Rio Puelo SpA
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | 100% | - |
Historia societaria relatada
- Otro acto· 5 de julio de 2022
JR SpA pasa a ser dueña del 100% de las acciones de RIO PUELO SpA y se produce la disolución de pleno derecho por reunirse la totalidad de las acciones en una sola mano.
Texto oficial del extracto
MARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón República de Chile y oficio en Avenida Santa Rosa número siete mil novecientos cincuenta y cinco, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, ANDRÉS HERNÁN AYBAR INOSTROZA, y “JR SpA” en su calidad de actuales y únicos accionistas de la sociedad “RIO PUELO SpA”, vienen en dejar constancia de la disolución de pleno derecho de la sociedad “RIO PUELO SpA” inscrita en el registro de comercio del Conservador de bienes raíces de Santiago a fojas 93.648 número 57.175 correspondiente al año 2014. Producto del traspaso de acciones efectuado, la sociedad “JR SpA” ha pasado a ser dueña del 100% de las acciones que conformaban el capital social de “RIO PUELO SpA”, reuniéndose, en consecuencia, en una sola mano la totalidad de las acciones de la sociedad citada. Por tanto, en conformidad al artículo 444 del Código de Comercio, y en virtud del artículo TERCERO del estatuto social de la compañía, ha tenido lugar, la disolución de pleno derecho de la sociedad “RIO PUELO SpA”, la cual ha sido absorbida por “JR SpA”, por lo tanto, esta última la sucede por el solo ministerio de la ley, en todos los derechos y obligaciones de aquella, adquiriendo el total de su activo y pasivo, sin que sea necesario proceder a la liquidación de la sociedad ni al término de giro de la misma. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 julio 2022.
Información societaria
Texto oficial del extracto
MARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número siete mil novecientos cincuenta y cinco, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, ANDRÉS HERNÁN AYBAR INOSTROZA y “JR SpA” todos domiciliados para estos efectos en Av. La Dehesa 181, of. 803, Lo Barnechea, Santiago, RM, modificaron la sociedad "RIO PUELO SpA", inscrita en Reg. Comercio de Stgo. a fojas 93.648, N°57.175, del año 2014, en el siguiente sentido: Modifican el artículo tercero de los estatutos sociales, el cual hace referencia a la duración de la sociedad modificando y ampliando dicho artículo, por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: La sociedad empezará a regir con esta fecha y su duración será indefinida. La sociedad se disolverá cuando concurra una causa legal de disolución. Los accionistas acuerdan que, según lo dispuesto en el artículo cuatrocientos cuarenta y cuatro del Código de Comercio, la sociedad se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista”. Otras estipulaciones en escritura extractada, Santiago, 15 de junio de 2022.
Información societaria
Objeto social
La prestación de todo tipo de asesorías, tal como, asesorías económicas, financieras, tecnológicas o cualquier tipo de asesorías que los socios de común acuerdo determinen.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Texto oficial del extracto
MARCELA MEDINA RICCI, abogada, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Av. Santa Rosa N°7.955, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, “JR SpA” y ANDRÉS HERNÁN AYBAR INOSTROZA, todos domiciliados para estos efectos en Av. Santa María N°9.400, depto. 103, Vitacura, R.M., y de paso en esta, ambos en sus calidades de únicos y actuales accionistas de “RÍO PUELO SpA” e “INVERSIONES RÍO TOLTÉN SpA” respectivamente, vienen en acordar la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción que la sociedad “RÍO PUELO SpA”, inscrita a fojas 93.648, N°57.175, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, hace de “INVERSIONES RÍO TOLTÉN SpA”, inscrita a fojas 93.647, N°57.174, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, la cual queda por tanto disuelta y todo su activo y pasivo se incorpora a la sociedad absorbente, quien la sucede en todos sus derechos y obligaciones. Como resultado de la fusión acordada, los comparecientes acuerdan aumentar el capital social de “RÍO PUELO SpA”, que actualmente asciende a la suma de $500.000 a la suma de un $1.000.000. Dicho aumento de capital se entenderá pagado mediante la incorporación a la sociedad absorbente “RÍO PUELO SpA” del patrimonio, a valores tributarios, de “INVERSIONES RÍO TOLTÉN SpA”, la sociedad absorbida. Por consiguiente, el capital social de “RÍO PUELO SpA” después de la fusión, asciende a la suma de $1.000.000. Asimismo, producto de la fusión acordada precedentemente y de los demás acuerdos adoptados, los comparecientes acuerdan mantener los estatutos sociales de “RÍO PUELO SpA”, sustituyendo exclusivamente su Artículo Quinto referente al capital: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de un $1.000.000, dividido en un 1.000.000 de acciones, nominativas, todas de una misma clase y serie, igual valor y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de estos estatutos.”. Estatutos refundidos: Nombre: “RÍO PUELO SpA”. Accionistas: “JR SpA” y don Andrés Hernán Aybar Inostroza. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de asesorías, tal como, asesorías económicas, financieras, tecnológicas o cualquier tipo de asesorías que los socios de común acuerdo determinen. Capital: $1.000.000, dividido en un 1.000.000 de acciones, nominativas, todas de una misma clase y serie, igual valor y sin valor nominal. Suscritos y pagados en dinero en efectivo y al contado a la sociedad. Domicilio: El domicilio social es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que establezca dentro del territorio del país. Demás estipulaciones en escritura extractada. Marcela Medina Ricci. N.P.T. Santiago, 8 de mayo del 2018.
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