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Sociedad por Acciones76.395.902-3

Bazar Lo Vasquez SpA

MODIFICACIÓN — 8 ago 2022

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2022-08-08Ver PDF (CVE 2168939)

Información societaria

SpA
calle Prat 814, oficina 411
Administración: Administración conjunta o indistinta por dos administradores/representantes legales

Administradores (2)

Representantes ante el SII (2)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 5 de noviembre de 2014

    Constitución de BAZAR LO VASQUEZ SpA.

    BAZAR LO VASQUEZ SpA

  2. Otro acto· 19 de octubre de 2018

    Se modifica la sociedad por escritura pública de 19 de octubre de 2018.

  3. Otro acto· 25 de junio de 2019

    Se modifica nuevamente la sociedad por escritura de 25 de junio de 2019.

  4. Cambio de administrador· 20 de julio de 2022

    Renuncia LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA y se designa como administradores a REINALDO RAÚL OSORIO DONAIRE y CONSTANZA JAVIERA BAHAMÓNDEZ OJEDA.

    LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA · REINALDO RAÚL OSORIO DONAIRE · CONSTANZA JAVIERA BAHAMÓNDEZ OJEDA

Texto oficial del extracto

LUIS FELIPE SEPÚLVEDA PONCE, Notario Público Titular de Valparaíso, Prat 863, de esta ciudad, certifico: A escritura pública hoy y ante mi BENJAMÍN ERNESTO ZÁRATE CONTRERAS, domiciliada en calle Prat 814, oficina 411, Valparaíso, reduce a escritura pública la junta extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 20 de Julio de 2022 de sociedad BAZAR LO VASQUEZ SpA, rut 76.395.902-3, constituida por escritura pública suscrita ante el Notario de Valparaíso don Gonzalo Mahan Marchese de fecha 5 de noviembre del año 2014, cuyo extracto se inscribió a fojas 1164 vuelta N°1032 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso año 2014, modificada por escritura pública, suscrita ante Notario Valparaíso don Gerardo Cortés Gasaui, de fecha 19 de octubre del 2018, cuyo extracto fue inscrito a fojas 1007 vuelta N° 723, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso año 2018. Finalmente modificada por escritura ante Notario Público Interino de Valparaíso Gabriel Ferrand Miranda, de fecha 25 de Junio del año 2019, extracto publicado Diario Oficial N° 42.402 con fecha 12 de julio del año 2019, e inscrito a fojas 662 N° 452, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Valparaíso año 2019, en que se acuerda: Acuerdo Primero: Por unanimidad aprobar y aceptar, la renuncia de don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA al cargo de administrador y representante legal de la sociedad. Acuerdo Segundo: Por unanimidad, designar como administradores y representantes legales de la sociedad a don REINALDO RAÚL OSORIO DONAIRE y a doña CONSTANZA JAVIERA BAHAMÓNDEZ OJEDA. Acuerdo Tercero: Realizar las siguientes modificaciones a las cláusulas de la administración de la sociedad, mediante el reemplazo íntegro de los artículos décimo, décimo primero, décimo segundo y décimo tercero, por los siguientes textos: a) artículo décimo: “La sociedad será administrada de manera conjunta o indistinta por don REINALDO RAÚL OSORIO DONAIRE y por doña CONSTANZA JAVIERA BAHAMÓNDEZ OJEDA en caso de fallecimiento de uno o más de los administradores, tal función deberá ser ejercida por la persona que designe la junta de accionistas.- b) artículo décimo primero: Don REINALDO RAÚL OSORIO DONAIRE y doña CONSTANZA BAHAMÓNDEZ OJEDA, durarán en sus cargos por dos años desde su nombramiento, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. c) artículo décimo segundo: “Las funciones de don REINALDO RAÚL OSORIO DONAIRE y de doña CONSTANZA JAVIERA BAHAMÓNDEZ OJEDA, en su caso, podrán ser remuneradas, correspondiendo a la junta ordinaria de accionistas determinar la cuantía de la remuneración. d) artículo décimo tercero: Don REINALDO RAÚL OSORIO DONAIRE y doña CONSTANZA JAVIERA BAHAMÓNDEZ OJEDA, representan conjunta o indistintamente a la sociedad judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de las juntas generales de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto` de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. Cada uno de ellos podrá delegar parte de sus facultades en subgerentes o abogados de la sociedad y, para objetos especialmente determinados, en otras personas. En consecuencia representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla sin limitaciones ni impedimentos en toda clase de actos y contratos y convenciones de cualquier naturaleza que fueren y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Podrán en consecuencia, y dentro de sus amplísimas facultades, a vía de ejemplo: a) Adquirir, comprar, vender, permutar, importar, exportar, ceder, administrar y en cualquier forma adquirir o enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles en general, b) Comprar, vender, permutar, ceder y en cualquier forma adquirir o enajenar toda clase de acciones de sociedades anónimas, bonos, debentures, efectos públicos o de comercio y demás valores mobiliarios y financieros, firmar las escrituras o traspasos de las mismas. De igual forma celebrar contratos con empresas nacionales o extranjeras que le permitan explotar, comercializar, ceder total o parcialmente, licencias, patentes o formulas industriales, sean nacionales o internacionales, de productos que digan relación con el giro de la empresa. c) Celebrar toda clase de contratos con bancos nacionales y extranjeros, Banco del Estado y Banco Central de Chile y demás instituciones de crédito, ya sean personas naturales o jurídicas, instituciones fiscales, semifiscales, municipales o privadas, contratar y cerrar cuentas corrientes bancarias de todo tipo, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos en cuenta corriente, sobregirar, girar, retirar talonarios, cobrar, depositar, endosar, dar órdenes de no pago, y cancelarlas, protestar y revalidar cheques, sean nominativos, a la orden o al portador; retirar talonarios de cheques; reconocer, aceptar o rechazar los estados de saldo bancarios; contratar boletas de garantía y suscribir sus documentos anexos; depositar y retirar valores en custodia ; contratar cajas de seguridad y abrirlas, hacer tomar y retirar depósitos a la vista ; a plazo o condicionales, pudiendo endosarlos y cancelarlos. d) Girar, aceptar, suscribir, reaceptar, endosar en pago, en descuento, en cobranza o en garantía, cancelar, negociar, cobrar, prorrogar, tanto pagarés como letras de cambio o hipotecarias y otros documentos, e) Contratar cuentas de ahorro y girar sobre los depósitos de dichas cuentas. f) Fijar precios de compra, de venta, de arrendamiento y condiciones de pago de bienes muebles., g) Otorgar recibos de dinero o de cualquier otra especie, cancelaciones y finiquitos, h) Cobrar y percibir judicial o extrajudicialmente lo que se adeude a la empresa o llegare a adeudársele, sea cual fuere el origen de la deuda o su naturaleza, otorgando los correspondientes recibos y cancelaciones, i) Celebrar contratos de mandato o aceptarlos, de seguro, de comodato, de transporte, de cuenta corriente comercial, de sociedad, pudiendo formarlas, modificarlas o disolverlas; j) Celebrar contratos de arrendamiento sobre bienes muebles , sea como arrendadores o arrendatarios, fijar y aceptar rentas de arrendamiento, notificar desahucios, reconvenir de pago, dar término a dichos contratos, rescindirlos, resolverlos, resciliarlos, anularlos y modificarlos, k) Retirar de correos toda clase de correspondencia, oficial u ordinaria, cartas certificadas, encomiendas, cobrar giros postales o telegráficos, retirar cargas y mercaderías del Servicio de Aduanas, de Ferrocarriles u otras empresas de transporte, l) Celebrar, de instalación o confección de especialidades, pudiendo al efecto fijar su monto, forma de pago, condiciones y poner término a dichos contratos. m) Celebrar contratos de arrendamiento de servicios y contratos de trabajo, fijar montos de remuneraciones y formas de pago, poner término a dichos contratos y desahuciarlos firmando los finiquitos que correspondan, n) Celebrar contratos de sociedad de todo tipo, pudiendo al efecto constituirlos, modificarlos, liquidarlos y rectificarlos. ñ) Realizar operaciones de importación y exportación de toda clase de mercaderías y materias primas, inscribirse en los registros respectivos, abrir acreditivos en los bancos comerciales y del Estado, firmar los documentos anexos, y ejecutar operaciones de cambio internacionales, comprar y vender monedas extranjeras, divisas y otros efectos de comercio o públicos necesarios para estos fines, retirar y endosar documentos de embarque, pólizas, etcétera, o) Representar a la empresa ante toda clase de autoridades, sean civiles, judiciales o administrativas, municipales, corporaciones o fundaciones y, en general, ante cualquier persona natural o jurídica. p) Podrá asimismo conferir mandatos, delegarlos y revocarlos, q) Otorgar y solicitar créditos con o sin garantías, aceptar administraciones y representaciones, prorrogar pagos que se adeuden a la Sociedad, y condonar multas e intereses, r) En el orden judicial, representarán a la empresa con todas y cada una de las facultades señaladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, ante toda clase de Tribunales, sean ordinarios, especiales, arbitrales, administrativos o municipales. No obstante lo señalado precedentemente, don REINALDO RAÚL OSORIO DONAIRE y doña CONSTANZA JAVIERA BAHAMONDEZ OJEDA, deberán actuar de manera conjunta para poder ejercer cualquiera de las siguientes facultades: a) Contratar toda clase de créditos, ya sea de corto, mediano o largo plazo, con o sin garantía; b) Fijar precios de compra, de venta, de arrendamiento, de bienes inmuebles y condiciones de pago. c) Acordar formas de entrega de estos bienes, como asimismo, cualquier otra modalidad inherentes a cualquier tipo de operación bancaria o comercial que involucre operaciones de crédito de dinero. d) Celebrar contratos de mutuo, como asimismo otorgar, constituir y aceptar hipotecas, prendas y fianzas, ceder crédito; tomar y ceder créditos de cualquier naturaleza y autocontratar; e) Celebrar contratos de arrendamiento sobre bienes inmuebles, por un lapso superior a un año; f) Comprar y vender bienes inmuebles, como asimismo, celebrar contratos de arrendamiento con o sin opción de compra respecto de bienes inmuebles. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, 21 de julio de 2022.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-07-12Ver PDF (CVE 1621034)

Información societaria

SpA
calle Prat 814, oficina 411
Administración: Indistinta

Administradores (2)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 5 de noviembre de 2014

    Se constituye BAZAR LO VASQUEZ SpA.

  2. Otro acto· 19 de octubre de 2018

    Se realiza una modificación previa de la sociedad.

Texto oficial del extracto

GABRIEL FERRAND MIRANDA, Notario Público Interino de Valparaíso, Prat 829, certifico: A escritura pública hoy y ante mi BENJAMÍN ERNESTO ZÁRATE CONTRERAS, domiciliado en calle Prat 814, oficina 411, Valparaíso, reduce a escritura pública la junta extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 20 de junio de 2019 de sociedad BAZAR LO VASQUEZ SpA", rut 76.395.902-3, constituida por escritura pública suscrita ante el Notario de Valparaíso don Gonzalo Mahan Marchese de fecha 5 de noviembre del año 2014, cuyo extracto se inscribió a fojas 1164 vuelta N°1032 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso año 2014, modificada por escritura pública, suscrita ante Notario Valparaíso don Gerardo Cortés Gasaui, de fecha 19 de octubre del 2018, cuyo extracto fue inscrito a fojas 1007 vuelta N° 723, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso año 2018 en que se acuerda: Acuerdo Primero: Aprobar, en todas sus partes, la modificación de la administración de la sociedad, mediante el reemplazo íntegro de los artículos décimo, décimo primero, décimo segundo y décimo tercero, por los siguientes textos: “a) artículo décimo: La sociedad será administrada de manera indistinta por don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA y por don IVAN OYANEDEL ASTUDILLO. En caso de fallecimiento de uno o más de los administradores, tal función deberá ser ejercida por la persona que designe la junta de accionistas.- b) artículo décimo primero: Don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA y don IVAN OYANEDEL ASTUDILLO, durarán en sus cargos por tres años desde su nombramiento, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. c) artículo décimo segundo: “Las funciones de don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA y de don IVAN OYANEDEL ASTUDILLO, en su caso, podrán ser remuneradas, correspondiendo a la junta ordinaria de accionistas determinar la cuantía de la remuneración. d) artículo décimo tercero: don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA y don IVAN OYANEDEL ASTUDILLO, representan a la sociedad judicial y extrajudicialmente con facultades señaladas escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, 25 de junio de 2019.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-11-10Ver PDF (CVE 1492421)

Información societaria

SpA
Administración: Administrada de manera indistinta por María Angélica Oddone Narváez, Leopoldo de la Cruz Nuñez Huerta e Ivan Oyanedel Astudillo.

Objeto social

La venta de artículos religiosos y de piedad; la administración de casas de jornada y de retiro, como asimismo cualquiera otra actividad que se relacione con este giro, sin que para ello sea necesario modificar los presentes estatutos.

Capital

Capital total

$16.200.000

Capital pagado

$16.200.000

Capital pendiente

$0

Acciones

324

Socios (2)

NombreParticipación

MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ

Accionista

10 acc.

OBISPADO DE VALPARAÍSO

Accionista

82.148.600-9

314 acc.

Representación legal (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 5 de noviembre de 2014

    Constitución original de BAZAR LO VASQUEZ SpA.

  2. Otro acto· 1 de agosto de 2018

    Junta extraordinaria de accionistas acuerda modificar el objeto, la administración y aumentar el capital, con ingreso del Obispado de Valparaíso mediante capitalización de deuda.

    MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ · OBISPADO DE VALPARAÍSO · LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA

Texto oficial del extracto

GERARDO CORTES GASAUI, Notario Público de Valparaíso, Prat 829, certifico: A escritura pública hoy y ante mi MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ, domiciliada en calle Riquelme N° 137, Peñablanca, Villa Alemana, reduce a escritura pública la junta extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 1 de Agosto de 2018 de sociedad BAZAR LO VASQUEZ SpA", rut 76.395.902-3, constituida por escritura pública suscrita ante el Notario de Valparaíso don Gonzalo Mahan Marchese de fecha 5 de noviembre del año 2014, cuyo extracto se inscribió a fojas 1164 vuelta N°1032 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso año 2014, en que se acuerda: Acuerdo Primero: Aprobar, en todas sus partes, la modificación de la sociedad del objeto social, mediante el reemplazo del artículo segundo de los estatutos sociales por el siguiente texto: artículo segundo: “El objeto de la sociedad es la venta de artículos religiosos y de piedad; la administración de casas de jornada y de retiro, como asimismo cualquiera otra actividad que se relacione con este giro, sin que para ello sea necesario modificar los presentes estatutos.” Acuerdo Segundo: Aprobar, en todas sus partes, la modificación de la administración de la sociedad, mediante el reemplazo íntegro de los artículos décimo, décimo primero, décimo segundo y décimo tercero, por los siguientes textos: “a) artículo décimo: La sociedad será administrada de manera indistinta por doña MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ, por don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA y por don IVAN OYANEDEL ASTUDILLO. En caso de fallecimiento de uno o más de los administradores, tal función deberá ser ejercida por la persona que designe la junta de accionistas.- b) articulo décimo primero: doña MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ, don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA y don IVAN OYANEDEL ASTUDILLO, durarán en sus cargos por tres años desde su nombramiento, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. c) artículo décimo segundo: “Las funciones de doña MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ, de don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA y de don IVAN OYANEDEL ASTUDILLO, en su caso, podrán ser remuneradas, correspondiendo a la junta ordinaria de accionistas determinar la cuantía de la remuneración. d) artículo décimo tercero: doña MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ, don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA y don IVAN OYANEDEL ASTUDILLO, representan a la sociedad judicial y extrajudicialmente con facultades señaladas escritura extractada. Acuerdo Tercero: Aprobar, en todas sus partes, el aumento del capital de la sociedad la sociedad BAZAR LO VASQUEZ SpA. el que se llevará a efecto mediante la emisión de 314 nuevas acciones equivalentes a $15.700.000. Doña MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ recuerda a los accionistas que el capital actual de la sociedad BAZAR LO VASQUEZ SpA., según el balance aprobado por la junta ordinaria de accionistas, asciende a $500.000 pesos, el cual se divide en 10 acciones. Señala que por las posibilidades y nivel de operaciones de la Sociedad, es necesario un aumento del capital, para lo cual se propone un aumento de $15.700.000. Discutido el punto, los Accionistas acuerdan unánimemente proceder al mencionado aumento de Capital, el que se llevará a efecto mediante la emisión de 314 nuevas acciones equivalentes a $15.700.000. En ejercicio de la operación contemplada en la ley y el reglamento, accionista doña MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ, manifiesta no tener los fondos suficientes para poder suscribir y pagar las nuevas acciones emitidas. En dichas circunstancias, propone que ingrese el OBISPADO DE VALPARAÍSO, rut 82.148.600-9, quien actualmente tiene la calidad de mutuante respecto de la sociedad BAZAR LO VASQUEZ SpA, quien tiene la calidad de mutuaria, en virtud del contrato de mutuo suscrito entre ambos con fecha 21 de enero de 2015. De esta forma, don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA, Vicario General, presente en la presente junta, en representación del OBISPADO DE VALPARAÍSO, suscribe las 314 nuevas acciones por un total de $15.700.000, valor que el OBISPADO DE VALPARAÍSO cancela mediante la capitalización de la deuda que actualmente tiene la sociedad BAZAR LO VASQUEZ SpA con el OBISPADO DE VALPARAÍSO, cuyo actual monto reajustado asciende a $15.700.000.- Acuerdo Cuarto: Se modifica pacto social constitutivo siguiente sentido: Uno.- Se reemplaza el texto del artículo Quinto permanente del TÍTULO SEGUNDO por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $16.200.000 dividido en 324 acciones sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes.” Dos.- Se reemplaza el texto del artículo primero transitorio por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $16.200.000, dividido en 324 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. Se deja constancia que la obligación por el pago de las 10 acciones originarias se encuentran saldadas por doña MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ y que el OBISPADO DE VALPARAÍSO, suscribe las 314 acciones, por un total de $15.700.000, pagados mediante la capitalización de la deuda que actualmente tiene la sociedad BAZAR LO VASQUEZ SpA con el OBISPADO DE VALPARAÍSO, cuyo actual monto actualizado asciende a$15.700.000, la cual consta en el contrato de mutuo suscrito entre ambos con fecha 21 de enero de 2015 ante don Gonzalo Mahan Marchese, Notario Público Interno de Valparaíso. De esta forma, don LEOPOLDO DE LA CRUZ NUÑEZ HUERTA, Vicario General, en representación del OBISPADO DE VALPARAÍSO, suscribe las 314 nuevas acciones por un total de $15.700.000, valor que el OBISPADO DE VALPARAÍSO cancela mediante la capitalización de la deuda que actualmente tiene la sociedad BAZAR LO VASQUEZ SpA con el OBISPADO DE VALPARAÍSO, cuyo actual monto asciende a $15.700.000.- En consecuencia, son accionistas de “BAZAR LO VASQUEZ SpA”.- i) Doña MARÍA ANGÉLICA ODDONE NARVÁEZ, con 10 acciones; ii) OBISPADO DE VALPARAÍSO, con 314 acciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, 19 de octubre de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    BAZAR LO VASQUEZ SpA

    CVE 2168939

  2. MODIFICACIÓN

    BAZAR LO VASQUEZ SpA

    CVE 1621034

  3. MODIFICACIÓN

    BAZAR LO VASQUEZ SpA

    CVE 1492421

Relaciones societarias

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