Inversiones El Queule Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SPA Socio | - | 50% | $1.000.000 |
ASESORÍAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES LIMITADA Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Administradores (3)
Carlos Felipe Canales Guerrero
José Antonio Leiva Hinojosa
Texto oficial del extracto
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, SUPLENTE DEL TITULAR DON ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Agustinas mil setenta, piso dos: Certifica: Por escritura pública de cesión de derechos sociales y modificación de fecha 12 de octubre de 2022, repertorio N° 44.035, otorgada ante mí, Carlos Felipe Canales Guerrero y Matías Olivos Besserer, ambos en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SPA, todos domiciliados en Rosario Norte 615 piso 22, Las Condes, Región Metropolitana y José Antonio Leiva Hinojosa, en representación de ASESORÍAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES LIMITADA, ambos domiciliados en Avenida El Roble 670, Lampa, Región Metropolitana; quienes comparecen en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES EL QUEULE LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 89481 número 58402 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2013, como sigue: INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SPA, cede y transfiere derechos sociales representativos de un veinte por ciento del capital social de INVERSIONES EL QUEULE LIMITADA, a la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES LIMITADA, la “Cesionaria”, para quien adquiere y acepta su representante, por la suma de esta de ochenta millones quinientos mil pesos. En consecuencia, con motivo de la cesión de que da cuenta la presente escritura, quedan como únicos socios de INVERSIONES EL QUEULE LIMITADA, las sociedades INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SPAy ASESORÍAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES LIMITADA, cada una de ellas con un cincuenta por ciento del capital social. En consecuencia, con motivo de la cesión de que da cuenta este instrumento, INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SPAy ASESORÍAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES LIMITADA, a través de sus representantes y en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, vienen por este acto en modificar los estatutos de la misma, sustituyendo la Cláusula Quinta de los estatutos sociales, relativa al capital social, por la siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: El capital de la sociedad asciende a la suma de dos millones de pesos, que los socios han pagado de la siguiente forma: (i) Inmobiliaria e Inversiones MC SpA, la suma de un millón de pesos, suma que se encuentra íntegramente aportada y pagada, equivalente al cincuenta por ciento del capital social y (ii) Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada, la suma de un millón de pesos, suma que se encuentra íntegramente aportada y pagada, equivalente al cincuenta por ciento del capital social En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente pagado”. CUARTO: La Cedente y la Cesionaria, sujeto a las condiciones indicadas en la cláusula tercera precedente, se otorgan el más amplio, completo, total e irrevocable finiquito recíproco, señalando que nada se adeudan y renuncian a cualquier condición resolutoria que pudiere corresponderles de forma directa o indirecta. Por lo mismo, ambas renuncian a toda acción presente, futura, judicial, extrajudicial, penal, civil y de cualquier otra índole. QUINTO: Los socios Inmobiliaria e Inversiones MC SpA y Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada, debidamente representados y en su calidad de únicos y actuales socios de Inversiones El Queule Limitada, han acordado modificar la Cláusula Séptima de los estatutos de la Sociedad, relativa a la administración de la Sociedad, en el sentido que el uso de la razón social, la representación y la administración de la Sociedad corresponderá conjuntamente a ambos socios a través de sus representantes designados por escritura pública, quienes anteponiendo su firma a la razón social, actuarán siempre conjuntamente, representando judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, en Chile o en el extranjero, con todas y cada una de las atribuciones y facultades mencionadas en el artículo Séptimo de los estatutos sociales, incluidas las facultades de disposición enunciadas en la última parte de dicha cláusula, todas las cuales se entienden reproducidas en el presente instrumento, todo ello con efecto a contar de esta fecha.-, en todo lo no modificado siguen vigentes los estatutos de la sociedad, en especial responsabilidad socios limitada monto respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, se faculto portador este extracto para legalización, Santiago, 9 de Diciembre de 2022.
Información societaria
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SpA Socio | - | 70% | $1.400.000 |
ASESORÍAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES LIMITADA Socio | - | 30% | $600.000 |
Representación legal (4)
Carlos Felipe Canales Guerrero
José Antonio Leiva Hinojosa
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 12 de agosto de 2021
INVERSIONES J Y C LIMITADA cede la totalidad de sus derechos a INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SpA por la suma de $100.625.000
INVERSIONES J Y C LIMITADA · INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SpA
Texto oficial del extracto
Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular 5ª Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30 , of, 32, Las Condes, Santiago, certifica: por escritura pública suscrita ante mí, con fecha 12 de agosto de 2021, Juan Pablo Aldea Iriondo, en representación de INVERSIONES J Y C LIMITADA, ambos domiciliados en Isidora Goyenechea 2934 of. 301, Las Condes, Región Metropolitana; Carlos Felipe Canales Guerrero y Matías Olivos Besserer, ambos en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SPA, todos domiciliados en Rosario Norte 615 piso 22, Las Condes, Región Metropolitana y José Antonio Leiva Hinojosa, en representación de ASESORÍAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES LIMITADA, ambos domiciliados en Avenida El Roble 670, Lampa, Región Metropolitana; modificaron INVERSIONES EL QUEULE LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 89481 número 58402 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2013, como sigue: INVERSIONES J Y C LIMITADA cedió la totalidad de sus derechos en INVERSIONES EL QUEULE LIMITADA a INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SpA, por la suma de $100.625.000. Conforme a lo anterior, INMOBILIARIA E INVERSIONES MC SpA y ASESORÍAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES LIMITADA, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar la cláusula Quinta de los estatutos sociales, sustituyéndola por la siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: El capital de la sociedad asciende a la suma de $2.000.000, que los socios han pagado de la siguiente forma: (i) Inmobiliaria e Inversiones MC SpA, la suma de $1.400.000, suma que se encuentra íntegramente aportada y pagada, equivalente al 70% del capital social y (ii) Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada, la suma de $600.000, suma que se encuentra íntegramente aportada y pagada, equivalente al 30% del capital social En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente pagado”. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para legalización. Santiago, 31 de agosto de 2021. P. Raby B. Not. Púb.
Información societaria
Representación legal (3)
Inmobiliaria e Inversiones MC SpA
Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada
Texto oficial del extracto
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 1 de julio de 2021, repertorio numero 13.944/2021, ante mí, Inmobiliaria e Inversiones MC SpA, domiciliada para estos efectos en Avenida Manquehue Norte 151, oficina 1.008, comuna de Las Condes, Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada, Avenida Las Encinas 1.392, comuna de Lampa, e Inversiones J y C Limitada, domiciliada para estos efectos en calle José Zapiola 8.177, comuna de La Reina, modificaron la sociedad “Inversiones El Queule Limitada”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 89.481 número 58.402 del año 2013, en adelante la “Sociedad”, acordaron: (a) sustituir la cláusula Novena de los estatutos sociales, reemplazándola por la siguiente: “CLÁUSULA NOVENA: La sociedad practicará balances al treinta y uno de diciembre de cada año, los que se entenderán aprobados si no fueren objetados por los socios dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que fueren puestos en su conocimiento. De las objeciones al balance conocerá el árbitro que más adelante se designa. Las utilidades y pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios en la forma que estos determinen de común acuerdo y, a falta de éste, en proporción a sus respectivos aportes”, y (b) materias que no son de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago, 03 de agosto de 2021.
Información societaria
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Inmobiliaria e Inversiones MC SpA Socio | - | 45% | $900.000 |
Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada Socio | - | 30% | $600.000 |
Socio | - | 25% | $500.000 |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
José Antonio Leiva Hinojosa cede el 30% de sus derechos sociales a Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada y se retira de la sociedad.
José Antonio Leiva Hinojosa · Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada
- Cesión de derechos
Juan Pablo Aldea Iriondo cede el 25% de sus derechos sociales a Inversiones J y C Limitada y se retira de la sociedad.
- Cesión de derechos
Matías Olivos Besserer y Carlos Felipe Canales Guerrero ceden el 45% de sus derechos sociales a Inmobiliaria e Inversiones MC SpA y se retiran de la sociedad.
Matías Olivos Besserer · Carlos Felipe Canales Guerrero · Inmobiliaria e Inversiones MC SpA
Texto oficial del extracto
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2020, repertorio numero 26.918/2020, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, don José Antonio Leiva Hinojosa y Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Encinas 1.392, comuna de Lampa; don Juan Pablo Aldea Iriondo e Inversiones J y C Limitada, ambos domiciliados para estos efectos en calle José Zapiola 8.177, comuna de La Reina; y don Carlos Felipe Canales Guerrero, don Matías Olivos Besserer e Inmobiliaria e Inversiones MC SpA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Manquehue Norte 151, oficina 1.008, comuna de Las Condes, modificaron la sociedad “Inversiones El Queule Limitada”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 89.481 número 58.402 del año 2013, en adelanta la “Sociedad”, acordaron: (a) Aportes de derechos: i) José Antonio Leiva Hinojosa aporto en dominio la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad correspondientes a 30% del capital social a Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada retirándose de la sociedad; ii) Juan Pablo Aldea Iriondo aporto en dominio la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad correspondientes a 25% del capital social a Inversiones J y C Limitada retirándose de la sociedad; y iii) Matías Olivos Besserer y Carlos Felipe Canales Guerrero aportaron en dominio la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad correspondientes a 45% del capital social a Inmobiliaria e Inversiones MC SpA retirándose de la sociedad, y (b) sustituir la clausula Quinta de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: El capital de la sociedad asciende a la suma de $2.000.000, que los socios han pagado de la siguiente forma: (i) Inmobiliaria e Inversiones MC SpA, la suma de $900.000, suma que se encuentra íntegramente aportada y pagada, equivalente al 45% del capital social; (ii) Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada, la suma de $600.000, suma que se encuentra íntegramente aportada y pagada, equivalente al 30% del capital social; y (iii) Inversiones J y C Limitada, la suma de $500.000, suma que se encuentra íntegramente aportada y pagada, equivalente al 25% del capital social. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago, 23 de febrero de 2021.-
Información societaria
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
José Antonio Leiva Hinojosa Socio 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | 30% | $600.000 |
Socio 13.xxx.xxx-9 | 13.xxx.xxx-9 | 25% | $500.000 |
Carlos Felipe Canales Guerrero Socio 13.xxx.xxx-5 | 13.xxx.xxx-5 | 22.5% | $450.000 |
Socio 12.xxx.xxx-6 | 12.xxx.xxx-6 | 22.5% | $450.000 |
Administradores (4)
José Antonio Leiva Hinojosa
Carlos Felipe Canales Guerrero
Representación legal (2)
Carlos Felipe Canales Guerrero
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 27 de diciembre de 2016
José Antonio Leiva Hinojosa cede 8,5% de sus derechos a Juan Pablo Aldea Iriondo
José Antonio Leiva Hinojosa · Juan Pablo Aldea Iriondo
- Cesión de derechos· 27 de diciembre de 2016
Karin Gabriela Angerstein Hintze cede 16,5% de sus derechos a Juan Pablo Aldea Iriondo
- Cesión de derechos· 27 de diciembre de 2016
IIMC SpA cede 22,5% de sus derechos a Carlos Felipe Canales Guerrero
Inmobiliaria e Inversiones MC Spa · Carlos Felipe Canales Guerrero
- Cesión de derechos· 27 de diciembre de 2016
IIMC SpA cede 22,5% de sus derechos a Matías Olivos Besserer
Texto oficial del extracto
MARGARITA MORENO ZAMORANO, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la 27ª Notaría de Santiago, de Eduardo Avello Concha, Orrego Luco Nº 0153, Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de Diciembre de 2016, ante mí, José Antonio Leiva Hinojosa, CNI 9.981.482-9, Karin Gabriela Angerstein Hintze, CNI 10.926.506-3, ambos domiciliados Juan de la Fuente 236, Lampa, Santiago; Carlos Felipe Canales Guerrero, CNI 13.831.308-5 y Matías Olivos Besserer, CNI 12.231.932-6, ambos por sí y en representación de Inmobiliaria e Inversiones MC Spa (“IIMC SpA”), RUT 76.500.102-1, todos domiciliados en Manquehue Norte 151, oficina 1008, Las Condes, Santiago y Juan Pablo Aldea Iriondo, CNI 13.921.765-9, domiciliado en Isidora Goyenechea 3162 oficina 201, Las Condes, Santiago, modificaron INVERSIONES EL QUEULE LIMITADA, inscrita a fojas 89.481 número 58.402 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2013 en los siguientes términos: José Antonio Leiva Hinojosa cedió 8,5% de los derechos sociales a Juan Pablo Aldea Iriondo; Karin Gabriela Angerstein Hintze cedió 16,5% de los derechos sociales a Juan Pablo Aldea Iriondo; IIMC SpA cedió 22,5% de los derechos sociales a Carlos Felipe Canales Guerrero e IIMC SpA cedió 22,5% de los derechos sociales a Matías Olivos Besserer. Conforme a lo anterior, José Antonio Leiva Hinojosa, Juan Pablo Aldea Iriondo, Carlos Felipe Canales Guerrero y Matías Olivos Besserer, en su calidad de únicos socios, acordaron: A) Modificar Cláusula Quinta estatutos sociales, reemplazándola como sigue: “CLÁUSULA QUINTA: El capital de la sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, suscrito y pagado por los socios en las siguientes proporciones: i) don José Antonio Leiva Hinojosa con el 30% del capital social; (ii) don Juan Pablo Aldea Iriondo con el 25% del capital social; (iii) don Carlos Felipe Canales Guerrero con el 22,5% del capital social y (iv) don Matías Olivos Besserer con el 22,5% del capital social.”- B) Modificar la Cláusula Séptima de los estatutos de la Sociedad, relativa a la administración de la misma, en el sentido que el uso de la razón social, la representación y la administración de la Sociedad corresponderá a todos los socios, debiendo actuar siempre uno cualquiera de los señores José Antonio Leiva Hinojosa o Juan Pablo Aldea Iriondo en conjunto con uno cualquiera de los señores Carlos Felipe Canales Guerrero o Matías Olivos Besserer, quienes anteponiendo su firma a la razón social, actuarán representando judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, en Chile o en el extranjero, con todas y cada una de las atribuciones y facultades mencionadas en el artículo Séptimo de los estatutos sociales, incluidas las facultades de disposición enunciadas en la última parte de dicha cláusula, todas las cuales se entienden reproducidas en la escritura extractada, todo ello con efecto a contar de esta fecha.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para legalización. Santiago, 28 de Diciembre de 2016.-
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