Importadora Y Distribuidora De Insumos Medicos Insumed SpA
Diario Oficial
Información societaria
Texto oficial del extracto
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, Miraflores 169, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 09/02/2017 Repertorio número 1.884/2017, ante mí, JUAN JOSE GALLARDO ROULIEZ, médico, C.I.:8.710.972-0, domiciliado en calle Carlos Antúnez Nº 2172, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificó la sociedad “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DE INSUMOS MEDICOS INSUMED SpA”, inscrita a fojas 45.294, Nº24.798, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016. Las modificaciones a los estatutos consisten en: Reemplazar el artículo 11º, 12°, 13° y Artículo Segundo Transitorio de la escritura social, por los siguientes: “UNDÉCIMO: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros, todos los cuales serán reelegibles indefinidamente, y quienes podrán ser o no accionistas.- El Directorio durará un período de dos años, al término del cual deberá renovarse totalmente.- Los miembros del Directorio podrán ser remunerados por sus funciones, según lo acuerde anualmente la Junta General Ordinaria de Accionistas.- DUODÉCIMO: Las funciones de Director, no son delegables y se ejercerán colectivamente en sala legalmente constituida al efecto. Las sesiones de Directorio se constituirán con la presencia de sus tres de sus miembros, y los acuerdos se adoptaran con el voto favorable de a lo menos dos de sus Directores. En caso de empate, decidirá el voto favorable de quien presida la sesión.- El Directorio deberá sesionar, a lo menos, cada tres meses en las oficinas de la sociedad. Estas sesiones serán Ordinarias y Extraordinarias, las Sesiones Ordinarias, serán aquellas que se celebren en las fechas previamente determinadas por el Directorio, las que no requerirán de convocatoria especial, y en ellas se podrá tratar cualquier asunto relacionado con la sociedad. Las Sesiones Extraordinarias, serán aquellas especialmente convocadas por el Presidente de la sociedad, por sí o a petición de la mayoría de los Directores, y su citación se deberá efectuar por los medios de comunicación que determine el directorio por unanimidad de sus miembros, siempre que den razonable seguridad de su fidelidad o, mediante carta certificada despachada al domicilio que cada Director tenga registrado en la sociedad, con una anticipación, de a lo menos, 3 días hábiles a la fecha en que deba tener lugar la sesión convocada, la citación a sesión extraordinaria deberá contener una referencia a la materia a tratarse en ella y podrá omitirse si a la sesión concurriere la unanimidad de los directores de la sociedad. DECIMO TERCERO: Los Directores se mantendrán en sus funciones desde su elección y por todo el plazo señalado en el artículo undécimo. Sin perjuicio de lo anterior, los Directores cesarán en sus funciones por fallecimiento, por renuncia notificada a través de ministro de fe al Presidente del Directorio o al Gerente, por incapacidad legal sobreviniente a su nombramiento, por su declaración de quiebra, por su incapacidad física o mental declarada judicialmente, por ausencia injustificada a tres sesiones consecutivas de Directorio, y las demás causales contempladas en la ley. En caso de producirse vacancia de alguno de los Directores, deberá procederse a la renovación total del Directorio en la próxima Junta Ordinaria de Accionistas y, en el intertanto, el Directorio podrá nombrar un reemplazante.- En la primera sesión que celebre el Directorio con posterioridad a su elección, se designará de entre sus miembros a un Presidente, que lo será también de las Juntas de Accionistas y de la Sociedad. En caso de ausencia del Presidente del Directorio, circunstancia que no requerirá de acreditación alguna frente a terceros y que se presumirá por el solo hecho de invocarse, será sustituido por aquel de los Directores que designe el propio Directorio para cada caso, y quien actuará en calidad de Presidente Accidental del Directorio.- El Directorio representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, está investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de las Juntas de Accionistas. Lo anterior, no obsta a la representación que de acuerdo a la ley competa al Gerente General.- El Directorio podrá delegar parte de sus facultades en los Ejecutivos Principales, Gerentes, Subgerentes, en los Abogados de la Sociedad, en un Director o en una Comisión de Directores y, para objetos especialmente determinados, en otras personas.- Las deliberaciones y acuerdos del Directorio, se consignarán en un Libro de Actas, que será llevado en calidad de Secretario, por el Gerente General o por la persona que el Directorio haya designado especialmente al efecto. Estas Actas serán firmadas por los Directores que hayan concurrido a la respectiva sesión. Si un Director se negare o se hallare impedido o imposibilitado para suscribir con su firma el Acta, se deberá dejar expresa constancia en el Acta de esa circunstancia o del impedimento. El Acta, se entenderá aprobada desde el momento que se encuentre firmada por todos los asistentes a la sesión, o bien, desde que conste la circunstancia o impedimento en virtud del cual faltaren firmas y, desde esa fecha podrá llevarse a efecto el acuerdo alcanzado.- En Santiago, 14 de Febrero de 2017.- nrs.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DE INSUMOS MEDICOS INSUMED SpA
CVE 1184986
Relaciones societarias
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DE INSUMOS MEDICOS INSUMED SpA
Sin relaciones societarias vinculadas por ahora
