechos y capital social. Consecuencia de ello, los socios comparecientes vienen en modificar y reemplazar la cláusula SEXTA de los estatutos por la siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $5.000.000.- que los socios han enterado y aportado a la sociedad al contado, en dinero efectivo, en razón de $2.500.000.-por parte de don Oscar Patricio Canales Díaz, de $1.250.000.- por parte de doña Javiera Isadora Canales Rodas, y de $1.250.000.- por parte de doña Josefina Mariel Canales Rodas. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.”.- DOS. Acto seguido, los socios acordaron modificar la cláusula QUINTA de los estatutos relativa a la administración y representación de la sociedad, por cuanto, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Oscar Patricio Canales Díaz, actuando de manera individual, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con todas las facultades indicadas en la referida cláusula QUINTA de los estatutos. En caso de que don Oscar Patricio Canales Díaz se encontrare ausente o imposibilitado de ejercer la administración y representación de la sociedad, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a doña Josefina Mariel Canales Díaz, quien actuando individualmente representará a la sociedad con todas las facultades indicadas en el artículo QUINTO de los estatutos. En lo no modificado permanece inalterable el estatuto social.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2026.- Cosme Fernando Gomila Gatica. Notario Público Titular.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES C & C LIMITADA
CVE 2755832
