Victor Octavio Moreno Bobadilla E.I.R.L..
Diario Oficial
公司資料
公司目的
Compraventa de todo tipo de alimentos para mascotas y todo tipo de animales en general, pudiendo comprar, vender y distribuir por cuenta propia o ajena, por mayor y menor todo tipo de insumos, accesorios, alimentos para mascotas y animales de todo tipo; comprar, vender mascotas vivas autorizadas; comprar, vender y distribuir carbón, leña y otros combustibles de uso doméstico; prestar servicios de movimientos de tierra, servicios agrícolas, arriendo de maquinaria y herramientas agrícolas, ferretería y servicios afines.
資本
總資本
$2.000.000
股份
2,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
MABEL FRANCISCA RAMÍREZ FIGUEROA Accionista 16.xxx.xxx-7 | 16.xxx.xxx-7 | 100% | $2.000.000 |
管理人(1)
MABEL FRANCISCA RAMÍREZ FIGUEROA
公報所載公司沿革
- 設立· 2015年3月16日
Constitución de la E.I.R.L. "VÍCTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA E.I.R.L." con nombre de fantasía "ALIMENTOS MASCOTAS MACHALI E.I.R.L."
- 權益轉讓· 2019年3月22日
VÍCTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA cede y transfiere el 100% de sus derechos a MABEL FRANCISCA RAMÍREZ FIGUEROA
VÍCTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA · MABEL FRANCISCA RAMÍREZ FIGUEROA
- 公司形式轉換· 2019年3月22日
La E.I.R.L. se transforma en sociedad por acciones bajo la razón social SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y SERVICIOS AGROSEXTA SpA
摘要官方正文
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público Titular Tercera Notaría de Rancagua, oficio Campos 377, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, don VÍCTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA, chileno, casado, trabajador, C.I. N° 12.778.565-1, domicilio camino La Hacienda sin Nro., Machalí y doña MABEL FRANCISCA RAMÍREZ FIGUEROA, chilena, soltera, C.I. N° 16.858.602-7, domicilio camino Zapallar sin número, Curicó; mayores de edad, acreditan su identidad con las cédulas citadas, y exponen: que don VÍCTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA es el único dueño de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada cuya razón social y nombre es “VÍCTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA E.I.R.L.", con el nombre de fantasía "ALIMENTOS MASCOTAS MACHALI E.I.R.L.", Rol Único Tributario N° 76.421.655-5, quien vienen en modificar dicha empresa individual y en transformarla en una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, y que se complementará como sigue: ARTÍCULO PRIMERO: don VÍCTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA ya individualizado declara ser el único dueño de “VÍCTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA E.I.R.L.", con el nombre de fantasía " ALIMENTOS MASCOTAS MACHALI E.I.R.L.", Rol Único Tributario N° 76.421.655-5, constituida por Escritura Pública fecha 16 de Marzo de 2015, repertorio Nº2.168 año 2015, otorgada en Notaría de Rancagua de don Ernesto Montoya Peredo, cuyo extracto se público en el diario oficial número 41.141, de fecha 23 de Marzo del año 2015, e inscrita a fojas 244 Nº215, del Registro de Comercio de Rancagua, del año 2015; quien vienen en modificar dicha empresa individual de responsabilidad limitada y en transformarla en una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la ley Nº20190, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil.- ARTÍCULO SEGUNDO Modificación: Por el presente instrumento se retira de la empresa individual de responsabilidad limitada don VÍCTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA, ya individualizado, mediante la venta, cesión y transferencia del total de su participación y derechos en la empresa individual de responsabilidad limitada, ascendientes al cien por ciento del haber social de éste a doña MABEL FRANCISCA RAMÍREZ FIGUEROA, ya individualizada, quién por este acto la acepta y adquiere para sí. El precio de la venta, cesión y transferencia asciende a la cantidad de dos millones de pesos, los que se pagan en este acto en dinero en efectivo y al contado, declarando la cedente recibirlo a su entera satisfacción. Esta cesión comprende y contempla todos los derechos y cuanto pudiera corresponderle a la cedente en la empresa individual de responsabilidad limitada, de forma tal que en la referida, todo lo adeudado por la sociedad a la cedente o de cuanto de ello corresponda a ésta, deberá entenderse ahora adeudado o correspondiente a la cesionaria, quién asume sin solución de continuidad ni modificación alguna dichos Derechos, conjuntamente con las obligaciones sociales inherentes a ellos. Los comparecientes VÍCTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA y doña MABEL FRANCISCA RAMÍREZ FIGUEROA se dan recíprocamente el más amplio, completo total y recíproco finiquito respecto de las relaciones que los vincularon, declarando así mismo no tener cargo alguno que formularse, ni haber deuda pendiente a ningún respecto entre ellos, ARTÍCULO TERCERO: Como consecuencia de todo lo anterior, será desde este momento, la única socia de la nueva sociedad por acciones, doña MABEL FRANCISCA RAMÍREZ FIGUEROA, con un cien por ciento de los derechos sociales, transformándose en este acto la referida empresa individual de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, siendo para todos los efectos la continuadora legal de los derechos y obligaciones de la sociedad que se transforma. ARTÍCULO CUARTO Transformación: El nombre de la sociedad a partir de este momento será SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y SERVICIOS AGROSEXTA SpA, la que podrá actuar y funcionar con el nombre de fantasía AGROSEXTA SpA, y que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento nueve, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad de Rancagua, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida, salvo que la socia accionista manifestare su voluntad de ponerle termino en algún período determinado no menor a un año y en todo caso al final del período anual que estuviere en curso, mediante escritura publica cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo período. ARTÍCULO QUINTO: OBJETO DE LA SOCIEDAD: El objeto de la sociedad será la Compraventa de todo tipo de alimentos para mascotas y todo tipo de animales en general, pudiendo al efecto comprar, vender y distribuir por cuenta propia o ajena, por mayor y menor todo tipo de insumos, de accesorios, alimentos para mascotas y animales de todo tipo. Al efecto la empresa individual también podrá comprar y vender mascotas vivas, de todo tipo de especies que cuenten con la autorización y/o aprobación para ello del servicio agrícola y ganadero o de cualquier autoridad sanitaria competente. Así mismo la empresa individual de responsabilidad limitada podrá comprar, vender y distribuir, por cuenta propia o ajena al por menor carbón, leña y otros combustibles de uso doméstico, y en general cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que la socia o socios acuerden en su momento. Así mismo y sin perjuicio de lo señalado La sociedad podrá directa mente o por cuenta de terceros prestar servicios de todo tipo de movimientos de tierra, prestar servicios agrícolas de todo tipo, especialmente el de arriendo de todo tipo de maquinaria y herramientas de denominación o tipo agrícola, Ferretería y todo de servicios afines.- ARTÍCULO SEXTO: El Capital de la Sociedad es de dos Millones de pesos, dividido en dos mil acciones, que la accionista fundadora suscribe y paga en la forma que señala el artículo segundo transitorio. Se establece expresamente que todas las acciones suscritas de la Sociedad confieren el derecho a voto en la Junta de Accionistas y cada una no requieren de su impresión en láminas físicas.- ADMINISTRACIÓN: Se nombra como administrador de la sociedad accionista fundadora doña MABEL FRANCISCA RAMÍREZ FIGUEROA quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo séptimo de los estatutos. Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto; demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 22 de Marzo de 2019.
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- MODIFICACIÓN
VICTOR OCTAVIO MORENO BOBADILLA E.I.R.L.
CVE 1572762
