Sociedad por Acciones76.401.561-4

Pellet Biobio SpA

MODIFICACIÓN — 19 dic 2016

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2016-12-19Ver PDF (CVE 1152610)

Información societaria

SpA

Capital

Capital total

$10.000.000

Socios (1)

NombreParticipación

NILS OLAF SIELFELD ESPINOZA

Accionista

100%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 15 de octubre de 2014

    Constitución original de PELLET BIOBIO SpA.

Texto oficial del extracto

RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público 4° Notaria Talcahuano, con domici lio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén, certifica: Por escritura pública de 16 de diciembre de 2016, ante mí, NILS OLAF SIELFELD ESPINOZA, domiciliado en calle Lonquimay mil ciento noventa y dos, comuna de San Pedro de la Paz, único accionista de PELLET BIOBIO SpA, modificó la referida sociedad, constituida por escritura pública de fecha quince de octubre de dos mil catorce, otorgada en la Notaria de Talcahuano, con asiento en Hualpen de don Ricardo Salgado Sepúlveda, la que en extracto se inscribió a fojas cuatrocientos cuarenta y seis número trescientos cuarenta y uno en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano correspondiente al año dos mil catorce, publicada en el Diario Oficial de fecha veinte de octubre de dos mil catorce, en el siguiente sentido: A) Se modifica el ARTICULO DUODÉCIMO del estatuto social en el sentido de eliminar de las materias que debe conocer la junta de accionistas, el “Endeudamiento de la Sociedad”, manteniendo en lo demás, la cláusula en referencia. En consecuencia, se sustituye la cláusula duodécima de los estatutos, la que queda como sigue: “Cualquier acuerdo que se refiera a alguna de las materias indicadas a continuación sólo podrá ser adoptado por junta de accionistas con el voto conforme de la unanimidad de las acciones emitidas con derecho a voto: (i) La transformación de la sociedad, la división de la misma y su fusión con otra sociedad; (ii) La modificación del plazo de duración de la sociedad cuando lo hubiere; (iii) La disolución anticipada de la sociedad; (iv) El cambio de domicilio social; (v) La disminución del capital social; (vi) La aprobación de aportes y estimación de bienes no consistentes en dinero; (vii) La modificación de las facultades reservadas a la junta de accionistas; (viii) El cambio del administrador de la Sociedad; (ix) La enajenación del activo y pasivo de la sociedad o del total de su activo; (x) La forma de distribuir los beneficios sociales; (xii) El reparto de dividendos; (xii) La celebración de operaciones con partes relacionadas, con la sola excepción de la celebración de contratos con el accionista administrador, lo que desde ya se autoriza; y (xiii) La modificación del quórum requerido para adoptar acuerdos respecto de las materias indicadas en este artículo”.- B) Se acuerda agregar un nuevo ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO al pacto social, que es del tenor siguiente: “En todos los traspasos de acciones de la sociedad deberá constar la siguiente declaración del cesionario: “Declaro conocer y aceptar la normativa legal que regula las Sociedades por Acciones, el estatuto de la sociedad PELLET BIOBIO SpA,, las protecciones que en el estatuto pueden o no existir respecto del interés de los accionistas, las limitaciones a la libre cesión de las acciones que dicho estatuto o bien él o los pactos de accionistas vigentes imponen a los accionistas, así como las facultades conferidas al administrador de la sociedad”.- El administrador no procederá a inscribir en el Registro de Accionistas traspasos de acciones que no cumplan cabalmente con lo referido en este artículo.- Será responsabilidad exclusiva de los accionistas mantener actualizados sus datos personales en el Registro de Accionistas. Dando cumplimiento a lo dispuesto en las leyes tributarias veinte mil setecientos ochenta y veinte mil ochocientos noventa y nueve, en todo caso, para que cualquiera de los accionistas personas naturales proceda a vender, ceder y transferir una o más de sus acciones a un adquirente que no sea persona natural se requerirá el consentimiento unánime del cien por ciento de los accionistas”. Capital actual $10.000.000. En lo no modificado subsiste el Pacto Social. Demás cláusulas constan escritura extractada. Hualpén, 16 de diciembre de 2016.-

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