Constructora Y Servicios Rojas Lyon Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
todo lo relacionado con las Construcciones Civiles, Metalúrgicas y Metalmecánica, Montajes, Transporte, Compra y Venta de desechos ferrosos o no, Prestar Servicios dirigidos a la industria de la construcción metálica y civil
Capital
Capital total
$18.000.000
Capital pagado
$18.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
100
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 3 de abril de 2014
Constitución de CONSTRUCTORA Y SERVICIOS ROJAS LYON LIMITADA.
- Transformación· 13 de septiembre de 2022
La sociedad se transforma en sociedad por acciones, pasando a denominarse CONSTRUCTORA Y SERVICIOS ROJAS LYON SpA, con capital de $18.000.000 dividido en 100 acciones.
Texto oficial del extracto
FRANCISCA ÁLVAREZ HURTADO, Titular Notaría de Peñaflor, Arturo Prat #75, Peñaflor, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de Septiembre del año en curso, comparecieron ante mí: CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA, Abtao 75, Estación Central, VICTOR HUGO ROJAS MOYA, Thompson 949, Padre Hurtado, transformaron a sociedad por acciones, CONSTRUCTORA Y SERVICIOS ROJAS LYON LIMITADA, Rol Único Tributario 76.340.401-3, constituida el 03/04/2014, 9 Notaria Stgo, inscrita a fs. 30.885, N°19.295 Reg. Com. CBR Stgo. año 2014. Sociedad transformada: CONSTRUCTORA Y SERVICIOS ROJAS LYON SpA, pudiendo usar Rojas Lyon SpA., el objeto sociedad será todo lo relacionado con las Construcciones Civiles, Metalúrgicas y Metalmecánica, Montajes, Transporte, Compra y Venta de desechos ferrosos o no, Prestar Servicios dirigidos a la industria de la construcción metálica y civil, capital de la sociedad $18.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas de única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 14 de Septiembre de 2022.
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
Administradores (2)
Historia societaria relatada
- Fallecimiento
Se alude a la sucesión de Víctor Guillermo Rojas Duran como causante de derechos sociales.
- Otro acto
Se realiza partición parcial de los derechos sociales de Víctor Guillermo Rojas Duran y se adjudican a varios herederos.
VÍCTOR GUILLERMO ROJAS DURAN · MARÍA DEL CARMEN MOYA MORALES · MARÍA LUISA ROJAS MOYA · VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA · CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA
- Retiro de socio
María Luisa Rojas Moya y María del Carmen Moya Morales se retiran y ceden sus derechos a Claudio Antonio Rojas Moya y Víctor Hugo Rojas Moya.
MARÍA LUISA ROJAS MOYA · MARÍA DEL CARMEN MOYA MORALES · CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA · VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA
Texto oficial del extracto
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA, domiciliado en calle Abtao 75, comuna de Estación Central, Santiago; VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA, domiciliado en calle Thompson 949, comuna de Padre Hurtado, paso ésta, ambos, por sí y en su calidad de herederos de don VICTOR GUILLERMO ROJAS DURAN; MARÍA LUISA ROJAS MOYA, y MARÍA DEL CARMEN MOYA MORALES, ambas domiciliadas en calle Abtao 75, comuna de Estación Central, Santiago; estas últimas, en su calidad de herederas de don VÍCTOR GUILLERMO ROJAS DURAN. En su condición de actuales socios. modifican la sociedad “CONSTRUCTORA Y SERVICIOS ROJAS LYON LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 3 de Abril de 2014, otorgada en la Notaría de Santiago de don Pablo González Caamaño y cuyo extracto se inscribió a fojas 30.885, número 19.295 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2014. Modificaciones consisten en lo siguiente: 1.- En escritura de partición y modificación, socios realizan partición parcial de derechos de don VÍCTOR GUILLERMO ROJAS DURAN, correspondientes al 34 por ciento de los derechos en la sociedad, adjudicándolos del modo siguiente: a) MARÍA DEL CARMEN MOYA MORALES, se le adjudica el 40% de los derechos que don Víctor Guillermo Rojas Duran poseía en la sociedad, correspondiente al 13,6% de los derechos. b) MARÍA LUISA ROJAS MOYA, se le adjudica el 20% de los derechos que don Víctor Guillermo Rojas Duran poseía en la sociedad, correspondiente al 6,8% de los derechos. c) VICTOR HUGO ROJAS MOYA, se le adjudica el 20% de los derechos que don Víctor Guillermo Rojas Duran poseía en la sociedad, correspondiente al 6,8% de los derechos, y d) CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA, se le adjudica el 20% de los derechos que don Víctor Guillermo Rojas Duran poseía en la sociedad, correspondiente al 6,8% de los derechos en la sociedad. 2.- Doña MARÍA LUISA ROJAS MOYA, y doña MARÍA DEL CARMEN MOYA MORALES dueños del 6,8% y del 13,6% de los derechos sociales respectivamente, se retiran de la sociedad y venden, ceden y transfieren todos sus derechos sociales a los señores CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA y VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí por partes iguales, en los términos y condiciones que se detallan en la escritura de modificación. En consecuencia, y por la razón expresada precedentemente, la sociedad que se modifica continuará con los únicos socios CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA con el 50 por ciento de los derechos sociales y VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA con el 50 por ciento de los derechos sociales. 3.- Los actuales y únicos socios vienen en modificar la cláusula Sexta del pacto social relativa a la administración, en el sentido que a contar de esta fecha, la administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación legal corresponderá a los señores don CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA y don VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA, quienes actuando separada o conjuntamente y anteponiendo a sus firmas la razón social de la sociedad podrán realizar toda clase de actos y contratos con amplísimas facultades. En todo lo no modificado en la presente escritura, se mantiene el pacto social vigente, conforme a las escrituras de constitución y modificación primitivas referidas en la cláusula primera de esta escritura. Demas antecedentes escritura extractada. Santiago, 08 de Febrero de 2021. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 50% | - |
Administradores (2)
Historia societaria relatada
- Constitución· 3 de abril de 2014
Se constituyó la sociedad CONSTRUCTORA Y SERVICIOS ROJAS LYON LIMITADA.
- Retiro de socio
MARÍA LUISA ROJAS MOYA y MARÍA DEL CARMEN MOYA MORALES se retiran y ceden todos sus derechos sociales.
MARÍA LUISA ROJAS MOYA · MARÍA DEL CARMEN MOYA MORALES · CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA · VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA
Texto oficial del extracto
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41a Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA domiciliado en calle Abtao 75, comuna de Estación Central, Santiago; VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA, domiciliado en calle Thompson 949, comuna de Padre Hurtado, doña MARÍA LUISA ROJAS MOYA y doña MARÍA DEL CARMEN MOYA MORALES, ambas domiciliadas en calle Abtao 75, comuna de Estación Central, Santiago; en su condición de actuales socios. modifican la sociedad “CONSTRUCTORA Y SERVICIOS ROJAS LYON LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 3 de Abril de 2014, otorgada en la notaría de Santiago de don Pablo González Caamaño y cuyo extracto se inscribió a fojas 30885, número 19295 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2014. Modificaciones consisten en lo siguiente: 1.- Doña MARÍA LUISA ROJAS MOYA, y doña MARÍA DEL CARMEN MOYA MORALES dueños del 6,8 y del 13,6 por ciento de los derechos sociales respectivamente, se retiran de la sociedad y venden, ceden y transfieren todos sus derechos sociales a los señores CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA y VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí por partes iguales, en los términos y condiciones que se detallan en la escritura de modificación. En consecuencia, En consecuencia, y por la razón expresada precedentemente, la sociedad que se modifica continuará con los únicos socios CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA con el 50 por ciento de los derechos sociales y VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA con el 50 por ciento de los derechos sociales. 2.- Los actuales y únicos socios vienen en modificar la cláusula Sexta del pacto social relativa a la administración, en el sentido que a contar de esta fecha, la administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación legal corresponderá a los señores don CLAUDIO ANTONIO ROJAS MOYA y don VÍCTOR HUGO ROJAS MOYA, quienes actuando separada o conjuntamente y anteponiendo a sus firmas la razón social de la sociedad podrán realizar toda clase de actos y contratos con amplísimas facultades.En todo lo no modificado en la presente escritura, se mantiene el pacto social vigente, conforme a las escrituras de constitución y modificación primitivas referidas en la cláusula primera de esta escritura. Demás antecedentes escritura extractada. Santiago, 8 de Febrero de 2021. Alejandro Américo Álvarez Barrera. N.P.S.
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