Sociedad De Inversiones Jdkb Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; el arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros, ya sea sobre bienes inmuebles amoblados, o bien, sin amoblar; el estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; la ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones y la realización de obras en general; la prestación de servicios de asesorías profesionales y técnicas en materias de ingeniería, financieras, económicas, gerenciales, comerciales, informáticas y administrativas, en todos sus ámbitos y características; el estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos profesionales, industriales, de gestiones habitacionales, de ingeniería, de construcción, en proyectos inmobiliarios, y en otros similares; y realizar por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, operaciones, o negocios, mercantiles, de corretajes e inmobiliarios, quedando expresamente comprendido la importación, representación y exportación de toda clase de bienes, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los socios.
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
José Daniel Krauss Besnier Socio | - | - | - |
Administradores (2)
Jose Daniel Krauss Besnier
Texto oficial del extracto
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de noviembre de 2020, ante mí: don Alejandro Daniel Krauss Opazo y don José Daniel Krauss Besnier, domiciliados en calle Los Tejedores número 120, comuna de La Reina, Región Metropolitana; acordaron modificación de la Sociedad De Inversiones JDKB Limitada, inscrita a fojas 90.903 número 59.229, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2013, en lo relativo al objeto y la administración de la Sociedad, en el siguiente sentido: I. Modificación del Objeto de la Sociedad. Los actuales y únicos socios de la Sociedad De Inversiones JDKB Limitada, acuerdan ampliar el objeto social, incorporando dentro de sus actividades el arrendamiento de bienes inmuebles amoblados o sin amoblar, quedando comprendida la gestión inmobiliaria en todos sus aspectos, de manera que acuerdan sustituir la cláusula tercera de los estatutos sociales relativa al objeto social.- II. Modificación de la Administración de la Sociedad. Los actuales y únicos socios de la Sociedad De Inversiones JDKB Limitada, acuerdan, modificar la administración de la sociedad, la cual corresponderá a don Jose Daniel Krauss Besnier, y a don Alejandro Daniel Krauss Opazo, ambos ya identificados, quienes podrán actuar separada e indistintamente con las más amplias facultades.- III. Modificación de los Estatutos Sociales. En virtud de lo acordado precedentemente, los actuales y únicos socios de la sociedad vienen en reemplazar los siguientes artículos del pacto social: Uno.- el Artículo Tercero relativo al objeto social quedando redactado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /a/ La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; /b/ El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros, ya sea sobre bienes inmuebles amoblados, o bien, sin amoblar; /c/ el estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; /d/ la ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones y la realización de obras en general; /e/ la prestación de servicios de asesorías profesionales y técnicas en materias de ingeniería, financieras, económicas, gerenciales, comerciales, informáticas y administrativas, en todos sus ámbitos y características; el estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos profesionales, industriales, de gestiones habitacionales, de ingeniería, de construcción, en proyectos inmobiliarios, y en otros similares, y /f/ Realizar por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, operaciones, o negocios, mercantiles, de corretajes e inmobiliarios, quedando expresamente comprendido la importación, representación y exportación de toda clase de bienes, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los socios.”; Dos.- El Artículo Noveno relativo a la administración de la sociedad, quedando redactado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO NOVENO: Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Jose Daniel Krauss Besnier, y don Alejandro Daniel Krauss Opazo, quienes actuando individualmente, separada e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Los administradores, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. (….). En todo lo no modificado quedan plenamente vigentes estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de noviembre de 2020.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Sociedad de Inversiones JDKB Limitada
CVE 1854952
