Sociedade de Responsabilidade Limitada76.421.154-5

Nueva Comercial Rio Blanco Dos Limitada

MODIFICACIÓN — 23 de dez. de 2017

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2017-12-23Ver PDF (CVE 1324501)

Informações societárias

Ltda

Capital

Capital total

$162.052.675

Capital integralizado

$162.052.675

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

EXPORTADORA RÍO BLANCO LIMITADA

Socio

99.999%

FRUTÍCOLA RÍO COPIAPÓ SpA

Socio

0.001%

Representação legal (2)

OCTAVIO BOFILL GENZSCH

7.xxx.xxx-1Em representação de COMERCIAL RÍO BLANCO LIMITADA

GERARDO VARELA ALFONSO

6.xxx.xxx-0Em representação de COMERCIAL RÍO BLANCO LIMITADA

Texto oficial do extrato

MANUEL RAMIREZ ESCOBAR, Reemplazante EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2017, bajo el Repertorio número 27.988-2017, ante Titular, comparecen: don OCTAVIO BOFILL GENZSCH, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 7.300.699-1, con domicilio, para estos efectos, en Avenida Andrés Bello número 2711, piso 8, comuna de Las Condes, y don GERARDO VARELA ALFONSO, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 6.356.972-0, con domicilio, para estos efectos, en Avenida Andrés Bello número 2711, piso 19, comuna de Las Condes, actuando en ejercicio de las facultades conferidas en la Cláusula Novena de la escritura de división y modificación de COMERCIAL RÍO BLANCO LIMITADA, de fecha 15 de octubre de 2014, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, bajo el Repertorio número 23.463-2014, en la cual se constituyó NUEVA COMERCIAL RIO BLANCO DOS LIMITADA (en adelante, “NCRB2”), inscrita a fojas 84.995 número 51.857 del Registro de Comercio de Santiago del año 2014, (en adelante, la “Escritura de División”); rectificaron la Escritura de División con la finalidad de subsanar el error incurrido en la conversión a pesos chilenos del capital de NCRB2, y en la conversión del capital aportado por cada socio. Así, de acuerdo al balance de división, que fue protocolizado conjuntamente con la Escritura de División, el capital de NCRB2 corresponde a USD 275.496,71, equivalentes a $162.052.675, de acuerdo al tipo de cambio dólar observado del 16 de octubre de 2014, sin embargo, se indicó en la Escritura de División que el capital de la NCRB2, era $162.040.146. Igualmente, en la Escritura de División, Exportadora Río Blanco Limitada aportó un capital de $162.037.397, y Frutícola Río Copiapó SpA, aportó un capital de $2.749, en circunstancias que el valor correcto de conversión, de acuerdo al tipo de cambio dólar observado del 16 de octubre de 2014, corresponde a $162.051.055, y $1.620, respectivamente. En razón de lo anterior, se reemplazó íntegramente el artículo Quinto de los estatutos sociales de NCRB2, contenidos en la Cláusula Octava numeral Ocho. Dos de la Escritura de División. El artículo Quinto, quedó como sigue: “Artículo Quinto: Capital: CINCO PUNTO UNO) El capital de la sociedad es cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO pesos que los socios han pagado de la siguiente forma: (i) EXPORTADORA RÍO BLANCO LIMITADA, en la cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES CINCUENTA Y UN MIL CINCUENTA Y CINCO PESOS, equivalentes aproximadamente al noventa y nueve coma novecientos noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, ya pagada y enterada en arcas sociales; y (ii) FRUTÍCOLA RÍO COPIAPÓ SpA, en la cantidad de MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS, equivalentes aproximadamente al cero coma cero cero uno por ciento de los derechos sociales, ya pagada y enterada en arcas sociales.- CINCO PUNTO DOS) Dicho capital queda íntegramente enterado, suscrito y pagado con la parte del patrimonio de COMERCIAL RÍO BLANCO LIMITADA, que se le asigna sobre la base del Balance de División, al quince de octubre de dos mil catorce, el cual contiene una descripción de los activos, pasivos y patrimonio de COMERCIAL RÍO BLANCO LIMITADA a dicha fecha, junto con una descripción de la forma en que se distribuirán dichos activos, pasivos y patrimonio entre COMERCIAL RÍO BLANCO LIMITADA y las nuevas sociedades NUEVA COMERCIAL RÍO BLANCO UNO LIMITADA y NUEVA COMERCIAL RÍO BLANCO DOS LIMITADA, luego de la división.- Como consecuencia de la división de COMERCIAL RÍO BLANCO LIMITADA, y sin que ello implique enajenación, se han incorporado en el patrimonio de la sociedad NUEVA COMERCIAL RÍO BLANCO DOS LIMITADA, por asignación, entre otros, los bienes que se individualizan en el artículo Cuarto transitorio de estos estatutos.” En todo lo no modificado o complementado por la presente escritura, permanecen plenamente vigentes las demás estipulaciones de la Escritura de División y sus posteriores modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre de 2017.

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    NUEVA COMERCIAL RIO BLANCO DOS LIMITADA

    CVE 1324501

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