Sociedad de Inversiones CRYC Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-9 | 7.xxx.xxx-9 | 25.6% | - |
Socio 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | 24.8% | - |
Socio 16.xxx.xxx-7 | 16.xxx.xxx-7 | 24.8% | - |
Socio 16.xxx.xxx-1 | 16.xxx.xxx-1 | 24.8% | - |
Representación legal (1)
Historia societaria relatada
- Otro acto· 19 de febrero de 2022
Se publicó un extracto previo de modificación de Sociedad de Inversiones CRYC Limitada.
MARÍA CRISTINA URRA NEASMIC · CRISTINA ANDREA ORTEGA URRA · CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA URRA · RODRIGO JAVIER ORTEGA URRA
Texto oficial del extracto
GINO BENEVENTI ALFARO, Abogado, Notario Interino de la 45ª Notaria Santiago, Paseo Huérfanos 979, 7º piso, certifico: Que, por escritura de fecha 03-03-2022, Repertorio N°3999-2022, ante mí, don IVÁN ANDRÉS PEÑA CARRIÓN, C.I. N°11.638.349-7, domiciliado en Paseo Huérfanos N°757, oficina 716, Santiago; en representación de doña MARÍA CRISTINA URRA NEASMIC, C.I. N°7.287.894-9, doña CRISTINA ANDREA ORTEGA URRA, C.I. N°16.368.730-5; don CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA URRA, C.I. N°16.096.839-7; y don RODRIGO JAVIER ORTEGA URRA, C.I. N°16.368.729-1, domiciliados en Av. El Tranque N°10.400, departamento F-31, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; rectificó extracto de modificación de Sociedad de Inversiones CRYC Limitada, inscrito a fojas 14.732 N°6.972 año 2022, Registro Comercio Santiago, publicado en DO N°43.183, del 19-02-2022, en lo siguiente: donde dice “en su calidad de únicos y actuales socios; en un 25,6% la primera y en un 24,8% los tres restantes en los derechos sociales…….; debe decir “en su calidad de únicos y actuales socios; en un 25,6% la primera y en un 24,8% cada uno de los tres restantes en los derechos sociales……;. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de marzo de 2022. G. BENEVENTI. NPI.
Información societaria
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-9 | 7.xxx.xxx-9 | 25.6% | - |
Socio 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | 24.8% | - |
Socio 16.xxx.xxx-7 | 16.xxx.xxx-7 | 24.8% | - |
Socio 16.xxx.xxx-1 | 16.xxx.xxx-1 | 24.8% | - |
Administradores (2)
Historia societaria relatada
- Constitución· 20 de junio de 2005
Se constituye la sociedad de inversiones CRYC Limitada.
- Cambio de administrador· 23 de diciembre de 2021
Se modifica la administración de la sociedad, quedando a cargo de María Cristina Urra Neasmic y Claudio Andrés Ortega Urra, individual e indistintamente.
- Otro acto· 23 de diciembre de 2021
Se modifica la duración de la sociedad, estableciéndola como indefinida.
Texto oficial del extracto
GINO BENEVENTI ALFARO, Abogado, Notario Interino de la 45ª Notaria Santiago, Paseo Huérfanos 979, 7º piso, certifico: Que, por escritura de fecha 23 de diciembre del año 2021, Repertorio N°39.224, ante mí, doña MARÍA CRISTINA URRA NEASMIC, C.I. N°7.287.894-9, doña CRISTINA ANDREA ORTEGA URRA, C.I. N°16.368.730-5; don CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA URRA, C.I. N°16.096.839-7; y don RODRIGO JAVIER ORTEGA URRA, C.I. N°16.368.729-1, domiciliados en Av. El Tranque N°10.400, departamento F-31, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; en su calidad de únicos y actuales socios; en un 25.6 % la primera y en un 24,8% los tres restantes en los derechos sociales; modificaron la “SOCIEDAD DE INVERSIONES CRYC LIMITADA”, RUT N°76.314.020-2, constituida por escritura de fecha 20 de junio de 2005, Notaria de Santiago de don Alberto Rojas López, Repertorio N°2.330, extracto inscrito Fs. 22.719 N°16.514, Registro de Comercio de Santiago año 2005, publicación Diario Oficial del 09 de julio de 2005. Objeto de la escritura: Modificación de estatutos sociales, en lo que se refiere a su artículo Quinto, solo respecto a la administración de la sociedad, sin afectar las facultades, y su artículo Noveno, referido a la duración de la sociedad, en los siguientes términos: “QUINTO: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, individual e indistintamente a doña MARÍA CRISTINA URRA NEASMIC y a don CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA URRA, quienes anteponiendo a sus nombres y firma la razón social, representarán y a obligarán a la sociedad, pudiendo en consecuencia realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y ejecutar todas las convenciones que tengan por finalidad dar cumplimiento al objeto social o que se estimen necesarios y adecuados para dicho objetivo, no siendo necesario acreditar frente a tercero si ellos corresponden o no al giro social. Se deja expresa constancia que las distintas facultades, no son limitativas, en el sentido de que, si éstas se ejercen para otros efectos, son plenamente válidas. Sin que la enumeración sea taxativa, sino meramente enunciativa, los representantes podrán actuar con todas y cada una de las facultades señalada en la cláusula Quinta de los estatutos sociales, contenidos en la escritura pública de fecha veinte de junio del año dos mil cinco, otorgada en la Sexta Notaría de Santiago de don Alberto Rojas López”. “NOVENO: Vigencia y duración. A contar de la fecha del presente instrumento, el plazo y duración de la sociedad será indefinida”. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de febrero de 2022. G. BENEVENTI NPI.
Información societaria
Objeto social
Modificación de estatutos de la sociedad.
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | - | - |
Socio 16.xxx.xxx-7 | 16.xxx.xxx-7 | - | - |
Socio 16.xxx.xxx-1 | 16.xxx.xxx-1 | - | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 20 de junio de 2005
Constitución de la sociedad.
- Fallecimiento
Fallecimiento de don Claudio Rodrigo Ortega González, socio causante de la sociedad.
- Sucesión
María Cristina Urra Neasmic comparece como apoderada de la sucesión hereditaria de Claudio Rodrigo Ortega González.
MARÍA CRISTINA URRA NEASMIC · Claudio Rodrigo Ortega González
Texto oficial del extracto
JOAQUÍN LABBE DONOSO, Abogado, Notario Suplente del Titular de la 45 Notaria Santiago, don René Benavente Cash, Paseo Huérfanos 979, 7º piso, certifico: Por escritura de fecha 28 de enero del año 2020, otorgada ante el Titular, bajo el Repertorio N°4.296-2020; doña CRISTINA ANDREA ORTEGA URRA, C.I. N°16.368.730-5; don CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA URRA, C.I. N°16.096.839-7; y don RODRIGO JAVIER ORTEGA URRA, C.I. N°16.368.729-1; en su calidad de socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES CRYC LIMITADA, y doña MARÍA CRISTINA URRA NEASMIC, C.I. N°7.287.894-9, en su calidad de apoderada de la sucesión hereditaria de don Claudio Rodrigo Ortega González, socio causante de la mencionada sociedad, todos domiciliados en Av. El Tranque N°10.400, departamento F-31, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron "SOCIEDAD DE INVERSIONES CRYC LIMITADA", RUT N°76.314.020-2, constituida por escritura pública de fecha 20 de junio del año 2005, otorgada en la Notaria Público de Santiago de don Alberto Rojas López, cuyo extracto se inscribió a Fs. 22.719 N°16.514, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2005, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 09 de julio del año 2005. Objeto de la escritura: Modificación de estatutos de la sociedad, en lo que se refiere a su artículo Quinto, respecto de la administración de la misma, el que queda del siguiente tenor: "QUINTO: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, exclusivamente a doña MARÍA CRISTINA URRA NEASMIC, quien anteponiendo a su nombre y firma la razón social, representará y a obligará a la sociedad, pudiendo en consecuencia realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y ejecutar todas las convenciones que tengan por finalidad dar cumplimiento al objeto social o que se estimen necesarios y adecuados para dicho objetivo, no siendo necesario acreditar frente a tercero si ellos corresponden o no al giro social. Facultades se detallan y enuncian en la escritura extractada. Santiago, 25 de marzo de 2020.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Sociedad de Inversiones CRYC Limitada
CVE 2106476
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES CRYC LIMITADA
CVE 2089094
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES CRYC LIMITADA
CVE 1746064
