Consorcio Constructor Línea 3 Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$30.000.000
Capital integralizado
$30.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
SOCIEDAD ANÓNIMA DE OBRAS Y SERVICIOS, COPASA AGENCIA EN CHILE Socio 76.062.251-6 | 76.062.251-6 | 50% | $15.000.000 |
APARCAMIENTOS DEL PARROTE, S.A. Socio 59.281.440-4 | 59.281.440-4 | 50% | $15.000.000 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 1 de janeiro de 2013
Se indica que la sociedad está inscrita en el Registro de Comercio de Santiago del año 2013.
CONSORCIO CONSTRUCTOR LÍNEA 3 LIMITADA
- Cessão de direitos· 7 de fevereiro de 2019
CORSÁN CORVIÁM, CONSTRUCCIÓN S.A. cede la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 50%, a APARCAMIENTOS DEL PARROTE, S.A.
CORSÁN CORVIÁM, CONSTRUCCIÓN S.A. · APARCAMIENTOS DEL PARROTE, S.A.
- Saída de sócio· 7 de fevereiro de 2019
CORSÁN CORVIÁM, CONSTRUCCIÓN S.A. se retira de la sociedad.
Texto oficial do extrato
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas N°1070, piso 2, certifica: Por escritura pública de fecha 7 de febrero de 2019, ante su suplente don José Leonardo Brusi Muñoz, bajo Repertorio N° 7.945, (i) CORSÁN CORVIAM, CONSTRUCCIÓN S.A., Rol Único Tributario N° 59.173.080-0, domiciliada en Avda. de Manoteras, dieciocho, cuarta planta, Madrid, España y de paso en esta; y (ii) SOCIEDAD ANÓNIMA DE OBRAS Y SERVICIOS, COPASA AGENCIA EN CHILE, Rol Único Tributario N° 76.062.251-6, domiciliada en Avenida Vitacura dos mil novecientos treinta y nueve, Piso diez, Oficina mil veinticuatro, Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad CONSORCIO CONSTRUCTOR LÍNEA 3 LIMITADA, (la “Sociedad”), Rol Único Tributario N° 76.337.652-4, inscrita a fs. 88.398, N° 57.859 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2013, acordaron modificar los estatutos de esta última en los siguientes términos: /i/ producto de la cesión de derechos sociales que se detalla en la escritura extractada, el socio CORSÁN CORVIÁM, CONSTRUCCIÓN S.A. cedió, vendió y transfirió a APARCAMIENTOS DEL PARROTE, S.A., Rol Único Tributario N° 59.281.440-4, domiciliada en Avenida Vitacura dos mil novecientos treinta y nueve, piso diez, oficina mil veinticuatro, comuna de Las Condes, Santiago, la totalidad de los derechos sociales que poseía en la sociedad, esto es, un 50% de los derechos sociales. Producto de lo anterior, el socio CORSÁN CORVIÁM, CONSTRUCCIÓN S.A. se retira de la Sociedad; y /ii/ Como consecuencia de la cesión de derechos antes mencionada, los socios de la Sociedad acordaron modificar el Artículo Tercero de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: El capital de la sociedad será la suma de treinta millones de pesos, monto que ha sido aportado y enterado íntegramente por los socios en arcas sociales, de la siguiente manera: /a/ Sociedad Anónima de Obras y Servicios, COPASA Agencia en Chile ha aportado y enterado la suma de quince millones de pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; y /b/ Aparcamientos del Parrote, S.A. ha aportado y enterado la suma de quince millones de pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales de la Sociedad.“. Se deja expresa constancia de que los socios limitan su responsabilidad a sus aportes en la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de marzo de 2019.
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
CORSÁN CORVIAM, CONSTRUCCIÓN S.A. Socio 59.173.080-0 | 59.173.080-0 | - | - |
SOCIEDAD ANÓNIMA DE OBRAS Y SERVICIOS, COPASA AGENCIA EN CHILE Socio 76.062.251-6 | 76.062.251-6 | - | - |
Texto oficial do extrato
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas N°1070, piso 2, certifica: Por escritura pública de fecha 7 de febrero de 2019, ante su suplente don José Leonardo Brusi Muñoz, bajo Repertorio N° 7.930, (i) CORSÁN CORVIAM, CONSTRUCCIÓN S.A., Rol Único Tributario N° 59.173.080-0, domiciliada en Avda. de Manoteras, dieciocho, cuarta planta, Madrid, España y de paso en ésta; y (ii) SOCIEDAD ANÓNIMA DE OBRAS Y SERVICIOS, COPASA AGENCIA EN CHILE, Rol Único Tributario N° 76.062.251-6, domiciliada en Avenida Vitacura dos mil novecientos treinta y nueve, Piso diez, Oficina mil veinticuatro, Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad CONSORCIO CONSTRUCTOR LÍNEA 3 LIMITADA, (la “Sociedad”), Rol Único Tributario N° 76.337.652-4, inscrita a fs. 88.398, N° 57.859 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2013, acordaron modificar los estatutos de esta última, reemplazando íntegramente los artículos Sexto y Octavo de los mismos, según se indica a continuación: (A) “ARTICULO SEXTO.- ADMINISTRACIÓN. La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderán a ambos socios y serán ejercidas a través de un directorio compuesto por dos miembros titulares y dos suplentes. Los directores suplentes podrán reemplazar a su respectivo director titular en caso de vacancia y en forma transitoria en caso de ausencia o impedimento temporal de este. El nombramiento de los miembros del directorio por los Socios se realizará por escritura pública y tendrá carácter indefinido. El directorio tendrá un Presidente, que dirigirá las sesiones, y un Secretario. El directorio se reunirá ordinariamente en la forma periódica que por el mismo se acuerde. De cada reunión de directorio se levantará acta por el Secretario, que deberá ser aprobada ya sea al término de la misma, o bien en la reunión siguiente, debiendo ser firmada por los directores asistentes. Las sesiones de directorio podrán llevarse a cabo mediante conferencia telefónica y a través de cualquier otro medio tecnológico que permita comunicación simultánea y permanente de los directores recogiéndose su contenido en la correspondiente acta que se elaborará y aprobará conforme a lo previsto en el presente apartado. Los acuerdos se adoptarán por la unanimidad de los miembros del directorio. Los directores no serán remunerados en sus funciones, sin embargo, podrán cumplir otras funciones dentro de la sociedad, por las cuales podrán ser remunerados.”; (B) “ARTICULO OCTAVO.- GERENTE GENERAL. La sociedad tendrá un Gerente General nombrado por el directorio o por ambos socios de común acuerdo, el que será el representante legal de la sociedad. Las atribuciones y deberes del Gerente General serán fijadas por el Directorio o por ambos Socios de común acuerdo, en el acto de su nombramiento. Al Gerente General le corresponderá la representación judicial de la sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, en especial, pero sin que implique limitación, estará investido de las facultades de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, transigir, comprometer otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios y percibir, y tendrá derecho a voz en las reuniones de directorio. En todo caso, el Gerente General responderá con los miembros de Directorio de todos los acuerdos prejudiciales, para la sociedad y/o para los socios, cuando no constare su opinión contraria en el acta.”. En todo lo no modificado por la presente escritura pública, los estatutos sociales se mantienen vigentes en todas sus partes, en especial la limitación de responsabilidad de sus socios al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de febrero de 2019.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
CONSORCIO CONSTRUCTOR LÍNEA 3 LIMITADA
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