Sociedad de Responsabilidad Limitada76.397.276-3

Sociedad Agrícola Arrayanes Limitada

MODIFICACIÓN — 29 dic 2017

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2017-12-29Ver PDF (CVE 1327482)

Información societaria

Ltda
Ruta Cinco Sur kilómetro dos
Administración: Conjunta, separada o indistintamente por Oscar Emilio Vera Díaz y Juan Carlos Vera Díaz

Capital

Capital total

$5.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

OSCAR EMILIO VERA DÍAZ

Socio

13.xxx.xxx-2

50%

JUAN CARLOS VERA DÍAZ

Socio

14.xxx.xxx-0

50%

Administradores (2)

OSCAR EMILIO VERA DÍAZ

13.xxx.xxx-2Administrador

JUAN CARLOS VERA DÍAZ

14.xxx.xxx-0Administrador

Representación legal (1)

MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO

13.xxx.xxx-3En representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA ARRAYANES LIMITADA76.397.276-3

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 10 de noviembre de 2014

    MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO y VERONICA ANTONIETA MILLALDEO CADIN constituyen la sociedad Sociedad Agrícola Arrayanes Limitada.

    MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO · VERONICA ANTONIETA MILLALDEO CADIN

  2. Cesión de derechos· 6 de diciembre de 2017

    MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO cede 50% de sus derechos sociales a Oscar Emilio Vera Díaz.

    MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO · OSCAR EMILIO VERA DÍAZ

  3. Cesión de derechos· 6 de diciembre de 2017

    MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO cede 49% de sus derechos sociales a Juan Carlos Vera Díaz.

    MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO · JUAN CARLOS VERA DÍAZ

  4. Cesión de derechos· 6 de diciembre de 2017

    VERONICA ANTONIETA MILLALDEO CADIN cede 1% de sus derechos sociales a Juan Carlos Vera Díaz.

    VERONICA ANTONIETA MILLALDEO CADIN · JUAN CARLOS VERA DÍAZ

Texto oficial del extracto

Claudio Alejandro Cabello Olavarría, Notario Público de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz N°302, ciudad de Quellón; certifica que por escritura pública con fecha 6 de diciembre de 2.017, repertorio 1.329-2017, MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO, chilena, soltera, secretaria, R.U.N. 13.320.500-3, domiciliada Pasaje Alberto Vanz S/Nº, Quellón, quien comparece por sí y en representación, según se acreditará de SOCIEDAD AGRÍCOLA ARRAYANES LIMITADA, R.U.T. 76.397.276-3, domiciliada Ruta Cinco Sur kilómetro dos, Lt uno, Quellón; VERONICA ANTONIETA MILLALDEO CADIN, chilena, soltera, secretaria, R.U.N. 13.002.529-3, domiciliada Ruta 5 sur, Kilómetro 2, Quellón; OSCAR EMILIO VERA DIAZ, chileno, soltero, ingeniero pesquero, R.U.N. 13.170.583-2, domiciliado Ruta Cinco Sur, kilómetro 2, Quellón; y JUAN CARLOS VERA DÍAZ, chileno, soltero, empresario, R.U.N. 14.471.967-0, domiciliado Ruta 5 Sur, Kilómetro 2, Quellón, Modifican la SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS ARRAYANES LIMITADA de acuerdo a los siguientes términos: MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO y VERONICA ANTONIETA MILLALDEO CADIN, constituyeron por escritura pública de fecha 10 noviembre 2.014, ante el Notario Público de Quellón, Pedro Hernán Làrrere Castro, una sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD AGRÍCOLA ARRAYANES LIMITADA, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial número 41.013 con fecha 21 noviembre 2.014, que se inscribió en Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Quellón, a fojas 58 número 37 año 2.014.- Mediante el presente instrumento, MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO, dueña del 99% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el equivalente al 50% de los derechos sociales a OSCAR EMILIO VERA DÍAZ, quien compra y acepta para sí, en la suma de $12.500.000.-, cantidad que el cesionario paga en este acto a la cedente al contado y en dinero efectivo y que declara recibir a su entera satisfacción.- MARÍA JOSÉ NAVARRETE SOTO, vende, cede y transfiere el equivalente al 49% de los derechos sociales a JUAN CARLOS VERA DÍAZ, quien compra y acepta para sí, en la suma de $12.250.000.-, cantidad que el cesionario paga en este acto a la cedente al contado y en dinero efectivo y que declara recibir a su entera satisfacción. Doña VERÓNICA ANTONIETA MILLALDEO CADIN, dueña del 1% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el equivalente al 1% de los derechos sociales a JUAN CARLOS VERA DÍAZ, quien compra y acepta para sí, en la suma de $250.000.-, cantidad que el cesionario paga en este acto a la cedente al contado y en dinero efectivo y que declara recibir a su entera satisfacción. En consecuencia, serán desde este momento únicos socios en la compañía don Oscar Emilio Vera Díaz con un 50% de participación y don Juan Carlos Vera Díaz con un 50% de participación. Conforme la nueva participación de los socios, por el presente acto los comparecientes Oscar Emilio Vera Díaz y Juan Carlos Vera Díaz, ya individualizados, vienen en reemplazar el artículo cuarto en lo relativo a la representación : La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don OSCAR EMILIO VERA DÌAZ, y a don JUAN CARLOS VERA DÍAZ, antes individualizados, quienes actuando conjunta, separada o indistintamente por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, la obligará y representará, en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y en especial. También se modifica el capital de la sociedad es la cantidad de cinco millones de pesos, que los socios o sus antecesores aportaron de la siguiente forma: a/ don OSCAR EMILIO VERA DÍAZ aporta la cantidad de dos millones quinientos mil pesos, pagados con anterioridad a este acto; y b/ don JUAN CARLOS VERA DÍAZ aporta la cantidad de dos millones quinientos mil pesos, pagados con anterioridad a este acto. En lo no modificado se mantienen vigentes en todas sus partes pacto social originario. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Quellón, 26 de diciembre de 2.017.-

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD AGRÍCOLA ARRAYANES LIMITADA

    CVE 1327482

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)