Soluciones Y Servicios Generales Safe Chile Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 11.xxx.xxx-4 | 11.xxx.xxx-4 | 50% | $1.500.000 |
DANIELA ORNELLA CARMAGNANI MARTÍNEZ Socio 8.xxx.xxx-5 | 8.xxx.xxx-5 | 50% | $1.500.000 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 23 de octubre de 2014
Constitución original de la sociedad SOLUCIONES Y SERVICIOS GENERALES SAFE CHILE LIMITADA, hoy SAFE CHILE LTDA.
PATRICIO CARLOS RIQUELME GUAJARDO · EDUARDO DAVID VÁSQUEZ MUÑOZ
- Cesión de derechos· 29 de septiembre de 2017
PATRICIO CARLOS RIQUELME GUAJARDO cede el total de sus derechos sociales a DANIELA ORNELLA CARMAGNANI MARTÍNEZ.
PATRICIO CARLOS RIQUELME GUAJARDO · DANIELA ORNELLA CARMAGNANI MARTÍNEZ
- Cambio de administrador· 29 de septiembre de 2017
Se modifica la representación, administración y uso de la razón social, quedando a cargo de EDUARDO DAVID VÁSQUEZ MUÑOZ.
Texto oficial del extracto
OSVALDO PEREIRA GONZÁLEZ, abogado, Notario Público Titular de la Décimo Cuarta Notaria de Santiago, oficio calle Teatinos 449, piso 6, Santiago, certifico por escritura de fecha 29-09-2017, bajo repertorio N°6996-17, ante mí, PATRICIO CARLOS RIQUELME GUAJARDO, chileno, casado con separación de bienes, Ingeniero Comercial, CIN°8.129.166-7, domiciliado en Avda Nueva Providencia N°1945, depto 919, Providencia; EDUARDO DAVID VÁSQUEZ MUÑOZ, chileno, soltero, factor de comercio, CIN°11.262.908-4, y DANIELA ORNELLA CARMAGNANI MARTÍNEZ, chilena, soltera, empresaria, CIN°8.559.586-5, ambos domiciliados en Crescente Errázuriz N°2453, Ñuñoa, modifican sociedad SOLUCIONES Y SERVICIOS GENERALES SAFE CHILE LIMITADA, o nombre de fantasía SAFE CHILE LTDA., Rut.76.421.116-2, con un capital inicial de $3.000.000, constituida escritura pública 23-10-2014, ante Pablo Alberto González Caamaño, Notario Público Titular de la Novena Notaria de Santiago, bajo Repertorio N°9.767-2014, extracto inscrito Registro de Comercio a Fjs 84575, N°51.573, ante el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al Año 2014, y publicado Diario Oficial 08-11-2014, Edición N°41.002, página E guión 202, don PATRICIO CARLOS RIQUELME GUAJARDO, 50% derechos sociales, equivalente a $1.500.000, y don EDUARDO DAVID VÁSQUEZ MUÑOZ, 50% derechos sociales, equivalente a $1.500.000, todos enterados e ingresados en caja social. MODIFICACION CONSISTE. PATRICIO CARLOS RIQUELME GUAJARDO, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales, equivalentes al 50% capital social, a DANIELA ORNELLA CARMAGNANI MARTÍNEZ, por la suma de $1.500.000. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. quedan como únicos socios: EDUARDO DAVID VÁSQUEZ MUÑOZ, con 50% derechos sociales, y DANIELA ORNELLA CARMAGNANI MARTÍNEZ, con 50% derechos sociales, ambos aportes ya se encuentran enterados e ingresados en caja social. REPRESENTACIÓN. Los actuales socios EDUARDO DAVID VÁSQUEZ MUÑOZ, y DANIELA ORNELLA CARMAGNANI MARTÍNEZ, modifican la cláusula tercera del estatuto social, señalando que la Representación, Administración y Uso de la Razón Social, será ejercida por EDUARDO DAVID VÁSQUEZ MUÑOZ, quien actuando y anteponiendo su firma a la razón social obligarán a la sociedad con las facultades establecidas en la cláusula tercera del pacto social constitutivo, las que se dan por expresamente reproducidas; el socio saliente don PATRICIO CARLOS RIQUELME GUAJARDO, señala que no tiene objeción alguna a lo pactado en la presente cláusula.- FINIQUITO. Los comparecientes declaran expresamente que entre don PATRICIO CARLOS RIQUELME GUAJARDO, y la sociedad se otorgan amplio, recíproco e irrevocable finiquito y declaran mutuamente que nada se deben entre sí con motivo de la cesión de derechos estipulada en esta escritura ni tampoco con motivo de los negocios sociales, liberándolo de toda responsabilidad civil, administrativa, penal y tributaria, todo esto conforme a lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario.- En todo lo no modificado rigen las cláusulas del estatuto social primitivo. Santiago 10 de Octubre de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SOLUCIONES Y SERVICIOS GENERALES SAFE CHILE LIMITADA
CVE 1286137
