Carlos Gonzalez Barriga Y Compañía Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$4.000.000
Capital pagado
$2.610.000
Capital pendiente
$1.390.000
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 25% | $1.000.000 |
Ignacia Fernanda González Aranda Socio 18.xxx.xxx-1 | 18.xxx.xxx-1 | 25% | $1.000.000 |
Socio 20.xxx.xxx-k | 20.xxx.xxx-k | 25% | $1.000.000 |
María Fernanda González Aranda Socio 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | 25% | $1.000.000 |
Historia societaria relatada
- Cambio de capital· 20 de mayo de 2019
Se menciona una modificación social previa de fecha 20 de mayo de 2019 relacionada con un aumento de capital no enterado por Carlos González Barriga.
Texto oficial del extracto
IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público, Titular de la 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, certifica: Por escritura pública de 24 de diciembre de 2019, otorgada ante mí suplente, doña Verónica Torrealba Costabal, don CARLOS GONZÁLEZ BARRIGA, cédula de identidad Nº9.755.820-5, domiciliado en calle Guardia Vieja 255 oficina 1.601, de la Comuna de Providencia, Región Metropolitana, doña MARÍA FERNANDA ARANDA CANALES, cédula de identidad Nº10.639.220-K, doña IGNACIA FERNANDA GONZÁLEZ ARANDA, cédula de identidad Nº18.275.223-1 y don VICENTE GONZÁLEZ ARANDA, cédula de identidad Nº20.664.219-K, estos últimos, todos domiciliados en calle Camino El Piden N°3703, de la Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad CARLOS GONZALEZ BARRIGA Y COMPAÑÍA LIMITADA, que rola inscrita a fojas 31.255 N° 22.429 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2005. Las modificaciones consisten en: Uno) Acordar disminuir el capital social en la suma de $4.390.000.-, lo que se efectúa con cargo al socio Carlos González Barriga por la parte del capital no pagada por aquel según modificación social de fecha veinte de mayo de dos mil diecinueve. En consecuencia, queda extinguida dicha cuenta por pagar del socio a la Sociedad y ésta última a su vez nada debe restituir al mismo, ya que ese aumento de capital, en lo que respecta a dicho socio nunca fue enterado. En mérito de la disminución de capital antes citada, el capital de la sociedad queda fijado en la suma de $1.610.000.-. Atendido lo anterior se reemplaza el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.610.000.- que los socios aportan y enteran de la manera siguiente: a) Don Carlos González Barriga, aporta la suma de $950.000.-, íntegramente enterados. b) Doña Ignacia Fernanda González Aranda aporta la suma de $300.000.-, íntegramente enterados; c) don Vicente González Aranda aporta la suma de $300.000.-, íntegramente enterados; y d) Doña María Fernanda González Aranda aporta la suma de $60.000.-, íntegramente enterados. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes: Dos) A renglón seguido, los socios acordaron aumentar el capital de la sociedad en la cantidad de $2.390.000.-, a fin de dejarlo fijado en la suma de $4.000.000.-. Los socios renuncian al derecho preferente a concurrir a prorrata de sus aportes al aumento de capital y han acordado que el mismo, sea pagado de la forma siguiente: i) El socio don Carlos González Barriga se obliga a pagar la suma de $50.000.-, en dinero efectivo o a través de valores o bienes representativos de dinero, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía. ii) La socia doña Ignacia Fernanda González Aranda, se obliga a pagar la suma de $700.000.-, en dinero efectivo o a través de valores o bienes representativos de dinero, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía; iii) El socio don Vicente González Aranda, se obliga a pagar la suma de $700.000.-, en dinero efectivo o a través de valores o bienes representativos de dinero, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía; y iv) La socia doña María Fernanda Aranda Canales, se obliga a pagar la suma de $940.000.-, en dinero efectivo o a través de valores o bienes representativos de dinero, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía. Atendido lo anterior se reemplaza el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $4.000.000.- que los socios aportan y enteran de la manera siguiente: a) Don Carlos González Barriga, aporta la suma de $1.000.000.-, de los cuales $950.000.- se encuentran íntegramente enterados y la suma de $50.000.-, serán pagados en dinero efectivo o valores o bienes representativos de dinero dentro del plazo de tres años y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía. b) Doña Ignacia Fernanda González Aranda aporta la suma de $1.000.000.-, de los cuales $300.000.- se encuentran íntegramente enterados con anterioridad y la suma de $700.000.- serán pagados en dinero efectivo o valores o bienes representativos de dinero dentro del plazo de tres años y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía; c) don Vicente González Aranda aporta la suma de $1.000.000.-, de los cuales $300.000.- se encuentran íntegramente enterados con anterioridad y la suma $700.000.- serán pagados en dinero efectivo o valores o bienes representativos de dinero dentro del plazo de tres años y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía; y d) Doña María Fernanda González Aranda aporta la suma de $1.000.000.-, de los cuales $60.000.- se encuentran íntegramente enterados con anterioridad y la suma de $940.000.- serán pagados en dinero efectivo o valores o bienes representativos de dinero dentro del plazo de tres años y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes”. En consecuencia, la sociedad “CARLOS GONZALEZ BARRIGA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, queda compuesta por los socios don Carlos González Barriga, con un 25% de los derechos sociales, doña Ignacia Fernanda González Aranda con un 25% por ciento de los derechos sociales, don Vicente González Aranda con un 25% de los derechos sociales y por doña María Fernanda Aranda Canales con un 25% de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de febrero de 2020.
Información societaria
Capital
Capital total
$6.000.000
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 89% | $5.340.000 |
Ignacia Fernanda González Aranda Socio 18.xxx.xxx-1 | 18.xxx.xxx-1 | 5% | $300.000 |
Socio 20.xxx.xxx-k | 20.xxx.xxx-k | 5% | $300.000 |
Socio 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | 1% | $60.000 |
Texto oficial del extracto
IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público, Titular de la 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, certifica: Por escritura pública de 20 de mayo de 2019, otorgada ante mí, don CARLOS GONZÁLEZ BARRIGA, cédula de identidad Nº9.755.820-5, domiciliado en calle Guardia Vieja 255 oficina 1.601, de la Comuna de Providencia, Región Metropolitana, doña MARÍA FERNANDA ARANDA CANALES, cédula de identidad Nº10.639.220-K, doña IGNACIA FERNANDA GONZÁLEZ ARANDA, cédula de identidad Nº18.275.223-1 y don VICENTE GONZÁLEZ ARANDA, cédula de identidad Nº20.664.219-K, estos últimos, todos domiciliados en calle Camino El Piden N°3703, de la Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad CARLOS GONZALEZ BARRIGA Y COMPAÑÍA LIMITADA, que rola inscrita a fojas 31.255 N° 22.429 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2005. Las modificaciones consisten en permitir el ingreso de don Vicente González Aranda como nuevo socio de la Compañía y acordar el aumento del capital social de la Compañía de $1.000.000.- a la suma de $6.000.000.- renunciando los socios al derecho preferente a concurrir a prorrata de sus aportes al aumento de capital, acordando que el mismo fuera pagado de la forma siguiente: i) El nuevo socio don Vicente González Aranda pagó en el acto, de contado y en dinero efectivo, la suma de $300.000.-; ii) La socia doña Ignacia Fernanda González Aranda pagó de contado y en dinero efectivo la suma de $260.000.-; iii) La socia doña María Fernanda Aranda Canales pagó de contado y en dinero en efectivo la suma de $50.000.-; y iv) El socio don Carlos González Barriga se obligó a pagar el saldo, ascendente a $4.390.000.-, en dinero efectivo o a través de valores o bienes representativos de dinero, dentro del plazo de tres años a contar de esa fecha y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía. Atendido lo anterior se reemplazó el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $6.000.000.- que los socios aportan y enteran de la manera siguiente: a) Don Carlos González Barriga, aporta la suma de $5.340.000.-, de los cuales $950.000.- se encuentran íntegramente enterados y la suma de $4.390.000.-, serán pagados en dinero efectivo o valores o bienes representativos de dinero dentro del plazo de tres años y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía. b) Doña Ignacia Fernanda González Aranda aporta la suma de $300.000.-, de los cuales $40.000.- se encuentran íntegramente enterados con anterioridad y la suma de $260.000.- se pagan de contado y en dinero efectivo en este acto; c) don Vicente González Aranda aporta la suma de $300.000.-, que paga de contado y en dinero en efectivo en este acto; y d) Doña María Fernanda González Aranda aporta la suma de $60.000.-, de los cuales $10.000.- se encuentran íntegramente enterados con anterioridad y la suma de $50.000.- se pagan de contado y en dinero efectivo en este acto. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En consecuencia, la sociedad “CARLOS GONZALEZ BARRIGA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, queda compuesta por los socios don Carlos González Barriga, con un 89% de los derechos sociales, doña Ignacia Fernanda González Aranda con un 5% de los derechos sociales, don Vicente González Aranda con 5% de los derechos sociales y por doña María Fernanda Aranda Canales con un 1% por ciento de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de mayo de 2019.
Información societaria
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Carlos Eduardo González Barriga Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Ignacia Fernanda González Aranda Socio | - | - | - |
Administradores (2)
Carlos Eduardo González Barriga
Ignacia Fernanda González Aranda
Historia societaria relatada
- Constitución· 25 de agosto de 2005
Se constituyó la sociedad Carlos Gonzalez Barriga y Compañía Limitada.
Carlos Eduardo González Barriga · María Fernanda Aranda Canales · Ignacia Fernanda González Aranda
Texto oficial del extracto
IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público, Titular de la 33ª Notaría de Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, certifica: Por escritura pública de 30 de noviembre de 2016, otorgada ante mí, don CARLOS EDUARDO GONZÁLEZ BARRIGA, MARÍA FERNANDA ARANDA CANALES y doña IGNACIA FERNANDA GONZÁLEZ ARANDA, todos domiciliados para estos efectos en calle Basel N° 4.603-Ñ, de la Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad CARLOS GONZALEZ BARRIGA Y COMPAÑÍA LIMITADA, que rola inscrita a fojas 31.255 N° 22.429 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2005 y acordaron lo siguiente: Modificar el Artículo CUARTO de los estatutos sociales, a fin de establecer que la administración y uso de la razón social, corresponderá al socio Carlos Eduardo González Barriga y a la socia Ignacia Fernanda González Aranda, actuando separada e indistintamente, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán y obligarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades, todas ellas señaladas en escritura de constitución social de fecha 25 de agosto de 2005, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, Repertorio N° 7.473-05. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de noviembre de 2016.
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