Of Química SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Ações
13.000
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO Accionista 4.xxx.xxx-5 | 4.xxx.xxx-5 | 40.38461538461539% | - |
Accionista 9.xxx.xxx-2 | 9.xxx.xxx-2 | 57.69230769230769% | - |
NATALIA VERÓNICA ARANCIBIA YAMETTI Accionista 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 17.30769230769231% | - |
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior MÓNICA LORENA FIGUEROA CARVAJAL, Notaria Titular de la Primera Notaría de Vitacura, con Oficio en Av. Vitacura N°6.844, Nivel – 1, Vitacura, certifico: Por escritura de fecha 02 de marzo del 2026, bajo el Repertorio 553, comparecieron ante mí LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO, chileno, casado, químico farmacéutico, cédula nacional de identidad número cuatro millones ciento ochenta y un mil novecientos ochenta y cinco guión cinco, domiciliado en calle Caribes número dos mil doscientos setenta, comuna de Vitacura, por cinco mil doscientas cincuenta acciones; don RENATO FRANCISCO WEISS MOLINA, chileno, casado, bioquímico, cédula nacional de identidad número nueve millones ciento ochenta y dos mil novecientos setenta y seis guión dos, domiciliado en calle Fernando de Arguello número ocho mil setecientos siete, departamento número setecientos cuatro, comuna de Vitacura, por siete mil quinientas acciones y doña NATALIA VERÓNICA ARANCIBIA YAMETTI, chilena, casada y separada de bienes, odontóloga, cédula de identidad número trece millones trescientos treinta y cinco mil doscientos guión siete, domiciliada en calle Caribes número dos mil doscientos setenta, comuna de Vitacura, por dos mil doscientas cincuenta acciones, quienes redujeron a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “OF QUÍMICA SpA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trescientos treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y dos mil guión cinco, celebrada con misma fecha, ante la Notaria Publica de Santiago doña Mónica Lorena Figueroa Carvajal. Los comparecientes en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad "OF QUÍMICA SpA" acordaron modificar los estatutos sociales en los siguientes términos: a) que se agrega a continuación del actual Artículo Quinto, el “ARTÍCULO QUINTO BIS, del siguiente tenor: ARTÍCULO QUINTO BIS: Pacto de Regulación de la Transferencia de Acciones. En el caso que un accionista desee vender, ceder o transferir el total o parte de sus acciones, deberá ofrecerlas en primera instancia y por escrito, en virtud de lo estipulado en el artículo décimo noveno de los estatutos, a los demás accionistas de la sociedad. La oferta deberá indicar el precio, condiciones de pago y demás términos de la transferencia. Los accionistas tendrán un plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la oferta, para manifestar por escrito su intención de adquirir la totalidad de las acciones ofrecidas, o a prorrata de su porcentaje de participación en la sociedad, en caso que todos los demás accionistas quisieran adquirirlas. En caso de que un accionista no manifieste su interés o sólo lo haga parcialmente, el remanente de las acciones podrá ser ofrecido a los demás accionistas en las mismas condiciones establecidas. Si existiera más de un accionista interesado en adquirir las acciones ofrecidas, y alguno de ellos fuera cónyuge, ascendiente o descendiente del accionista vendedor, este último tendrá preferencia absoluta para adquirirlas por sobre los demás. En caso que los socios no ejerzan su derecho de preferencia dentro del plazo estipulado, el accionista vendedor quedará en libertad de ofrecer las acciones a un tercero, pero no podrá hacerlo por un precio y/o condiciones más favorables que las ofrecidas a los socios. Para el caso de un tercero, el adquirente deberá manifestar expresamente su total conocimiento y adhesión a los estatutos de la sociedad, y b) Asimismo: que se agrega a continuación del Artículo Quinto Bis el “ARTÍCULO QUINTO TER, del siguiente tenor: ARTÍCULO QUINTO TER: Pacto de Compra Obligatoria y Salida Forzada: Un accionista que hubiere manifestado su intención de vender la totalidad de sus acciones y que, habiendo cumplido con el procedimiento de preferencia establecido en el Artículo Quinto Bis, no hubiere logrado la enajenación del total de dichas acciones, ni a los demás accionistas, ni a terceros interesados en el mercado dentro de un plazo de ciento veinte días corridos, contados desde la notificación inicial de venta a los socios, tendrá el derecho de exigir a la sociedad OF QUÍMICA SpA la compra obligatoria de la totalidad de sus acciones remanentes, bajo las condiciones que se establecen a continuación. Precio de Adquisición: El precio de las acciones para esta compra obligatoria será su Valor Libro, calculado según el último balance general aprobado por la sociedad. Las partes acuerdan que este será el valor único y final de la transacción. Instrumentación y Condiciones de Pago; Instrumento de Deuda: El precio total de las acciones se pagará al accionista vendedor en la fecha de transferencia de las acciones a la sociedad. Dicho pago se formalizará mediante la firma de un pagaré o un instrumento de reconocimiento de deuda a favor del vendedor. Valor y Moneda: La deuda se expresará en Unidades de Fomento (UF). Tasa de Interés: El presente instrumento de deuda generará intereses calculados sobre el saldo adeudado. La tasa de interés aplicable será la Tasa de Interés Corriente (TIC) para operaciones reajustables, vigente al momento de la suscripción, según la determinación de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) de Chile. Obligación Condicional de Pago: El pago de la deuda, ya sea en una única o en múltiples cuotas periódicas y consecutivas según se establezca en el instrumento, se condicionará explícitamente a que la sociedad disponga de utilidades líquidas distribuibles o reservas voluntarias, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis de Sociedades Anónimas. Bajo ninguna circunstancia el pago de dichas cuotas podrá afectar o comprometer el capital social de la compañía. Límite de Utilidades: En caso de que la sociedad no disponga de reservas suficientes, el importe de la cuota o cuotas mensuales no podrá exceder el veinticinco por ciento de las utilidades líquidas después de impuestos generadas por la sociedad durante el ejercicio del año contable inmediatamente anterior al del pago. Si este veinticinco por ciento no fuese suficiente para cubrir la totalidad del monto adeudado, el saldo se postergará automáticamente a los períodos siguientes con utilidades suficientes hasta su completo pago. Dicha prórroga no generará intereses moratorios adicionales por esta sola condición. Amortización: Una vez adquiridas, las acciones deberán ser amortizadas por la sociedad, con la consecuente reducción del capital social y modificación estatutaria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis de Sociedades Anónimas. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Vitacura, 10 de marzo del 2026.
Informações societárias
Objeto social
efectuar operaciones de importación, distribución, comercialización, representación, compra y venta de equipos médicos y de laboratorio e industriales, como de toda clase de productos e insumos químicos, la fabricación e instalación del mismo tipo de equipos y productos, y la prestación de servicio técnico a los mismos y de asesorías relacionadas y en general desarrollar toda clase de actividades relacionadas directa o indirectamente con lo anterior y que los socios acuerden
Capital
Capital total
$15.000.000
Capital integralizado
$15.000.000
Capital pendente
$0
Ações
15.000
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO Accionista 4.xxx.xxx-5 | 4.xxx.xxx-5 | 35% | $5.250.000 |
Accionista 9.xxx.xxx-2 | 9.xxx.xxx-2 | 50% | $7.500.000 |
NATALIA VERÓNICA ARANCIBIA YAMETTI Accionista 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 15% | $2.250.000 |
Administradores (1)
LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO
Histórico societário relatado
- Constituição· 10 de abril de 2014
Constitución de Arancibia y Weiss Químicos Limitada con capital de $15.000.000
LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO · RENATO FRANCISCO WEISS MOLINA
- Outro ato· 2 de março de 2016
La sociedad fue modificada mediante escritura de 2 de marzo de 2016
- Cessão de direitos
Luis Fernando Arancibia Mercado cede el 15% de sus derechos sociales a Natalia Verónica Arancibia Yametti
LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO · NATALIA VERÓNICA ARANCIBIA YAMETTI
- Transformação· 23 de julho de 2019
La sociedad limitada se transforma en una SpA denominada OF Química SpA
LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO · RENATO FRANCISCO WEISS MOLINA · NATALIA VERÓNICA ARANCIBIA YAMETTI
Texto oficial do extrato
LUIS POZA MALDONADO, Notario Público Santiago, Avda. Vitacura 6844 Vitacura, certifico: Por escritura de hoy ante mí, LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO, domiciliado en calle Caribes número dos mil doscientos setenta, comuna de Vitacura; don RENATO FRANCISCO WEISS MOLINA, domiciliado en calle Fernando de Arguello número ocho mil setecientos siete, departamento setecientos cuatro, Comuna de Vitacura; y doña NATALIA VERÓNICA ARANCIBIA YAMETTI, domiciliada en calle Caribes número dos mil doscientos setenta, comuna de Vitacura, modificaron y transformaron sociedad “Arancibia y Weiss Químicos Limitada”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y dos guión cinco, con un capital social de quince millones de pesos, totalmente suscritos y pagados. Su extracto se inscribió a fojas veintiséis mil ciento cinco número dieciséis mil cuatrocientos veintiséis en el Registro de Comercio del año dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial de fecha diez de abril de dos mil catorce.- Posteriormente, la sociedad fue modificada mediante fecha dos de marzo de dos mil dieciséis, ante el Notario de Santiago don Eulogio Baeza Gutiérrez, su extracto se inscribió a fojas veinte mil doscientos sesenta y dos número once mil doscientos treinta y uno en el Registro de Comercio del año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.- Son al día de hoy los únicos y actuales socios de la sociedad: don Luis Fernando Arancibia Mercado y don Renato Francisco Weiss Molina, con el cincuenta por ciento de los derechos de participación social para cada uno.- Don Luis Fernando Arancibia Mercado, dueño del cincuenta por ciento del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el quince por ciento del total de los derechos a doña Natalia Verónica Arancibia Yametti, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Con motivo de la cesión que antecede, ingresa a la sociedad doña Natalia Veronica Arancibia Yametti, y quedan a partir de hoy como actuales socios: don Luis Fernando Arancibia Mercado, con el treinta y cinco por ciento de los derechos sociales, don Renato Francisco Weiss Molina, con el cincuenta por ciento de los derechos sociales y doña Natalia Veronica Arancibia Yametti con el quince por ciento de los derechos sociales. Los actuales socios acuerdan Transformar la sociedad Limitada en una Sociedad por Acciones, conforme a las bases que se expresan a continuación, Por el presente instrumento don LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO, chileno, casado, químico farmacéutico, cédula de identidad número cuatro millones ciento ochenta y un mil novecientos ochenta y cinco guión cinco, domiciliado en calle Caribes número dos mil doscientos setenta, comuna de Vitacura; don RENATO FRANCISCO WEISS MOLINA, chileno, casado, bioquímico, cédula de identidad número nueve millones ciento ochenta y dos mil novecientos setenta y seis guión dos, domiciliado en calle Fernando de Arguello número ocho mil setecientos siete, departamento setecientos cuatro, Comuna de Vitacura; y doña NATALIA VERÓNICA ARANCIBIA YAMETTI, chilena, casada y separada de bienes, odontóloga, cédula de identidad número trece millones trescientos treinta y cinco mil doscientos guión siete, domiciliada en calle Caribes número dos mil doscientos setenta, comuna de Vitacura, vienen en constituir una sociedad por acciones, Se constituye una sociedad por acciones, denominada: “OF Química SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “OF Química SpA”.- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. La sociedad tendrá duración indefinida, a contar de la fecha del presente instrumento. La sociedad tendrá por objeto: efectuar operaciones de importación, distribución, comercialización, representación, compra y venta de equipos médicos y de laboratorio e industriales, como de toda clase de productos e insumos químicos, la fabricación e instalación del mismo tipo de equipos y productos, y la prestación de servicio técnico a los mismos y de asesorías relacionadas y en general desarrollar toda clase de actividades relacionadas directa o indirectamente con lo anterior y que los socios acuerden.- El capital de la sociedad será la suma de quince millones de pesos, divididos en quince mil acciones nominativas y sin valor nominal. Que los socios pagan en el acto en dinero efectivo e ingresan a caja social así: don LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO, aporta la suma de cinco millones doscientos cincuenta mil pesos, correspondientes a cinco mil doscientas cincuenta acciones; don RENATO FRANCISCO WEISS MOLINA, aporta la suma de siete millones quinientos mil pesos, correspondientes a siete mil quinientas acciones y doña NATALIA VERONICA ARANCIBIA YAMETTI, aporta la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, correspondientes a dos mil doscientas cincuenta acciones. Se designa en forma definitiva para el cargo de Gerente General a don LUIS FERNANDO ARANCIBIA MERCADO, quién tendrá la administración, representación y uso del nombre de la sociedad y del nombre de fantasía, con don RENATO FRANCISCO WEISS MOLINA y con doña NATALIA VERONICA ARANCIBIA YAMETTI, quienes actuarán DOS CONJUNTAMENTE cualesquiera de los tres, en todas y cada de una las facultades contenidas en el artículo sexto del presente estatuto. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 23 de Julio del 2019.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
OF QUÍMICA SpA
CVE 2800008
- MODIFICACIÓN
Arancibia y Weiss Químicos Limitada
CVE 1633199
