Iberocenter
Sociedad de Responsabilidad LimitadaDisuelta76.342.580-0

Agrícola Valle Del Limarí Limitada

DISOLUCIÓN — 20 ene 2024

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Término de giro

31 de enero de 2024

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

DisoluciónDiario Oficial · 2024-01-20Ver PDF (CVE 2441002)

Información societaria

Ltda
Alcántara 271, piso 10

Capital

Capital total

$877.862.996

Socios (2)

NombreParticipación

JORGE FRANCISCO UGARTE ABREGO

Socio

99%

MARIANA DE FÁTIMA BURGOS ROMERO

Socio

1%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 1 de enero de 2005

    Se indica la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio de La Serena correspondiente al año 2005.

    AGRÍCOLA VALLE DEL LIMARÍ LIMITADA

Texto oficial del extracto

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con oficio avenida La Dehesa N°1201 local 101, en la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifica que: por escritura pública de fecha 21 de noviembre de 2023, bajo el repertorio N° 2.881, ante mí, Jorge Francisco Ugarte Abrego y Mariana de Fátima Burgos Romero, ambos domiciliados en Alcántara 271, piso 10, Las Condes, Santiago, en su carácter de únicos socios de AGRÍCOLA VALLE DEL LIMARÍ LIMITADA, rol único tributario N°76.342.580-0 (en adelante, la “Sociedad”) la cual se encuentra inscrita a fojas 433v, N°306 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año 2005, acordaron: (1) reconocer el aumento de capital de la Sociedad, de la suma de $200.000 a la suma de $877.862.996, producto de la renuncia del régimen de renta presunta y comienzo de tributación sobre renta efectiva determinada según contabilidad completa, y la consecuente confección del balance inicial de la Sociedad por medio de la cual se consideró la diferencia positiva de los activos y pasivos registrados como capital social; (2) la terminación y disolución de mutuo acuerdo de la Sociedad a contar de la fecha de la escritura extractada; (3) la modificación de sus estatutos; y, (4) la liquidación de la Sociedad y adjudicación de haberes. Reemplazan artículos Segundo y Sexto por los siguientes: “SEGUNDO: RAZÓN SOCIAL: La razón social de la sociedad es AGRÍCOLA DEL VALLE DEL LIMARÍ LIMITADA, EN LIQUIDACIÓN.”; “SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de $877.862.996, que los socios han aportado de la siguiente manera: /a/ don JORGE FRANCISCO UGARTE ABREGO aportó $869.084.366, suma que se encuentra íntegramente pagada y que representa el 99% del capital social; y /b/ MARIANA DE FÁTIMA BURGOS ROMERO aportó $8.778.630, suma que se encuentra íntegramente pagada y que representa el 1% del capital social.”. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Santiago, 6 de enero de 2024.

ModificaciónDiario Oficial · 2022-03-25Ver PDF (CVE 2103635)

Información societaria

Ltda
Duración: cinco años contados desde la fecha de su constitución, prorrogado tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales de cinco años
Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio Jorge Francisco Ugarte Abrego y en caso de incapacidad sobreviniente, ausencia por un periodo de seis meses o fallecimiento, corresponderá a uno cualquiera de los socios de la Sociedad.

Objeto social

La sociedad tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, de las siguientes operaciones y/o actividades: la explotación primaria de productos del reino animal o vegetal, de predios agrícolas, a través de productos agrícolas y ganaderos, cría de ganado, cultivos forestales, siembra y producción de todo tipo de productos hortofrutícolas, cereales, hortalizas, semillas, oleaginosos y todo otro tipo de fruto de la agricultura; la planificación, administración, ejecución, desarrollo, gestión, comercialización y explotación de proyectos y negocios inmobiliarios y de bienes inmuebles; y la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles.

Capital

Capital total

$200.000

Capital pagado

$200.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Jorge Francisco Ugarte Abrego

Socio

99%

Mariana de Fátima Burgos Romero

Socio

1%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 1 de enero de 2005

    Se indica que el extracto original de la sociedad se encuentra inscrito en el Registro de Comercio en el año 2005.

Texto oficial del extracto

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº 4.886, Comuna de San Miguel certifica que: Por escritura pública de fecha 4 de marzo de 2022, bajo el repertorio número 1206 – 2022, el señor Jorge Francisco Ugarte Abrego y la señora Mariana de Fátima Burgos Romero, ambos domiciliados en calle Alcántara 271, piso 10, Las Condes, Santiago, acordaron repactar los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada AGRÍCOLA VALLE DEL LIMARÍ LIMITADA, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 433v, número 306 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año 2005. De los estatutos repactados se extracta lo siguiente: Razón social: “AGRÍCOLA VALLE DEL LIMARÍ LIMITADA”. Objeto: La sociedad tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, de las siguientes operaciones y/o actividades: /a/ la explotación primaria de productos del reino animal o vegetal, de predios agrícolas, a través de productos agrícolas y ganaderos, cría de ganado, cultivos forestales, siembra y producción de todo tipo de productos hortofrutícolas, cereales, hortalizas, semillas, oleaginosos y todo otro tipo de fruto de la agricultura; /b/ La planificación, administración, ejecución, desarrollo, gestión, comercialización y explotación de proyectos y negocios inmobiliarios y de bienes inmuebles; y /c/ la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogar la duración de la Sociedad. Capital: El capital social asciende a la suma de 200.000 pesos, aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: /a/ don Jorge Francisco Ugarte Abrego aportó 198.000 pesos, suma que se encuentra íntegramente pagada y que representa el 99% del capital social; y /b/ doña Mariana de Fátima Burgos Romero aportó 2.000 pesos, suma que se encuentra íntegramente pagada y que representa el 1% del capital social. Administración y uso de la razón social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio Jorge Francisco Ugarte Abrego y en caso de incapacidad sobreviniente, ausencia por un periodo de seis meses o fallecimiento, corresponderá a uno cualquiera de los socios de la Sociedad. Limitación de responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de marzo de 2022.

Actuaciones recientes

  1. DISOLUCIÓN

    AGRÍCOLA VALLE DEL LIMARÍ LIMITADA

    CVE 2441002

  2. MODIFICACIÓN

    AGRÍCOLA VALLE DEL LIMARÍ LIMITADA

    CVE 2103635

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial