Servicios Médicos Integrales San Bartolomé SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$40.000.000
Texto oficial del extracto
ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de esta ciudad, con domicilio en este oficio calle Huanhualí N° 292 de la ciudad y comuna de La Serena, certifico que por reducción a escritura pública otorgada con fecha 17/06/2024, Repertorio 1.452-2024, ante el Notario titular del acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de 06 de junio de 2024, don Andrés Alberto Leiva Mc Kendrick, debidamente facultado para ello, SE RECTIFICÓ Y SANEO la reducción a escritura pública de 17/05/2024, otorgada ante don Alejandro Viada Ovalle, referida a la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 16 de mayo de 2024, ante el mismo notario público, referido a la sociedad SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES SAN BARTOLOMÉ SpA, RUT. N° 76.378.198-4, cuyo capital social es de $40.000.000.-, inscrita a fojas 534 Número 245 año 2014 Registro Comercio La Serena, modificada según extracto inscrito a fojas 1.804 N° 672 año 2017 Registro Comercio La Serena, saneada según extracto inscrito a fojas 1.808 N° 673 año 2017 Registro Comercio La Serena; en el sentido de 1) Rectificar y sanear la razón social erróneamente citada en junta extraordinaria de 16 de mayo de 2024, acordando por unanimidad, rectificar y sanear la referida Acta de junta Extraordinaria de Accionistas y su posterior reducción a escritura pública en el sentido que la razón social de la compañía es Servicios Médicos Integrales San Bartolomé SpA. 2) Además, se propuso dejar constancia en el extracto que se levante de esta acta que la sociedad es administrada por un administrador con las facultades que al efecto precaven los estatutos de la sociedad, la asamblea acordó por unanimidad dejar constancia en el extracto que se levante de esta junta, que la sociedad es administrada por un administrador, sin perjuicio de las materias que correspondan a la junta o a la totalidad de los accionistas actuando conjuntamente, administrador que detenta las facultades contenidas en la escritura de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- La Serena, 17 de Junio del año 2024.
Información societaria
Capital
Capital total
$40.000.000
Acciones
1000
Texto oficial del extracto
ALEJANDRO VIADA OVALLE, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de La Serena, con oficio en Huanhualí 292, La Serena, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 17/05/2024, Repertorio 1.188 / 2024, ante el Notario titular, SE MODIFICÓ la sociedad SERVICIOS MÉDICOS SAN BARTOLOMÉ SpA, RUT. N° 76.378.198-4, cuyo capital social es de $40.000.000.- dividido en 1.000 acciones, inscrita a fojas 534 Número 245 año 2014 Registro Comercio La Serena, modificada según extracto inscrito a fojas 1.804 N° 672 año 2017 Registro Comercio La Serena, saneada según extracto inscrito a fojas 1.808 N° 673 año 2017 Registro Comercio La Serena, mediante Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 16 de Mayo de 2024, reducida a escritura pública con fecha 17 de Mayo de 2024 Repertorio N° 1.188 / 2024, por don Andrés Alberto Leiva Mackendrick, debidamente facultado para ello, en que se acordó modificar el artículo DÉCIMO SEGUNDO de los estatutos sociales, en el sentido de otorgar al administrador la facultad de autocontratar. Luego de un breve debate, la junta acordó, por unanimidad incorporar un ordinal 43 al catálogo de atribuciones descritas en dicha cláusula, modificando los estatutos sociales incorporando un ordinal 43 a la cláusula 12 de los estatutos de la sociedad que dice “...Cuarenta y tres: El gerente o administrador está explícitamente autorizado para autocontratar”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- La Serena, 22 de Mayo de 2024.-
Información societaria
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 166 acc. | $6.620.000 |
ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK Accionista | - | 167 acc. | $6.659.960 |
CLAUDIO ERNESTO NUÑEZ ARRIAGADA Accionista | - | - | - |
ALEJANDRA PATRICIA ALBALLAY TORRES Accionista | - | - | - |
Administradores (1)
ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK
Representación legal (4)
ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK
CLAUDIO ERNESTO NUÑEZ ARRIAGADA
CLAUDIO ERNESTO NUÑEZ ARRIAGADA
Historia societaria relatada
- Constitución· 11 de marzo de 2014
Constitución de SERVICIOS MEDICOS INTEGRALES SAN BARTOLOME SpA.
- Otro acto· 18 de agosto de 2017
Se celebra saneamiento conforme Ley 19.499 de la sociedad.
- Cesión de derechos· 18 de agosto de 2017
Compraventa de acciones de Claudio Ernesto Núñez Arriagada y de Núñez y Alballay Compañía Limitada a José Miguel Núñez Alvarado y Andrés Alberto Leiva Mckendrick.
CLAUDIO ERNESTO NUÑEZ ARRIAGADA · NUÑEZ Y ALBALLAY COMPAÑÍA LIMITADA · JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO · ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK
Texto oficial del extracto
OSCAR FERNÁNDEZ MORA, notario público titular de la segunda Notaría de La Serena, certifico: por escritura otorgada ante mí con fecha 06 de diciembre de 2017, JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO por sí y en representación de “SERVICIOS MEDICOS JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO E.I.R.L”, Larraín Alcalde n° 1085 depto.102, La Serena, ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK, por si y en representación de “ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK SERVICIOS DE KINISIOLOGIA, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONDABILIDAD LIMITADA”, Gabriela Mistral n° 4219 La Serena, CLAUDIO ERNESTO NUÑEZ ARRIAGADA, por si y en representación de “NUÑEZ Y ALBALLAY COMPAÑÍA LIMITADA”, Benito Rebolledo n° 2438, La Serena, quien además comparece junto a su cónyuge, doña ALEJANDRA PATRICIA ALBALLAY TORRES, de su mismo domicilio, en su calidad de socios de “ SERVICIOS MEDICOS INTEGRALES SAN BARTOLOME SpA ”, constituida el 11 de Marzo de 2014, Segunda Notaría de La Serena, ante Notario Público Titular Oscar Fernández Mora, inscrita a fojas 534, Nº 245 en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año 2014, sanean conforme Ley 19.499 escritura pública de fecha 18 de Agosto de 2017, otorgada en la Segunda Notaría de La Serena de don Oscar Fernández Mora, Repertorio Nº 5575-2017, extracto publicado en D.O. Nº 41.861 de fecha 15 de septiembre de 2017, por no haber sido inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena dentro del término prescrito artículo 426 Código de Comercio y que es del siguiente tenor: “OSCAR FERNANDEZ MORA, notario público titular de la segunda Notaría de La Serena, certifico: por escritura otorgada ante mí con fecha 18 de agosto de 2017, JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO por sí y en representación de “SERVICIOS MEDICOS JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO E.I.R.L”, Larraín alcalde n° 1085 depto.102, La Serena, ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK, por si y en representación de “ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK SERVICIOS DE KINISIOLOGIA, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, Gabriela Mistral n° 4219 La Serena, CLAUDIO ERNESTO NUÑEZ ARRIAGADA, por si y en representación de “NUÑEZ Y ALBALLAY COMPAÑÍA LIMITADA”, Benito Rebolledo n° 2438, La Serena, quien además comparece junto a su cónyuge, doña ALEJANDRA PATRICIA ALBALLAY TORRES, de su mismo domicilio; celebran contratos de compraventa de acciones y modifican la sociedad por acciones SERVICIOS MEDICOS INTEGRALES SAN BARTOLOME SpA, constituida por escritura pública 11/03/2014 ante notario de La Serena, Oscar Fernández Mora, inscrita fojas 534 Nº 245 Reg. Comercio de La Serena año 2014, publicada D.O con fecha 10/04/2014, en los siguientes términos: COMPRAVENTA DE ACCIONES, CLAUDIO NUÑEZ ARRIAGADA A JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO. 41 acciones. PRECIO: $1.635.000. PLAZO: 18 meses desde la suscripción del instrumento. COMPRAVENTA DE ACCIONES, CLAUDIO NUÑEZ ARRIAGADA A ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK: 42 acciones. PRECIO: $1.674.960 PLAZO: 18 meses desde la suscripción del instrumento. COMPRAVENTA DE ACCIONES, “NUÑEZ Y ALBALLAY COMPAÑIA LIMITADA” A JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO. 125 acciones. PRECIO. $4.985.000. PLAZO: 18 meses desde la suscripción del instrumento. COMPRAVENTA DE ACCIONES, “NUÑEZ Y ALBALLAY COMPAÑIA LIMITADA” A ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK. 125 acciones. PRECIO: $4.985.000. PLAZO: 18 meses desde la suscripción del instrumento. MODIFICACION: UNO) La presente sociedad por acciones, se regirá por el presente estatuto social y por el Párrafo octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio, arts.424 y siguientes y supletoriamente, normas de sociedades anónimas cerradas. DOS) Aumento de Capital. Caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor podrá ser enterado en dinero efectivo u otros bienes. Aumentos del capital social serán acordados por los accionistas en junta de accionistas con acuerdo de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Acta protocolarizada o reducida a escritura pública. Unanimidad de los accionistas podrá acordarlo por escritura pública o instrumento privado autorizado y protocolizado. Capital social y aumentos deberán quedar suscritos y pagados en plazo de cinco años desde la fecha que se acuerden. Vencido dicho plazo, el capital social reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Acciones de pago que se emitan no serán ofrecidas preferentemente a los accionistas. Disminuciones de capital. Serán acordadas en junta de accionistas, con el voto favorable de 2/3 de acciones con derecho a voto emitidas por la sociedad. Unanimidad de los accionistas podrá acordarlo por escritura pública o instrumento privado autorizado y protocolarizado. No podrá procederse al reparto o devolución de capital o adquisición de acciones con que la respectiva disminución de capital que pretenda llevarse a efecto, sino una vez perfeccionada la modificación estatutaria correspondiente. TRES) Disposiciones de los estatutos podrán ser modificadas por acuerdo de la junta de accionistas, con voto favorable de mayoría absoluta de acciones con derecho a voto. Acta de la junta protocolarizada o reducida a escritura pública. Unanimidad de los accionistas podrá acordar modificaciones por escritura pública o instrumento privado autorizado y protocolarizado. CUATRO) Accionistas sólo responsables hasta el monto de sus aportes. CINCO) Administración. Sin perjuicio de las materias que correspondan a Junta de Accionistas o totalidad de los socios actuando conjuntamente, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK. Facultades de la administración. Descritas en la escritura de constitución de la sociedad. Sin perjuicio, unanimidad de accionistas podrá designar por escritura pública a personas que detentarán administración y uso de razón social, otorgarles poderes de administración diversos a los expresados y revocarlos. SEIS) Balance y distribución de utilidades y pérdidas. La sociedad practicará balance general anual de operaciones que cerrará al 31/12 cada año. Administradores de la sociedad decidirán sin restricciones destino de utilidades de cada ejercicio, pudiendo destinarlas completa o parcialmente a formación de los fondos que decidan. Dividendos a accionistas inscritos en el registro de accionistas, día hábil anterior a la fecha que se fije para su pago. SIETE) Liquidación y partición. Liquidación de la sociedad y partición del haber social de común acuerdo entre accionistas y, en desacuerdo, por árbitro que se nombre de conformidad con el número doce, quien tendrá en este caso el carácter de liquidador y partidor con facultades de árbitro arbitrador. OCHO): Comunicaciones. Entre la sociedad y sus accionistas se efectuarán mediante carta certificada enviada a domicilio que accionistas tengan registrado en la sociedad. NUEVE): Registro de Accionistas. La sociedad llevará registro del art. 431 de Código de Comercio, con la información y de la forma que se señala en dicha disposición. DIEZ): Adquisición de acciones de propia emisión. La sociedad podrá adquirir acciones de su propia emisión. ONCE) Disolución. La sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. La sociedad NO SE DISUELVE por muerte, incapacidad o disolución de alguno de sus socios. DOCE): Arbitraje. Dificultades que se susciten y diferencias entre los accionistas en su calidad de tales, o entre éstos y la sociedad o con administradores, durante la vigencia de la sociedad o durante liquidación, serán resueltas por árbitro arbitrador que partes designarán de común acuerdo de la lista del Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago. En caso de no llegar a acuerdo, mandato especial e irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. para que, a solicitud escrita, designe a un árbitro arbitrador. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno y las partes renuncian expresamente a ellos. Árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia o jurisdicción”. La Serena 06 de diciembre de 2017.
Información societaria
Administradores (1)
ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK
Representación legal (3)
ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK
CLAUDIO ERNESTO NUÑEZ ARRIAGADA
Historia societaria relatada
- Constitución· 11 de marzo de 2014
Se constituyó la sociedad por acciones SERVICIOS MEDICOS INTEGRALES SAN BARTOLOME SpA.
- Cesión de derechos· 18 de agosto de 2017
Claudio Ernesto Núñez Arriagada y Nuñez y Alballay Compañía Limitada venden acciones a José Miguel Núñez Alvarado y Andrés Alberto Leiva Mckendrick.
CLAUDIO ERNESTO NUÑEZ ARRIAGADA · NUÑEZ Y ALBALLAY COMPAÑÍA LIMITADA · JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO · ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK
- Cambio de administrador· 18 de agosto de 2017
La administración y uso de la razón social pasa a Andrés Alberto Leiva Mckendrick.
Texto oficial del extracto
OSCAR FERNÁNDEZ MORA, notario público titular de la segunda Notaría de La Serena, certifico: por escritura otorgada ante mí con fecha 18 de agosto de 2017, JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO por sí y en representación de “SERVICIOS MEDICOS JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO E.I.R.L”, Larraín alcalde n° 1085 depto.102, La Serena, ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK, por si y en representación de “ ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK SERVICIOS DE KINISIOLOGIA , EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONDABILIDAD LIMITADA”, Gabriela Mistral n° 4219 La Serena, CLAUDIO ERNESTO NUÑEZ ARRIAGADA, por si y en representación de “NUÑEZ Y ALBALLAY COMPAÑÍA LIMITADA”, Benito Rebolledo n° 2438, La Serena, quien además comparece junto a su cónyuge, doña ALEJANDRA PATRICIA ALBALLAY TORRES, de su mismo domicilio; celebran contratos de compraventa de acciones y modifican la sociedad por acciones SERVICIOS MEDICOS INTEGRALES SAN BARTOLOME SpA, constituida por escritura pública 11/03/2014 ante notario de La Serena, Oscar Fernández Mora, inscrita fojas 534 Nº 245 Reg. Comercio de La Serena año 2014, publicada D.O con fecha 10/04/2014, en los siguientes términos: COMPRAVENTA DE ACCIONES, CLAUDIO NUÑEZ ARRIAGADA A JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO. 41 acciones. PRECIO: $1.635.000. PLAZO: 18 meses desde la suscripción del instrumento. COMPRAVENTA DE ACCIONES, CLAUDIO NUÑEZ ARRIAGADA A ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK: 42 acciones. PRECIO: $1.674.960 PLAZO: 18 meses desde la suscripción del instrumento. COMPRAVENTA DE ACCIONES, “NUÑEZ Y ALBALLAY COMPAÑIA LIMITADA” A JOSE MIGUEL NUÑEZ ALVARADO. 125 acciones. PRECIO. $4.985.000. PLAZO: 18 meses desde la suscripción del instrumento. COMPRAVENTA DE ACCIONES, “NUÑEZ Y ALBALLAY COMPAÑIA LIMITADA” A ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK. 125 acciones. PRECIO: $4.985.000. PLAZO: 18 meses desde la suscripción del instrumento. MODIFICACION: UNO) La presente sociedad por acciones, se regirá por el presente estatuto social y por el Párrafo octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio, arts.424 y siguientes y supletoriamente, normas de sociedades anónimas cerradas. DOS) Aumento de Capital. Caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor podrá ser enterado en dinero efectivo u otros bienes. Aumentos del capital social serán acordados por los accionistas en junta de accionistas con acuerdo de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Acta protocolarizada o reducida a escritura pública. Unanimidad de los accionistas podrá acordarlo por escritura pública o instrumento privado autorizado y protocolizado. Capital social y aumentos deberán quedar suscritos y pagados en plazo de cinco años desde la fecha que se acuerden. Vencido dicho plazo, el capital social reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Acciones de pago que se emitan no serán ofrecidas preferentemente a los accionistas. Disminuciones de capital. Serán acordadas en junta de accionistas, con el voto favorable de 2/3 de acciones con derecho a voto emitidas por la sociedad. Unanimidad de los accionistas podrá acordarlo por escritura pública o instrumento privado autorizado y protocolarizado. No podrá procederse al reparto o devolución de capital o adquisición de acciones con que la respectiva disminución de capital que pretenda llevarse a efecto, sino una vez perfeccionada la modificación estatutaria correspondiente. TRES) Disposiciones de los estatutos podrán ser modificadas por acuerdo de la junta de accionistas, con voto favorable de mayoría absoluta de acciones con derecho a voto. Acta de la junta protocolarizada o reducida a escritura pública. Unanimidad de los accionistas podrá acordar modificaciones por escritura pública o instrumento privado autorizado y protocolarizado. CUATRO) Accionistas sólo responsables hasta el monto de sus aportes. CINCO) Administración. Sin perjuicio de las materias que correspondan a Junta de Accionistas o totalidad de los socios actuando conjuntamente, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ANDRES ALBERTO LEIVA MCKENDRICK. Facultades de la administración. Descritas en la escritura de constitución de la sociedad. Sin perjuicio, unanimidad de accionistas podrá designar por escritura pública a personas que detentarán administración y uso de razón social, otorgarles poderes de administración diversos a los expresados y revocarlos. SEIS) Balance y distribución de utilidades y pérdidas. La sociedad practicará balance general anual de operaciones que cerrará al 31/12 cada año. Administradores de la sociedad decidirán sin restricciones destino de utilidades de cada ejercicio, pudiendo destinarlas completa o parcialmente a formación de los fondos que decidan. Dividendos a accionistas inscritos en el registro de accionistas, día hábil anterior a la fecha que se fije para su pago. SIETE) Liquidación y partición. Liquidación de la sociedad y partición del haber social de común acuerdo entre accionistas y, en desacuerdo, por árbitro que se nombre de conformidad con el número doce, quien tendrá en este caso el carácter de liquidador y partidor con facultades de árbitro arbitrador. OCHO): Comunicaciones. Entre la sociedad y sus accionistas se efectuarán mediante carta certificada enviada a domicilio que accionistas tengan registrado en la sociedad. NUEVE): Registro de Accionistas. La sociedad llevará registro del art. 431 de Código de Comercio, con la información y de la forma que se señala en dicha disposición. DIEZ): Adquisición de acciones de propia emisión. La sociedad podrá adquirir acciones de su propia emisión. ONCE) Disolución. La sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. La sociedad NO SE DISUELVE por muerte, incapacidad o disolución de alguno de sus socios. DOCE): Arbitraje. Dificultades que se susciten y diferencias entre los accionistas en su calidad de tales, o entre éstos y la sociedad o con administradores, durante la vigencia de la sociedad o durante liquidación, serán resueltas por árbitro arbitrador que partes designarán de común acuerdo de la lista del Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago. En caso de no llegar a acuerdo, mandato especial e irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. para que, a solicitud escrita, designe a un árbitro arbitrador. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno y las partes renuncian expresamente a ellos. Árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia o jurisdicción. La Serena, 04 de septiembre de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES SAN BARTOLOMÉ SpA
CVE 2507846
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SERVICIOS MÉDICOS SAN BARTOLOMÉ SpA
CVE 2499386
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SERVICIOS MEDICOS INTEGRALES SAN BARTOLOME SpA
CVE 1316077
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CVE 1273391
