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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.321.460-5

Rentas Valle Paraíso Limitada

MODIFICACIÓN — 27 feb 2025

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2025-02-27Ver PDF (CVE 2616288)

Información societaria

Ltda
Avenida La Dehesa N°1.201, oficina O-326
Duración: Hasta el 31 de diciembre del año 2050
Administración: Administración y uso de la razón social por apoderados clase A y clase B, con reglas de actuación individual/indistinta hasta 2029 y conjunta desde 2030

Objeto social

La realización de inversiones directa e indirectamente en toda clase de bienes muebles e inmuebles, tanto en Chile como en el extranjero, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos, debentures, bonos, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, documentos negociables, títulos de crédito y toda clase de efectos de comercio, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y la administración de esas inversiones y sus frutos; la realización de toda clase de actividades o de servicios que acuerden los socios; la administración, explotación y arrendamiento de todo tipo de bienes, sean estos corporales o incorporales, muebles o inmuebles.

Capital

Capital total

$4.838.501.614

Capital pagado

$4.838.501.614

Capital pendiente

$0

Socios (5)

NombreParticipación

Carolina Elisa Ugarte Hernández

Socio

16.2368781079059%

Inversiones Ontasuna Limitada

Socio

20.940780483558%

Inversiones Assueko Limitada

Socio

20.940780483558%

Inversiones Sawtelle Limitada

Socio

20.940780483558%

Inversiones Rukume Limitada

Socio

20.940780483558%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 7 de julio de 2005

    Se constituyó la sociedad Rentas Valle Paraíso Limitada.

    Rentas Valle Paraíso Limitada

  2. Incorporación de socio· 14 de enero de 2025

    Se constituyen Inversiones Assueko Limitada, Inversiones Sawtelle Limitada, Inversiones Rukume Limitada e Inversiones Ontasuna Limitada, recibiendo participaciones sociales de la sociedad.

    Matías José Muñoz Ugarte · Martín José Muñoz Ugarte · Pedro José Muñoz Ugarte · María Jesús Muñoz Ugarte · Inversiones Assueko Limitada · Inversiones Sawtelle Limitada · Inversiones Rukume Limitada · Inversiones Ontasuna Limitada

Texto oficial del extracto

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 14 de enero de 2025, ante mí, doña Carolina Elisa Ugarte Hernández, doña María Jesús Muñoz Ugarte, don Pedro José Muñoz Ugarte, don Matías José Muñoz Ugarte, don Martín José Muñoz Ugarte, Inversiones Assueko Limitada, Inversiones Sawtelle Limitada, Inversiones Ontasuna Limitada e Inversiones Rukume Limitada; todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa N°1.201, oficina O- 326, comuna de Lo Barnechea, Santiago, acordaron modificar la sociedad Rentas Valle Paraíso Limitada” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 24.754, número 17.946 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2005, en los siguientes términos: (a) Constitución de Inversiones Assueko Limitada. Los comparecientes dieron cuenta de la constitución de Inversiones Assueko Limitada. Con ocasión de la constitución de dicha sociedad, don Matías José Muñoz Ugarte aportó como capital los derechos que mantenía en la Sociedad, correspondientes aproximadamente al 20,940780483558% de la participación social. (b) Constitución de Inversiones Sawtelle Limitada. Los comparecientes dieron cuenta de la constitución de Inversiones Sawtelle Limitada. Con ocasión de la constitución de dicha sociedad, don Martín José Muñoz Ugarte aportó como capital los derechos sociales que mantenía en la Sociedad, correspondientes aproximadamente al 20,940780483558% de la participación social. (c) Constitución de Inversiones Rukume Limitada. Los comparecientes dieron cuenta de la constitución de Inversiones Rukume Limitada. Con ocasión de la constitución de dicha sociedad, don Pedro José Muñoz Ugarte aportó como capital los derechos sociales que mantenía en la Sociedad, correspondientes aproximadamente al 20,940780483558% de la participación social. (d) Constitución de Inversiones Ontasuna Limitada. Los comparecientes dieron cuenta de la constitución de Inversiones Ontasuna Limitada. Con ocasión de la constitución de dicha sociedad, doña María Jesús Muñoz Ugarte aportó como capital los derechos sociales que mantenía en la Sociedad, correspondientes aproximadamente al 20,940780483558% de la participación social. (e) Ingreso y retiro de socios: Con motivo de la constitución de las sociedades mencionadas en los literales (a), (b), (c) y (d) precedentes, dejaron de ser socios de la Sociedad don Matías José Muñoz Ugarte, don Martín José Muñoz Ugarte, don Pedro José Muñoz Ugarte y doña María Jesús Muñoz Ugarte, y se incorporan como socios de la Sociedad Inversiones Assueko Limitada, Inversiones Sawtelle Limitada, Inversiones Rukume Limitada e Inversiones Ontasuna Limitada. (f) Modificación de los estatutos. Como consecuencia de lo expuesto precedentemente, los actuales socios de la Sociedad acuerdan modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales referente a su capital indicado que el capital de la Sociedad asciende a la suma de $4.838.501.614, que los socios han aportado con anterioridad a esta fecha, en las siguientes proporciones: /i/ doña Carolina Elisa Ugarte Hernández, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 16,2368781079059% de los derechos sociales; /ii/ Inversiones Ontasuna Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; /iii/ Inversiones Assueko Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; /iv/ Inversiones Sawtelle Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; y /v/ Inversiones Rukume Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales. (g) Otorgamiento de estatutos refundidos de la Sociedad. Los comparecientes acordaron dictar un texto refundido de los estatutos, de los cuales se extracta lo siguiente: (i) Razón social: “Rentas Valle Paraíso Limitada”. (ii) Objeto: /i/ La realización de inversiones directa e indirectamente en toda clase de bienes muebles e inmuebles, tanto en Chile como en el extranjero, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos, debentures, bonos, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, documentos negociables, títulos de crédito y toda clase de efectos de comercio, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y la administración de esas inversiones y sus frutos; /ii/ la realización de toda clase de actividades o de servicios que acuerden los socios; /iii/ la administración, explotación y arrendamiento de todo tipo de bienes, sean estos corporales o incorporales, muebles o inmuebles. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, pudiendo participar en toda clase de entidades y/o sociedades, tanto nacionales como extranjeras, cualquiera sea su objeto y naturaleza jurídica, pudiendo concurrir como socio o accionista de cualquier tipo, aportante o mantener cualquier tipo de derechos o intereses en éstas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. (iii) Duración: La Sociedad comenzó con fecha 7 de julio de 2005 y durará hasta el 31 de diciembre del año 2050. Vencido este plazo, la Sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término mediante aviso dado por escritura pública, de la cual se tome nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo. (iv) Capital: $4.838.501.614, que los socios han aportado con anterioridad a esta fecha, en las siguientes proporciones: /i/ doña Carolina Elisa Ugarte Hernández, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 16,2368781079059% de los derechos sociales; /ii/ Inversiones Ontasuna Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; /iii/ Inversiones Assueko Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; /iv/ Inversiones Sawtelle Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; y /v/ Inversiones Rukume Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. (v) Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a las personas que se indican a continuación, en adelante todos conjuntamente como los “Administradores”, quienes actuando en la forma señalada y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, en especial con aquellas indicadas en el artículo octavo de los estatutos sociales. /i/Apoderados Clase A: hasta el 31 de diciembre de 2029, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de los señores don Pedro Andrés Muñoz Rojas o doña Carolina Elisa Ugarte Hernández. /ii/ Apoderados Clase B: a contar del 1 de enero de 2030, don Pedro Andrés Muñoz Rojas y doña Carolina Elisa Ugarte Hernández deberán actuar conjuntamente o bien, alternativamente, uno cualquiera de ellos deberá actuar conjuntamente con uno cualquiera de los señores doña María Jesús Muñoz Ugarte, don Matías José Muñoz Ugarte, don Martín José Muñoz Ugarte o don Pedro José Muñoz Ugarte. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de ausencia, insolvencia o incapacidad legal o natural de los señores don Pedro Andrés Muñoz Rojas y doña Carolina Elisa Ugarte Hernández, lo cual no será necesario acreditar ante terceros, la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad será ejercida conjuntamente por tres cualquiera de los señores doña María Jesús Muñoz Ugarte, don Matías José Muñoz Ugarte, don Martín José Muñoz Ugarte o don Pedro José Muñoz Ugarte, quienes, actuando en la forma señalada y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las mismas facultades que los Administradores. Se deja constancia de lo siguiente: (i) Inversiones Assueko Limitada se encuentra inscrita a fojas 11.864, número 4.085 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025; (ii) Inversiones Sawtelle Limitada se encuentra inscrita a fojas 11.866, número 4.086 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025; (iii) Inversiones Rukume Limitada se encuentra inscrita a fojas 11.894, número 4.100 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces del Santiago correspondiente al año 2025; e (iv) Inversiones Ontasuna Limitada se encuentra inscrita a fojas 11.862, número 4.084 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de febrero de 2025.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-01-17Ver PDF (CVE 1337271)

Información societaria

Ltda
Agua del Carrizal Nº9.633

Capital

Capital total

$4.077.685.005

Socios (5)

NombreParticipación

Carolina Elisa Ugarte Hernández

Socio

0.6%

María Jesús Muñoz Ugarte

Socio

24.85%

Matías José Muñoz Ugarte

Socio

24.85%

Martín José Muñoz Ugarte

Socio

24.85%

Pedro José Muñoz Ugarte

Socio

24.85%

Texto oficial del extracto

Humberto Prieto Concha, abogado, Notario Público Suplente de la 43º Notaría de Santiago, de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 2 de enero de 2018, ante mí, Carolina Elisa Ugarte Hernández, María Jesús Muñoz Ugarte, Martín José Muñoz Ugarte, Matías José Muñoz Ugarte y Pedro José Muñoz Ugarte, todos domiciliados para estos efectos en Agua del Carrizal Nº9.633, comuna de Lo Barnechea, Santiago, modificaron la sociedad civil de responsabilidad limitada Rentas Valle Paraíso Limitada, la cual se encuentra inscrita a fojas 24.754 número 17.946 del Registro de Comercio de Santiago del año 2005, en los siguientes términos: (i) Se aumentó el capital de $40.147.431 a $4.077.685.005. El aumento de capital, ascendente a $4.037.537.574, es enterado por los socios de la siguiente manera: a) A través de la capitalización de $21.861.198 correspondientes a la cuenta de revalorización de capital de conformidad al balance confeccionado al 31 de diciembre de 2016, que es enterado por cada uno de los socios a prorrata de su participación en el capital social a la fecha de la escritura. b) Mediante aporte en dinero de $4.015.676.376 por los socios María Jesús Muñoz Ugarte, Matías José Muñoz Ugarte, Martín José Muñoz Ugarte y Pedro José Muñoz Ugarte, cada uno por la suma de $1.003.919.094. Se reemplazó el artículo cuarto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL. El capital de la Sociedad es la suma de cuatro mil setenta y siete millones seiscientos ochenta y cinco mil cinco pesos, que los socios han aportado con anterioridad a esta fecha, en la proporción, aproximadamente, de cero coma seis por ciento para Carolina Elisa Ugarte Hernández, veinticuatro coma ochenta y cinco por ciento para María Jesús Muñoz Ugarte, veinticuatro coma ochenta y cinco por ciento para Matías José Muñoz Ugarte, veinticuatro coma ochenta y cinco por ciento para Martín José Muñoz Ugarte, y veinticuatro coma ochenta y cinco por ciento para Pedro José Muñoz Ugarte. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes”. (ii) Se modificaron otras cláusulas de los estatutos las cuales no son materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de enero de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Rentas Valle Paraíso Limitada

    CVE 2616288

  2. MODIFICACIÓN

    Rentas Valle Paraíso Limitada

    CVE 1337271

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)