Inmobiliaria Hub Tres SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, Notario Titular de la 16ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle San Sebastián 2750, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública fecha 3 de noviembre de 2025. Repertorio N° 4.134/2025, ante mí, la sociedad INVERSIONES EL OLIVO LIMITADA, actual y único accionista de la sociedad INMOBILIARIA HUB SpA, otorgó escritura pública "Modificación de Sociedad acordándose lo siguiente: I. Modificación razón social. El actual y único accionista de la sociedad Inmobiliaria Hub SpA, acuerda modificar la razón social de Inmobiliaria Hub SpA, cuyo nombre o razón social será "INMOBILIARIA HUB TRES SpA" a contar de la fecha de la escritura extractada. II. Modificación de Estatutos. Como consecuencia de lo anterior, el actual y único accionista acuerda la modificación del Artículo Primero permanente de los estatutos sociales, por el siguiente tenor: 1) "ARTÍCULO PRIMERO: Nombre. El nombre de la sociedad será "INMOBILIARIA HUB TRES SpA", pudiendo actuar para fines comerciales e inclusive ante los Bancos, con el nombre de fantasía "Inmobiliaria HUB SpA". En todo lo no modificado por la escritura extractada seguirán plenamente vigente las estipulaciones del pacto social de INMOBILIARIA HUB TRES SpA (antes cuya razón social era Inmobiliaria Hub SpA). Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 10 de noviembre de 2025.
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Capital
Capital total
$15.000.000
Capital libéré
$15.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
15 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $15.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
JOSE TOMAS FABRES BORDEU, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, domiciliado en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública fecha 29 de noviembre de 2024, Repertorio N° 32.371-2024, ante don Enrique Alfredo Rodríguez Sepúlveda, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, la sociedad INVERSIONES EL OLIVO LIMITADA, actual y único accionista de la sociedad INMOBILIARIA HUB UNO SpA, de la sociedad INMOBILIARIA HUB DOS SpA, y de la sociedad INMOBILIARIA HUB TRES SpA, otorgó escritura pública “Fusión por incorporación INMOBILIARIA HUB UNO SpA y Otra en INMOBILIARIA HUB TRES SpA”, acordándose siguiente: I. Fusión. La fusión por incorporación de la sociedad INMOBILIARIA HUB UNO SpA, sociedad inscrita a Fojas 2.713, bajo el Número 1.699 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, y de la sociedad INMOBILIARIA HUB DOS SpA, sociedad inscrita a Fojas 2.730, bajo el Número 1.705 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, en la sociedad INMOBILIARIA HUB TRES SpA, sociedad inscrita a Fojas 15.362, bajo el Número 9.424 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, con efecto y vigencia a partir de la fecha de la escritura extractada. Como consecuencia de la fusión, se incorpora a la sociedad INMOBILIARIA HUB TRES SpA la totalidad del patrimonio de la sociedad INMOBILIARIA HUB UNO SpA y de la sociedad INMOBILIARIA HUB DOS SpA, las cuales se disuelven sin necesidad de liquidación, y procediendo en consecuencia a adquirir, la sociedad absorbente, la totalidad de los activos y pasivos de ambas sociedades absorbidas, sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones. En efecto, la sociedad INMOBILIARIA HUB TRES SpA, para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar, se constituye en la sucesora y continuadora legal de las sociedades absorbidas indicadas. II. Aumento de capital. Por efecto de la fusión, el capital de INMOBILIARIA HUB TRES SpA, aumenta desde la actual suma de $5.000.000, a la suma de $15.000.000, mediante la emisión de 10.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, las cuales fueron suscritas y pagadas en el mismo acto. III. Modificación razón social. A su vez, el actual y único accionista de la sociedad Inmobiliaria Hub Tres SpA, acuerda modificar la razón social de Inmobiliaria Hub Tres SpA, cuyo nombre o razón social será “INMOBILIARIA HUB SPA” a contar de la fecha de la escritura extractada. IV. Modificación de Estatutos. Como consecuencia de lo anterior, el actual y único accionista acuerda la modificación del Artículo Primero permanente, del Artículo Quinto permanente, y el Artículo Segundo Transitorio, de los estatutos sociales, por el siguiente tenor: 1) “ARTÍCULO PRIMERO: Nombre. El nombre de la sociedad será “INMOBILIARIA HUB SpA”, pudiendo actuar inclusive ante los Bancos, con el nombre de fantasía “HUB SpA”. 2) “ARTÍCULO QUINTO: El Capital de la Sociedad es la suma de quince millones de pesos, dividido en quince mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, las que se suscriben y pagan en la forma que se señala en el artículo Segundo Transitorio de estos Estatutos. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión”. 3) “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El Capital de la Sociedad es de quince millones de pesos, dividido en quince mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas por la sociedad Inversiones El Olivo Limitada con anterioridad a esta fecha”. En todo lo no modificado por la escritura extractada seguirán plenamente vigente las estipulaciones del pacto social de INMOBILIARIA HUB SpA (antes cuya razón social era Inmobiliaria Hub Tres SpA). Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 24 de Enero de 2025.
Informations sociétaires
Objet social
La sociedad tendrá por objeto: a) Adquirir, enajenar permutar, efectuar operaciones de leasing, urbanizar, lotear, construir, remodelar, alhajar, dar y tomar en arriendo, subarriendo u otra forma de explotación, así como, comercializar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes inmuebles, sean propios o ajenos; b) Construir en ellos edificios, departamentos, habitaciones, salones, estacionamientos, viviendas, bodegas y en general, realizar toda clase de edificaciones, por cuenta propia o de terceros; c) Comercializar y explotar los inmuebles en cualquier forma, incluyendo el arrendamiento de unidades habitacionales, de estacionamientos; d) Explotación y administración, por cuenta propia o ajena, del rubro de servicios de estacionamientos de vehículos automotores y parquímetros, ya sea en inmuebles propios o ajenos; y, e) Explotación y administración, por cuenta propia o ajena, del rubro de hotelería y turismo, ya sean hoteles, residenciales, hospedaje, camping, hoteles tipo boutique, moteles, apart-hotel, hosterías, hostales, centros de recreación, restaurantes, bares, y ramos similares, ya sea en inmuebles propios o ajenos. Igualmente, podrá realizar servicios de agencia de turismo, transporte, servicios alimenticios y de lavandería, así como los demás que acuerden los accionistas o fueren conexos o relacionados al objeto social.
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ENRIQUE RODRIGUEZ SEPULVEDA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Con fecha 22 de julio de 2024, ante mí, la sociedad Inversiones El Olivo Limitada otorgó escritura pública “MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD INMOBILIARIA HUB TRES SpA”, repertorio N° 19.782-2024, sociedad inscrita a fojas 15.362, N°9.424 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2015, acordándose lo siguiente: El actual y único accionista acordó ampliar el objeto social, modificando el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. Objeto de la Sociedad. La sociedad tendrá por objeto: a) Adquirir, enajenar permutar, efectuar operaciones de leasing, urbanizar, lotear, construir, remodelar, alhajar, dar y tomar en arriendo, subarriendo u otra forma de explotación, así como, comercializar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes inmuebles, sean propios o ajenos; b) Construir en ellos edificios, departamentos, habitaciones, salones, estacionamientos, viviendas, bodegas y en general, realizar toda clase de edificaciones, por cuenta propia o de terceros; c) Comercializar y explotar los inmuebles en cualquier forma, incluyendo el arrendamiento de unidades habitacionales, de estacionamientos; d) Explotación y administración, por cuenta propia o ajena, del rubro de servicios de estacionamientos de vehículos automotores y parquímetros, ya sea en inmuebles propios o ajenos; y, e) Explotación y administración, por cuenta propia o ajena, del rubro de hotelería y turismo, ya sean hoteles, residenciales, hospedaje, camping, hoteles tipo boutique, moteles, apart-hotel, hosterías, hostales, centros de recreación, restaurantes, bares, y ramos similares, ya sea en inmuebles propios o ajenos. Igualmente, podrá realizar servicios de agencia de turismo, transporte, servicios alimenticios y de lavandería, así como los demás que acuerden los accionistas o fueren conexos o relacionados al objeto social”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de julio de 2024. Enrique Rodríguez Sepúlveda. N.P.S.
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