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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.334.370-7

Isalud Isapre De Codelco Limitada

MODIFICACIÓN — 22 jul 2023

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-07-22Ver PDF (CVE 2348968)

Información societaria

SpA
Rancagua, O'Higgins
Duración: Indefinida

Objeto social

El objeto exclusivo de la Sociedad será el financiamiento de prestaciones y beneficios de salud y actividades afines o complementarias a ese fin, en los términos del Decreto con Fuerza de Ley número uno del Ministerio de Salud promulgado con fecha veintitrés de septiembre de dos mil cinco y sus modificaciones. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos y participar en sociedades o asociaciones que la conduzcan al pleno cumplimiento del mismo.

Capital

Capital total

$3.198.616.669

Capital pagado

$3.198.616.669

Capital pendiente

$0

Acciones

3.198.616.669

Socios (2)

NombreParticipación

CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

Accionista

-

INVERSIONES COPPERFIELD SpA

Accionista

-

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 1 de enero de 2005

    La sociedad se encuentra inscrita en el Registro de Comercio de Rancagua correspondiente al año 2005.

Texto oficial del extracto

BENJAMÍN CASTILLO MONTALVO, Notario Público Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Calle Alcántara N°107, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 4 de julio de 2023, repertorio N°48.786/2023, ante mí, CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE e INVERSIONES COPPERFIELD SpA, ambas domiciliadas para estos efectos en Huérfanos N°1270, comuna y ciudad de Santiago, en su calidad de únicos socios de ISALUD ISAPRE DE CODELCO LIMITADA (la “Sociedad”), RUT N°76.334.370-7, acordaron transformar la Sociedad en una sociedad por acciones con efecto a contar del 4 de julio de 2023, reemplazando íntegramente sus estatutos, de los cuales se extracta lo siguiente: Nombre: “ISALUD ISAPRE DE CODELCO SpA”. Domicilio: Ciudad de Rancagua, Región del Libertador Bernardo O´Higgins, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto exclusivo de la Sociedad será el financiamiento de prestaciones y beneficios de salud y actividades afines o complementarias a ese fin, en los términos del Decreto con Fuerza de Ley número uno del Ministerio de Salud promulgado con fecha veintitrés de septiembre de dos mil cinco y sus modificaciones. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos y participar en sociedades o asociaciones que la conduzcan al pleno cumplimiento del mismo. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $3.198.616.669, dividido en 3.198.616.669 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 370, número 427 del Registro de Comercio de Rancagua correspondiente al año 2005. Santiago, 13 de julio de 2023. Benjamín Castillo Montalvo. Notario Público Suplente.

ModificaciónDiario Oficial · 2021-10-12Ver PDF (CVE 2024141)

Información societaria

Ltda
Huérfanos 1.270

Capital

Capital total

$3.198.616.669

Capital pagado

$3.198.616.669

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

Socio

61.704.000-K

99.898%

INVERSIONES COPPERFIELD SpA

Socio

77.773.260-9

0.102%

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 31 de agosto de 2021

    FUSAT cede el 33,618% de sus derechos sociales a Codelco

    FUNDACIÓN DE SALUD EL TENIENTE · CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

  2. Cesión de derechos· 31 de agosto de 2021

    Clínica San Lorenzo Limitada cede el 7,025% de sus derechos sociales a Codelco

    CLÍNICA SAN LORENZO LIMITADA · CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

  3. Cesión de derechos· 31 de agosto de 2021

    Río Cipreses cede el 0,102% de sus derechos sociales a Inversiones Copperfield SpA

    INMOBILIARIA E INVERSIONES RÍO CIPRESES LIMITADA · INVERSIONES COPPERFIELD SpA

Texto oficial del extracto

GUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente del Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, Las Condes, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2021, repertorio 13.795/2021, ante mí, /i/ CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, RUT N°61.704.000-k, domiciliada en Huérfanos 1.270, Santiago (“Codelco”); /ii/ FUNDACIÓN DE SALUD EL TENIENTE, RUT N°70.905.700-6, domiciliada en Carretera El Cobre Presidente Frei Montalva 1.002, Rancagua (“FUSAT”); /iii/ CLÍNICA SAN LORENZO LIMITADA, RUT N°88.497.100-4, domiciliada en Avenida Diego Portales S/N, El Salvador; y /iv/ INMOBILIARIA E INVERSIONES RÍO CIPRESES LIMITADA, RUT N°77.928.390-9, domiciliada en Carretera El Cobre Presidente Frei Montalva 1.002, Rancagua (“Río Cipreses), en su calidad de únicos socios modificaron los estatutos de la sociedad ISALUD ISAPRE DE CODELCO LIMITADA, RUT N°76.334.370-7 (la “Sociedad”) en el sentido de dejar constancia de que: /i/ FUSAT vendió, cedió y transfirió a Codelco la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al 33,618% de los derechos sociales; /ii/ Clínica San Lorenzo Limitada vendió, cedió y transfirió a Codelco la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al 7,025% de los derechos sociales; /iii/ Río Cipreses vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al 0,102% de los derechos sociales a INVERSIONES COPPERFILED SpA, RUT 77.773.260-9, domiciliada en Huérfanos 1.270, Santiago. En consecuencia de lo anterior, Codelco e Inversiones Copperfiled SpA en calidad de únicos socios acordaron lo siguiente: a) reemplazar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales por el siguiente: “SÉPTIMO. El capital de la Sociedad es la suma de $3.198.616.669 que los socios han aportado y enterado en la siguiente proporción: A/ Corporación Nacional del Cobre de Chile, la cantidad de $3.195.366.461 correspondiente a un 99,898% del haber social; y B/ Inversiones Copperfield SpA, la cantidad de $3.250.208 correspondiente a un 0,102% del haber social. Estos aportes se encuentran totalmente enterados en arcas sociales, en dinero en efectivo, bienes corporales e incorporales, todos ellos debidamente valorizados”; b) Eliminar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos por no encontrarse vigente; y c) Modificar los estatutos en materias que no son objeto de extracto. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. La Sociedad está inscrita a fojas 370, N°427 del Registro de Comercio de Rancagua del año 2005. Gustavo Montero Martí, Notario Público Suplente. Santiago, 08 de octubre de 2021.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-12-14Ver PDF (CVE 1697620)

Información societaria

Ltda
Rancagua, O'Higgins
Duración: 5 años contado desde la fecha de la presente escritura de constitución (20/6/2005), plazo prorrogable sucesiva y automáticamente por períodos de 5 años
Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, amplias facultades directorio designado

Objeto social

El financiamiento de prestaciones y beneficios de salud y las actividades afines o complementarias a ese fin, en los términos señalados en la ley número dieciocho mil novecientos noventa y tres y sus modificaciones posteriores

Capital

Capital total

$3.198.616.669

Capital pagado

$3.198.616.669

Socios (4)

NombreParticipación

CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

Socio

61.704.000-K

59.255%

FUNDACIÓN DE SALUD EL TENIENTE

Socio

70.905.700-6

33.618%

CLÍNICA SAN LORENZO LIMITADA

Socio

88.497.100-4

7.025%

INMOBILIARIA E INVERSIONES RÍO CIPRESES LIMITADA

Socio

77.928.390-9

0.102%

Administradores (5)

Representación legal (9)

Octavio Araneda Osés

En representación de CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE61.704.000-K

Miguel Ángel Massardo Ortiz

En representación de FUNDACIÓN DE SALUD EL TENIENTE70.905.700-6

Carlos Arroyo Lagos

En representación de FUNDACIÓN DE SALUD EL TENIENTE70.905.700-6

Miguel Ángel Massardo Ortiz

En representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES RÍO CIPRESES LIMITADA77.928.390-9

Carlos Arroyo Lagos

En representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES RÍO CIPRESES LIMITADA77.928.390-9

Guillermo Enoc Figueroa Barra

En representación de CLÍNICA SAN LORENZO LIMITADA88.497.100-4

Carlos Arroyo Lagos

En representación de CLÍNICA SAN LORENZO LIMITADA88.497.100-4

Texto oficial del extracto

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, calle Agustinas número mil setenta piso dos, certifico que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 02 de diciembre de 2019, Repertorio N° 65.534-2019, (i) CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, R.U.T. N° 61.704.000–K, representada por Octavio Araneda Osés, ambos con domicilio en calle Huérfanos N° 1270, Santiago; (ii) FUNDACIÓN DE SALUD EL TENIENTE, R.U.T. N°70.905.700-6, representada por Miguel Ángel Massardo Ortiz y por Carlos Arroyo Lagos, todos con domicilio en Carretera El Cobre Presidente Frei número 1002, Rancagua; (iii) INMOBILIARIA E INVERSIONES RÍO CIPRESES LIMITADA, R.U.T. N°77.928.390-9, representada por Miguel Ángel Massardo Ortiz y por Carlos Arroyo Lagos, todoscon domicilio en Carretera El Cobre Presidente Frei número 1002, oficina 6, Rancagua; (iv) ISALUD ISAPRE DEL COBRE LIMITADA, R.U.T. número 76.334.370-7, representada por Leonardo Whittle Ferrer y por Gustavo Morales Hidalgo,todos con domicilio en Carretera El Cobre Presidente Frei número 1002,; y (v) CLÍNICA SAN LORENZO LIMITADA, R.U.T N° 88.497.100-4, representada por Guillermo Enoc Figueroa Barra y Carlos Arroyo Lagos, con domicilio en avenida Diego Portales S/N de la ciudad de El Salvador,; en su calidad de únicos y actuales socios de Institución de Salud Previsional de Chuquicamata Limitada, inscrita a fojas 33 vuelta, N°15, en el Registro de Comercio de El Loa, Calama del año 1982, San Lorenzo Institución de Salud Previsional Limitada, inscrita a fojas 3 vuelta, N°3, en el Registro de Comercio de Diego de Almagro del año 2006, Institución de Salud Previsional Río Blanco Limitada,inscrita a fojas 13 vuelta, N°12, en el Registro de Comercio de Los Andes del año 1983 e Isalud Isapre del Cobre Limitada, inscrita a fojas 370, N°427, en el Registro de Comercio de Rancagua del año 2005; acordaron unánimemente la fusión de las referidas sociedades de acuerdo a los siguientes términos: Uno) Fusionar Institución de Salud Previsional de Chuquicamata Limitada, San Lorenzo Institución de Salud Previsional Limitada, Institución de Salud Previsional Río Blanco Limitada (las “Sociedades Absorbidas”) e Isalud Isapre del Cobre Limitada (la “Sociedad Absorbente”) mediante la absorción de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, que las sucederá en todos sus derechos y obligaciones y a la cual se incorporará la totalidad de los socios y del patrimonio de las Sociedades Absorbidas, continuando en ésta el giro de las Sociedades Absorbidas y haciéndose cargo de todas sus operaciones sociales a contar del día 2/12/2019.Como consecuencia de ello, se asignan derechos en la Sociedad Absorbente a los socios de las Sociedades Absorbidas, de acuerdo a la relación de canje establecida en la escritura extractada y documentos adjuntos. Dos) Como efecto de la fusión se disuelven las Sociedades Absorbidas sin que sea necesario proceder a su liquidación. Tres) Atendida la fusión acordada, aumentan el capital social de la Sociedad Absorbente de $1.057.811.955 a $3.198.616.669 por lo que los socios aprueban sustituirel artículo séptimo de los estatutos sociales de dicha sociedad por el siguiente: “SÉPTIMO: El capital de la sociedad será la suma de $3.198.616.669 que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción y forma: A) “CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE” aporta la suma de $1.895.348.840, esto es, el equivalente al 59,255 por ciento del capital social; B) “FUNDACIÓN DE SALUD EL TENIENTE”, aporta la suma de $1.075.302.876, esto es, el equivalente al 33,618 por ciento del capital social; C) la sociedad “CLÍNICA SAN LORENZO LIMITADA” aporta la suma de $224.714.745, esto es, el equivalente al 7,025 por ciento del capital social y D) la sociedad "INMOBILIARIA E INVERSIONES RÍO CIPRESES LIMITADA" aporta la suma de $3.250.208, esto es, el equivalente al 0,102 por ciento del capital social. Estos aportes se encuentran totalmente enterados en arcas sociales, en dinero efectivo, en bienes corporales e incorporales, y en otros activos tangibles e intangibles, todos ellos debidamente valorizados”. Cuatro)Los socios de la Sociedad Absorbente acuerdanmodificar el nombre o razón social, sustituyendola cláusula cuarta de sus estatutos sociales por: “CUARTO: nombre o razón social será ISALUD ISAPRE DE CODELCO LIMITADA, pudiendo utilizar, indistintamente, en el desarrollo de su giro, incluso ante Bancos, el nombre de fantasía ISALUD ISAPRE LTDA.”.”Cinco) Los socios de la Sociedad Absorbente acuerdan sustituir la cláusula referente a la administración de la sociedad y uso de la razón socialpor el siguiente:“OCTAVO: La administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá al socio CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, quien la ejercerá a través de un directorio, designado y removido por dicho socio administrador y estará compuesto por cinco miembros. El directorio actuará en sala y adoptará sus decisiones por mayoría de votos. El directorio así constituido tendrá la plenitud de facultades para la administración de la sociedad y el uso de la razón social y la disposición de los bienes sociales. Los miembros del directorio serán remunerados o no de acuerdo con las políticas que dicte sobre esa materia el socio administrador. El directorio se dará un reglamento que considerará las normas de funcionamiento en todo lo no previsto por este estatuto. La designación de los directores se efectuará por escritura pública suscrita por el socio administrador, inscrita en el Registro de comercio competente, de la que se tomará nota al margen de la inscripción social. De igual forma se procederá cuando se reemplace a uno o más directores. Los directores durarán en sus funciones hasta que sean reemplazados en la forma ya indicada. Todo lo anterior es sin perjuicio de las designaciones indicadas en el artículo transitorio de esta escritura. El directorio se reunirá ordinariamente a la menos una vez al mes, en la oportunidad que el mismo acuerde, sin perjuicio de celebrar sesiones extraordinarias si su presidente las convoca a su decisión o a solicitud de dos de sus miembros. El quórum mínimo para sesionar será de tres de sus miembros y dirimirá la votación en caso de empate quién presida la reunión”. Seis) Los socios declaran que en todo lo no modificado, los estatutos sociales de Isalud Isapre del Cobre Limitada, sociedad absorbente, mantienen plena vigencia, especialmente la estipulación en la que los socios limitan sus responsabilidades a sus respectivos aportes. Demás cláusula escritura extractada. Séptimo) Realizan texto refundido por el siguiente: El objeto: será el financiamiento de prestaciones y beneficios de salud y las actividades afines o complementarias a ese fin, en los términos señalados en la ley número dieciocho mil novecientos noventa y tres y sus modificaciones posteriores; Nombre: ISALUD ISAPRE DE CODELCO LIMITADA, fantasía ISALUD ISAPRE LTDA. Domicilio: ciudad de Rancagua, Sexta Región, sin perjuicio de los domicilios especiales que establezca en otros lugares con motivo de la creación de agencias o sucursales dentro del país. Duración: 5 años contado desde la fecha de la presente escritura de constitución (20/6/2005), plazo prorrogable sucesiva y automáticamente por períodos de 5 años. Capital: $3.198.616.669 aportado CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE” $1.895.348.840, dinero en efectivo y especie 59,255%; “FUNDACIÓN DE SALUD EL TENIENTE”, $1.075.302.876, dinero en efectivo y especie 33,618%; CLÍNICA SAN LORENZO LIMITADA $224.714.745, 7,025% e INMOBILIARIA E INVERSIONES RÍO CIPRESES LIMITADA $3.250.208, 0,102%. Administración: la administración y uso de la razón social corresponderá CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, amplias facultades directorio designado. Socios limitan sus responsabilidades a sus respectivos aportes. Ocho) Artículo Primero Transitorio: ratifica a los directores de la sociedad actualmente designados: don Leonardo Whittle Ferrer, doña Lucila Siskind, doña María Francisca Domínguez Meza, don Luis Cifuentes Miranda y don Pablo Geisse Navarro. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 06 de diciembre de 2019.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-10-07Ver PDF (CVE 1664197)

Información societaria

Ltda
Teatinos número trescientos treinta y tres piso nueve
Administración: Directorio

Administradores (5)

Texto oficial del extracto

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, abogado, Notario Suplente de María Pilar Gutiérrez Rivera, Titular de la 18 Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos 669, piso 8, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de Mayo de 2019, Rep. 6.102/2019. En Santiago, a veintitrés de mayo de dos mil diecinueve, siendo las diecinueve horas y cuarenta y cinco minutos, se lleva a efecto la Sesión Extraordinaria número cuatro de dos mil diecinueve del Directorio de la sociedad INSTITUCIÓN DE SALUD PREVISIONAL ISALUD ISAPRE DEL COBRE LIMITADA, en sus oficinas de calle Teatinos número trescientos treinta y tres piso nueve, Santiago, región Metropolitana. ASISTENCIA: Se encuentran presentes los integrantes del Directorio en ejercicio, los señores (as) Leonardo Whittle Ferrer (Presidente), Lucila Siskind, don Luis Cifuentes Miranda y doña María Francisca Domínguez Meza. El director señor Pablo Geisse Navarro excusó su asistencia oportunamente. TABLA Esta sesión extraordinaria fue citada para pronunciarse sobre el otorgamiento y revocación de poderes en la Sociedad. ACUERDO EXTRAORDINARIO NÚMERO UNO DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE: Otorgamiento de Poderes: Para el adecuado funcionamiento de la sociedad INSTITUCION DE SALUD PREVISIONAL ISALUD ISAPRE DEL COBRE LIMITADA, el Directorio de la sociedad resuelve otorgar las siguientes facultades y atribuciones al señor José Gustavo Morales Hidalgo, cédula de identidad número cinco millones ochocientos cuarenta y tres mil quinientos sesenta y ocho guión seis, para que, anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad, la represente según se indica a continuación: a) representar legalmente a la sociedad en todos los asuntos y negocios que tengan relación con su objeto social y actividades afines o complementarias a ese fin, ante cualquier tercero, pudiendo representar a la sociedad en todos los asuntos y negocios que tengan relación con el financiamiento de prestaciones y beneficios de salud y las actividades afines o complementarias a ese fin, ante sus afiliados y beneficiarios, ante prestadores de salud, ante cualquier autoridad o persona jurídica, especialmente ante la Superintendencia de Salud, y ante cualquier tercero; representar a la sociedad suscribiendo contratos de salud previsionales con sus afiliados, modificarlos y ajustarlos a la normativa vigente; celebrar convenios con prestadores de salud, modificarlos y ponerles término; b) comprar, prometer y adquirir a cualquier título y tomar en arrendamiento, usufructo o en comodato bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo todo tipo de títulos de créditos, efectos de comercio, acciones y valores mobiliarios; venderlos o enajenarlos a cualquier título, darlos en arrendamiento y gravarlos con usufructo, servidumbres, prohibiciones o prendas de cualquiera clase, fijar precios, plazos, condiciones o cualesquiera otras modalidades de los contratos y actos mencionados; podrá tomar en arrendamiento, en usufructo o en comodato bienes inmuebles suscribiendo los contratos correspondientes, fijando rentas, plazos, condiciones o cualesquiera otras modalidades de estos contratos, modificarlos y ponerles término; c) pactar cláusulas penales, renunciar a la acción resolutoria; aceptar, posponer, cancelar y alzar gravámenes; d) comprometer y designar árbitros, pudiendo otorgar facultades de arbitradores; e) extinguir obligaciones por cualquier medo legal; f) ejecutar, ejercitar y renunciar todos los derechos que al comprador y al vendedor, otorgue el Código Civil y de Comercio, renunciar a las acciones tales como la nulidad, rescisión resolución o evicción y aceptar sus renuncias y otorgar pactos accesorios; g) interrumpir prescripciones y ejercitar acciones posesorias respecto de toda clase de bienes; recibir en prenda, muebles, valores Mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales sea en prenda civil, mercantil, warrants, de cosas muebles vendidas u otras especiales y cancelarlas; h) celebrar contrato de financiamiento de prestaciones de salud, de contratación de prestadores de salud, en cualquiera de sus modalidades, contratos de leasing, factoring, transporte, de fletamento, de cambio y de Correduría; i) abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias y mercantiles, de depósito o de crédito, en el país o en el extranjero, en moneda nacional o extranjera; j) Suscribir contratos de depósito, custodia y administración de valores e instrumentos financieros con Bancos e Instituciones Financieras, otorgando mandato y gestiones de confianza, para los efectos de la garantía definida en el artículo veintiséis de la Ley número dieciocho mil novecientos treinta y tres; Invertir los fondos de la sociedad en la forma que estime más ventajosa, sin perjuicio de su obligación de cumplir las instrucciones y políticas que sean aplicables a la institución y la normativa sectorial, lo que no será oponible a terceros; k) tomar o retirar depósitos en dinero, especies o valores, a la vista o a plazo; tomar, renovar, cobrar y percibir depósitos de dinero o valores, sin restricción de monto; l) suscribir contratos de depósito, custodia y administración de valores e instrumentos financieros con Bancos e Instituciones Financieras, otorgando mandato y gestiones de confianza; m) contratar, tomar y cancelar boletas de garantía, pudiendo, para este solo efecto, contratar préstamos o créditos con Bancos o Instituciones Financieras, suscribiendo los respectivos pagarés y los documentos correspondientes, retirar valores en custodia, y contratar y abrir cajas de seguridad; n) realizar operaciones de cambio internacionales, presentar solicitudes de giro, efectuar remesas de divisas y suscribir todos los documentos que se requieran para tal efecto; ñ) aceptar fianza y aceptar las codeudoras solidarias que se otorguen en beneficio de la sociedad; o) celebrar contrato de seguro, pudiendo acordar primas, fijas riesgos, plazos y demás condiciones, prorrogar pólizas, endosarlas y cancelarlas, aprobar liquidaciones de siniestros; p) nombrar y remover el resto del personal fijar sus remuneraciones, funciones y deberes: celebrar, modificar y poner término a contratos de trabajo, individuales o colectivos, y de arrendamiento de servicios; q) celebrar contratos de confección de obra material, mueble o inmueble, de arrendamiento de cosas y prestaciones de servicios, de construcción, de comodato, de transporte, fletamento, de seguro, de comisión, de agencias, de representación, de cambio, y de cualesquiera otras clases, modificar dichos contratos, resolverlos, desahuciarlos y, en general, ponerles término de cualquiera forma; r) cobrar y percibir cuanto se adeude a la sociedad y otorgar recibos, cancelaciones, y finiquitos; s) constituir y registrar propiedades intelectual, industrial, nombres, marcas comerciales, modelos industriales, registros sanitarios y patentar inventos, deducir oposiciones y en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en esta materia; t) retirar correspondencia certificadas o no, encomiendas y otros objetos postales de los correos u otras oficinas; u) representar extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias facultades, ante toda clase de personas naturales o jurídicas, de Derecho Público o Privado, nacionales o extranjeros, autoridades municipales, laborales, previsionales y otras, autoridades de salud, Fondo Nacional de Salud /FONASA/, Superintendencia de Salud, Superintendencia de Seguridad Social, Servicio de Impuestos Internos /SII/ y otros Servicios, Tesorería General de la República y, en general, ante la administración pública, cualquiera que sea su régimen o. estatuto jurídica, pudiendo presentar solicitudes y efectuar gestiones y toda clase de actos con el objeto de obtener Rol Único Tributario, iniciación de actividades, autorizaciones, permisos, concesiones, rectificaciones o anulaciones de actos, presentar reclamos y recursos de cualquiera naturaleza y desistirse de sus peticiones: v) representar judicialmente a la sociedad con todas las facultades contenidas en el artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil y; expresamente, con las señaladas en el inciso segundo de dicho artículo, incluidas las de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar los recursos y los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios y percibir. La facultad de transigir podrá ejercerse aun cuando no exista juicio; w) suscribir la información que se envíe a la Superintendencia de Salud, en conformidad a lo establecido en el artículo cuarenta y cuatro bis de la Ley número dieciocho mil novecientos treinta y tres, referente a hechos, circunstancias o antecedentes que han sido calificados como Hecho Relevante, tengan o no el carácter de reservados; x) delegar parte de sus facultades en gerentes, subgerentes o abogados de la sociedad, y, para objetos específicamente determinados, en otras personas; otorgando poderes y mandatos, con o sin facultades de delegar, revocados o reasumirlos en cualquier momento; y) exigir y aceptar rendiciones de cuentas. Dos) Se faculta a los señores Gustavo Morales Hidalgo o Roberto Miguel Sotomayor Klapp, para que, uno cualquiera de ellos, pueda reducir a escritura pública el todo o parte de la presente acta y para requerir las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que correspondan en los registros respectivos. Santiago, 06 de Septiembre de 2019.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    ISALUD ISAPRE DE CODELCO LIMITADA

    CVE 2348968

  2. MODIFICACIÓN

    ISALUD ISAPRE DE CODELCO LIMITADA

    CVE 2024141

  3. MODIFICACIÓN

    ISALUD ISAPRE DEL COBRE LIMITADA

    CVE 1697620

  4. MODIFICACIÓN

    INSTITUCION DE SALUD PREVISIONAL ISALUD ISAPRE DEL COBRE LIMITADA

    CVE 1664197

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)