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Sociedad por Acciones76.408.715-1

Aquapark SpA

MODIFICACIÓN — 21 ago 2020

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2020-08-21Ver PDF (CVE 1802910)

Información societaria

SpA
Administración: Administrador

Socios (1)

NombreParticipación

Cintolesi Marketing Consulting Limitada

Accionista

76.134.148-0

100%

Administradores (1)

Representación legal (1)

Enrique Cintolesi Uribe

En representación de Cintolesi Marketing Consulting Limitada76.134.148-0

Texto oficial del extracto

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular 27ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, Providencia, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, Cintolesi Marketing Consulting Limitada, Rut 76.134.148-0, representada por don Enrique Cintolesi Uribe, ambos domiciliados en calle Lo Matta N° 1321, Vitacura, único accionista y dueño de la totalidad de las acciones de AQUAPARK SpA, acordó la modificación de los estatutos de dicha sociedad inscrita a fojas 62.065, N° 38.099 del Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, reemplazando el artículo Décimo Quinto de los estatutos sociales, quedando dicho artículo redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social recaerá en CINTOLESI MARKETING CONSULTING LIMITADA, quien, a través de su representante, don ENRIQUE CINTOLESI URIBE, podrá representar a la sociedad con todas y cada una de las facultades enumeradas en la cláusula siguiente. El Administrador estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Lo anterior es sin perjuicio de la representación legal que le compete al Gerente o de las facultades que la propia administración le otorgue, de conformidad con la ley o los estatutos. Sin perjuicio de la designación que el administrador haga de un Gerente General, el administrador podrá delegar parte de sus facultades en otros Gerentes, Sub Gerentes o abogados de la sociedad, y aún para objetos especialmente determinados, en otras personas“.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de Julio del 2020.

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