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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.386.737-4

Seguridad Privada Sie Limitada

MODIFICACIÓN — 20 jun 2026

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2026-06-20Ver PDF (CVE 2828347)

Información societaria

Ltda
Chacabuco 485, departamento o local 601

Socios (2)

NombreParticipación

LUIS ALBERTO ARAYA RODRÍGUEZ

Socio

16.xxx.xxx-2

-

BERNARDO GONZALO CASTRO PEÑA

Socio

15.xxx.xxx-8

-

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior SEGURIDAD PRIVADA SIE LIMITADA. HERACLIO ROJAS VERGARA, Abogado Notario Público de la Cuarta Notaría de Concepción, con oficio en O’Higgins 820, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, LUIS ALBERTO ARAYA RODRÍGUEZ, cédula de identidad N°16.153.875-2; y BERNARDO GONZALO CASTRO PEÑA, cédula de identidad N°15.590.613-8, ambos domicilio Chacabuco 485, departamento o local 601, Concepción, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada: SEGURIDAD PRIVADA SIE LIMITADA, constituida el 20 de mayo de 2014 en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades al amparo de la Ley 20.659, emigrando al régimen general con fecha 25 de septiembre de 2024 cuya inscripción fue practicada a fojas 1608 N°1068 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2024, publicada en el Diario Oficial el 07 de Octubre de 2024. Modificación: Se modifica la sociedad en el sentido de ampliar las facultades a los administradores, agregándose a las ya existentes la siguiente: ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: [...] VEINTIUNO) Constituir a la sociedad en fiadora, avalista y/o codeudora solidaria, de manera indefinida o por plazos, con o sin limitación de suma, para garantizar toda clase de obligaciones de naturaleza civil, comercial, financiera o tributaria, ya sean estas obligaciones de carácter propio, de terceros o de los propios socios de la Sociedad a título individual, y muy especialmente para garantizar las obligaciones presentes o futuras que don LUIS ALBERTO ARAYA RODRÍGUEZ mantenga o contraiga con el BANCO DE CHILE, sea con ocasión de créditos hipotecarios, de consumo, comerciales, líneas de crédito u otras operaciones financieras; quedando el administrador plenamente facultado para suscribir, otorgar y firmar contratos de fianza, declaraciones de codeuda solidaria, letras de cambio, pagarés y cualquier otro documento público o privado necesario para la constitución de dichas garantías, aceptando cláusulas de aceleración, prórrogas de competencia, y renunciando expresamente a los beneficios de excusión, división y orden, y a cualquier otra acción o derecho legal de resguardo que corresponda a los fiadores o avalistas. Se deja constancia expresa de que el administrador queda facultado para ejercer esta potestad aun cuando el acto implique autocontratar o involucre un interés patrimonial directo en su doble calidad de administrador de la sociedad garante y de deudor principal de la obligación garantizada." En lo no modificado rige estatuto social vigente. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 10 de Junio de 2026.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    SEGURIDAD PRIVADA SIE LIMITADA

    CVE 2828347

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial