Sociedade de Responsabilidade LimitadaDissolvida76.321.604-7

Sociedad Agricola Y Forestal Aguas Buenas Limitada

DISOLUCIÓN — 9 de fev. de 2017

Diario Oficial

DissoluçãoDiario Oficial · 2017-02-09Ver PDF (CVE 1180108)

Informações societárias

Ltda
calle Pozo Blanco número cero veinte cincuenta y cinco
Duração: cinco años, con renovación automática de plazo, salvo aviso de voluntad contraria
Administração: La administración de la sociedad, su representación legal y el uso de la razón social corresponden exclusivamente al socio JORGE JACINTO GONZALEZ MANCILLA

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital integralizado

$20.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

JORGE JACINTO GONZALEZ MANCILLA

Socio

90%

JORGE YONNATAN GONZALEZ VOIGT

Socio

10%

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 19 de janeiro de 2007

    Se constituye la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD AGRICOLA Y FORESTAL AGUAS BUENAS LIMITADA o AGUAS BUENAS LTDA.

    JORGE JACINTO GONZALEZ MANCILLA · JORGE YONNATAN GONZALEZ VOIGT

Texto oficial do extrato

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha trece de Diciembre de dos mil dieciséis, ante mí, don JORGE JACINTO GONZALEZ MANCILLA, domiciliado en calle Pozo Blanco número cero veinte cincuenta y cinco, comuna Temuco, y don JORGE YONNATAN GONZALEZ VOIGT, domiciliado en calle el Corral número cero trescientos guión ciento cuarenta y ocho del Condominio Altos de Maipo, comuna de Temuco, expusieron: Que por escritura pública otorgada con fecha diecinueve de Enero del año dos mil siete, los comparecientes formaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social de “SOCIEDAD AGRICOLA Y FORESTAL AGUAS BUENAS LIMITADA”, también conocida por su nombre de fantasía “AGUAS BUENAS LTDA”,. Rol único tributario número setenta y seis millones trescientos veintiún mil seiscientos cuatro guión siete. Un extracto de dicha escritura fue inscrita a fojas ciento seis vuelta número ciento dos del Registro de Comercio del año dos mil siete, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, y publicado en el Diario Oficial número treinta y ocho mil seiscientos setenta y cinco, de fecha veintinueve de Enero del año dos mil siete. El capital social asciende a la suma de veinte millones de pesos y se encuentra totalmente pagado, teniendo derechos sobre él don JORGE JACINTO GONZALEZ MANCILLA en un noventa por ciento y don JORGE YONNATAN GONZALEZ VOIGT en el restante diez por ciento. La administración de la sociedad, su representación legal y el uso de la razón social corresponden exclusivamente al socio JORGE JACINTO GONZALEZ MANCILLA.- La vigencia de la sociedad fue pactada a un plazo de cinco años, a contar de la fecha de la escritura de constitución social, con renovación automática de plazo, salvo aviso de voluntad contraria. PRESENTE DISOLUCION: Que conforme a lo dispuesto en el artículo dos mil ciento siete del Código Civil, en relación con el artículo trescientos cincuenta del Código de Comercio, los comparecientes vienen, por este acto e instrumento, en acordar la disolución anticipada de la sociedad, la que tendrá vigencia solamente hasta la fecha de la presente escritura. Que los comparecientes acuerdan, asimismo, realizar la liquidación de la sociedad de común acuerdo, conforme a las cláusulas que se señalan en escritura extractada. Que los socios están de acuerdo en liquidar la sociedad adjudicándose cada uno de ellos los mismos aportes que efectuaron al momento de constituirla. Que en mérito de lo anterior el socio JORGE YONNATAN GONZALEZ VOIGT se adjudica y retira la suma de dos millones de pesos, en dinero efectivo, suma que declara recibir a su entera conformidad.- Que el socio JORGE JACINTO GONZALEZ MANCILLA se adjudica y retira, y por ende, vuelve a ser propietario de los siguientes bienes: a) Bien Inmueble: Predio rustico avaluado por las partes en diecisiete millones de pesos, que corresponde a un retazo de terreno de tres hectáreas seiscientos veinticinco áreas del lugar Guiñio, Comuna de Freire, inscrito a fojas seis mil ciento cincuenta y seis, número cinco mil novecientos cincuenta y cuatro del Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil trece. Rol de avaluó fiscal numero trescientos cuatro guión ochocientos cincuenta y tres.- b) Dineros: se adjudica y retira la suma de un millón de pesos, en dinero efectivo suma que declara recibir a su entera conformidad, por lo que el total adjudicado al socio señor JORGE JACINTO GONZALEZ MANCILLA asciende a la suma de dieciocho millones de pesos.- En consecuencia, el valor total de adjudicación es valorizado de común acuerdo por los socios en la suma de veinte millones de pesos.- Que el socio señor JORGE JACINTO GONZALEZ MANCILLA declara que se hace personalmente responsable de todo lo que se refiera a deudas por impuestos, como a cualquier otro tipo de pasivos que eventualmente hubiere afectado a la sociedad que se disuelve y liquida por escritura extractada. Que en virtud de las adjudicaciones que se han efectuado los socios en las cláusulas precedentes, se dan por totalmente pagados de todo lo que les correspondiere en la referida sociedad, la que deberá tenerse por disuelta y liquidada con fecha de la presente escritura, por lo que los socios comparecientes se otorgan mutua y recíprocamente el más amplio y completo finiquito. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 07 de Febrero de 2017.

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