Société à responsabilité limitéeDissoute76.423.589-4

Inversiones y Asesorías Lafquén Dos Limitada

MODIFICACIÓN — 1 déc. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-12-01Voir le PDF (CVE 2415416)

Informations sociétaires

Ltda
Rosario Norte 407

Capital

Capital total

$600.000.000

Associés (4)

NomParticipation

JUAN CARLOS JARA MUÑOZ

Socio

52%

MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA

Socio

16%

FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES

Socio

16%

MARTÍN ANDRÉS JARA CÁCERES

Socio

16%

Historique sociétaire relaté

  1. Entrée d’un associé· 6 octobre 2023

    Se incorpora como nuevo socio a Martín Andrés Jara Cáceres.

    MARTÍN ANDRÉS JARA CÁCERES · JUAN CARLOS JARA MUÑOZ · MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA · FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES

  2. Changement de capital· 6 octobre 2023

    Se aumenta y luego se fija el capital social en $600.000.000.

    JUAN CARLOS JARA MUÑOZ · MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA · FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES · MARTÍN ANDRÉS JARA CÁCERES

  3. Autre acte· 6 octobre 2023

    Se modifica el artículo 7° de los estatutos sobre utilidades, pérdidas y retiros.

    JUAN CARLOS JARA MUÑOZ · MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA · FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES · MARTÍN ANDRÉS JARA CÁCERES

Texte officiel de l’extrait

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°979, oficina 501, certifico: Por escritura pública de fecha 6 de octubre de 2023, ante mí suplente, JUAN CARLOS JARA MUÑOZ, MARIA CAROLINA CACERES PEÑALOZA, FELIPE IGNACIO JARA CACERES y MARTIN ANDRES JARA CACERES; todos domiciliados en Rosario Norte 407, Las Condes, Santiago, acuerdan modificar la sociedad Inversiones y Asesorías Lafquén Dos Limitada en el siguiente sentido: UNO) INGRESO NUEVO SOCIO. Los socios de Inversiones y Asesorías Lafquén Dos Limitada acuerdan modificar el pacto social, aceptando incorporar como nuevo socio a don Martin Andres Jara Caceres, cuyo aporte a la Sociedad asciende a la suma de $96.000.000, el cual pagará en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública. Como consecuencia del ingreso del nuevo socio, el capital social asciende a $636.000.000; DOS) AUMENTO DE CAPITAL. Los únicos y actuales socios de Inversiones y Asesorías Lafquén Dos Limitada acuerdan un aumento de capital ascendente a la suma de $30.000.000, el que se enterará y pagará de la siguiente forma: a) don JUAN CARLOS JARA MUÑOZ efectuará un aporte de capital por la suma de $15.000.000, que pagará en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública; y b) doña MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA, efectuará un aporte de capital por la suma de $15.000.000 que pagará en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura pública. Producto del aumento de capital referido, el capital social asciende a $666.000.000. TRES) DISMINUCIÓN DE CAPITAL. Los socios acuerdan la disminución de capital del socio Felipe Ignacio Jara Caceres de $162.000.000 a $96.000.000. Producto de la disminución de capital, el capital social asciende a $600.000.000; CUATRO) MODIFICACIÓN ARTÍCULO CAPITAL SOCIAL. Como consecuencia del ingreso de un nuevo socio, el aumento de capital comprometido y la disminución de capital antes señalada, los actuales y únicos socios de Inversiones y Asesorías Lafquén Dos Limitada acuerdan modificar el Artículo 5° de Inversiones y Asesorías Lafquén Dos Limitada por el siguiente: “QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social asciende a la suma de $600.000.000 los cuales enteran y pagan de la siguiente forma: a) don JUAN CARLOS JARA MUÑOZ, aporta la suma de $312.000.000, equivalentes al 52% de los derechos sociales, los cuales $263.196.307 han sido pagados con anterioridad a esta fecha y enterado en arcas sociales, y $48.803.693, se enterarán y pagarán en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura; b) doña MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA, aporta la suma de $96.000.00 noventa y seis millones de pesos, equivalentes al 16% de los derechos sociales, los cuales $2.550.000 han sido pagados con anterioridad a esta fecha y enterado en arcas sociales, y $93.450.000 se enterarán y pagarán en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura; c) don FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES aporta la suma de $96.000.000, equivalentes al 16% de los derechos sociales, los cuales $33.000.000 han sido pagados con anterioridad a esta fecha y enterado en arcas sociales, y $63.000.000 se enterarán y pagarán en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura; y d) don MARTÍN ANDRÉS JARA CÁCERES aporta la suma de $96.000.000, equivalentes al 16% de los derechos sociales, los cuales se enterarán y pagarán en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura.”; CUATRO) MODIFICACIÓN ESTATUTOS SOCIALES. Los socios acuerdan modificar el Artículo 7° de los estatutos sociales de la sociedad, quedando su texto como sigue: “SÉPTIMO: Las utilidades y pérdidas de la sociedad se determinarán anualmente de conformidad al balance general de la sociedad. Las utilidades y pérdidas se dividirán entre los socios en partes iguales y en cada oportunidad que determinen de común acuerdo. A falta de acuerdo, las utilidades y pérdidas de la sociedad se dividirán entre los socios en la misma proporción de su participación en el capital social, dejándose expresa constancia que los socios sólo soportarán las pérdidas hasta el monto de sus respectivos aportes. Los socios podrán efectuar retiros a cuenta de futuras utilidades siempre que no existan pérdidas acumuladas y las disponibilidades de la caja social así lo permitan. Asimismo, los socios, de común acuerdo, podrán estipular no distribuir, total o parcialmente, las utilidades y, en tal caso constituir fondos de reservas.”. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 de noviembre de 2023.

ModificationDiario Oficial · 2020-11-27Voir le PDF (CVE 1855939)

Informations sociétaires

Ltda
Rosario Norte 407

Capital

Capital total

$540.000.000

Capital libéré

$298.746.307

Capital restant dû

$241.253.693

Associés (3)

NomParticipation

JUAN CARLOS JARA MUÑOZ

Socio

55%

MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA

Socio

15%

FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES

Socio

30%

Texte officiel de l’extrait

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33° Notaría de Santiago, oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública fecha 30 de septiembre de 2020, ante mí: JUAN CARLOS JARA MUÑOZ, MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA y FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES todos domiciliados en rosario norte 407, Las Condes, Santiago, acuerdan modificar estatutos de la sociedad INVERSIONES Y ASESORÍAS LAFQUEN DOS LIMITADA en: 1) AUMENTO DE CAPITAL en $140.000.000.- el que se enterará y pagará en la forma señalada en escritura extractada, por JUAN CARLOS JARA MUÑOZ, MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA y FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES; 2) MODIFICACIÓN DEL CAPITAL Y CAPITAL DEFINITIVO. Como consecuencia de la modificación anterior, los actuales y únicos socios de INVERSIONES Y ASESORÍAS LAFQUEN DOS LIMITADA, JUAN CARLOS JARA MUÑOZ, MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA y FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES acuerdan modificar y reemplazar artículo quinto de los estatutos sociales, quedando el texto como sigue: “QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $540.000.000.- los cuales enteran y pagan de la siguiente forma: a) don JUAN CARLOS JARA MUÑOZ, aporta la suma de $297.000.000.-, equivalentes al 55% de los derechos sociales, los cuales $263.196.307.- han sido pagados con anterioridad a esta fecha y enterado en arcas sociales, y $33.803.693.- los cuales se enterarán y pagarán en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura; b) doña MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA, aporta la suma de $81.000.000.-, equivalentes al 15% de los derechos sociales, los cuales $2.550.000.- han sido pagados con anterioridad a esta fecha y enterado en arcas sociales, y $78.450.000.- los cuales se enterarán y pagarán en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura; y c) don FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES aporta la suma de $162.000.000.-, equivalentes al 30% de los derechos sociales, los cuales $33.000.000.- han sido pagados con anterioridad a esta fecha y enterado en arcas sociales, y $129.000.000.- los cuales se enterarán y pagarán en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso, dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura.” 3) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES. Por el presente instrumento, los actuales y únicos socios de la Sociedad, JUAN CARLOS JARA MUÑOZ, MARÍA CAROLINA CÁCERES PEÑALOZA y FELIPE IGNACIO JARA CÁCERES por unanimidad acuerdan introducir a los estatutos sociales de INVERSIONES Y ASESORÍAS LAFQUEN DOS LIMITADA la siguiente modificación al Artículo Séptimo, referente al reparto de utilidades, el cual se reemplaza la cláusula de los estatutos, según el siguiente texto: “SÉPTIMO: Las utilidades y pérdidas de la sociedad se determinarán anualmente de conformidad al balance general de la sociedad. Las utilidades y pérdidas se dividirán entre los socios en partes iguales y en cada oportunidad que determinen de común acuerdo. A falta de acuerdo, las utilidades y pérdidas de la sociedad se dividirán entre los socios en la misma proporción de su participación en el capital social, dejándose expresa constancia que los socios sólo soportarán las pérdidas hasta el monto de sus respectivos aportes. Los socios podrán efectuar retiros a cuenta de futuras utilidades siempre que no existan pérdidas acumuladas y las disponibilidades de la caja social así lo permitan. Asimismo, los socios, de común acuerdo, podrán estipular no distribuir, total o parcialmente, las utilidades y, en tal caso constituir fondos de reservas.”- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas en escritura extractada. - Santiago, 23 noviembre 2020.

ModificationDiario Oficial · 2019-02-27Voir le PDF (CVE 1553779)

Informations sociétaires

Ltda

Texte officiel de l’extrait

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N° 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha 29 de enero de 2019, Repertorio 1599-2019; compareciente saneó, según lo dispuesto en la Ley N° 19.499, la publicación tardía de los extractos de la escritura pública de fecha 30/11/2018, Repertorio N° 20.849-2018, otorgada ante mí, correspondiente a la fusión por incorporación de Inversiones Lafquén Limitada en Inversiones y Asesorías Lafquén Dos Limitada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2019.

ModificationDiario Oficial · 2019-01-30Voir le PDF (CVE 1538865)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$400.000.000

Associés (3)

NomParticipation

JUAN CARLOS JARA MUÑOZ

Socio

70%

MARIA CAROLINA CACERES PEÑALOZA

Socio

20%

FELIPE IGNACIO JARA CACERES

Socio

10%

Texte officiel de l’extrait

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría Santiago, con oficio en Huérfanos N° 979, of. 501, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 30.11.2018, ante mí: a) JUAN CARLOS JARA MUÑOZ; y b) MARIA CAROLINA CACERES PEÑALOZA; ambos domiciliados para estos efectos en calle La Meseta N° 11.278, Las Condes, Santiago, modificaron “INVERSIONES Y ASESORIAS LAFQUEN DOS LIMITADA”, inscrita a fojas 100.699, número 61.756 del Registro de Comercio del CBR de Santiago correspondiente al año 2014. Modificaciones consisten: 1) Aprobar la fusión por incorporación de INVERSIONES LAFQUEN LIMITADA en INVERSIONES Y ASESORIAS LAFQUEN DOS LIMITADA, mediante absorción de la 1 sociedad por parte de esta última. Como consecuencia de la referida fusión se disuelve anticipadamente INVERSIONES LAFQUEN LIMITADA con motivo de su incorporación en INVERSIONES Y ASESORIAS LAFQUEN DOS LIMITADA, adquiriendo esta última todos sus activos y pasivos, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, incorporándose a la sociedad absorbente la totalidad de los socios de la sociedad absorbida. La fusión por incorporación surtirá efectos a partir del 01.12.2018; 2) Se aprobaron los antecedentes que sirvieron de base para acordar la fusión por incorporación; entre ellos la relación de canje de derechos sociales, correspondiente a 0,9836065573770; 3) Aumento de capital e incorporación de nuevo socio: Como consecuencia de la fusión por incorporación se aumenta el capital social de $5.000.000.- a $305.000.000.-con un aumento efectivo de $300.000.000.-; y luego, por este mismo acto, socios acuerdan efectuar un nuevo aumento de capital de $305.000.000.- a $400.000.000.-, con un aumento efectivo de $95.000.000, mediante la incorporación de FELIPE IGNACIO JARA CACERES, domiciliado en calle La Meseta N° 11.278, Las Condes, Santiago, como nuevo socio de INVERSIONES Y ASESORIAS LAFQUEN DOS LIMITADA, y 4) Como consecuencia de los aumentos de capital e incorporación de nuevo socio, se sustituye íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos sociales de INVERSIONES Y ASESORIAS LAFQUEN DOS LIMITADA .por el siguiente: “QUINTO: Aportes y Capital. El capital de la Sociedad es la suma de cuatrocientos millones de pesos.-, que los socios aportan, pagan y pagarán en la forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: A) don JUAN CARLOS JARA MUÑOZ aporta la suma de $280.000.000, equivalente al 70 ciento de los derechos sociales, suma que ha pagado y pagará en la forma y oportunidad que a continuación se indica: a) Con $263.196.307 pagados con anterioridad a esta fecha y b) Con $16.803.693, suma que pagará en dinero o en especies, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de esta escritura; B) doña MARIA CAROLINA CACERES PEÑALOZA aporta la suma de $80.000.000, equivalente al 20% de los derechos sociales, suma que ha pagado y pagará en la forma y oportunidad que a continuación se indica: a) Con $2.550.000 pagados con anterioridad a esta fecha y b) Con $77.450.000, suma que pagará en dinero o en especies, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de esta escritura; y C) don FELIPE IGNACIO JARA CACERES aporta la suma de $40.000.000 , equivalente al 10 por ciento aproximadamente de los derechos sociales, suma que pagará en dinero o en especies, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, pero en todo caso dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de esta escritura.”. Socios reiteran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por escritura pública extractada, se mantienen subsistentes las demás estipulaciones del pacto social. Santiago, 11.01.2019.

DissolutionDiario Oficial · 2019-01-30Voir le PDF (CVE 1538862)

Informations sociétaires

Ltda
calle La Meseta N° 11.278

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 1 janvier 2006

    INVERSIONES LAFQUEN LIMITADA consta inscrita en el Registro de Comercio del CBR de Santiago en 2006.

    INVERSIONES LAFQUEN LIMITADA

  2. Autre acte· 1 décembre 2018

    INVERSIONES LAFQUEN LIMITADA es absorbida por INVERSIONES Y ASESORÍAS LAFQUEN DOS LIMITADA en una fusión por incorporación.

    INVERSIONES LAFQUEN LIMITADA

Texte officiel de l’extrait

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría Santiago, con oficio en Huérfanos N° 979, of. 501, Santiago, certifico: por escritura pública por escritura pública de fecha 30.11.2018, ante mí suplente doña Veronica Torrealba Costabal: a) JUAN CARLOS JARA MUÑOZ; y b) MARIA CAROLINA CACERES PEÑALOZA; ambos domiciliados para estos efectos en calle La Meseta N° 11.278, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, acordaron: 1) La fusión por incorporación de “INVERSIONES LAFQUEN LIMITADA”, inscrita a fojas 49.944, número 35.686 del Registro de Comercio del CBR de Santiago correspondiente al año 2006, en INVERSIONES Y ASESORÍAS LAFQUEN DOS LIMITADA, absorbiendo esta última a INVERSIONES LAFQUEN LIMITADA, sucediéndola en todos sus activos y derechos, así como en todos sus pasivos y obligaciones. La fusión por incorporación surtirá efectos a partir del 01.12.2018; 2) Como consecuencia de la referida fusión por incorporación, socios acordaron la disolución anticipada de INVERSIONES LAFQUEN LIMITADA, sin que sea necesario proceder a su liquidación; 3) Se aprobaron antecedentes que sirvieron de base para acordar la referida fusión, entre ellas la relación de canje de derechos sociales, correspondiente a 0,9836065573770; y 4) Aprobar los estatutos sociales de la sociedad absorbente. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 11.01.2019.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    Inversiones y Asesorías Lafquén Dos Limitada

    CVE 2415416

  2. MODIFICACIÓN

    Inversiones y Asesorías Lafquén Dos Limitada

    CVE 1855939

  3. MODIFICACIÓN

    Inversiones Lafquén Limitada

    CVE 1553779

  4. DISOLUCIÓN

    INVERSIONES LAFQUEN LIMITADA

    CVE 1538862

  5. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES Y ASESORIAS LAFQUEN DOS LIMITADA

    CVE 1538865

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)