Solutionario SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$132.059.701
Capital libéré
$132.059.701
Capital restant dû
$0
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1 326
Texte officiel de l’extrait
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Con fecha 26 de Noviembre de 2019, Repertorio N° 35.582- 2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de SOLUTIONARIO SpA, inscrita a fojas 88.291, N° 57.798, correspondiente al año 2013, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, celebrada con fecha 05 de Julio de 2019, con la asistencia de accionista Chaitanya Ravi, Ishkan Inc., Amit Kumar Suthar, Ajay Singh Rajawat, Inversiones Ligma S.A., e Inversiones Los Naranjos SpA, en la que se acordó disminuir capital social, modificando cláusulas quinta y primera transitoria de la siguiente forma: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $132.059.701, dividido en 1326 acciones de una misma serie, nominativas y sin valor nominal; el que se encuentra suscrito y pagado en la forma que se indica en el artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital deberán pagarse en dinero efectivo o en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de 5 años, contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta o el Directorio acuerden algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, el capital de la Sociedad será reducido de pleno derecho y las acciones pendientes de suscripción y pago serán eliminadas de los registros de la Sociedad”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social asciende a la suma de $132.059.701 dividido en 1326 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; íntegramente suscritas y pagadas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de noviembre de 2019. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.
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