Transportes Guzman & Soto Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$25.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $12.500.000 |
Socio | - | 50% | $12.500.000 |
Administrators (2)
Corporate history on record
- Incorporation· June 17, 2016
Constitución de la sociedad TRANSPORTES GUZMAN & SOTO LIMITADA.
Official extract text
VALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, Segundo Piso, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 09 de julio de 2022, Repertorio N°8.286-2022, ante mí: don DIEGO ANDRÉS GUZMÁN BRIONES, Pasaje Villa Las Estrellas N°2656, Maipú; don EMANUEL ALEJANDRO SOTO AGUILA, calle San Francisco N°8567, Pudahuel; y don WILLIAMS HANS WALTEMATH GODOY, calle Neptuno 097 departamento B 423, Pudahuel, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “TRANSPORTES GUZMAN & SOTO LIMITADA”, constituida escritura pública de fecha 17 de junio de 2016, ante don don Juan Ignacio Carmona Zúñiga Notario Público Interino de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, extracto inscrito a fojas 46621 N°25528 Registro Comercio CBR Santiago, año 2016. D.O. N°41496 de 30 Junio 2016. Modificaciones consisten: 1) DIEGO ANDRÉS GUZMÁN BRIONES, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos que posee en la sociedad a WILLIAMS HANS WALTEMATH GODOY quien compra, adquiere para sí, los derechos que el primero posee en la sociedad, ascendente al 50% capital social. Precio cesión: $12.500.000.- pagado. Se sustituye cláusula sexto por la siguiente: “SEXTO: Capital: El Capital de la sociedad asciende a la suma de veinticinco millones de pesos, que los socios aportan, suscriben y enteran de la siguiente manera: don EMANUEL ALEJANDRO SOTO AGUILA, aporta, entera, suscribe y paga en este acto doce millones quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, ingresados al haber social en dinero en efectivo; don WILLIAMS HANS WALTEMATH GODOY aporta, entera, suscribe y paga en este acto doce millones quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, ingresados al haber social en dinero en efectivo”. 2) modifica cláusula quinto del pacto social en el sentido que “la administración la sociedad y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá de forma indistinta a don EMANUEL ALEJANDRO SOTO AGUILA y don WILLIAMS HANS WALTEMATH GODOY, quienes podrán actuar de forma conjunta o separadamente, con todas y cada una de las facultades contenidas en la cláusula quinto del pacto social, las cuales pueden delegarse en forma total o parcial, las cuales se dan por expresa e íntegramente reproducidas una a una”. En lo no modificado, quedan vigentes disposiciones pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 11 de julio de 2022.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES GUZMAN & SOTO LIMITADA
CVE 2159329
