Sociedade de Responsabilidade Limitada76.322.184-9

Sociedad Castillo y Navarrete Limitada

MODIFICACIÓN — 5 de ago. de 2019

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-08-05Ver PDF (CVE 1632338)

Informações societárias

Ltda
calle Los Acacios n. 70, Monte Águila

Capital

Capital total

$9.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

Miguel Antonio Navarrete Ulloa

Socio

14.xxx.xxx-0

50%

Andrea Alejandra Castillo Alarcón

Socio

16.xxx.xxx-5

50%

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 28 de novembro de 2013

    Se constituyó la sociedad Castillo y Navarrete Limitada.

    Ernesto Alfredo Miranda Córdova

  2. Cessão de direitos· 30 de julho de 2019

    Juan Octavio Castillo Alarcón cede el 50% de sus derechos a Andrea Alejandra Castillo Alarcón.

    Juan Octavio Castillo Alarcón · Andrea Alejandra Castillo Alarcón

  3. Cessão de direitos· 30 de julho de 2019

    Juan Octavio Castillo Alarcón cede el 50% de sus derechos a Miguel Antonio Navarrete Ulloa.

    Juan Octavio Castillo Alarcón · Miguel Antonio Navarrete Ulloa

  4. Saída de sócio· 30 de julho de 2019

    Juan Octavio Castillo Alarcón se retira como socio de la sociedad.

    Juan Octavio Castillo Alarcón

  5. Mudança de capital· 30 de julho de 2019

    Se fija el capital social en $9.000.000, aportado en partes iguales por Miguel Antonio Navarrete Ulloa y Andrea Alejandra Castillo Alarcón.

    Miguel Antonio Navarrete Ulloa · Andrea Alejandra Castillo Alarcón

Texto oficial do extrato

Ernesto Alfredo Miranda Córdova, Abogado, Notario Público Titular de Cabrero, con oficio en calle Avenida Vial Nº199, ciudad de Cabrero, Certifica: que por escritura pública de fecha treinta de julio del año dos mil diecinueve Comparecen: MIGUEL ANTONIO NAVARRETE ULLOA, Técnico Electromecánico, chileno, c.i. y rut 14.030.971-0; ANDREA ALEJANDRA CASTILLO ALARCÓN, Ingeniero Prevención de Riesgos, c.i. y rut 16.218.925-5, ambos domiciliados calle Los Acacios n. 70, Monte Águila, Comuna Cabrero y JUAN OCTAVIO CASTILLO ALARCÓN, Técnico Mecánica Automotriz, c.i t rut 14.600.008-8, domiciliado calle Los Acacios n. 70, Monte Águila, Comuna Cabrero; comparecientes mayores de edad, modificaron “Sociedad Castillo y Navarrete Limitada”, rut 76.322.184-9, otorgada en la Notaria Cabrero de don Ernesto Alfredo Miranda Córdova el 28 noviembre 2013 inscrita a fojas 56 número 35 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Cabrero, año 2013, y se publicó en D.O 40.736. Por el presente instrumento JUAN OCTAVIO CASTILLO ALARCÓN, viene en vender, ceder y transferir el 50% de su interés social a doña ANDREA ALEJANDRA CASTILLO ALARCÓN. El precio de esta cesión es la suma de $1.500.000 que la compradora y cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando don JUAN OCTAVIO CASTILLO ALARCÓN haberlo recibido a su entera satisfacción, otorgando el correspondiente recibo de cancelación y finiquito. Don JUAN OCTAVIO CASTILLO ALARCÓN, viene en vender, ceder, transferir el 50% de su interés social a don MIGUEL ANTONIO NAVARRETE ULLOA. El precio de esta cesión es la suma de $1.500.000 que la compradora y cesionaria paga y pagará de la siguiente manera: con la suma de un millón quinientos mil pesos, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, declarando don JUAN OCTAVIO CASTILLO ALARCÓN haberlo recibido a su entera satisfacción, otorgando el correspondiente recibo de cancelación y finiquito. En virtud de los anterior, se retira como socio de “SOCIEDAD CASTILLO Y NAVARRETE LIMITADA” , don JUAN OCTAVIO CASTILLO ALARCÓN. Como consecuencia de la venta, cesión y transferencia, don JUAN OCTAVIO CASTILLO ALARCÓN y “SOCIEDAD CASTILLO Y NAVARRETE LIMITADA”, se otorgan el más amplio y completo finiquito y reconocen y declaran que nada se adeudan. Como consecuencia de la compraventa y cesión a la que se refiere la cláusula tercera precedente, quedan como únicos socios de “SOCIEDAD CASTILLO Y NAVARRETE LIMITADA” don Miguel Antonio Navarrete Ulloa con un 50% y doña Andrea Alejandra Castillo Alarcón con un 50% de los derechos sociales. Don Juan Octavio Castillo Alarcón y doña Andrea Alejandra Castillo Alarcón, declaran que nada se adeudan en virtud de la cesión de derechos que por este acto se efectúa, otorgándose amplio, total y completo finiquito. Don Juan Octavio Castillo Alarcón y don Miguel Antonio Navarrete Ulloa, declaran que nada se adeudan en virtud de la cesión de derechos que por este acto se efectúa, otorgándose amplio, total y completo finiquito. Conforme la nueva participación de los socios por el presente acto los comparecientes vienen en reemplazar el articulo 5º del pacto social, por el siguiente nuevo artículo “QUINTO: El capital social será la suma de nueve millones de pesos que los socios aportan de la siguiente manera: A) El socio Miguel Antonio Navarrete Ulloa aporta la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, que se entera en dinero efectivo y que se ingresan en este acto a la caja social; B) La socia Andrea Alejandra Castillo Alarcón aporta la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, los que entera en dinero efectivo y que se ingresan en este acto a la caja social”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social de la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada.

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    Sociedad Castillo y Navarrete Limitada

    CVE 1632338

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