Samsung Sds Global Scl Chile Limitada
稅務資料(SII)
实体类型
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
公司子类型
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
開始經營
SII 未報告開始經營日期
經濟活動
SII 中沒有登記的經濟活動
蓋章文件
SII 中沒有登記的蓋章文件
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de transporte y carga, servicios de despacho de aduana; proporcionar servicios de almacenamiento y bodegaje; otras actividades de logística y servicios relacionados al transporte de carga, incluyendo actividades de operador marítimo que no exploten buques propios, actividades de intermediación en el ámbito de los servicios; la prestación de servicios de telecomunicaciones y de acceso a redes de telecomunicaciones, por medio de redes computacionales, telefónicas, satelitales, vía internet, o por cualquier otra forma que acuerden los socios; la prestación de servicios de internet y servicios de conectividad y alojamiento web o hosting en servidores en línea; la prestación de servicios de intranet; el arrendamiento de espacio físico en centros de datos; la prestación de toda clase de servicios tecnológicos y servicios de tecnología de la información; la prestación de servicio técnico en materias de tecnología y el suministro de todo el equipamiento necesario para proveer los servicios tecnológicos señalados; venta, arriendo y suministro de todo tipo de equipamiento, soporte y programas computacionales; la prestación integral de servicios de consultoría y asesorías técnicas y/o profesionales relacionadas a las actividades de logística; servicios de almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento, valorización, reutilización, reciclaje, deposición final y otras formas de eliminación de residuos electrónicos y eléctricos; arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de bienes raíces; la compra, por cuenta propia y de terceros, y la venta de metales y minerales metalíferos, tales como concentrados de cobre y otros productos mineros; y cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden y que sea necesario o apropiado para el cumplimiento del objeto social.
公報所載公司沿革
- 設立· 2014年10月14日
Constitución de la sociedad SAMSUNG SDS GLOBAL SCL CHILE LIMITADA.
摘要官方正文
Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N° 5841, comuna de La Reina, CERTIFICO: que por escritura pública del 16 de abril de 2026 otorgada ante mí, bajo el repertorio 30.225 – 2026, SAMSUNG SDS AMERICA, INC, Rol Único Tributario N°59.205.820 – 0, debidamente representada por MARTÍN FELIPE DEL RIO PULIDO; SUNGYEON KIM, pasaporte emitido por la República de Corea N° M066G5903, debidamente representado por MARÍA ANGÉLICA VELARDE VILLELA, todos domiciliados para estos efectos en Cerro El Plomo 6000, departamento 603, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad SAMSUNG SDS GLOBAL SCL CHILE LIMITADA, RUT N° 76.413.209-2 constituida por Escritura Pública de fecha 14 de octubre de 2014, otorgada en la Notaría de Santiago de don Sergio Carmona Barrales, cuyo extracto se inscribió a fojas 80.336 número 48.987 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 29 de octubre del mismo año (en adelante, la “Sociedad”). Las modificaciones consisten en: 1) Ampliación del objeto social, los únicos y actuales socios de la Sociedad acuerdan ampliar su objeto social, incorporando la actividad de compra y venta de metales y minerales metalíferos, tales como concentrados de cobre y otros productos mineros, así como la compra por cuenta de terceros de este tipo de productos para su posterior exportación conforme a las instrucciones impartidas por los terceros mandantes; 2) Como consecuencia de lo señalado, los únicos y actuales socios de la Sociedad acuerdan modificar el artículo segundo de sus estatutos, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Segundo: Objeto. La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de transporte y carga, servicios de despacho de aduana; proporcionar servicios de almacenamiento y bodegaje; otras actividades de logística y servicios relacionados al transporte de carga, incluyendo actividades de operador marítimo que no exploten buques propios, actividades de intermediación en el ámbito de los servicios; la prestación de servicios de telecomunicaciones y de acceso a redes de telecomunicaciones, por medio de redes computacionales, telefónicas, satelitales, vía internet, o por cualquier otra forma que acuerden los socios; la prestación de servicios de internet y servicios de conectividad y alojamiento web o hosting en servidores en línea; la prestación de servicios de intranet; el arrendamiento de espacio físico en centros de datos; la prestación de toda clase de servicios tecnológicos y servicios de tecnología de la información; la prestación de servicio técnico en materias de tecnología y el suministro de todo el equipamiento necesario para proveer los servicios tecnológicos señalados; venta, arriendo y suministro de todo tipo de equipamiento, soporte y programas computacionales; la prestación integral de servicios de consultoría y asesorías técnicas y/o profesionales relacionadas a las actividades de logística; servicios de almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento, valorización, reutilización, reciclaje, deposición final y otras formas de eliminación de residuos electrónicos y eléctricos; arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de bienes raíces; la compra, por cuenta propia y de terceros, y la venta de metales y minerales metalíferos, tales como concentrados de cobre y otros productos mineros; y cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden y que sea necesario o apropiado para el cumplimiento del objeto social.” En todo lo no expresamente modificado por la presente escritura, subsiste el pacto social de la Sociedad, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de abril de 2026. Pablo Martínez Loaiza. Notario Público Titular.
公司資料
資本
總資本
$275.000.000
實繳資本
$275.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 59.205.920-0 | 59.205.920-0 | 99.99% | $274.972.500 |
Socio | - | 0.01% | $27.500 |
公報所載公司沿革
- 權益轉讓· 2025年6月30日
Tae Kwon Eom cede el 100% de sus derechos sociales a Sungyeon Kim.
摘要官方正文
Ministerio del Interior Magdalena Sofia Latorre Larraín, Abogado, Notario Público Interino de la 5ª Notaría de Santiago, domiciliada en el Golf N° 99, oficina 101B, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de junio de 2025, otorgada ante mí, Samsung SDS America, INC, Rol único tributario N° 59.205.920-0, debidamente representada por Guillermo Mackenna Rueda; Tae Kwon Eom, cédula de identidad para extranjeros N° 48.215.701-7 y pasaporte número M 545B5644, debidamente representado por María Angélica Velarde Villela; Sungyeon Kim, pasaporte N° M066G5903, debidamente representado por María Angélica Velarde Villela, todos domiciliados para estos efectos en AV. El Bosque Norte N° 0177, oficina 602, Las Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad SAMSUNG SDS GLOBAL SCL CHILE LIMITADA, RUT N° 76.413.209-2, cuyo extracto se inscribió a fojas 80.336 número 48.987 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 29 de octubre del mismo año. Modificaciones consisten en: uno) Cesión derechos sociales. Tae Kwom Eom, con la autorización del socio Samsung SDS America, INC, vende cede y transfiere al señor Sungyeon Kim, quien compra, acepta y recibe para sí el cero coma cero un por ciento de los derechos sociales en la sociedad, es decir, el cien por ciento de los derechos sociales del cedente. El precio de la compraventa y cesión de derechos sociales y forma de pago consta en escritura extractada. En consecuencia, se retira como socio Tae Kwon Eom y se incorporan como nuevo socio Sungyeon Kim; dos) Como consecuencia de las modificaciones anteriores, los actuales socios acordaron reemplazar el Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de doscientos setenta y cinco millones de pesos, el cual es aportado y pagado por los socios en la siguiente forma: a) Samsung SDS Global SCL America, Inc aportó la suma de doscientos setenta y cuatro millones novecientos setenta y dos mil quinientos pesos equivalentes al noventa y nueve coma noventa y nueve por ciento del capital social, dinero que se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y b) Sungyeon Kim, aportó la suma de veintisiete mil quinientos pesos, equivalente al cero coma cero un por ciento del capital social, dinero que se encuentra íntegramente suscrito y pagado.” En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigentes los estatutos de la sociedad. Socios reiteran responsabilidad limitada a respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de julio de 2025. Magdalena Latorre Larraín. Notario Público Interino.
公司資料
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
管理人(2)
SII 代表(1)
摘要官方正文
Patricio Raby Benavente, Abogado, Notario Público Titular Quinta Notaría de Santiago, domicilio Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifica: por escritura de fecha 23 de mayo de 2022, ante mí, Samsung SDS America, INC, antes denominada Samsung SDS Global SCL America, INC y Tae Kwon Eom, todos domiciliados en el Bosque Norte N° 0177, oficina 602, Las Condes, Santiago, acordaron modificar Samsung SDS Global SCL Chile Limitada, Rut N° 76.413.209-2, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 80.336 N° 48.987 del año 2014. Los actuales y únicos socios de Samsung SDS Global SCL Chile Limitada, acuerdan modificar y sustituir el artículo primero transitorio de los estatutos reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: Por este acto los socios designan al señor Tae Kwon Eom, coreano, casado, factor de comercio como gerente general de la Compañía. El señor Tae Kwon Eom podrá representar a la sociedad con todas las facultades señaladas en el pacto social, las que se tienen por expresamente reproducidas, con la sola excepción de las facultades comprendidas en el numeral cinco del señalado artículo. Se deja constancia de que la incorporación del presente artículo transitorio da cumplimiento a la exigencia en cuanto a la solemnidad con la que debe ser designado el representante o los representantes del Administrador y además, que el nombramiento que este último hace por medio de esta escritura pública y las facultades que al efecto se confieren al gerente general y representante legal de la sociedad, no se consideren como parte de las condiciones esenciales del contrato social ni como modificación a este. En caso de ausencia, incapacidad, fallecimiento o renuncia del señor Tae Kwon Eom, circunstancia que no será necesario acreditar frente a terceros o bancos comerciales, será reemplazado en la administración y representación como gerente general por el señor Sung Won Moon, con todas las facultades y limitaciones a que se refiere este artículo primero transitorio”. Socios limitan expresamente su responsabilidad por los negocios sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de mayo de 2022. Patricio Raby Benavente. Notario Público.
公司資料
資本
總資本
$275.000.000
實繳資本
$275.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC. Socio | - | 99.99% | $274.972.500 |
Socio | - | 0.01% | $27.500 |
管理人(2)
公報所載公司沿革
- 股東退出
Haewoong Lee vende y cede su 0,01% a Tae Kwon Eom y se retira de la sociedad
HAEWOONG LEE · TAE KWON EOM
摘要官方正文
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, certifica que: por escritura pública de fecha 12 de agosto de 2020, bajo repertorio N°4.538/2020 ante mí: (i) SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC., debidamente representada por Cristóbal Herrera Barriga; (ii) el señor HAEWOONG LEE, debidamente representado por Cristóbal Herrera Barriga; y (iii) el señor TAE KWON EOM, debidamente representado por Juan Pablo Baraona Ruffat; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida Costanera Sur N° 2.730, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad “SAMSUNG SDS GLOBAL SCL CHILE LIMITADA”, inscrita a fojas 80.336, número 48.987 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, en el siguiente sentido: (a) el señor HAEWOONG LEE, con la autorización del socio de la sociedad, vendió, cedió y transfirió al señor TAE KWOM EOM, quien compró, aceptó y adquirió el 0,01% de los derechos sociales en la sociedad, retirándose de la sociedad el señor HAEWOONG LEE y quedando como únicos socios de “SAMSUNG SDS GLOBAL SCL CHILE LIMITADA”: (i) SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC. con un 99.99% del capital de la sociedad; y (ii) el señor TAE KWON EOM con un 0,01% del capital de la sociedad; (b) Como consecuencia de lo anterior, los únicos y actuales socios de la sociedad, esto es, SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC. y el señor TAE KWOM EOM, ambos debidamente representados, sustituyeron el actual artículo quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de doscientos setenta y cinco millones de pesos, el cual es aportado y pagado por los socios en la siguiente manera: /a/ Samsung SDS Global SCL America, Inc. aportó la suma de doscientos setenta y cuatro millones novecientos setenta y dos mil quinientos pesos, equivalentes al noventa y nueve coma noventa y nueve por ciento del capital social, dinero que se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y /b/ el señor Tae Kwon Eom aportó la suma de veintisiete mil quinientos pesos, equivalente al cero coma cero un por ciento del capital social, dinero que se encuentra íntegramente suscrito y pagado.”- (c) Asimismo, como consecuencia de la compraventa y cesión de derechos sociales los únicos y actuales socios SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC. y el señor TAE KWOM EOM, ambos debidamente representados, sustituyeron el actual artículo primero transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: Por este acto, los Socios designan a señor Tae Kwon Eom, coreano, casado, factor de comercio, pasaporte número M ocho ocho ocho seis cero uno cero nueve, como el Gerente General de la Compañía. El señor Tae Kwon Eom podrá representar a la Sociedad con todas las facultades señaladas en el Artículo Cuarto del pacto social, las que se tienen por expresamente reproducidas, con la sola excepción de las facultades comprendidas en el numeral cinco del señalado artículo. Se deja constancia de que la incorporación del presente artículo transitorio da cumplimiento a la exigencia en cuanto a la solemnidad con la que debe ser designado el representante o los representantes del Administrador y, además, que el nombramiento que este último hace por medio de esta escritura pública y las facultades que al efecto se confieren al Gerente General y representante legal de la Sociedad, no se consideran como parte de las condiciones esenciales del contrato social ni como modificación de éste. En caso de ausencia, incapacidad, fallecimiento o renuncia del señor Tae Kwon Eom, circunstancia que no será necesario acreditar frente a terceros o bancos comerciales, será reemplazado en la administración y representación de la sociedad como Gerente General por el señor Young Jun Lim, coreano, casado, graduado en comercio exterior, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones seiscientos veintidós mil quinientos cincuenta y nueve guion uno, pasaporte número M cuatro ocho siete siete cinco uno cero uno, con todas las facultades y limitaciones a que se refiere este artículo primero transitorio.” En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social, especialmente la responsabilidad de los socios, la que se mantiene limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. San Miguel, 19 de agosto de 2020.
公司資料
公司目的
Prestación de servicios de transporte y carga, despacho de aduana, almacenamiento y bodegaje, logística y servicios relacionados al transporte de carga, actividades de operador marítimo, intermediación en el ámbito de los servicios, telecomunicaciones y acceso a redes de telecomunicaciones, internet, conectividad y hosting, intranet, arrendamiento de espacio físico en centros de datos, servicios tecnológicos y de tecnología de la información, servicio técnico en materias de tecnología, suministro de equipamiento para servicios tecnológicos, venta, arriendo y suministro de equipamiento, soporte y programas computacionales, consultoría y asesorías técnicas y/o profesionales relacionadas a logística, servicios de residuos electrónicos y eléctricos, arrendamiento y explotación de bienes raíces y cualquier otro negocio acordado por los socios.
法定代理(2)
摘要官方正文
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1070, 2° piso, comuna de Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2018, repertorio N°85.067-2018, ante mí: (1) SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC., antes SAMSUNG SDS AMERICA, INC., RUT N°59.205.820-0, debidamente representada por Juan Pablo Baraona Ruffat; y (2) el señor HAEWOONG LEE, C.I. Ext. N°48.185.413-K, debidamente representado por Cristóbal Herrera Barriga, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Costanera Sur N°2730, oficina N° 1201, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron los estatutos de la sociedad “SAMSUNG SDS GLOBAL SCL CHILE LIMITADA”, la que se encuentra inscrita a fojas 80.336, número 48.987 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014 y acordaron modificar el objeto social, quedando el texto definitivo de la siguiente manera: “ARTÍCULO SEGUNDO: OBJETO. La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de transporte y carga, servicios de despacho de aduana; proporcionar servicios de almacenamiento y bodegaje; otras actividades de logística y servicios relacionados al transporte de carga, incluyendo actividades de operador marítimo que no exploten buques propios, actividades de intermediación en el ámbito de los servicios; la prestación de servicios de telecomunicaciones y de acceso a redes de telecomunicaciones, por medio de redes computacionales, telefónicas, satelitales, vía internet, o por cualquier otra forma que acuerden los socios; la prestación de servicios de internet y servicios de conectividad y alojamiento web o hosting en servidores en línea; la prestación de servicios de intranet; el arrendamiento de espacio físico en centros de datos; la prestación de toda clase de servicios tecnológicos y servicios de tecnología de la información; la prestación de servicio técnico en materias de tecnología y el suministro de todo el equipamiento necesario para proveer los servicios tecnológicos señalados; venta, arriendo y suministro de todo tipo de equipamiento, soporte y programas computacionales; y prestación integral de servicios de consultoría y asesorías técnicas y/o profesionales relacionadas a las actividades de logística; servicios de almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento, valorización, reutilización, reciclaje, deposición final y otras formas de eliminación de residuos electrónicos y eléctricos; arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de bienes raíces; y cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden y que sea necesario o apropiado para el cumplimiento del objeto social.”- Limitación de Responsabilidad: Los socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales, hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2018.
公司資料
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC. Socio 59.205.820-0 | 59.205.820-0 | - | - |
Haewoong Lee Socio 48.xxx.xxx-k | 48.xxx.xxx-k | - | - |
管理人(2)
Haewoong Lee
法定代理(2)
公報所載公司沿革
- 名稱變更
SAMSUNG SDS AMERICA, INC. pasa a denominarse SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC.
SAMSUNG SDS AMERICA, INC. · SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC.
- 管理人變更
Se revoca a Choe Yo Hwan como Gerente General sustituto y se designa a Young Jun Lim en su reemplazo.
Choe Yo Hwan · Young Jun Lim · Haewoong Lee
摘要官方正文
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público Suplente del Titular, 42° Notaría de Santiago, Agustinas Nº 1070, 2º Piso, Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Agosto de 2018 repertorio N° 59.369, ante el Titular Alvaro Gonzalez, (1) SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC., antes SAMSUNG SDS AMERICA, INC., RUT N°59.205.820-0, debidamente representada por Juan Pablo Baraona Ruffat; y (2) el señor HAEWOONG LEE, C.I. Ext. N°48.185.413-K, debidamente representado por Cristóbal Herrera Barriga, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Costanera Sur N°2730, oficina N° 1201, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron los estatutos de la sociedad “SAMSUNG SDS GLOBAL SCL CHILE LIMITADA”, la que se encuentra inscrita a fojas 80.336, número 48.987 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014 y dejaron constancia del cambio de razón social de su socio y las modificaciones en la administración de la sociedad, en el siguiente sentido: (1) Cambio de nombre de socio: los socios de SAMSUNG SDS GLOBAL SCL CHILE LIMITADA vienen en declarar y aceptar que, con anterioridad a esta fecha, los accionistas del socio SAMSUNG SDS AMERICA, INC. acordaron modificar su razón social, pasando a ser su nombre o razón social SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC. Asimismo, los socios dejan constancia que, en conformidad a lo anteriormente expuesto, el nombre o razón social a esta fecha del socio SAMSUNG SDS AMERICA, INC. es, para todos los efectos, SAMSUNG SDS GLOBAL SCL AMERICA, INC.; y (2) Administración: Los socios de la Sociedad, debidamente representados, revocaron al señor Choe Yo Hwan en su cargo de Gerente General sustituto y designaron a al señor Young Jun Lim en su reemplazo. En consecuencia, los socios de la Sociedad sustituyeron el Artículo Primero Transitorio del acuerdo social por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: Por este acto, los Socios designan a don Haewoong Lee, coreano, casado, factor de comercio, cédula de identidad para extranjeros número cuarenta y ocho millones ciento ochenta y cinco mil cuatrocientos trece guión K, como el Gerente General de la Compañía. El señor Haewoong Lee podrá representar a la Sociedad con todas las facultades señaladas en el Artículo Cuarto del pacto social, las que se tienen por expresamente reproducidas, con la sola excepción de las facultades comprendidas en el numeral cinco del señalado artículo. Se deja constancia de que la incorporación del presente artículo transitorio da cumplimiento a la exigencia en cuanto a la solemnidad con la que debe ser designado el representante o los representantes del Administrador y, además, que el nombramiento que este último hace por medio de esta escritura pública y las facultades que al efecto se confieren al Gerente General y representante legal de la Sociedad, no se consideran como parte de las condiciones esenciales del contrato social ni como modificación de éste. En caso de ausencia, incapacidad, fallecimiento o renuncia de don Haewoong Lee, circunstancia que no será necesario acreditar frente a terceros o bancos comerciales, será reemplazado en la administración y representación de la sociedad como Gerente General por el señor Young Jun Lim, coreano, casado, graduado en comercio exterior, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones seiscientos veintidós mil quinientos cincuenta y nueve guión uno, pasaporte número M cuatro ocho siete siete cinco uno cero uno, con todas las facultades y limitaciones a que se refiere este artículo primero transitorio”. Limitación de Responsabilidad: Los socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales, hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de Septiembre de 2018.
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