Medentys Clínica Dental Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
ejecutar todo tipo de atenciones y tratamientos dentales, la atención médica ambulatoria de pacientes, particulares o en convenio con empresas u organismos particulares, fiscales o semifiscales y, cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos y, demás que los socios acuerden
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ANGÉLICA ANDREA BETZABE CÁRDENAS PAREDES Socio | - | - | - |
MARIA ANGELICA PAREDES CANDIA Socio | - | - | - |
LUIS ALFREDO CÁRDENAS CARRASCO Socio | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 2014
Constitución e inscripción original de la sociedad Medentys Clínica Dental Limitada.
- Cambio de nombre· 23 de noviembre de 2016
Se modifica la razón social a Medentys Clínica Dental Limitada, según escritura indicada en el extracto.
Texto oficial del extracto
HUGO EMILIO CATALDO MUÑOZ, Notario Público Interino de la Primera Notaría Quinta Normal, Mapocho 4167, Quinta Normal, certifica: Por escritura pública, hoy, ante mí, ANGÉLICA ANDREA BETZABE CÁRDENAS PAREDES, MARIA ANGELICA PAREDES CANDIA, y LUIS ALFREDO CÁRDENAS CARRASCO, todos domiciliados en calle Camino Carampangue Nº 1.190, Talagante, modificaron sociedad “Medentys Clínica Dental Limitada”, extracto inscrito a fs. 163 Nº 108 Registro Comercio de 2.014 Conservador de Bienes Raíces de Talagante.- La indicada sociedad fue modificada por escritura pública 23 nov. 2016, ante la Notario de Santiago doña Claudia Marcela Gómez Lucares. Un extracto de esta escritura se inscribió a fojas 328, nro. 135 del Registro de Comercio de 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Talagante.- Modificaciones: 1) Sustituir la razón social de la compañía, por “Medentys Centro Médico y Dental Limitada”, manteniéndose, para todos los efectos, el nombre de fantasía de “Medentys Ltda.”; y 2) Sustituir la cláusula segunda del pacto social por la siguiente: el objeto de la sociedad será ejecutar todo tipo de atenciones y tratamientos dentales, la atención médica ambulatoria de pacientes, particulares o en convenio con empresas u organismos particulares, fiscales o semifiscales y, cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos y, demás que los socios acuerden. Se mantienen vigentes el resto de las cláusulas del pacto social, en todo cuanto no hubieren sido expresa o tácitamente modificadas por el presente instrumento. Demás estipulaciones orden interno, constan escritura que se extracta.- Santiago, 20 de Noviembre de 2.020.- Hugo Emilio Cataldo Muñoz.- Notario Interino.
Información societaria
Objeto social
Ejecutar todo tipo de atenciones y tratamientos dentales, la atención médica ambulatoria de pacientes, particulares o en convenio con empresas u organismos particulares, fiscales o semifiscales y, cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos y, demás que los socios acuerden.
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ANGÉLICA ANDREA BETZABE CÁRDENAS PAREDES Socio | - | - | - |
MARIA ANGELICA PAREDES CANDIA Socio | - | - | - |
LUIS ALFREDO CÁRDENAS CARRASCO Socio | - | - | - |
Texto oficial del extracto
HUGO EMILIO CATALDO MUÑOZ, Notario Público Interino de la Primera Notaría Quinta Normal, Mapocho 4167, Quinta Normal, certifica: Por escritura pública, hoy, ante mí, ANGÉLICA ANDREA BETZABE CÁRDENAS PAREDES, MARIA ANGELICA PAREDES CANDIA, y LUIS ALFREDO CÁRDENAS CARRASCO, todos domiciliados en calle Camino Carampangue Nº 1.190, Talagante, modificaron sociedad “Medentys Clínica Dental Limitada”, extracto inscrito a fs. 163 Nº 108 Registro Comercio de 2.014 Conservador de Bienes Raíces de Talagante.- Modificaciones: 1) Sustituir la razón social de la compañía, por “Medentys Centro Médico y Dental Limitada”, manteniéndose, para todos los efectos, el nombre de fantasía de “Medentys Ltda.”; y 2) Sustituir la cláusula segunda del pacto social por la siguiente: el objeto de la sociedad será ejecutar todo tipo de atenciones y tratamientos dentales, la atención médica ambulatoria de pacientes, particulares o en convenio con empresas u organismos particulares, fiscales o semifiscales y, cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos y, demás que los socios acuerden. Se mantienen vigentes el resto de las cláusulas del pacto social, en todo cuanto no hubieren sido expresa o tácitamente modificadas por el presente instrumento. Demás estipulaciones orden interno, constan escritura que se extracta.- Santiago, 20 de Noviembre de 2.020.- Hugo Emilio Cataldo Muñoz.- Notario Interino.
Información societaria
Capital
Capital total
$6.500.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Angélica Andrea Betzabe Cárdenas Paredes Socio 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | 40% | $2.600.000 |
Maria Angelica Paredes Candia Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | 15.38% | $1.000.000 |
Luís Alfredo Cárdenas Carrasco Socio 9.xxx.xxx-2 | 9.xxx.xxx-2 | 44.62% | $2.900.000 |
Administradores (2)
Angélica Andrea Betzabe Cárdenas Paredes
Maria Angelica Paredes Candia
Historia societaria relatada
- Constitución· 10 de julio de 2014
Constitución original de la sociedad Clínica Dental Angélica Cárdenas y Compañía Limitada
Angélica Andrea Betzabe Cárdenas Paredes · Maria Angelica Paredes Candia · Luís Alfredo Cárdenas Carrasco
- Cambio de nombre· 23 de noviembre de 2016
Se sustituye la razón social por Medentys Clínica Dental Limitada y el nombre de fantasía por MEDENTYS LTDA
Angélica Andrea Betzabe Cárdenas Paredes · Maria Angelica Paredes Candia · Luís Alfredo Cárdenas Carrasco
- Cambio de administrador· 23 de noviembre de 2016
Se modifica la administración para que sea conjunta entre Angélica Andrea Cárdenas Paredes y María Angélica Paredes Candía en los casos previstos
Angélica Andrea Betzabe Cárdenas Paredes · Maria Angelica Paredes Candia
- Cambio de capital· 23 de noviembre de 2016
Se aumenta el capital social de $3.000.000 a $6.500.000 y se reajustan las participaciones
Angélica Andrea Betzabe Cárdenas Paredes · Maria Angelica Paredes Candia · Luís Alfredo Cárdenas Carrasco
Texto oficial del extracto
CLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público Titular 50° Notaria Santiago, oficio Teatinos 371, oficina 113, Santiago, certifico: por escritura pública, hoy ante mí, ANGÉLICA ANDREA BETZABE CÁRDENAS PAREDES, chilena, soltera, cirujano dentista, C.I. N° 17.484.104-7; MARIA ANGELICA PAREDES CANDIA, chilena, casada y separada de bienes de acuerdo a lo establecido en el artículo ciento cincuenta del Código Civil, contador general, C.I. N° 10.331.910-2; y LUÍS ALFREDO CÁRDENAS CARRASCO, chileno, casado, contador auditor, C.I. N° 9.378.187-2, todos domiciliados, en calle Camino Carampangue 1190, Talagante, modificaron sociedad “Clínica Dental Angélica Cárdenas y Compañía Limitada”, RUT N° 76.366.058-3, constituida por escritura pública de 10/07/2014, ante Notario de Santiago don Eulogio Baeza Gutiérrez, bajo el repertorio notarial 974-2014. Un extracto de la escritura fue inscrito a fojas 163 n° 108 Registro Comercio 2014 Conservador de Bienes Raíces de Talagante, y publicado en la edición del D.O. n° 40.918.- Modificación: Uno) Se sustituye la razón social de la compañía, que pasará a ser “Medentys Clínica Dental Limitada”, nombre de fantasía “MEDENTYS LTDA”; Dos) Se modifica la parte final de la cláusula “CUARTO” del pacto social primitivo en el sentido que, en caso ausencia del país, enfermedad grave e invalidante o fallecimiento del socio administrador, circunstancias que no serán necesario acreditar a terceros, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá, conjuntamente a las socias doña Angélica Andrea Cárdenas Paredes y a la socia doña María Angélica Paredes Candía, con las facultades que se indican en la cláusula modificada; tres) Se aumenta el capital social de $3.000.000 a $6.500.000, el que ha sido enterado completamente, de manera que se sustituye, la cláusula quinta del pacto social por la siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de seis millones quinientos mil pesos, que los socios han aportado: A) Doña Angélica Andrea Betzabé Cárdenas Paredes la cantidad de dos millones seiscientos mil pesos, que entera y paga como sigue: i) con la cantidad de dos millones de pesos ya ingresados en la caja social, con anterioridad a este acto, ii) con la cantidad de cuarenta y cuatro mil trescientos veintisiete pesos, que corresponde a su participación en el fondo de revalorización del capital propio; y iii) con la cantidad de quinientos cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y tres pesos, que ingresa en este acto, en dinero en efectivo a la caja social. Por tanto su nueva participación en el capital social será del cuarenta por ciento; B) Doña María Angélica Paredes Candía, aporta la cantidad de un millón de pesos, que entera y paga como sigue: i) con la cantidad de novecientos mil pesos, ya ingresados en la caja social, con anterioridad a este acto, ii) con la cantidad de diecinueve mil novecientos cuarenta y siete pesos, que corresponde a su participación en el fondo de revalorización del capital propio; y iii) con la cantidad de ochenta mil cincuenta y tres pesos, que ingresa en este acto, en dinero efectivo a la caja social. Por tanto su nueva participación en el capital social será del quince coma treinta y ocho por ciento. C) Don Luis Alfredo Cárdenas Carrasco la cantidad de dos millones novecientos mil pesos, que entera y paga como sigue: i) con la cantidad de cien mil pesos, ya ingresados en la caja social, con anterioridad a este acto, ii) con la cantidad de dos mil doscientos dieciséis pesos que corresponde a su participación en el fondo de revalorización del capital propio; y iii) con la cantidad de dos millones setecientos noventa y siete mil setecientos ochenta y cuatro pesos, que ingresa en este acto en dinero efectivo. Por tanto su nueva participación en el capital social será del cuarenta y cuatro coma sesenta y dos por ciento. En todo lo no modificado, rigen cláusulas del pacto social primitivo. Santiago, 23/11/2016.
Actuaciones recientes
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CVE 1144678
