Sociedad Comercial Jpc Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, actividades de acopio y compactación de lana sucia de oveja; compra, venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de bienes y/o servicios; explotación de patentes, modelos de utilidad, software, marcas, diseños y modelos industriales; inversiones y negocios sobre bienes muebles o inmuebles; mandatos, comisiones y consignaciones; y actividades complementarias, anexas, análogas o relacionadas.
Capital
Total capital
$4.000.000
Paid-in capital
$4.000.000
Pending capital
$0
Shares
4,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
JUAN PABLO GABRIEL COROMINA VAN REES Accionista | - | 100% | $4.000.000 |
Administrators (1)
JUAN PABLO GABRIEL COROMINA VAN REES
Corporate history on record
- Incorporation· April 17, 2014
Constitución original de Sociedad Comercial JPC y Compañía Limitada.
- Other act· April 27, 2015
Primera modificación de la sociedad.
- Other act· August 26, 2015
Segunda modificación de la sociedad.
- Transfer of rights
María Consuelo Gabriela Coromina Van Rees cede la totalidad de su participación a Juan Pablo Gabriel Coromina Van Rees.
MARÍA CONSUELO GABRIELA COROMINA VAN REES · JUAN PABLO GABRIEL COROMINA VAN REES
- Transformation
La sociedad limitada se transforma en una sociedad por acciones denominada Los Andes Wool SpA.
Official extract text
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Santiago, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de enero de 2020, ante mí, Don JUAN PABLO GABRIEL COROMINA VAN REES, Esquilo número seiscientos veinte, Comuna de San Joaquín y doña MARÍA CONSUELO GABRIELA COROMINA VAN REES, Camino Las Flores número nueve mil ochocientos seis, Comuna de Las Condes; modifican sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD COMERCIAL JPC Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “COMERCIAL JPC Y CÍA. LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha diecisiete de Abril del año dos mil catorce, otorgada ante el Notario de Santiago don Felix Jara Cadot, un extracto se inscribió a fojas veintiocho mil novecientos noventa y dos número dieciocho mil ciento veintiuno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil catorce, y publicado en el Diario Oficial de fecha veintidós de Abril del año dos mil catorce. Posteriormente “LA SOCIEDAD” fue objeto de una modificación, la que fue practicada por escritura pública de fecha veintisiete de abril del año dos mil quince, otorgada en la notaría de Santiago de don Felix Jara Cadot, cuyo extracto se inscribió a fojas treinta y cinco mil ciento ochenta y uno, número veinte mil ochocientos treinta y tres, en el Registro de Comercio correspondiente al año dos mil quince, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial del día dieciséis de mayo del año dos mil quince; Posteriormente, “LA SOCIEDAD” fue objeto de otra modificación, la que fue practicada por escritura pública de fecha veintiséis de agosto del año dos mil quince, otorgada en la notaría de Santiago de don Felix Jara Cadot, cuyo extracto se inscribió a fojas sesenta y siete mil novecientos cuarenta y ocho, número treinta y nueve mil seiscientos diecisiete, en el Registro de Comercio correspondiente al año dos mil quince, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial del día catorce de Septiembre del año dos mil quince. Socios. En la actualidad los únicos socios de “SOCIEDAD COMERCIAL JPC Y COMPAÑÍA LIMITADA”, son don JUAN PABLO GABRIEL COROMINA VAN REES, con el noventa y cinco por ciento de los derechos sociales y doña MARÍA CONSUELO GABRIELA COROMINA VAN REES, con el restante cinco por ciento de los derechos sociales.- Cesión de derechos sociales. Socia doña MARÍA CONSUELO GABRIELA COROMINA VAN REES, vende, cede y transfiere la totalidad de su participación en la Sociedad, equivalente al cinco por ciento del haber social, a don JUAN PABLO GABRIEL COROMINA VAN REES, quien la compra, acepta y adquiere para sí. Precio. doscientos mil pesos, contado.- Como consecuencia de la cesión, queda como único socio don JUAN PABLO GABRIEL COROMINA VAN REES, concentrando en su persona la totalidad del haber social, equivalente al cien por ciento de los derechos sociales, quien en este acto, viene en transformar “SOCIEDAD COMERCIAL JPC Y COMPAÑÍA LIMITADA”, en una Sociedad por Acciones. Nombre: “LOS ANDES WOOL SpA”. Nombre de fantasía “LAWOOL SpA”. Domicilio legal será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Objeto de la sociedad será, desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Servicio de acopio y compactación de lana sucia de oveja; b) La compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; d) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; e) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y f) En general, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad anexa, análoga y/o complementaria de las anteriores que los socios de común acuerdo determinen. Duración de la sociedad será de cinco años y comienza su giro a partir de esta fecha. Vencido este plazo, se entenderá prorrogado automática y sucesivamente por períodos de cinco años cada uno, a menos que alguno de los socios expresare su voluntad de no continuar, en la forma que se indica pacto que se extracta.- Capital de la sociedad es la suma de cuatro millones de pesos, dividido en cuatro mil acciones todas nominativas de igual valor y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan en la forma: a) don JUAN PABLO GABRIEL COROMINA VAN REES, suscribe cuatro mil acciones, equivalentes a cuatro millones de pesos, que corresponde al cien por ciento del capital social, ingresados en arcas de la empresa con anterioridad a esta fecha.- Los accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes.- La administración, la representación y uso de la razón social, corresponderá a don JUAN PABLO GABRIEL COROMINA VAN REES, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Santiago, 14 de febrero de 2020.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL JPC Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1728104
