Inversiones Maner Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Administradores (2)
JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN
MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS
Texto oficial del extracto
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 29 de diciembre del año 2023, ante mí, don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN y doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS, ambos domiciliados en calle Pedro Lira Urquieta N°10.930, comuna de Lo Barnechea, de paso en ésta, Región Metropolitana, celebraron “Modificación de Estatutos INVERSIONES MANER LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 83.180 N°54.550 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2013, y acordaron modificar el artículo sexto de los estatutos sociales, relativo a la administración y al uso de la razón social, reemplazándolo por el del siguiente tenor extractado: “SEXTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN y doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS, quienes, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las facultades y la limitación señalada en la escritura extractada. Don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN y doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS no podrán ser removidos de su cargo de administradores estatutarios de la sociedad. ADMINISTRADORES DE REEMPLAZO: En caso de incapacidad o fallecimiento de ambos administradores estatutarios, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social se ejercerá por doña ALEJANDRINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña BERNARDITA FRANCISCA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña MARÍA TRINIDAD MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña MARÍA ELISA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña CATALINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, y doña ANA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, quienes, actuando indistintamente 5 cualquiera de ellas, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las mismas facultades descritas en la escritura extractada, salvo por las restricciones y excepciones indicadas en la misma escritura extractada. LIMITACIÓN: Sin perjuicio de todo lo anterior, para que la sociedad sea válidamente emplazada de cualquier demanda o gestión judicial, sea ésta de tipo civil, penal, laboral u otra, deberá notificarse personalmente a don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN o a doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS, conjuntamente con una cualquiera de las siguientes personas: doña ALEJANDRINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña BERNARDITA FRANCISCA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña MARÍA TRINIDAD MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña MARÍA ELISA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña CATALINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, o doña ANA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ. A su vez, en caso de que dicho emplazamiento sea requerido bajo el régimen de administración de reemplazo, descrito precedentemente, se deberá notificar a 5 cualquiera de las siguientes personas: doña ALEJANDRINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña BERNARDITA FRANCISCA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña MARÍA TRINIDAD MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña MARÍA ELISA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña CATALINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, o doña ANA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 03 de enero de 2024. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.
Información societaria
Objeto social
Efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces; comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; realizar actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad; llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios; celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Capital total
$1.062.736
Capital pagado
$1.062.736
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN Socio | - | 98.59% | $1.047.751 |
MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS Socio | - | 1.41% | $14.985 |
Administradores (8)
JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN
MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS
ALEJANDRINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ
BERNARDITA FRANCISCA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ
MARÍA TRINIDAD MANDUJANO ERRÁZURIZ
MARÍA ELISA MANDUJANO ERRÁZURIZ
CATALINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 2013
Se indica que INVERSIONES MANER LIMITADA se encuentra inscrita en el Registro de Comercio de Santiago en 2013.
- Transformación· 30 de julio de 2021
Se efectúa división de INVERSIONES MANER LIMITADA y se crea INVERSIONES MANER TRES LIMITADA, conservando la sociedad dividida su razón social y objeto.
JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN · MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS
Texto oficial del extracto
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de julio de 2021, ante mí, don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN y doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS, ambos domiciliados para estos efectos en calle Pedro Lira Urquieta N°10.930, comuna de Lo Barnechea, de paso en ésta, Región Metropolitana, celebraron “División de Sociedad y Modificación de Estatutos INVERSIONES MANER LIMITADA”, mediante la cual dividen la sociedad INVERSIONES MANER LIMITADA, inscrita a fojas 83.180 número 54.550 del Reg. Com. del CBR de Santiago año 2013. La sociedad dividida conserva su razón social y objeto, creándose una nueva sociedad que se denominará INVERSIONES MANER TRES LIMITADA. Como consecuencia de la división, disminuye capital social de INVERSIONES MANER LIMITADA de la suma de $2.674.787.053 a la suma de $2.673.724.317, sustituyéndose el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social asciende a la suma única y total de dos mil seiscientos setenta y tres millones setecientos veinticuatro mil trescientos diecisiete pesos, que los socios aportaron y enteraron en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, de la siguiente manera: a) don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN, con la suma de dos mil seiscientos treinta y seis millones veinticuatro mil ochocientos cuatro pesos, equivalentes al noventa y ocho coma cincuenta y nueve por ciento del total de los derechos sociales; y b) doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS, con la suma de treinta y siete millones seiscientos noventa y nueve mil quinientos trece pesos, equivalentes al uno coma cuarenta y un por ciento del total de los derechos sociales.” Otorgan estatutos de sociedad que nace de división, cuyo tenor extractado es: Razón social: INVERSIONES MANER TRES LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de INVERSIONES MANER TRES LTDA. o MANER TRES LTDA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 40 años contados desde la fecha de la escritura de división, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 1 año cada uno, si ninguno de los socios manifiesta intención en contrario por escritura pública anotada al margen de inscripción social Registro de Comercio con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $1.062.736, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN, con la suma de $1.047.751, equivalentes al 98,59% del total de los derechos sociales; y b) doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS, con la suma de $14.985, equivalentes al 1,41% del total de los derechos sociales. Los aportes indicados se encuentran íntegramente pagados e ingresados al patrimonio social y se derivan de la asignación de activos y pasivos a la sociedad en virtud de haber nacido de la división de otra. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN y doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS, quienes, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las facultades descritas y la limitación señalada en la escritura extractada. Don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN y doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS no podrán ser removidos de su cargo de administradores estatutarios de la sociedad. En caso de incapacidad o fallecimiento de los administradores estatutarios, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña ALEJANDRINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, a doña BERNARDITA FRANCISCA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, a doña MARÍA TRINIDAD MANDUJANO ERRÁZURIZ, a doña MARÍA ELISA MANDUJANO ERRÁZURIZ, a doña CATALINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, y a doña ANA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, esta última siempre y cuando hubiere cumplido la mayoría de edad, quienes, actuando todas conjuntamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las mismas facultades descritas y la limitación señalada en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. San Ramón, 20 de septiembre del 2021. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.
Información societaria
Administradores (8)
JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN
MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS
ALEJANDRINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ
BERNARDITA FRANCISCA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ
MARÍA TRINIDAD MANDUJANO ERRÁZURIZ
MARÍA ELISA MANDUJANO ERRÁZURIZ
CATALINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ
Texto oficial del extracto
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 19 de mayo del año 2021, ante mí, don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN y doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS, ambos domiciliados para estos efectos en calle Pedro Lira Urquieta N°10.930, comuna de Lo Barnechea, de paso en ésta, Región Metropolitana, celebraron “Modificación de Estatutos INVERSIONES MANER LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 83.180 N°54.550 del Registro de Comercio del CBR de Santiago año 2013, y acordaron modificar el artículo sexto de los estatutos sociales, relativo a la administración y al uso de la razón social, reemplazándolo por el del siguiente tenor extractado: SEXTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN y doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS, quienes, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las facultades descritas y la limitación señalada en la escritura extractada. Don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN y doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS no podrán ser removidos de su cargo de administradores estatutarios de la sociedad. En caso de incapacidad o fallecimiento de los administradores estatutarios, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña ALEJANDRINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, a doña BERNARDITA FRANCISCA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, a doña MARÍA TRINIDAD MANDUJANO ERRÁZURIZ, a doña MARÍA ELISA MANDUJANO ERRÁZURIZ, a doña CATALINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, y a doña ANA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, esta última siempre y cuando hubiere cumplido la mayoría de edad, quienes, actuando todas conjuntamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las mismas facultades descritas y la limitación señalada en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 25 de mayo de 2021. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.
Información societaria
Capital
Capital total
$2.674.787.053
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN Socio | - | - | - |
MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS Socio | - | - | - |
Administradores (2)
JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN
MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS
Texto oficial del extracto
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento y oficio en San Ramón, Av. Santa Rosa 7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 21 de diciembre del año 2020, ante mí, don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN y doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS, ambos con domicilio para estos efectos en Pedro Lira Urquieta número 10930, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en sus calidades de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES MANER LIMITADA, RUT número 76.364.429-4, inscrita a fojas 83180 número 54550 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013, entre otras materias, acordaron las siguientes modificaciones: 1) Modificar la cláusula sexta de los estatutos sociales, en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN actuando individualmente, y a doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS actuando conjuntamente con tres cualquiera de doña ALEJANDRINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña BERNARDITA FRANCISCA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña MARÍA TRINIDAD MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña MARÍA ELISA MANDUJANO ERRÁZURIZ, doña CATALINA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, y doña ANA MARÍA MANDUJANO ERRÁZURIZ, siempre y cuando esta última haya cumplido la mayoría de edad. En caso de fallecimiento de don JORGE LUIS MANDUJANO GUILLÉN la administración de la sociedad le corresponderá individualmente a doña MARÍA MAGDALENA ALEJANDRINA ERRÁZURIZ SALINAS. El administrador o administradores, actuando en la forma indicada, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el giro de los negocios sociales, con las limitaciones que se señalan en escritura que se extracta. 2) Modificar la cláusula novena de los estatutos sociales, relativa a la duración de la sociedad, cuyo plazo será de 40 años a contar del 21 de diciembre el año 2020, prorrogable por periodos sucesivos e iguales de 5 años cada uno. En lo no modificado, socios ratificaron íntegramente estatutos de la sociedad. Capital: $2.674.787.053. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 21 DICIEMBRE 2020.-
Información societaria
Capital
Capital total
$2.674.787.053
Capital pagado
$2.674.787.053
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Jorge Luis Mandujano Guillén Socio | - | - | $2.637.072.556 |
María Magdalena Alejandrina Errázuriz Salinas Socio | - | - | $37.714.497 |
Representación legal (1)
Jorge Luis Mandujano Guillén
Texto oficial del extracto
RAÚL UNDURRAGA LASO, titular 29ª Notaría Santiago, Mac-Iver 225, oficina 302, Santiago, certifica: por escritura hoy, ante mí, Jorge Luis Mandujano Guillén por sí y en representación de María Magdalena Alejandrina Errázuriz Salinas, ambos domiciliados en Avda. Manquehue Sur 350, oficina 201, modificaron sociedad “Inversiones Maner Limitada”, inscrita en Registro Comercio Santiago fojas 83.180, Nº 54.550, año 2013, en el sentido de disminuir el capital social a la suma de $2.674.787.053. Los socios aportaron las sumas de $2.637.072.556 y $$37.714.497, respectivamente, ya pagados y enterados en la caja social.- SANTIAGO, 17 de marzo 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Inversiones Maner Limitada
CVE 2435215
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES MANER LIMITADA
CVE 2016548
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES MANER LIMITADA
CVE 1953407
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES MANER LIMITADA
CVE 1885790
- MODIFICACIÓN
Inversiones Maner Limitada
CVE 1209139
