AyA Transportes Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El transporte terrestre y marítimo de carga de todo tipo de bienes, como asimismo el cabotaje por vías de navegación interiores, en cualquier parte del territorio de la República como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de vehículo, sean propios o ajenos; el transporte terrestre y marítimo de pasajeros y/o turistas; la adquisición, enajenación, explotación, arrendamiento y administración, por cuenta propia o ajena, de toda clase de vehículos destinados al transporte de carga terrestre de bienes; la compra, venta, arrendamiento y comercialización de repuestos de vehículos motorizados, y la adquisición, distribución, comercialización y venta de partes, piezas y accesorios de los mismos; celebrar actos y contratos y ejecutar toda clase de negocios o actividades comerciales referidas a la importación y exportación de piezas, repuestos o partes de vehículos de transportes; la prestación de servicios mecánicos de mantención, refacción, asistencia, asesoría y reparación de vehículos de cualquier naturaleza; efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, excluidas acciones o valores mobiliarios, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; arrendamiento de vehículos y cualquier medio de transporte; y prestación de servicios vinculados al transporte acuático y desarrollo de actividades de operadores turísticos.
资本
总资本
$1.000.000
实缴资本
$1.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Débora Verónica Arueste Kuperman Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 99.9% | $990.000 |
Socio 20.xxx.xxx-1 | 20.xxx.xxx-1 | 0.1% | $10.000 |
法定代理(1)
Débora Verónica Arueste Kuperman
公报所载公司沿革
- 设立· 2012年12月28日
Se constituyó la sociedad AyA Transportes Limitada con capital de $1.000.000 aportado por Débora Verónica Arueste Kuperman y Mario Roberto Arueste Kuperman.
Débora Verónica Arueste Kuperman · Mario Roberto Arueste Kuperman
- 权益转让· 2021年11月2日
Mario Roberto Arueste Kuperman cede el 0,1% de sus derechos sociales a Thomas Dvorquez Arueste.
- 股东退出· 2021年11月2日
Mario Roberto Arueste Kuperman se retira de la sociedad.
摘要官方正文
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Reemplazante del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos con oficio en calle Gertrudis Echenique 30, oficina 32, comuna de Las Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 2 de noviembre de 2021, bajo el repertorio N° 12.466-2021, ante mí, comparecieron (i) doña Débora Verónica Arueste Kuperman, chilena, casada y separada totalmente de bienes, diseñadora, cédula de identidad N° 9.403.871-5, (ii) don Mario Roberto Arueste Kuperman, chileno, divorciado, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 7.824.187-K, representado por doña Débora Verónica Arueste Kuperman, ya individualizada, únicos socios de la sociedad AyA Transportes Limitada, (la “Sociedad”) inscrita a fojas 2816 n° 1846 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, y (iii) don Thomas Dvorquez Arueste, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad número 20.913.925-1, (el “Adquiriente”) todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Camino la Bandurria N° 3421, comuna de lo Barnechea, Región Metropolitana. Débora Verónica Arueste Kuperman y Mario Roberto Arueste Kuperman modificaron la Sociedad en el siguiente sentido: (1) Rectificación de la Escritura de constitución. Los socios anteriormente señalados rectificaron la cláusula quinta de los estatutos de la Sociedad (que se encuentra contenida en la escritura pública de fecha 28 de diciembre del año 2012, otorgada en la notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha), la que debe leerse como sigue: “QUINTO: Capital. El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos que los socios aportan en este acto y en dinero efectivo a la caja social, de la siguiente forma: a) Doña Débora Verónica Arueste Kuperman aporta un 99,9% del capital de la sociedad, esto es, la suma de $990.000 pesos; y b) Don Mario Roberto Arueste Kuperman aporta un 0,1% del capital de la sociedad, esto es la suma de 10.000 pesos”. (2) Cesión de Derechos Sociales. (a) don Mario Roberto Arueste Kuperman, por medio de su representante, vendió, cedió y transfirió todos los derechos sociales de que es dueño en el capital de la Sociedad, esto es el 0,1% derechos sociales de la Sociedad a don Thomas Dvorquez Arueste a un precio único y total de $350.000 que fue pagado en ese acto y en dinero efectivo, declarando don Mario Roberto Arueste Kuperman recibirlo a su entera y total satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, quedan como únicos y actuales socios de la Sociedad (i) doña Débora Verónica Arueste Kuperman con 99,9% de los derechos sociales y (ii) don Thomas Dvorquez Arueste con 0,1% de los derechos sociales. Asimismo, como consecuencia de la cesión de derechos sociales antes señalada, se retiró como socio don Mario Roberto Arueste Kuperman. En razón de la cesión de derechos sociales efectuadas, los únicos y actuales socios de la Sociedad, modificaron los estatutos de la Sociedad, reemplazando y modificando el artículo quinto del estatuto social, según se indica a continuación: “QUINTO: El capital de la Sociedad será la suma de un $1.000.000 que se encuentra íntegramente enterado de la siguiente manera: a) Doña Débora Verónica Arueste Kuperman aporta un 99,9% del capital de la sociedad, esto es, la suma de $990.000; y b) Don Thomas Dvorquez Arueste aporta un 0,1% del capital de la sociedad, esto es la suma de $10.000”. (3) Modificación objeto social. Los socios de la Sociedad modificaron el artículo cuarto de los estatutos de la Sociedad, ampliando el objeto social, y reemplazando dicho artículo por el siguiente: “Artículo cuarto: Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) El transporte terrestre y marítimo de carga de todo tipo de bienes, como asimismo el cabotaje por vías de navegación interiores, en cualquier parte del territorio de la República como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de vehículo, sean propios o ajenos; b) El transporte terrestre y marítimo de pasajeros y/o turistas, en cualquiera de sus formas ; c) La adquisición, enajenación, explotación, arrendamiento y administración, por cuenta propia o ajena, de toda clase de vehículos destinados al transporte de carga terrestre de bienes; d) La compra, venta, arrendamiento y comercialización de repuestos de vehículos motorizados, y la adquisición, distribución, comercialización y venta de partes, piezas y accesorios de los mismos; e) Celebrar actos y contratos y ejecutar toda clase de negocios o actividades comerciales referidas a la importación y exportación de piezas, repuestos o partes de vehículos de transportes de en su más amplia y extensa gama; f) La prestación de servicios mecánicos de mantención, refacción, asistencia, asesoría, y reparación de vehículos de cualquier naturaleza, sea que se preste por los socios mismos, dependientes de la sociedad o terceros relacionados a ella; g) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, excluidas acciones o valores mobiliarios, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; h) Arrendamiento de vehículos y cualquier medio de transporte; i) Prestación de servicios vinculados al transporte acuático y desarrollo de actividades de operadores turísticos.” (4) Vigencia del Estatuto Social.En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas de los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de noviembre de 2021.-M. V. Wielandt C. N. R.
公司信息
公司目的
El transporte terrestre y marítimo de carga de todo tipo de bienes, como asimismo el cabotaje por vías de navegación interiores, en cualquier parte del territorio de la República como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de vehículo, sean propios o ajenos; el transporte terrestre y marítimo de pasajeros y/o turistas, en cualquiera de sus formas; la adquisición, enajenación, explotación, arrendamiento y administración, por cuenta propia o ajena, de toda clase de vehículos destinados al transporte de carga terrestre de bienes; la compra, venta, arrendamiento y comercialización de repuestos de vehículos motorizados, y la adquisición, distribución, comercialización y venta de partes, piezas y accesorios de los mismos; celebrar actos y contratos y ejecutar toda clase de negocios o actividades comerciales referidas a la importación y exportación de piezas, repuestos o partes de vehículos de transportes de en su más amplia y extensa gama; la prestación de servicios mecánicos de mantención, refacción, asistencia, asesoría, y reparación de vehículos de cualquier naturaleza, sea que se preste por los socios mismos, dependientes de la sociedad o terceros relacionados a ella; efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, excluidas acciones o valores mobiliarios, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; arrendamiento de vehículos y cualquier medio de transporte; prestación de servicios vinculados al transporte acuático y desarrollo de actividades de operadores turísticos.
资本
总资本
$1.000.000
实缴资本
$1.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Débora Verónica Arueste Kuperman Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 99.9% | $990.000 |
Socio 20.xxx.xxx-1 | 20.xxx.xxx-1 | 0.1% | $10.000 |
法定代理(1)
Débora Verónica Arueste Kuperman
公报所载公司沿革
- 设立· 2012年12月28日
Se constituyó la sociedad AyA Transportes Limitada con un capital de $1.000.000 entre Débora Verónica Arueste Kuperman y Mario Roberto Arueste Kuperman.
Débora Verónica Arueste Kuperman · Mario Roberto Arueste Kuperman
- 权益转让· 2021年11月2日
Mario Roberto Arueste Kuperman cede el 0,1% de sus derechos sociales a Thomas Dvorquez Arueste.
- 股东退出· 2021年11月2日
Mario Roberto Arueste Kuperman se retira como socio de la sociedad.
摘要官方正文
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Reemplazante del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos con oficio en calle Gertrudis Echenique 30, oficina 32, comuna de Las Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 2 de noviembre de 2021, bajo el repertorio N° 12.466-2021, ante mí, comparecieron (i) doña Débora Verónica Arueste Kuperman, chilena, casada y separada totalmente de bienes, diseñadora, cédula de identidad N° 9.403.871-5, (ii) don Mario Roberto Arueste Kuperman, chileno, divorciado, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 7.824.187-K, representado por doña Débora Verónica Arueste Kuperman, ya individualizada, únicos socios de la sociedad AyA Transportes Limitada, (la “Sociedad”) inscrita a fojas 2816 n° 1846 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, y (iii) don Thomas Dvorquez Arueste, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad número 20.913.925-1, (el “Adquiriente”) todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Camino la Bandurria N° 3421, comuna de lo Barnechea, Región Metropolitana. Débora Verónica Arueste Kuperman y Mario Roberto Arueste Kuperman modificaron la Sociedad en el siguiente sentido: (1) Rectificación de la Escritura de constitución. Los socios anteriormente señalados rectificaron la cláusula quinta de los estatutos de la Sociedad (que se encuentra contenida en la escritura pública de fecha 28 de diciembre del año 2012, otorgada en la notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha), la que debe leerse como sigue: “QUINTO: Capital. El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos que los socios aportan en este acto y en dinero efectivo a la caja social, de la siguiente forma: a) Doña Débora Verónica Arueste Kuperman aporta un 99,9% del capital de la sociedad, esto es, la suma de $990.000 pesos; y b) Don Mario Roberto Arueste Kuperman aporta un 0,1% del capital de la sociedad, esto es la suma de 10.000 pesos”. (2) Cesión de Derechos Sociales. (a) don Mario Roberto Arueste Kuperman, por medio de su representante, vendió, cedió y transfirió todos los derechos sociales de que es dueño en el capital de la Sociedad, esto es el 0,1% derechos sociales de la Sociedad a don Thomas Dvorquez Arueste a un precio único y total de $350.000 que fue pagado en ese acto y en dinero efectivo, declarando don Mario Roberto Arueste Kuperman recibirlo a su entera y total satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, quedan como únicos y actuales socios de la Sociedad (i) doña Débora Verónica Arueste Kuperman con 99,9% de los derechos sociales y (ii) don Thomas Dvorquez Arueste con 0,1% de los derechos sociales. Asimismo, como consecuencia de la cesión de derechos sociales antes señalada, se retiró como socio don Mario Roberto Arueste Kuperman. En razón de la cesión de derechos sociales efectuadas, los únicos y actuales socios de la Sociedad, modificaron los estatutos de la Sociedad, reemplazando y modificando el artículo quinto del estatuto social, según se indica a continuación: “QUINTO: El capital de la Sociedad será la suma de un $1.000.000 que se encuentra íntegramente enterado de la siguiente manera: a) Doña Débora Verónica Arueste Kuperman aporta un 99,9% del capital de la sociedad, esto es, la suma de $990.000; y b) Don Thomas Dvorquez Arueste aporta un 0,1% del capital de la sociedad, esto es la suma de $10.000”. (3) Modificación objeto social. Los socios de la Sociedad modificaron el artículo cuarto de los estatutos de la Sociedad, ampliando el objeto social, y reemplazando dicho artículo por el siguiente: “Artículo cuarto: Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) El transporte terrestre y marítimo de carga de todo tipo de bienes, como asimismo el cabotaje por vías de navegación interiores, en cualquier parte del territorio de la República como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de vehículo, sean propios o ajenos; b) El transporte terrestre y marítimo de pasajeros y/o turistas, en cualquiera de sus formas ; c) La adquisición, enajenación, explotación, arrendamiento y administración, por cuenta propia o ajena, de toda clase de vehículos destinados al transporte de carga terrestre de bienes; d) La compra, venta, arrendamiento y comercialización de repuestos de vehículos motorizados, y la adquisición, distribución, comercialización y venta de partes, piezas y accesorios de los mismos; e) Celebrar actos y contratos y ejecutar toda clase de negocios o actividades comerciales referidas a la importación y exportación de piezas, repuestos o partes de vehículos de transportes de en su más amplia y extensa gama; f) La prestación de servicios mecánicos de mantención, refacción, asistencia, asesoría, y reparación de vehículos de cualquier naturaleza, sea que se preste por los socios mismos, dependientes de la sociedad o terceros relacionados a ella; g) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, excluidas acciones o valores mobiliarios, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; h) Arrendamiento de vehículos y cualquier medio de transporte; i) Prestación de servicios vinculados al transporte acuático y desarrollo de actividades de operadores turísticos.” (4) Vigencia del Estatuto Social.En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas de los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de noviembre de 2021.-M. V. Wielandt C. N. R.
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