Sociedad de Responsabilidad Limitada76.423.301-8

Transportes Doña Rosaura E Hijos Limitada

MODIFICACIÓN — 4 dic 2017

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2017-12-04Ver PDF (CVE 1314196)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: Administración y representación por Andres Eduardo Riquelme Torres

Objeto social

El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación y exportación, arrendamiento, intermediación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles, ya sea por cuenta propia o ajena; la realización de inversiones en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, valores, títulos de crédito, efectos de comercio, divisas, acciones y derechos en sociedades y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas y, cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, como además el transporte de pasajeros y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de pasajeros y bienes de toda clase; y cualquier otro negocio que diga relación con las actividades aludidas.

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital pagado

$30.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

30.000

Socios (2)

NombreParticipación

Julia Pamela Miranda Lemus

Accionista

10%

Andres Eduardo Riquelme Torres

Accionista

90%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 1 de enero de 2014

    Se relata que TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA tiene extracto inscrito en 2014.

  2. Cesión de derechos· 22 de noviembre de 2017

    Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme, Juan Rafael Ibarra Pinto, Nicolas Matias Benitez Riquelme, Patricia Macarena Benitez Riquelme, Natalia Andrea Ibarra Saez, Ana Maria Saez Lobos, Johanna Salome Rivas Hernandez y Juan Eduardo Ibarra Saez ceden la totalidad de sus derechos a Andres Eduardo Riquelme Torres.

    Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme · Juan Rafael Ibarra Pinto · Nicolas Matias Benitez Riquelme · Patricia Macarena Benitez Riquelme · Natalia Andrea Ibarra Saez · Ana Maria Saez Lobos · Johanna Salome Rivas Hernandez · Juan Eduardo Ibarra Saez · Andres Eduardo Riquelme Torres

  3. Incorporación de socio· 22 de noviembre de 2017

    Se incorpora Andres Eduardo Riquelme Torres como nuevo socio y quedan él y Julia Pamela Miranda Lemus como únicos socios.

    Andres Eduardo Riquelme Torres · Julia Pamela Miranda Lemus

  4. Cambio de capital· 22 de noviembre de 2017

    El capital social se aumenta de $13.500.000 a $30.000.000 y luego se divide en 30.000 acciones en la transformación a SpA.

    Julia Pamela Miranda Lemus · Andres Eduardo Riquelme Torres

  5. Transformación· 22 de noviembre de 2017

    TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA se transforma en INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS SpA.

    Julia Pamela Miranda Lemus · Andres Eduardo Riquelme Torres

Texto oficial del extracto

Paola Miralles Rodriguez, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico por escritura fecha 22-11-2017, ante el titular: don Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme, Avenida Santa María N° 263, Villa Claudio Arrau, de la comuna de Colina, Región Metropolitana; don Juan Rafael Ibarra Pinto, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Julia Pamela Miranda Lemus, Pje. Santa Gemita Sitio 9 P, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; don Nicolas Matias Benitez Riquelme, Pje Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Patricia Macarena Benitez Riquelme, Pje. Santa Gemita Sitio 9 P, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Natalia Andrea Ibarra Saez, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Ana Maria Saez Lobos, domiciliado en Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Johanna Salome Rivas Hernandez, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; don Juan Eduardo Ibarra Saez, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; y don Andres Eduardo Riquelme Torres, calle Alcalde Ernesto Soto N° 0245, de la Comuna de Colina, Región Metropolitana. Modificaron TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rut. 76.423.301-8, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del CBR de Santiago, a fojas 100.205, bajo el número 61.382, correspondiente al año 2.014. Venta de derechos sociales.- Los socios don Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme, don Juan Rafael Ibarra Pinto, don Nicolas Matias Benitez Riquelme, doña Patricia Macarena Benitez Riquelme, doña Natalia Andrea Ibarra Saez, doña Ana Maria Saez Lobos, doña Johanna Salome Rivas Hernandez, y don Juan Eduardo Ibarra Saez, venden, ceden y transfieren a don Andres Eduardo Riquelme Torres, quien acepta para sí, la totalidad de sus derechos en la sociedad antes señalada, en la suma de $1.500.000 cada uno, totalizando la suma de $12.000.000, siendo el precio de esta transferencia como suma única y total, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo. Modificaciones Sociales.- En virtud de la cesión de derechos precedentes, se incorpora a la sociedad don Andres Eduardo Riquelme Torres; luego en virtud de los estatutos sociales quedan como únicos socios de la sociedad: doña Julia Pamela Miranda Lemus, con aporte de capital social de $1.500.000; y don Andres Eduardo Riquelme Torres, con aporte de capital social de $12.000.000. El capital total de $13.500.000 se encuentra íntegramente pagado. doña Julia Pamela Miranda Lemus, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, en su calidad de únicos socios, acuerdan aumentar el capital de la sociedad de la suma de $13.500.000 a la cantidad de $30.000.000. El aumento de capital, correspondiente a $16.500.000, se aporta y paga por cada uno de los socios, en proporción siguiente: a) la socia doña Julia Pamela Miranda Lemus, aumenta en la suma de $1.500.000, quedando con un aporte final de $3.000.000; y b) don Andres Eduardo Riquelme Torres, aumenta en la suma de $15.000.000, quedando con un aporte final de $27.000.000. En consecuencia, con motivo de los aportes antes señalados, el capital de la sociedad será de $30.000.000, el que se encuentra aportado y pagado por cada uno de los socios en aportes indicados, esto es, doña Julia Pamela Miranda Lemus, con la suma de $3.000.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, con la suma de $27.000.000, equivalentes al 90% de los derechos sociales. Por el presente acto, doña Julia Pamela Miranda Lemus, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, en su calidad de únicos socios de TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA acuerdan modificar dicha compañía, transformándola en una sociedad por acciones al tenor de lo prescrito en los artículos 424 a 446 del Código de Comercio, incorporadas por la Ley 20.190 de año 2.007, y en especial por las contenidas en el siguiente estatuto: ESTATUTOS “INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS SpA”. ARTICULO PRIMERO: ANTECEDENTES DE LOS CONSTITUYENTES. Por el presente instrumento doña Julia Pamela Miranda Lemus, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, vienen en constituir una sociedad por acciones, en conformidad a las estipulaciones del presente Estatuto y conforme a las disposiciones especiales contenidas en los artículos 424 a 446 del Código de Comercio, y en lo que no se contraponga a su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. ARTICULO SEGUNDO: El nombre de la sociedad será “INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS SpA", pudiendo usar para fines comerciales, bancarios y de propaganda, los nombres de fantasía “Doña Rosaura SpA”.- ARTICULO TERCERO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer domicilios especiales como también crear agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.- ARTICULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación y exportación, arrendamiento, intermediación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles, ya sea por cuenta propia o ajena; la realización de inversiones en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, valores, títulos de crédito, efectos de comercio, divisas, acciones y derechos en sociedades y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas y, cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, como además el transporte de pasajeros y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de pasajeros y bienes de toda clase; y cualquier otro negocio que diga relación con las actividades aludidas. ARTICULO QUINTO: El capital social será de $30.000.000, que se divide en 30.000 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo de cinco años contados desde la respectiva escritura de constitución o del aumento respectivo, según corresponda. Las 30.000 acciones en que se divide el capital de la sociedad se suscriben y se declaran pagadas de acuerdo a lo siguiente: doña Julia Pamela Miranda Lemus, suscribe 3.000 acciones las que paga con la suma de $3.000.000, que se encuentran pagadas; don Andres Eduardo Riquelme Torres, suscribe 27.000 acciones las que paga con la suma de $27.000.000, que se encuentran pagadas. En consecuencia, el capital social se ha suscrito y enterado en su totalidad. ARTICULO SEXTO: La duración de la sociedad será indefinida a contar de ésta fecha. ARTICULO SEPTIMO: ADMINISTRACIÓN. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Andres Eduardo Riquelme Torres, quien actuando en nombre y representación de la sociedad podrá ejercitar en nombre de INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS SpA todas y cada una de las facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 01-12-2017.

ModificaciónDiario Oficial · 2017-12-04Ver PDF (CVE 1313851)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida
Administración: Administración y representación por un accionista

Objeto social

El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación y exportación, arrendamiento, intermediación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles, ya sea por cuenta propia o ajena; la realización de inversiones en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, valores, títulos de crédito, efectos de comercio, divisas, acciones y derechos en sociedades y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas y, cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, como además el transporte de pasajeros y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de pasajeros y bienes de toda clase; y cualquier otro negocio que diga relación con las actividades aludidas.

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital pagado

$30.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

30.000

Socios (2)

NombreParticipación

Julia Pamela Miranda Lemus

Accionista

10%

Andres Eduardo Riquelme Torres

Accionista

90%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos

    Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme, Juan Rafael Ibarra Pinto, Nicolas Matias Benitez Riquelme, Patricia Macarena Benitez Riquelme, Natalia Andrea Ibarra Saez, Ana Maria Saez Lobos, Johanna Salome Rivas Hernandez y Juan Eduardo Ibarra Saez ceden la totalidad de sus derechos a Andres Eduardo Riquelme Torres

    Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme · Juan Rafael Ibarra Pinto · Nicolas Matias Benitez Riquelme · Patricia Macarena Benitez Riquelme · Natalia Andrea Ibarra Saez · Ana Maria Saez Lobos · Johanna Salome Rivas Hernandez · Juan Eduardo Ibarra Saez · Andres Eduardo Riquelme Torres

  2. Incorporación de socio

    Se incorpora Andres Eduardo Riquelme Torres como socio de la sociedad

    Andres Eduardo Riquelme Torres

  3. Cambio de capital

    Se aumenta el capital de $13.500.000 a $30.000.000

    Julia Pamela Miranda Lemus · Andres Eduardo Riquelme Torres

  4. Transformación

    TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA se transforma en sociedad por acciones e incorpora el estatuto de INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA SpA

    TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA · Julia Pamela Miranda Lemus · Andres Eduardo Riquelme Torres

Texto oficial del extracto

Paola Miralles Rodriguez, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico por escritura fecha 22-11-2017, ante el titular: don Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme, Avenida Santa María N° 263, Villa Claudio Arrau, de la comuna de Colina, Región Metropolitana; don Juan Rafael Ibarra Pinto, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Julia Pamela Miranda Lemus, Pje. Santa Gemita Sitio 9 P, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; don Nicolas Matias Benitez Riquelme, Pje Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Patricia Macarena Benitez Riquelme, Pje. Santa Gemita Sitio 9 P, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Natalia Andrea Ibarra Saez, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Ana Maria Saez Lobos, domiciliado en Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Johanna Salome Rivas Hernandez, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; don Juan Eduardo Ibarra Saez, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; y don Andres Eduardo Riquelme Torres, calle Alcalde Ernesto Soto N° 0245, de la Comuna de Colina, Región Metropolitana. Modificaron TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rut. 76.423.301-8, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del CBR de Santiago, a fojas 100.205, bajo el número 61.382, correspondiente al año 2.014. Venta de derechos sociales.- Los socios don Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme, don Juan Rafael Ibarra Pinto, don Nicolas Matias Benitez Riquelme, doña Patricia Macarena Benitez Riquelme, doña Natalia Andrea Ibarra Saez, doña Ana Maria Saez Lobos, doña Johanna Salome Rivas Hernandez, y don Juan Eduardo Ibarra Saez, venden, ceden y transfieren a don Andres Eduardo Riquelme Torres, quien acepta para sí, la totalidad de sus derechos en la sociedad antes señalada, en la suma de $1.500.000 cada uno, totalizando la suma de $12.000.000, siendo el precio de esta transferencia como suma única y total, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo. Modificaciones Sociales.- En virtud de la cesión de derechos precedentes, se incorpora a la sociedad don Andres Eduardo Riquelme Torres; luego en virtud de los estatutos sociales quedan como únicos socios de la sociedad: doña Julia Pamela Miranda Lemus, con aporte de capital social de $1.500.000; y don Andres Eduardo Riquelme Torres, con aporte de capital social de $12.000.000. El capital total de $13.500.000 se encuentra íntegramente pagado. doña Julia Pamela Miranda Lemus, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, en su calidad de únicos socios, acuerdan aumentar el capital de la sociedad de la suma de $13.500.000 a la cantidad de $30.000.000. El aumento de capital, correspondiente a $16.500.000, se aporta y paga por cada uno de los socios, en proporción siguiente: a) la socia doña Julia Pamela Miranda Lemus, aumenta en la suma de $1.500.000, quedando con un aporte final de $3.000.000; y b) don Andres Eduardo Riquelme Torres, aumenta en la suma de $15.000.000, quedando con un aporte final de $27.000.000. En consecuencia, con motivo de los aportes antes señalados, el capital de la sociedad será de $30.000.000, el que se encuentra aportado y pagado por cada uno de los socios en partes iguales, esto es, doña Julia Pamela Miranda Lemus, con la suma de $3.000.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, con la suma de $27.000.000, equivalentes al 90% de los derechos sociales. Por el presente acto, doña Julia Pamela Miranda Lemus, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, en su calidad de únicos socios de TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA acuerdan modificar dicha compañía, transformándola en una sociedad por acciones al tenor de lo prescrito en los artículos 424 a 446 del Código de Comercio, incorporadas por la Ley 20.190 de año 2.007, y en especial por las contenidas en el siguiente estatuto: ESTATUTOS “INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA SpA”. ARTICULO PRIMERO: ANTECEDENTES DE LOS CONSTITUYENTES. Por el presente instrumento doña Julia Pamela Miranda Lemus, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, vienen en constituir una sociedad por acciones, en conformidad a las estipulaciones del presente Estatuto y conforme a las disposiciones especiales contenidas en los artículos 424 a 446 del Código de Comercio, y en lo que no se contraponga a su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. ARTICULO SEGUNDO: El nombre de la sociedad será “INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA SpA", pudiendo usar para fines comerciales, bancarios y de propaganda, los nombres de fantasía “Doña Rosaura SpA”.- ARTICULO TERCERO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer domicilios especiales como también crear agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.- ARTICULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación y exportación, arrendamiento, intermediación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles, ya sea por cuenta propia o ajena; la realización de inversiones en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, valores, títulos de crédito, efectos de comercio, divisas, acciones y derechos en sociedades y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas y, cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, como además el transporte de pasajeros y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de pasajeros y bienes de toda clase; y cualquier otro negocio que diga relación con las actividades aludidas. ARTICULO QUINTO: El capital social será de $30.000.000, que se divide en 30.000 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo de cinco años contados desde la respectiva escritura de constitución o del aumento respectivo, según corresponda. Las 30.000 acciones en que se divide el capital de la sociedad se suscriben y se declaran pagadas de acuerdo a lo siguiente: doña Julia Pamela Miranda Lemus, suscribe 3.000 acciones las que paga con la suma de $3.000.000, que se encuentran pagadas; don Andres Eduardo Riquelme Torres, suscribe 27.000 acciones las que paga con la suma de $27.000.000, que se encuentran pagadas. En consecuencia, el capital social se ha suscrito y enterado en su totalidad. ARTICULO SEXTO: La duración de la sociedad será indefinida a contar de ésta fecha. ARTICULO SEPTIMO: ADMINISTRACIÓN. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Andres Eduardo Riquelme Torres, quien actuando en nombre y representación de la sociedad podrá ejercitar en nombre de INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA SpA todas y cada una de las facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 30-11-2017.

ModificaciónDiario Oficial · 2017-12-04Ver PDF (CVE 1314018)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida
Administración: Administrador único

Objeto social

El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación y exportación, arrendamiento, intermediación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles, ya sea por cuenta propia o ajena; la realización de inversiones en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, valores, títulos de crédito, efectos de comercio, divisas, acciones y derechos en sociedades y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas y, cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, como además el transporte de pasajeros y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de pasajeros y bienes de toda clase; y cualquier otro negocio que diga relación con las actividades aludidas.

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital pagado

$30.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

30.000

Socios (2)

NombreParticipación

Julia Pamela Miranda Lemus

Accionista

10%

Andres Eduardo Riquelme Torres

Accionista

90%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos

    Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme, Juan Rafael Ibarra Pinto, Nicolas Matias Benitez Riquelme, Patricia Macarena Benitez Riquelme, Natalia Andrea Ibarra Saez, Ana Maria Saez Lobos, Johanna Salome Rivas Hernandez y Juan Eduardo Ibarra Saez ceden la totalidad de sus derechos a Andres Eduardo Riquelme Torres.

    Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme · Juan Rafael Ibarra Pinto · Nicolas Matias Benitez Riquelme · Patricia Macarena Benitez Riquelme · Natalia Andrea Ibarra Saez · Ana Maria Saez Lobos · Johanna Salome Rivas Hernandez · Juan Eduardo Ibarra Saez · Andres Eduardo Riquelme Torres

  2. Incorporación de socio

    Se incorpora Andres Eduardo Riquelme Torres como nuevo socio de la sociedad.

    Andres Eduardo Riquelme Torres

  3. Cambio de capital

    El capital social se aumenta de $13.500.000 a $30.000.000.

    Julia Pamela Miranda Lemus · Andres Eduardo Riquelme Torres

  4. Transformación

    Transportes Doña Rosaura e Hijos Limitada se transforma en la SpA Inversiones Doña Rosaura e Hijos SpA.

    Julia Pamela Miranda Lemus · Andres Eduardo Riquelme Torres

Texto oficial del extracto

Paola Miralles Rodriguez, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico por escritura fecha 22-11-2017, ante el titular: don Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme, Avenida Santa María N° 263, Villa Claudio Arrau, de la comuna de Colina, Región Metropolitana; don Juan Rafael Ibarra Pinto, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Julia Pamela Miranda Lemus, Pje. Santa Gemita Sitio 9 P, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; don Nicolas Matias Benitez Riquelme, Pje Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Patricia Macarena Benitez Riquelme, Pje. Santa Gemita Sitio 9 P, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Natalia Andrea Ibarra Saez, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Ana Maria Saez Lobos, domiciliado en Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña Johanna Salome Rivas Hernandez, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; don Juan Eduardo Ibarra Saez, Pje. Santa Gemita Sitio LL casa 2, Población San José, comuna de Colina, Región Metropolitana; y don Andres Eduardo Riquelme Torres, calle Alcalde Ernesto Soto N° 0245, de la Comuna de Colina, Región Metropolitana. Modificaron TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rut. 76.423.301-8, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del CBR de Santiago, a fojas 100.205, bajo el número 61.382, correspondiente al año 2.014. Venta de derechos sociales.- Los socios don Jonathan Cristopher Jiménez Riquelme, don Juan Rafael Ibarra Pinto, don Nicolas Matias Benitez Riquelme, doña Patricia Macarena Benitez Riquelme, doña Natalia Andrea Ibarra Saez, doña Ana Maria Saez Lobos, doña Johanna Salome Rivas Hernandez, y don Juan Eduardo Ibarra Saez, venden, ceden y transfieren a don Andres Eduardo Riquelme Torres, quien acepta para sí, la totalidad de sus derechos en la sociedad antes señalada, en la suma de $1.500.000 cada uno, totalizando la suma de $12.000.000, siendo el precio de esta transferencia como suma única y total, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo. Modificaciones Sociales.- En virtud de la cesión de derechos precedentes, se incorpora a la sociedad don Andres Eduardo Riquelme Torres; luego en virtud de los estatutos sociales quedan como únicos socios de la sociedad: doña Julia Pamela Miranda Lemus, con aporte de capital social de $1.500.000; y don Andres Eduardo Riquelme Torres, con aporte de capital social de $12.000.000. El capital total de $13.500.000 se encuentra íntegramente pagado. doña Julia Pamela Miranda Lemus, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, en su calidad de únicos socios, acuerdan aumentar el capital de la sociedad de la suma de $13.500.000 a la cantidad de $30.000.000. El aumento de capital, correspondiente a $16.500.000, se aporta y paga por cada uno de los socios, en proporción siguiente: a) la socia doña Julia Pamela Miranda Lemus, aumenta en la suma de $1.500.000, quedando con un aporte final de $3.000.000; y b) don Andres Eduardo Riquelme Torres, aumenta en la suma de $15.000.000, quedando con un aporte final de $27.000.000. En consecuencia, con motivo de los aportes antes señalados, el capital de la sociedad será de $30.000.000, el que se encuentra aportado y pagado por cada uno de los socios en partes iguales, esto es, doña Julia Pamela Miranda Lemus, con la suma de $3.000.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, con la suma de $27.000.000, equivalentes al 90% de los derechos sociales. Por el presente acto, doña Julia Pamela Miranda Lemus, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, en su calidad de únicos socios de TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA acuerdan modificar dicha compañía, transformándola en una sociedad por acciones al tenor de lo prescrito en los artículos 424 a 446 del Código de Comercio, incorporadas por la Ley 20.190 de año 2.007, y en especial por las contenidas en el siguiente estatuto: ESTATUTOS “INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS SpA”. ARTICULO PRIMERO: ANTECEDENTES DE LOS CONSTITUYENTES. Por el presente instrumento doña Julia Pamela Miranda Lemus, y don Andres Eduardo Riquelme Torres, vienen en constituir una sociedad por acciones, en conformidad a las estipulaciones del presente Estatuto y conforme a las disposiciones especiales contenidas en los artículos 424 a 446 del Código de Comercio, y en lo que no se contraponga a su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. ARTICULO SEGUNDO: El nombre de la sociedad será “INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS SpA", pudiendo usar para fines comerciales, bancarios y de propaganda, los nombres de fantasía “Doña Rosaura SpA”.- ARTICULO TERCERO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer domicilios especiales como también crear agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.- ARTICULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación y exportación, arrendamiento, intermediación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles, ya sea por cuenta propia o ajena; la realización de inversiones en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, valores, títulos de crédito, efectos de comercio, divisas, acciones y derechos en sociedades y su administración, explotación y comercialización en cualquiera de sus formas y, cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, como además el transporte de pasajeros y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de pasajeros y bienes de toda clase; y cualquier otro negocio que diga relación con las actividades aludidas. ARTICULO QUINTO: El capital social será de $30.000.000, que se divide en 30.000 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo de cinco años contados desde la respectiva escritura de constitución o del aumento respectivo, según corresponda. Las 30.000 acciones en que se divide el capital de la sociedad se suscriben y se declaran pagadas de acuerdo a lo siguiente: doña Julia Pamela Miranda Lemus, suscribe 3.000 acciones las que paga con la suma de $3.000.000, que se encuentran pagadas; don Andres Eduardo Riquelme Torres, suscribe 27.000 acciones las que paga con la suma de $27.000.000, que se encuentran pagadas. En consecuencia, el capital social se ha suscrito y enterado en su totalidad. ARTICULO SEXTO: La duración de la sociedad será indefinida a contar de ésta fecha. ARTICULO SEPTIMO: ADMINISTRACIÓN. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Andres Eduardo Riquelme Torres, quien actuando en nombre y representación de la sociedad podrá ejercitar en nombre de INVERSIONES DOÑA ROSAURA E HIJOS SpA todas y cada una de las facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 01-12-2017.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA

    CVE 1314196

  2. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA

    CVE 1314018

  3. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES DOÑA ROSAURA E HIJOS LIMITADA

    CVE 1313851

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)