股份公司76.329.051-4

Transportes Interandes SpA

MODIFICACIÓN — 2020年3月4日

Diario Oficial

公司資料

SpA
Avenida Presidente Jorge Alessandri Nº 24.501
管理方式: Administrador y representante legal único

資本

總資本

$27.000.000

股份

27,000,000

股東(3)

管理人(1)

Carlos Alberto Campodónico Galdames

6.xxx.xxx-9Administrador

公報所載公司沿革

  1. 管理人變更· 2019年7月31日

    Se revoca y remueve a Joaquín Antonio De Laire Seco y se designa a Carlos Alberto Campodónico Galdames como único administrador y representante legal.

    Joaquín Antonio De Laire Seco · Carlos Alberto Campodónico Galdames

摘要官方正文

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42 Notaría de Santiago, Agustinas N°1070, 2º piso, certifica: Por escritura pública de fecha 17 de febrero de 2020, bajo repertorio Nº 9.064-2020, ante mí, don CARLOS ALBERTO CAMPODÓNICO GALDAMES, doña CONSTANZA ISMENIA CAMPODÓNICO RAMÍREZ y don CARLO ADRIANO CAMPODÓNICO RAMÍREZ, como únicos accionistas de Transportes Interandes SpA, la “Sociedad”, cuyo capital actual es de $27.000.000 divido en 27.000.000 de acciones, y que fue inscrita a fojas 75307, Nº 49635, del año 2013, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicado en el Diario Oficial con fecha 4 de octubre de 2013, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Jorge Alessandri Nº 24.501, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, y exponen: A) Que vienen por unanimidad a sanear, en virtud de lo establecido por el artículo 428 del Código de Comercio y por la Ley N° 19.499, un vicio de forma relacionado con la escritura pública de modificación de Transportes Interandes SpA de fecha 31 de julio de 2019, repertorio N° 42.851, otorgada por don Álvaro González Salinas, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas Nº 1.070, piso 2, Santiago, Región Metropolitana, siendo el extracto de dicha escritura pública inscrita a fojas 67256, Nº 32937, del año 2019, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial con fecha 4 de septiembre de 2019. En dicha escritura pública de modificación se revocó y removió a don Joaquín Antonio De Laire Seco, cédula nacional de identidad número 15.549.636-3 como administrador y representante legal de la Sociedad para todos los efectos que establezcan los estatutos sociales de la Sociedad y las leyes, designando como único administrador y representante legal de la Sociedad a don Carlos Alberto Campodónico Galdames, cédula nacional de identidad número 6.769.900-9. B) Que el vicio de forma que se sanea dice relación con el haber realizado de forma tardía la publicación en el Diario Oficial del ya mencionado extracto de modificación inscrito a fojas 67256, número 32937, del año 2019, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial con fecha 4 de septiembre de 2019, es decir, la publicación de dicho extracto de modificación no fue realizada dentro del plazo de un mes contado desde la fecha de la mencionada escritura de modificación de fecha 31 de julio de 2019. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de febrero de 2020.

公司資料

SpA
Av. Presidente Jorge Alessandri 24.501

資本

總資本

$27.000.000

實繳資本

$27.000.000

待繳資本

$0

股份

27,000,000

股東(3)

姓名持股比例

Carlos Alberto Campodónico Galdames

Accionista

6.xxx.xxx-9

48.1481481481%

Constanza Ismenia Campodónico Ramírez

Accionista

15.xxx.xxx-7

25.9259259259%

Carlo Adriano Campodónico Ramírez

Accionista

17.xxx.xxx-1

25.9259259259%

摘要官方正文

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas N°1070, 2º piso, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2019, Repertorio N° 68.099-2019, ante su suplente don JOSÉ LEONARDO BRUSI MUÑOZ, don Carlos Alberto Campodónico Galdames, cédula de identidad Nº 6.769.900-9, doña Constanza Ismenia Campodónico Ramírez, cédula de identidad Nº 15.840.974-7 y don Carlo Adriano Campodónico Ramírez, cédula de identidad Nº 17.311.543-1. Don Carlos Alberto Campodónico Galdames, ya individualizado, como único accionista de TRANSPORTES INTERANDES SpA, RUT Nº 76.329.051-4, inscrita a fojas 75.307, número 49.635, año 2013, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, giro de su denominación, en adelante la “Sociedad”, todos domiciliados para estos efectos en Av. Presidente Jorge Alessandri 24.501, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, se acordó lo siguiente: /i/ Que la Sociedad emita 14.000.000 de nuevas acciones, a un valor de $1 por acción, todas nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, pasando por tanto el número de acciones de la Sociedad de las actuales 13.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, a un total de 27.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal; /ii/ Que doña Constanza Ismenia Campodónico Ramírez, suscriba 7.000.000 de estas nuevas acciones y las pague en dinero efectivo con un monto de $7.000.000 y que don Carlo Adriano Campodónico Ramírez, suscriba 7.000.000 de estas nuevas acciones y las pague en dinero efectivo con un monto de $7.000.000; /iii/ Que considerando la emisión, suscripción y pago de las nuevas 14.000.000 de acciones, se acuerda aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $14.000.000, esto es, desde la suma actual de $13.000.000, a la suma de $27.000.000; /iv/ Que, como consecuencia del aumento de capital y de la emisión de las nuevas acciones de la Sociedad, don Carlos Alberto Campodónico Galdames, doña Constanza Ismenia Campodónico Ramírez y don Carlo Adriano Campodónico Ramírez, como únicos accionistas de la Sociedad, acuerdan por unanimidad modificar el estatuto social de la Sociedad, reemplazando el Artículo Quinto y el Artículo Segundo Transitorio de sus estatutos sociales, por los siguientes: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $27.000.000, dividido en 27.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de conformidad al Artículo Segundo Transitorio de estos Estatutos. Tanto el capital como los eventuales aumentos del mismo podrán pagarse en dinero u otros bienes o servicios. La valoración de éstos se acordará en forma unánime por las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Los aumentos y disminuciones de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o para aprobar modificaciones del Estatuto, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos Estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas. Las opciones para suscribir las acciones de aumento de capital de la Sociedad o de valores convertibles en acciones de la Sociedad, o de cualesquiera otros valores que confieran derechos futuros sobre éstas, sean de pago o liberadas de pago, deberán ser ofrecidos, a lo menos por una vez, preferentemente a los accionistas a prorrata de las acciones que posean inscritas a su nombre, en cualquier momento, en el Registro de Accionistas, al precio que determinen los accionistas o quien fuere delegado al efecto por ellos.”. “Artículo Segundo Transitorio: En conformidad al Artículo Quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de $27.000.000 dividido en 27.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, cuyo capital los accionistas suscribieron y pagaron como se señala a continuación: /a/ don CARLOS ALBERTO CAMPODÓNICO GALDAMES, suscribe la cantidad de 13.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales fueron pagadas en dinero efectivo con un monto de $13.000.000; /b/ doña CONSTANZA ISMENIA CAMPODÓNICO RAMÍREZ, suscribe la cantidad de 7.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales fueron pagadas en dinero efectivo con un monto de $7.000.000, y; /c/ don CARLO ADRIANO CAMPODÓNICO RAMÍREZ, suscribe la cantidad de 7.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales fueron pagadas en dinero efectivo con un monto de $7.000.000”. Se modifica escritura en materias no extractables. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2019.

公司資料

SpA
Av. Presidente Jorge Alessandri 24.501
管理方式: Administrador

資本

總資本

$13.000.000

股份

13,000,000

股東(2)

姓名持股比例

Carlos Alberto Campodónico Galdames

Accionista

6.xxx.xxx-9

-

Joaquín Antonio De Laire Seco

Accionista

15.xxx.xxx-3

-

管理人(1)

Carlos Alberto Campodónico Galdames

6.xxx.xxx-9Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2013年1月1日

    Se inscribe la constitución original de Transportes Interandes SpA en el año 2013.

  2. 管理人變更· 2019年7月31日

    Se revocan las facultades de administrador, uso de razón social y representación legal de Joaquín Antonio De Laire Seco, quedando Carlos Alberto Campodónico Galdames como único administrador y representante legal.

    Carlos Alberto Campodónico Galdames · Joaquín Antonio De Laire Seco

摘要官方正文

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario de Santiago, Suplente del titular de la 42 Notaría de Santiago, don ALVARO GONZALEZ SALINAS, Agustinas 1070, 2º piso, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 31 de julio de 2019, Repertorio Nº 42.851, ante titular, don Carlos Alberto Campodónico Galdames, RUT Nº 6.769.900-9 y don Joaquín Antonio De Laire Seco, RUT Nº 15.549.636-3, únicos accionistas y actuales administradores de Transportes Interandes SpA, en adelante la “Sociedad”, RUT Nº 76.329.051-4, inscrita a fojas 75.307, número 49.635 del Registro de Comercio de Santiago, año 2013, cuyo capital actual es de $13.000.000, dividido en 13.000.000 de acciones totalmente suscritas y pagadas, todos domiciliados para estos efectos en Av. Presidente Jorge Alessandri 24.501, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, acordaron por unanimidad revocar las facultades como administrador, uso de la razón social y representante legal de don Joaquín Antonio De Laire Seco, quedando don Carlos Alberto Campodónico Galdames como el único con las facultades del uso de la razón social, administrador y representante legal de la Sociedad ante cualquier organismo público o privado. Ante ello, los actuales y únicos accionistas acordaron por unanimidad la modificación de los estatutos sociales de la Sociedad en el siguiente sentido: “Artículo Noveno: La Sociedad será administrada y representada por un administrador, el “Administrador”, quien podrá tener o no la calidad de accionista. El Administrador tendrá la representación, el uso de la razón social y la administración de la Sociedad. Actuando de la forma indicada, le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad. Para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de representación, administración y disposición que estos Estatutos o la ley le confiera, incluyendo aquellos que la ley de sociedades anónimas y su reglamento confieren al directorio, salvo aquellas facultades que estos Estatutos o la ley establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, lo que no será necesario acreditar a terceros. En ejercicio de tal representación, el Administrador, podrá representar a la Sociedad ante toda clase de autoridades políticas, administrativas y municipales, organismos o instituciones de derecho público o de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, incluyendo, a modo ejemplar, al Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Servicio Nacional de Aduanas, Banco Central de Chile, Bancos Comerciales e Instituciones Financieras de cualquier tipo, Dirección General del Trabajo, Organizaciones e Instituciones de Seguridad Social y de Salud. Asimismo, estará facultado para celebrar y ejecutar todo tipo de actos, contratos, negocios y transacciones que le parezcan convenientes o necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto social. Sin que esta enumeración sea taxativa, el Administrador, actuando de la forma señalada precedentemente, detentará las siguientes facultades: /a/ comprar, vender y permutar toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, bonos y derechos, y celebrar contratos de promesa respecto de cualquier tipo de bienes; /b/ dar y tomar en arrendamiento todo tipo de bienes muebles e inmuebles, incluso con opción de compra y venta; /c/ celebrar contratos de cuenta corriente bancaria, de depósito o de crédito con instituciones bancarias comerciales privadas o estatales, u otras instituciones financieras, ya sean de crédito o de desarrollo públicas o privadas, contratar todo tipo de créditos o líneas de crédito con tales bancos, entidades o instituciones, incluyendo el Banco Central de Chile; girar y sobregirar en las cuentas corrientes de la Sociedad; girar, cobrar, revalidar, cancelar, endosar y protestar cheques, retirar talonarios de cheques, requerir, aprobar u objetar saldos de las cuentas corrientes, dar órdenes de no pago y autorizar cargos en ellas; tomar boletas de garantías; girar, aceptar, reaceptar, endosar, descontar, cancelar, cobrar, extender y protestar letras de cambio, pagarés y toda clase de documentos bancarios y efectos de comercio, efectuar operaciones de cambios internacionales y suscribir todo tipo de operaciones warrant; /d/ constituir, posponer, aceptar, dividir y alzar hipotecas, prendas y otras garantías y otorgar los correspondientes finiquitos; /e/ cobrar y percibir todo lo que se le adeude a la Sociedad por cualquier razón o título y dar recibos, cancelaciones y finiquitos; /f/ renunciar acciones y derechos de cualquier tipo; /g/ celebrar todo tipo de contratos, ya sean de préstamo, de depósito, seguro, arriendo, construcción o transacción; /h/ fijar domicilios; /i/ celebrar contratos de administración de cualquier tipo; /j/ concurrir a licitaciones públicas o privadas; /k/ requerir concesiones; /l/ constituir nuevas sociedades o participar en sociedades ya existentes; /m/ representar a la Sociedad con voz y voto en otras sociedades, asociaciones o cualquier otra entidad en las que pueda tener interés; modificar los estatutos de dichas sociedades, fijar su forma de administración, requerir su disolución anticipada y liquidación, designar liquidadores, árbitros de derecho, arbitradores o mixtos; ceder derechos y créditos y aceptar cesiones de dichas sociedades; / solicitar todo tipo de inscripciones y actuaciones en los registros públicos y privados correspondientes y autorizar a terceros a hacerlo; /o/ retirar correspondencia y telegramas, incluyendo cartas certificadas, órdenes de pago o encomiendas; /p/ abrir cajas de seguridad; /q/ depositar o girar valores en custodia; /r/ novar, remitir, convenir con acreedores acuerdos judiciales o extrajudiciales; /s/ adquirir, solicitar, remitir o transferir en cualquier forma marcas, patentes u otros privilegios; /t/ retirar mercaderías de aduanas, endosar documentos de embarque y llevar a cabo todo tipo de actos de comercio exterior; /u/ solicitar y firmar registros de importación y exportación, solicitudes anexas, cartas explicativas; /v/ firmar declaraciones juradas y todo tipo de documentos que puedan ser requeridos; /w/ obtener certificados de depósito o endosar boletas de garantía y solicitar la devolución de tales documentos; /x/ retirar certificados de valores divisibles; /y/ solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado una determinada operación y solicitar autorización para operar bajo sistemas de cobertura diferida; /z/ contratar trabajadores y poner término a sus contratos de trabajo, definir funciones, fijar sus condiciones y remuneraciones; /aa/ conferir mandatos generales o especiales, civiles o comerciales, y revocarlos, delegando los poderes que se les han conferido, y reasumir en todo o en parte el presente poder cuantas veces lo estimen conveniente, los poderes que otorguen podrán contener la autorización para delegar a su vez o revocar dichos poderes o delegaciones; /ab/ en las convenciones y contratos que celebren de cualquier tipo que sean, el Administrador podrá pagar remuneraciones u honorarios, y poder extinguir de cualquier forma cualquier tipo de obligación o derecho que tenga la Sociedad, estipular toda clase de condiciones, plazos y modalidades, convenir o modificar toda clase de pactos o estipulaciones, sean de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales, recibir y entregar, exigir rendiciones de cuentas, ejecutar todos los derechos y acciones que por tales asuntos, actos o contratos competan a la Sociedad, firmar, suscribir y modificar todas las escrituras o documentos públicos o privados que sean necesarios, practicar todo tipo de inscripciones y facultar para ello a terceros; /ac/ en el orden judicial, el Administrador tendrá las facultades del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y, especialmente, aquéllas del inciso primero y segundo, las cuales se dan aquí por enteramente reproducidas; /ad/ asimismo, de acuerdo con el artículo noveno del Código Tributario, el Administrador se entenderá autorizado para ser notificado a nombre de la Sociedad mientras no haya constancia de la revocación de tal facultad, mediante aviso escrito dado al Servicio de Impuestos Internos; /ae/ En el desempeño de sus atribuciones, el Administrador deberá anteponer a su firma personal el nombre de la Sociedad; /af/ el Administrador podrá delegar las facultades que le han sido conferidas en el presente artículo, mediante la designación de el o los representantes por escritura pública o instrumento privado protocolizado en Chile, o documento privado otorgado en el extranjero y debidamente legalizado por el Consulado Chileno correspondiente y se anotará al margen de la inscripción en el Registro de Comercio; /ag/ el o los representantes designados por el Administrador podrán delegar sus facultades a terceros, pero la designación de el o los representantes y sus delegados podrán ser revocados de la misma manera en cualquier tiempo.”. “Artículo Décimo: El Administrador será elegido y removido por el o los accionistas, según sea el caso, mediante acuerdo adoptado en Junta Extraordinaria de Accionistas por la unanimidad de las acciones emitidas con derecho a voto, cuya acta deberá ser reducida a escritura pública, o bien, por instrumento privado cuyas firmas sean autorizadas por notario público y protocolizado en el registro de dicho notario, o mediante documento otorgado en el extranjero y debidamente legalizado por el Consulado Chileno correspondiente. En todos los casos anteriores, el nombramiento deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura pública de constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo.”. “Artículo Décimo Primero: El Administrador cesará automáticamente en sus funciones en caso de afectarle alguna de las incapacidades o incompatibilidades de los artículos treinta y cinco y treinta y seis de la ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas o en caso de incapacidad legal sobreviniente, declaración de quiebra, imposibilidad de continuar en el cargo, muerte o renuncia. En estos casos, cualquiera accionista podrá citar a una Junta Extraordinaria de Accionistas, para nombrar a uno o más reemplazantes, según corresponda, en cuanto haya tomado conocimiento del hecho.”. “Artículo Décimo Segundo: El Administrador podrá percibir como remuneración por el desempeño de sus funciones aquella que fije la Junta de Accionistas.”. “Artículo Décimo Tercero: La Sociedad podrá tener los gerentes y subgerentes que determine el Administrador, los cuales serán designados y revocados por escritura pública o privada especialmente otorgada al efecto. En dicha escritura, el Administrador fijará las atribuciones y deberes de los gerentes y subgerentes, si hubiere. El gerente general podrá actuar como Secretario de la Junta de Accionistas y firmará en tal calidad las actas. El cargo de gerente general será compatible con el de administrador de la Sociedad.”. “Artículo Décimo Cuarto: La Junta de Accionistas es el órgano máximo de la administración social y tendrá las más amplias atribuciones para adoptar todos los acuerdos que estime necesarios. Los accionistas se reunirán en Juntas de Accionistas para tratar cualquier materia que diga relación con la Sociedad. Las resoluciones que las Juntas adopten con arreglo a estos estatutos obligarán al o a los Administradores y al o a los accionistas de la Sociedad.”. “Artículo Décimo Quinto: Las Juntas Generales de Accionistas podrán celebrarse en cualquier tiempo, cuando así lo exijan las necesidades sociales. Sin que la enunciación que sigue sea taxativa, sino meramente ejemplar, corresponderá a la Junta de Accionistas adoptar acuerdos sobre las siguientes materias: la modificación de los estatutos sociales; la transformación de la Sociedad en una de otra especie o tipo; la división de la Sociedad o su fusión con otra; el establecimiento de un plazo de duración de la Sociedad o su disolución anticipada; el aumento o disminución del capital social; la aprobación de aportes o estimación de bienes no consistentes en dinero; la adquisición de acciones de su propia emisión; la designación o revocación del o de los Administradores; la designación de fiscalizadores de la administración y la aprobación de los balances sociales. En todo caso, ningún acuerdo de la Junta de Accionistas dará derecho a retirarse de la Sociedad.”. “Artículo Vigésimo: La Sociedad preparará un balance general de sus operaciones al treinta y uno de diciembre de cada año, el estado de pérdidas y ganancias y, en su caso, el informe de los fiscalizadores si correspondiere, los que serán sometidos a la consideración y aprobación de la Junta de Accionistas. Si no se celebrare una Junta de Accionistas dentro de los cuatro meses siguientes al cierre de cada ejercicio social, se tendrá por irrevocablemente aprobado el balance que el Gerente General o quien haga sus veces haya presentado al o los Administradores de la Sociedad.”. “Artículo Vigésimo Primero: Los dividendos se pagarán exclusivamente de las utilidades líquidas del ejercicio, o de las retenidas provenientes de balances aprobados por los accionistas en los términos establecidos en el Artículo Vigésimo de estos Estatutos. Con todo, bajo la responsabilidad personal del o los Administradores, éstos podrán distribuir dividendos provisorios durante el ejercicio con cargo a las utilidades del mismo. Las utilidades serán compartidas y las eventuales pérdidas serán distribuidas, en proporción a su participación en el capital, o según lo acuerden el o los accionistas por unanimidad.”. “Artículo Vigésimo Quinto: La Sociedad estará obligada a respetar las disposiciones establecidas en pactos particulares entre sus accionistas relativos a la cesión de acciones, si los hubiere, siempre y cuando se haya solicitado a el o los Administradores de la Sociedad hacer referencia a los mismos en el Registro de Accionistas y una copia del pacto respectivo se haya puesto a disposición de los otros accionistas de la Sociedad. En consecuencia, el o los Administradores de la Sociedad no procederán a inscribir en el Registro de Accionistas traspasos de acciones que no hayan dado cumplimiento a las normas establecidas en los pactos antes señalados. Los interesados podrán acreditar que el o los Administradores han tomado conocimiento del pacto de accionistas en mérito a una notificación practicada por notario público, quien en el acto de la notificación deberá entregar copia del pacto de accionistas.”. “Artículo Primero Transitorio: Queda nombrado como Administrador de la Sociedad don Carlos Alberto Campodónico Galdames quien, estará investido de todos los poderes y facultades que les confiere el presente Estatuto, además de los que la Ley sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento confieren al directorio de una sociedad anónima cerrada, sin restricciones.”. Se modifica escritura en materias no extractables. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de agosto de 2019.

公司資料

SpA
Santiago, Región Metropolitana
期限: 5 años contados desde esta fecha, renovable por períodos sucesivos de 5 años cada uno
管理方式: Administración por los actuales administradores, ahora accionistas, según estatutos de la SpA

公司目的

La Sociedad tendrá por objeto: /a/ El transporte de carga de productos vía terrestre o área de todo tipo de mercaderías o productos tanto en Chile como en el extranjero; /b/ Arriendo de vehículos motorizados, a tracción mecánica, renta car, o similares que provean servicios de transporte de carga de productos o pasajeros; /c/ Proveer servicios de vehículos de transporte y/o choferes y auxiliares; /d/ La compra, venta, arriendo, importación, exportación, distribución, representación, por cuenta propia o ajena, y en general, la comercialización de toda clase y tipos de vehículos y maquinarias motorizadas, nuevos o usados, de repuestos y accesorios para ellos, como también la prestación de servicios de mantención y reparación de los mismos en todas sus áreas mecánicas automáticas computarizadas, eléctricas, desarmaduría, armaduría, desabolladuría y pintura; /e/ Servicios de almacenamiento y depósitos de mercaderías o productos en lugares de bodegaje tanto en Chile como en el extranjero; /f/ invertir en bienes, muebles o inmuebles, activos financieros, títulos o valores mobiliarios, derechos en sociedades, documentos mercantiles en general, siempre y cuando se relacionen directa o indirectamente con el objeto social y; /g/ Cualquier otro negocio que acordaren los accionistas.

資本

總資本

$13.000.000

實繳資本

$13.000.000

待繳資本

$0

股份

13,000,000

股東(2)

姓名持股比例

Carlos Alberto Campodónico Galdames

Accionista

6.xxx.xxx-9

8,450,000

Joaquín Antonio De Laire Seco

Accionista

15.xxx.xxx-3

4,550,000

管理人(2)

Carlos Alberto Campodónico Galdames

6.xxx.xxx-9Administrador

Joaquín Antonio De Laire Seco

15.xxx.xxx-3Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2013年1月1日

    Transportes Interandes Limitada aparece inscrita en el Registro de Comercio de Santiago en el año 2013

    Transportes Interandes Limitada

摘要官方正文

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario de Santiago, Agustinas Nº 1070, 2º piso, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2018, Repertorio Nº 87.850, ante mí, don Carlos Alberto Campodónico Galdames, cédula de identidad Nº 6.769.900-9 y don Joaquín Antonio De Laire Seco, cédula de identidad Nº 15.549.636-3, únicos accionistas y actuales administradores de Transportes Interandes Limitada, en adelante la “Sociedad”, todos domiciliados en Av. Presidente Jorge Alessandri 24.501, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, RUT Nº 76.329.051-4, inscrita a fojas 75.307, nº 49.635 del Registro de Comercio de Santiago, año 2013, transformaron la Sociedad en una sociedad por acciones. Los nuevos estatutos de la Sociedad son: Nombre: Transportes Interandes SpA, pudiendo usar la denominación “TI SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otras partes del país o en el extranjero. Duración: 5 años contados desde esta fecha, plazo que será renovado por períodos sucesivos de 5 años cada uno, salvo acuerdo adoptado en junta extraordinaria de accionistas con el voto conforme de, a lo menos, las dos terceras partes de las acciones emitidas con derecho a voto. Dicho acuerdo deberá adoptarse con, a lo menos, seis meses de anticipación a la fecha de vencimiento del período indicado o de su prórroga, según sea el caso, debiendo tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ El transporte de carga de productos vía terrestre o área de todo tipo de mercaderías o productos tanto en Chile como en el extranjero; /b/ Arriendo de vehículos motorizados, a tracción mecánica, renta car, o similares que provean servicios de transporte de carga de productos o pasajeros; /c/ Proveer servicios de vehículos de transporte y/o choferes y auxiliares; /d/ La compra, venta, arriendo, importación, exportación, distribución, representación, por cuenta propia o ajena, y en general, la comercialización de toda clase y tipos de vehículos y maquinarias motorizadas, nuevos o usados, de repuestos y accesorios para ellos, como también la prestación de servicios de mantención y reparación de los mismos en todas sus áreas mecánicas automáticas computarizadas, eléctricas, desarmaduría, armaduría, desabolladuría y pintura; /e/ Servicios de almacenamiento y depósitos de mercaderías o productos en lugares de bodegaje tanto en Chile como en el extranjero; /f/ invertir en bienes, muebles o inmuebles, activos financieros, títulos o valores mobiliarios, derechos en sociedades, documentos mercantiles en general, siempre y cuando se relacionen directa o indirectamente con el objeto social y; /g/ Cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. En el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos o contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su objeto o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $13.000.000 de pesos, dividido 13.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, cuyo capital los accionistas suscribieron y pagaron como se señala a continuación: /a/ Don Carlos Alberto Campodónico Galdames, suscribe la cantidad de 8.450.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, correspondientes a un total de $8.450.000, como consecuencia de la transformación de los derechos sociales de don Carlos Alberto Campodónico Galdames en la sociedad Transportes Interandes Limitada en la misma sociedad transformada. /b/ Don Joaquín Antonio De Laire Seco, suscribe la cantidad de 4.550.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, correspondientes a un total de $4.550.000, como consecuencia de la transformación de los derechos sociales de don Joaquín Antonio De Laire Seco en la sociedad Transportes Interandes Limitada en la misma sociedad transformada.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2018.

公司資料

Ltda
Av. Presidente Jorge Alessandri Nº 24.501

資本

總資本

$13.000.000

實繳資本

$13.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

Carlos Alberto Campodónico Galdames

Socio

6.xxx.xxx-9

65%

Joaquín Antonio De Laire Seco

Socio

15.xxx.xxx-3

35%

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2013年1月1日

    La sociedad aparece inscrita en el Registro de Comercio de Santiago en el año 2013.

    Transportes Interandes Limitada

摘要官方正文

Alvaro González Salinas, Notario Público de la 42ª Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2º piso, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 27 de Diciembre de 2017, bajo el Repertorio Nº 72.470, ante su suplente don José Leonardo Brusi Muñoz, don Carlos Alberto Campodónico Galdames, RUT Nº 6.769.900-9 y don Joaquín Antonio De Laire Seco, RUT Nº 15.549.636-3, únicos socios de Transportes Interandes Limitada, RUT Nº 76.329.051-4, todos domiciliados para estos efectos en Av. Presidente Jorge Alessandri Nº 24.501, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad antes mencionada, inscrita a fojas 75.307, nº 49.635 del Registro de Comercio de Santiago, año 2013, en el sentido de aumentar el capital social desde la suma de $2.000.000.- a la suma de $13.000.000.- En consecuencia se sustituyó el numeral Quinto del estatuto social por el siguiente: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de $13.000.000 de pesos, íntegramente pagado, el cual se ha aportado, enterado y pagado por los socios de la siguiente forma y en las siguientes proporciones: a) Carlos Alberto Campodónico Galdames ha aportado y pagado la cantidad de $8.450.000 pesos, equivalentes al 65% de los derechos sociales; y b) Joaquín Antonio De Laire Seco ha aportado y pagado la cantidad de $4.550.000 pesos, equivalentes al 35% de los derechos sociales. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado a esta fecha. Demás estipulaciones constan en escritura extractada”. Santiago, 02 de Enero de 2018.

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  1. MODIFICACIÓN

    Transportes Interandes SpA

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