Comercializadora De Frutas Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$4.000.000
Capital pagado
$4.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
CECILIA DEL CARMEN ARANCIBIA CARMONA Socio | - | 50% | $2.000.000 |
DOMINIQUE ANDREA CELIS ARANCIBIA Socio | - | 25% | $1.000.000 |
Socio | - | 25% | $1.000.000 |
Administradores (1)
CECILIA DEL CARMEN ARANCIBIA CARMONA
Historia societaria relatada
- Fallecimiento
Fallece Edgardo del Carmen Celis Riveros.
- Sucesión
Dominique Andrea Celis Arancibia y Edgard Johan Celis Arancibia suceden como únicos herederos al socio fallecido.
DOMINIQUE ANDREA CELIS ARANCIBIA · EDGARD JOHAN CELIS ARANCIBIA · Edgardo del Carmen Celis Riveros
Texto oficial del extracto
JULIO JORGE ABUYERES JADUE, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Quillota, Pudeto N° 398, certifico: por escritura pública de fecha 08 de Noviembre de 2023, Repertorio N°2056-2023 ante mí, Doña CECILIA DEL CARMEN ARANCIBIA CARMONA, por si y en representación de doña DOMINIQUE ANDREA CELIS ARANCIBIA y don EDGAR JOHAN CELIS ARANCIBIA y, todos domiciliados para estos efectos en Esmeralda número 225 ciudad y comuna de La Cruz; modificaron la sociedad “COMERCIALIZADORA DE FRUTAS LIMITADA”, RUT 76.356.640-4, inscrita a fojas 206 N° 167 del Registro de Comercio de 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Quillota, en la forma siguiente: 1. Incorporación socios DOMINIQUE ANDREA CELIS ARANCIBIA y EDGARD JOHAN CELIS ARANCIBIA en sus calidades de únicos herederos del socio fallecido Edgardo del Carmen Celis Riveros. 2. Modificación de estatutos: En virtud de la incorporación de los socios mencionados, quedan como únicos socios de la sociedad CECILIA DEL CARMEN ARANCIBIA CARMONA, DOMINIQUE ANDREA CELIS ARANCIBIA y EDGARD JOHAN CELIS ARANCIBIA, que acordaron: a) Se modifica la cláusula QUINTA, en el sentido que la administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial le corresponderá a la socia Cecilia del Carmen Arancibia Carmona, con las mismas facultades establecidas en los Estatutos sociales, con la facultad expresa de autocontratar; b) Reemplazar el artículo 6° de los estatutos sociales por el siguiente: “ “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de cuatro millones de pesos, el cual se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo por sus socios y que corresponde a sus actuales socios como sigue: (UNO) Cecilia del Carmen Arancibia Carmona con una suma equivalente al 50% de los derechos sociales, esto es $2.000.000; (DOS) Dominique Andrea Celis Arancibia con una suma equivalente al 25% de los derechos sociales, esto es $1.000.000; (TRES) Edgard Johan Celis Arancibia con una suma equivalente al 25% de los derechos sociales, esto es un $1.000.000. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Quillota, 20 de Noviembre de 2023.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
COMERCIALIZADORA DE FRUTAS LIMITADA
CVE 2409497
