Latin Trust SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general.
Capital
Capital total
$1.000.000.-
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Marcia Carolina Hume Arancibia Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Texte officiel de l’extrait
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifico que por escritura pública de fecha 13 de marzo de 2025, repertorio N° 7.272-2025, ante mí, TOMÁS ALBERTO LARRAIN SCHULTZ, redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad LATIN TRUST SpA, sociedad inscrita a fojas 77.392 N° 51.018 del Registro de Comercio de Santiago del año 2013, capital: $1.000.000.-, Rut: 76.329.243-6 , celebrada con fecha 11 de marzo de 2025, en la cual participaron en su calidad de únicos accionistas Marcia Carolina Hume Arancibia, y Rodrigo Aníbal Oyarzún Morel, según registro de accionistas tenido a la vista, en la cual se acordó, entre otras materias, modificar y reemplazar el artículo Cuarto de los estatutos en relación al objeto de la Sociedad; y modificar y reemplazar el artículo Cuadragésimo Segundo en relación a la fiscalización de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general” y “ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO: “Conforme a lo establecido por el artículo noventa del Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas, la administración no será fiscalizada ni su contabilidad, libros y registros examinados, salvo por los accionistas de la Sociedad. La Sociedad deberá dar a sus accionistas, el acceso necesario para inspeccionar sus libros y registros y obtener la información que consideren necesaria respecto de las operaciones de la Sociedad y de la marcha de sus negocios. Los accionistas deberán ejercer esta facultad de manera de no afectar la gestión social y deberán guardar confidencialidad respecto de la información que se les proporcione en tanto ella no sea publicada o haya llegado a ser, de cualquier otra forma, de conocimiento público.”. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social. Santiago, 17 de marzo de 2025.-
Informations sociétaires
Objet social
La prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría en materia de inversiones, entregando servicios de evaluaciones o recomendaciones respecto de la conveniencia de realizar determinadas inversiones u operaciones en valores de oferta pública, instrumentos financieros o proyectos de inversión; asimismo, la realización de toda otra actividad conexa o conducente a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales que diga relación con el objeto social. Lo anterior es sin perjuicio de poder realizar, además, cualquier otra actividad complementaria que autorice la Comisión para el Mercado Financiero.
Texte officiel de l’extrait
RODRIGO ANDRÉS PINARES ALVARADO, Notario Suplente del Titular de la 2° Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 10 de Abril 2024, Repertorio 22.558-2024, ante Notario Titular Francisco Javier Leiva Carvajal, En Junta Extraordinaria de Accionistas de Latin Trust SpA, inscrita a fojas 77392, número 51018 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013, rol único tributario 76.329.243-6, (la “Sociedad”), celebrada con fecha 5 de abril de 2024, los accionistas de la Sociedad en la cual se acodó modificar en el sentido de limitar el objeto a la prestación de servicios de asesoría de inversión y actividades complementarias que autorice la Comisión para el Mercado Financiero. Para estos efectos se modificó el artículo cuarto por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría en materia de inversiones, entregando servicios de evaluaciones o recomendaciones respecto de la conveniencia de realizar determinadas inversiones u operaciones en valores de oferta pública, instrumentos financieros o proyectos de inversión; asimismo, la realización de toda otra actividad conexa o conducente a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales que diga relación con el objeto social. Lo anterior es sin perjuicio de poder realizar, además, cualquier otra actividad complementaria que autorice la Comisión para el Mercado Financiero.” Demás modificaciones no son materia de extracto. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 17 de Abril de 2024.
Informations sociétaires
Objet social
La realización por cuenta propia o ajena, en la República de Chile o en el Extranjero de las siguientes actividades: a) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, fondos mutuos, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, tanto de bienes propios como ajenos; b) La administración, adquisición, enajenación o explotación de toda clase bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbano tanto de bienes propios como ajenos; c) La administración de todo tipo de inversiones, y obtener rentas propias como ajenas; d) Efectuar toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior que acordaren los accionistas
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MARCIA CAROLINA HUME ARANCIBIA Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 27 septembre 2013
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada HUME Y OYARZÚN ASESORÍAS LIMITADA.
MARCIA CAROLINA HUME ARANCIBIA · RODRIGO ANÍBAL OYARZÚN MOREL
Texte officiel de l’extrait
LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 9 de marzo de 2020, ante mí, Repertorio 1318/2020: Doña MARCIA CAROLINA HUME ARANCIBIA y don RODRIGO ANÍBAL OYARZÚN MOREL, ambos domiciliados en Valdepeñas número cuatrocientos siete, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, transformaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “HUME Y OYARZÚN ASESORÍAS LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos veintinueve mil doscientos cuarenta y tres guion seis, constituida por escritura pública de fecha veintisiete de septiembre del año dos mil trece, en la Notaría de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri, inscrita a fojas setenta y siete mil trescientos noventa y dos, número cincuenta y un mil dieciocho del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil trece del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en una sociedad por acciones cuyos estatutos establecen lo siguiente: nombre: LATIN TRUST SpA; objeto: la realización por cuenta propia o ajena, en la República de Chile o en el Extranjero de las siguientes actividades: a) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, fondos mutuos, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, tanto de bienes propios como ajenos; b) La administración, adquisición, enajenación o explotación de toda clase bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbano tanto de bienes propios como ajenos; c) La administración de todo tipo de inversiones, y obtener rentas propias como ajenas; d) Efectuar toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior que acordaren los accionistas; Domicilio.- ciudad de Santiago; Capital: $1.000.000.- totalmente suscrito y pagado.- Santiago, 9 de marzo de 2020.-cr.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
LATIN TRUST SpA
CVE 2624734
- MODIFICACIÓN
Latin Trust SpA
CVE 2482742
- MODIFICACIÓN
HUME Y OYARZÚN ASESORÍAS LIMITADA
CVE 1741999
