Hermovale Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la prestación de servicios de mano de obra agrícola, forestal, construcción y similares, pensión, transportes de personal agrícola y escolares, asesorías y actos contractuales relacionados en áreas como: Jardinería, aseo industrial, fumigaciones, desratizaciones y actividades similares o relacionadas y toda actividad relacionada directa o indirectamente, conexa y/o complementaria con las anteriores
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $1.000.000 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 5 de noviembre de 2013
Se constituye HERMOVALE LIMITADA
- Cesión de derechos
Luis Enrique Valerio Núñez cede el 50% de sus derechos sociales a Jocelyn Edith Lopez Nuñez
- Cesión de derechos
Patricio Fernando Hermosilla Núñez cede el 50% de sus derechos sociales a Jocelyn Edith Lopez Nuñez
PATRICIO FERNANDO HERMOSILLA NÚÑEZ · JOCELYN EDITH LOPEZ NUÑEZ
- Transformación
Jocelyn Edith Lopez Nuñez transforma HERMOVALE LIMITADA en una sociedad por acciones
Texto oficial del extracto
ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, Notario Público Suplente de doña Myriam Amigo Arancibia, Titular de la 21ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Miraflores Nº 169, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2016, repertorio Nº 22.303-16, ante mí, doña JOCELYN EDITH LOPEZ NUÑEZ, domiciliada en Vicuña Mackenna Nº955, departamento 404 A, Santiago; don LUIS ENRIQUE VALERIO NÚÑEZ, con domicilio en Pasaje Portezuelo Poniente Nº1542, Villa Conavicoop, Rancagua; y don PATRICIO FERNANDO HERMOSILLA NÚÑEZ, domiciliado en La Compañía Las Delicias Nº226, Codegua, modifican HERMOVALE LIMITADA, constituida mediante escritura pública de 05/11/2013, otorgada ante don Gonzálo Brión Vargas, Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Rancagua, inscrita a fojas 1909, numero 1609 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2013, en los siguientes términos: Cesión de derechos: A) Luis Enrique Valerio Núñez, se retira de la sociedad, vendiendo, cediendo y transfiriendo la totalidad de los derechos sociales equivalentes 50% del total social, a doña JOCELYN EDITH LOPEZ NUÑEZ, quien compra adquiere y acepta para sí, en la suma de $500.000.- de contado y en dinero en efectivo.- B) Patricio Fernando Hermosilla Núñez, se retira de la sociedad, vendiendo, cediendo y transfiriendo la totalidad de los derechos sociales equivalentes al 50% del total social, a doña JOCELYN EDITH LOPEZ NUÑEZ, quien compra adquiere y acepta para sí, en la suma de $500.000.-, de contado y en dinero en efectivo.- La cesión comprende todos los derechos y haberes que los cedentes les corresponden en la sociedad a cualquier título.- doña JOCELYN EDITH LOPEZ NUÑEZ, como única y exclusiva dueña del cien por ciento de los derechos sociales, transforma la sociedad HERMOVALE LIMITADA, en una sociedad por acciones, que se regirá por las normas contenidas en los estatutos sociales, y por las normas contenidas en el Libro Segundo, Título Séptimo, Párrafo Octavo del Código de Comercio y supletoriamente y sólo en aquello que no se oponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerrada, que fueren aplicables al caso.- Razón Social: AGRICOLA CODEGUA SpA.- Objeto: la prestación de servicios de mano de obra agrícola, forestal, construcción y similares, pensión, transportes de personal agrícola y escolares, asesorías y actos contractuales relacionados en áreas como: Jardinería, aseo industrial, fumigaciones, desratizaciones y actividades similares o relacionadas y toda actividad relacionada directa o indirectamente, conexa y/o complementaria con las anteriores.- Domicilio: Santiago sin perjuicio de los domicilios especiales y, de las oficinas, agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 5 años renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años, salvo que los socios mediante junta extraordinaria de accionistas y con acuerdo de dos tercios de las acciones emitidas con derecho a voto, manifiesten su voluntad de ponerle término con una anticipación de a lo menos seis meses, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social.- Capital: $1.000.000.- dividido en 1000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.- Administración: Le corresponde a doña JOCELYN EDITH LOPEZ NUÑEZ en calidad de administradora de la sociedad.- Otras estipulaciones escritura extractada.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
HERMOVALE LIMITADA
CVE 1167899
