Manuka SpA
Diario Oficial
Información societaria
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior ANDRÉS HEUFEMANN GROB, Abogado, Notario Público Suplente de la 2° Notaría de Osorno de don Pablo Eisendecher Bertin, con oficio en calle Bernardo O’higgins N°691 6386, Osorno, certifica: por escritura pública de 31 de diciembre de 2025, repertorio N°6.478-2025, ante mí, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de MANUKA SpA, sociedad inscrita a fojas 25.701 N° 18.613 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005, celebrada con fecha 31 de diciembre de 2025. En dicha Junta, la unanimidad de los accionistas de la Sociedad, según registro de accionistas que tuve a la vista, aprobaron, entre otros acuerdos: /Uno/ La fusión por incorporación de Manuka SpA en Totara SpA, adquiriendo ésta última todos los activos y asumiendo todos los pasivos de Manuka SpA, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones e incorporándose a Totara SpA la totalidad del patrimonio de Manuka SpA. /Dos/ La disolución de Manuka SpA, sin necesidad de liquidación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley sobre Sociedades Anónimas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para su legalización. Osorno, a 31 de diciembre de 2025.
Información societaria
Capital
Capital total
$14.179.937
Capital pagado
$14.179.937
Acciones
14.179.937
Texto oficial del extracto
Karina Alejandra Flores Muñoz, Notario Público Suplente de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, Providencia, certifica que: por escritura pública de 31 de diciembre de 2024, repertorio N° 16.989-2024, ante el Notario Titular, se redujo acta de Junta Extraordinaria de accionistas de MANUKA SpA, Rol Único Tributario N°76.320.770-6, sociedad inscrita a fojas 25.701 N°18.613 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005, celebrada con fecha 31 de diciembre de 2024. En dicha Junta la unanimidad de los accionistas de la Sociedad, según el registro de accionistas que tuve a la vista, aprobaron, entre otros acuerdos: Uno) la fusión por incorporación de Toromiro SpA en Manuka SpA, adquiriendo esta última todos los activos y asumiendo todos los pasivos de Toromiro SpA, la que se disuelve sin ser necesaria su liquidación, todo con efecto al 31 de diciembre de 2024. Dos) Como resultado de la fusión acordada, se aumenta el capital de Manuka SpA en $716, quedando el capital en $14.179.937, dividido en 14.179.937 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Tres) Como resultado de la fusión, se acordó modificar los artículos quinto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales de Manuka SpA, con el objeto de reflejar en ellos el aumento de capital antes señalado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para su legalización. Santiago, 9 de enero de 2025.
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo de las siguientes actividades: a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos; b) La administración de toda clase de sociedades, empresas, negocios o establecimientos, por cuenta propia o ajena; y c) El desarrollo de actividades productivas y comercializadoras de productos agropecuarios, incluyendo la explotación, incluido el arrendamiento, de predios urbanos y rurales, maquinarias, animales y demás bienes necesarios para la explotación del giro de la lechería y ganadería.
Capital
Capital total
$14.179.221
Acciones
14.179.221
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Inversiones Lácteas Kauri Limitada Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
EDWIN A. FERREIRA SANHUEZA, Abogado, Notario Público Interino de Osorno, con oficio en calle Eleuterio Ramírez 910, de esta ciudad certifica que: Con fecha 27 de julio de 2021, ante mí, se redujo a escritura pública repertorio 2.975-2021, Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “MANUKA SpA”, de fecha 23 de julio de 2021, sociedad inscrita a fojas 25.701 N°18.613 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago del año 2005. En dicha Junta se aprobó por unanimidad, lo siguiente: (a) eliminar al directorio como órgano de administración y, en su reemplazo, establecer que la administración la ejerza un Administrador, recayendo la designación en RIMU S.A. (b) Adecuar los estatutos a dicha modificación, por lo que se reemplazan íntegramente los estatutos sociales, bajo las siguientes estipulaciones principales: Accionistas: Inversiones Lácteas Kauri Limitada y Rimu S.A. Nombre: Manuka SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo de las siguientes actividades: a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos; b) La administración de toda clase de sociedades, empresas, negocios o establecimientos, por cuenta propia o ajena; y c) El desarrollo de actividades productivas y comercializadoras de productos agropecuarios, incluyendo la explotación, incluido el arrendamiento, de predios urbanos y rurales, maquinarias, animales y demás bienes necesarios para la explotación del giro de la lechería y ganadería. Capital: El capital nominal de la Sociedad es la suma de $14.179.221, dividido en 14.179.221 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales se suscribirán y pagarán en la forma señalada en el artículo primero transitorio. Administración: La administración y representación de la Sociedad le corresponderá a RIMU S.A., quien podrá ejercerla por medio de sus apoderados que especialmente designe para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente le otorgue. Demás estipulaciones en escritura extractada. Osorno, 27 Julio 2021.
Información societaria
Capital
Capital total
$14.179.221
Capital pagado
$14.179.221
Capital pendiente
$0
Acciones
14.179.221
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Inversiones Lácteas Kauri Limitada Accionista | - | 14.178.659 acc. | - |
Accionista | - | 562 acc. | - |
Texto oficial del extracto
Verónica Torrealba Costabal, Suplente del Titular don Iván Torrealba Acevedo, Titular 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifico que con esta fecha ante mí, se redujo a escritura pública, Repertorio N° 23-2021, acta junta general de accionistas de MANUKA SpA, inscrita a fojas 25.701 N° 18.613 Registro de Comercio Santiago año 2005, celebrada ante mí con fecha 4 de enero de 2021. En dicha Junta, se adoptaron, por unanimidad, entre otros, siguientes acuerdos que extracto: (1) División. Sobre la base del balance al 30 de septiembre de 2020, dividir MANUKA SpA en dos sociedades distintas, una bajo misma denominación, su continuadora, que se regirá por sus actuales estatutos, salvo modificaciones indicadas en número (3) siguiente; y una sociedad por acciones nueva, bajo la denominación de Totara SpA cuyo capital de $20.410.004.635, quedará distribuido entre los accionistas de la sociedad dividida en las mismas proporciones que tienen actualmente en dicha sociedad. (2) Conforme balance al 30 de septiembre de 2020 aprobado por Junta, el patrimonio de MANUKA SpA a esa fecha y antes de la división, asciende a $88.857.289.368 distribuido en la forma señalada en escritura extractada. Como consecuencia de la división dicho patrimonio se distribuye: a) MANUKA SpA $(18.045.347.968) y b) Totara SpA $106.902.637.336. El Activo de Totara SpA estará compuesto por los bienes singularizados en escritura extractada y se hará cargo dicha sociedad de los pasivos señalados en escritura extractada. MANUKA SpA conservará activos y pasivos que resten después de asignar a nueva sociedad los activos y pasivos referidos, lo que determina un patrimonio de $(18.045.347.968). (3) MANUKA SpA se regirá por su actual estatuto, con las siguientes modificaciones: se sustituye artículo 5º de su estatuto social para consignar que consecuencia de división y consiguiente disminución de capital de MANUKA SpA éste queda en $14.179.221, dividido en 14.179.221 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, distribuido entre los actuales accionistas, íntegramente suscrito y pagado, conforme indica nuevo artículo 1° transitorio. Capital: $14.179.221. (4) Junta aprobó estatutos de TOTARA SpA cuyo contenido extracto: Accionistas: Inversiones Lácteas Kauri Limitada y Rimu S.A. Nombre: TOTARA SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto el desarrollo de las siguientes actividades: (a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos; (b) La inversión y administración de toda clase de sociedades, empresas, negocios o establecimientos, por cuenta propia o ajena; y (c) El desarrollo de actividades productivas y comercializadoras de productos agropecuarios, incluyendo la explotación de predios urbanos y rurales, animales y demás bienes necesarios para la explotación del giro de la lechería y ganadería. Capital: $20.410.004.635, dividido en 14.179.221 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en forma indicada en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para su legalización. El notario certifica haber procedido a la revisión del libro de Accionistas de Manuka SpA el cual da fe de la siguiente estructura de accionistas: Inversiones Lácteas Kauri Limitada, 14.178.659 acciones y Rimu S.A. 562 acciones. La cual conforman el 100% de los accionistas de Manuka SpA al día de hoy. Santiago, 4 de enero de 2021.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto el desarrollo de las siguientes actividades: (a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos; (b) la inversión y administración de toda clase de sociedades, empresas, negocios o establecimientos, por cuenta propia o ajena; y (c) el desarrollo de actividades productivas y comercializadoras de productos agropecuarios, incluyendo la explotación de predios urbanos y rurales, animales y demás bienes necesarios para la explotación del giro de la lechería y ganadería.
Capital
Capital total
$20.424.183.856
Capital pagado
$20.424.183.856
Capital pendiente
$0
Acciones
14.179.221
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Inversiones Lácteas Kauri Limitada Accionista | - | 14.178.659 acc. | $20.423.374.967 |
Accionista | - | 562 acc. | $808.889 |
Historia societaria relatada
- Otro acto· 14 de octubre de 2020
Junta extraordinaria de accionistas acordó actualizar aportes y transformar la sociedad en una SpA.
Texto oficial del extracto
Iván Torrealba Acevedo, Titular 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifico: Que, con esta fecha ante mí, se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionistas de “Manuka S.A”. - inscrita a fojas 25.701 N° 18.613 Registro de Comercio Santiago año 2005 - celebrada con fecha 14 de octubre de 2020 acordaron por unanimidad, entre otras materias: Uno) Actualizar efectivos aportes efectuados por los accionistas de acuerdo al artículo 11 de la ley 18.046, corrigiendo el capital de la Sociedad al efectivamente suscrito y pagado en arcas sociales, el cual asciende, conforme a su última revalorización al 31 de diciembre de 2012, antes de ajustarse a la normativa IFRS, a $20.424.183.856 dividido en 14.179.221 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. A consecuencia de los ajustes al capital ya mencionados, se reemplaza Artículo 4º y Artículo 1° Transitorio estatutos a fin adecuarlos a aumento de capital acordado por: “(…) Artículo Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de $20.424.183.856, dividido en 14.179.221 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal (…)”; “(…) Artículo Primero Transitorio. El capital de la sociedad ascendente a la suma de $20.424.183.856, dividido en 14.179.221 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal se suscribió y pago por los accionistas de la siguiente manera: 1) Inversiones Lácteas Kauri Limitada suscribió 14.178.659 acciones, pagadas al contado y en dinero efectivo enterándolo en caja social con anterioridad; y 2) RIMU S.A. suscribió 562 acciones, pagadas al contado y en dinero efectivo enterándolo en caja social con anterioridad (…)”. Dos) Transformación en sociedad por acciones denominada “Manuka SpA”, con efecto desde fecha escritura extractada, manteniendo mismo RUT N° 76.320.770-6, personalidad jurídica, activos y pasivos, derechos y obligaciones y bajo siguientes principales estipulaciones: Accionistas: Inversiones Lácteas Kauri Limitada y Rimu S.A. Nombre: “Manuka SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto el desarrollo de las siguientes actividades: (a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos; (b) La inversión y administración de toda clase de sociedades, empresas, negocios o establecimientos, por cuenta propia o ajena; y (c) El desarrollo de actividades productivas y comercializadoras de productos agropecuarios, incluyendo la explotación de predios urbanos y rurales, animales y demás bienes necesarios para la explotación del giro de la lechería y ganadería. Capital: El capital nominal de la sociedad es la suma de $20.424.183.856, dividido en 14.179.221 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, en la forma señalada en el artículo PRIMERO TRANSITORIO. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 19 de octubre de 2020.
Información societaria
Texto oficial del extracto
HARRY M. WINTER AGUILERA, abogado, Notario Público Titular de Osorno, con oficio en Eleuterio Ramírez 910, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad MANUKA S.A., celebrada ante mí con fecha 22 de julio de 2020, sociedad inscrita a fojas 25701 N°18613 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005. En dicha Junta se acordó, por unanimidad, modificar los estatutos de la sociedad en el siguiente sentido: /Uno/ A continuación del Artículo Segundo se agrega un nuevo artículo que se denominará ARTÍCULO SEGUNDO BIS, que señala: “ARTÍCULO SEGUNDO BIS: Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.” /Dos/ Se modifica el Artículo Octavo, quedando como sigue: “ARTÍCULO OCTAVO: La sociedad será administrada por un directorio compuesto por ocho miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la junta ordinaria de accionistas, que durarán tres años en sus funciones, se renovarán en su totalidad al final del periodo y podrán ser reelegidos indefinidamente. En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad.” Demás estipulaciones escritura extractada. Osorno, 28 Julio 2020.
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