Société à responsabilité limitée76.397.235-6

Sociedad Comercial E-Tel Comunicaciones Limitada

MODIFICACIÓN — 29 oct. 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-10-29Voir le PDF (CVE 2033965)

Informations sociétaires

Ltda
Pintor Venegas N° 163, Palmas de Villuco
Administration: Conjunta o separadamente por RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO y JOSÉ MIGUEL MANDIOLA NEUMANN

Capital

Capital total

$5.000.000

Administrateurs (2)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 5 décembre 2014

    Constitución original de la sociedad e-tel COMUNICACIONES LIMITADA.

  2. Autre acte

    No constan modificaciones sociales anteriores a esta escritura.

  3. Cession de droits

    RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO cede participaciones a MARIA TERESA NEUMANN SAVER, MARIA ANGELICA MANDIOLA NEUMANN, MARIA LORETO MANDIOLA NEUMANN y JOSÉ MIGUEL MANDIOLA NEUMANN.

    RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO · MARIA TERESA NEUMANN SAVER · MARIA ANGELICA MANDIOLA NEUMANN · MARIA LORETO MANDIOLA NEUMANN · JOSÉ MIGUEL MANDIOLA NEUMANN

  4. Changement d’administrateur

    Se modifica la administración, que queda conjunta o separadamente a cargo de RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO y JOSÉ MIGUEL MANDIOLA NEUMANN.

    RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO · JOSÉ MIGUEL MANDIOLA NEUMANN

  5. Autre acte

    Se modifica el reparto de utilidades y pérdidas, y la cláusula de arbitraje.

Texte officiel de l’extrait

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de Septiembre de 2021, ante mí Notario Suplente doña Diana Beatriz Sepúlveda Moreno, Repertorio Nº7093/2021, señores RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO; MARIA TERESA NEUMANN SAVER; MARIA ANGELICA MANDIOLA NEUMANN, MARIA LORETO MANDIOLA NEUMANN y JOSÉ MIGUEL MANDIOLA NEUMANN, todos domiciliados calle Pintor Venegas N° 163, Palmas de Villuco, comuna Chiguayante, modificaron SOCIEDAD COMERCIAL e-tel COMUNICACIONES LIMITADA, Rut. 76.397.235-6. Esta sociedad fue constituida por escritura pública de fecha cinco de diciembre del año dos mil catorce ante el Notario Público de Santiago don Eduardo Avello Concha, la cual rola inscrita a fojas noventa y seis mil ciento cincuenta y uno, bajo el número cincuenta y ocho mil setecientos setenta y seis del Registro de Comercio de Santiago, del año dos mil catorce, y que fue publicada en el Diario Oficial, con fecha diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve. La sociedad no ha sido objeto de modificaciones sociales. El capital social, conforme a sus títulos es de $5.000.000, en el siguiente sentido: Cesión de Derechos: A) Don RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO vende, cede y transfiere a doña MARIA TERESA NEUMANN SAVER quien compra, adquiere y acepta para sí, una parte o cuota de su participación social, equivalente al diecinueve por ciento del capital social total. Precio y condiciones según escritura. B) Don RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO vende, cede y transfiere a doña MARIA ANGELICA MANDIOLA NEUMANN quien compra, adquiere y acepta para sí, una parte o cuota de su participación social, equivalente al diez por ciento del capital social total, precio y condiciones según escritura. C) Don RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO vende, cede y transfiere a doña MARIA LORETO MANDIOLA NEUMANN quien compra, adquiere y acepta para sí, una parte o cuota de su participación social, equivalente al diez por ciento del capital social total, precio y condiciones según escritura. D) Don RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO vende, cede y transfiere a don JOSÉ MIGUEL MANDIOLA NEUMANN quien compra, adquiere y acepta para sí, una parte o cuota de su participación social, equivalente al treinta por ciento del capital social total precio y condiciones según escritura. Quienes en este acto acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social: a) Se modifica íntegramente la cláusula séptima del estatuto social que queda de la siguiente manera: La administración de la sociedad corresponderá conjunta o separadamente a don RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO y a don JOSÉ MIGUEL MANDIOLA NEUMANN facultades y limitaciones según modificación social. b) En cuanto al reparto de utilidades y perdidas: se distribuirá entre los socios en proporción a su participación en el capital social. c) Se modifica íntegramente la cláusula décimo tercera que queda de la siguiente manera: Toda dificultad que surja entre las socias o cualquiera de ellas y la sociedad, o entre, estas y los causahabientes y sucesores de las socias y que se origine con motivo u ocasión de la sociedad que da cuenta el presente estatuto, sea que se plantee durante la vigencia de la compañía o luego de ocurrida su disolución, será resuelta cada vez por un árbitro arbitrador sin ulterior recurso, cuyo nombramiento se hará de común acuerdo por los socios y a falta de tal acuerdo por la Justicia Ordinaria. En lo no modificado subsiste íntegramente el estatuto social. Demás estipulaciones no requieren extracto.- CONCEPCIÓN, 15 de Octubre de 2021.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD COMERCIAL e-tel COMUNICACIONES LIMITADA

    CVE 2033965

Relations sociétaires

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