Asesorias Y Servicios Rapalhué Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
la prestación de servicios profesionales, asesorías, consultorías y auditorías externas, en el área contable, financiera, comercial, jurídica y de negocios, a toda clase de personas, jurídicas o naturales, ya sea públicas o privadas. Para el cumplimiento de este objeto la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos
Capital
Capital total
$100.000
Capital integralizado
$100.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-8 | 13.xxx.xxx-8 | 99% | $99.000 |
Socio 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | 1% | $1.000 |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos· 6 de outubro de 2023
MARÍA ESTER JERIA LIBERONA cede el 1% de sus derechos sociales a JAZMIN CAROLINA MEZA OCARANZA
Texto oficial do extrato
NICOLAS IGNACIO TORREALBA ILUFI, abogado, Notario Público Suplente de doña LINDA SCARLETT BOSH JIMENEZ, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de Santiago, con domicilio en avenida Apoquindo 4990, Las Condes, Santiago, Certifico: Que por escritura pública hoy 06 de octubre de 2023 y Repertorio N°5812-2023, ante mí: JUAN PABLO GONZÁLEZ JERIA, CIN°13.769.074-8, con domicilio en Diego de Almagro 4.700 departamento 205, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; MARÍA ESTER JERIA LIBERONA, CIN°7.003.153-1, con domicilio en calle Constitución número 303, comuna de San Antonio, y de paso por esta ciudad; y JAZMIN CAROLINA MEZA OCARANZA, CIN°17.577.575-7, con domicilio en Diego de Almagro 4.700 departamento 205, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, modificaron los estatutos de la sociedad ASESORIAS Y SERVICIOS RAPALHUÉ LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.310.833-K, inscrita a fojas 86.318 número 56.575 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del 2013 en el siguiente sentido: A) MARÍA ESTER JERIA LIBERONA viene en ceder y transferir la totalidad de los derechos que es titular, esto es de un por ciento sobre el capital social, a JAZMIN CAROLINA MEZA OCARANZA, quien acepta y adquiere para sí los derechos mencionados. El precio de la cesión que da cuenta la cláusula anterior es la suma de $300.000.- que la cesionaria paga al contado y en dinero efectivo en este acto, declarando la cedente recibirlo a su entera conformidad. B) Producto de la cesión de derechos los actuales y únicos socios de la sociedad ASESORÍAS Y SERVICIOS RAPALHUÉ LIMITADA, don JUAN PABLO GONZÁLEZ JERIA titular de un 99% de los derechos sociales; y doña JAZMIN CAROLINA MEZA OCARANZA, titular de 1% de los derechos sociales. C) MODIFICACIÓN. Las partes únicas y actuales socios de la sociedad ASESORIAS Y SERVICIOS RAPALHUÉ LIMITADA, vienen en modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: UNO) Modifican cláusula segunda de los estatutos, la cual tendrá la siguiente redacción definitiva: “SEGUNDO: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: la prestación de servicios profesionales, asesorías, consultorías y auditorías externas, en el área contable, financiera, comercial, jurídica y de negocios, a toda clase de personas, jurídicas o naturales, ya sea públicas o privadas. Para el cumplimiento de este objeto la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos”. DOS) Modifican cláusula Tercera de los estatutos sociales, la cual tendrá la siguiente redacción: “TERCERO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL.- La administración y el uso de la razón social corresponderá a don JUAN PABLO GONZÁLEZ JERIA y a doña JAZMIN CAROLINA MEZA OCARANZA, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes sin limitación alguna, pudiendo delegar en un tercero la totalidad o parte de las facultades de administración.”. TRES) Modifican cláusula quinta de los estatutos, la cual tendrá la siguiente redacción definitiva: “ QUINTO: Capital social y limitación a la responsabilidad de los socios.- El capital de la sociedad será la suma de cien mil pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno) don Juan Pablo González Jeria aportó la suma de noventa y nueve mil pesos, los que enteró al contado y en dinero efectivo; y Dos) doña Jazmín Carolina Meza Ocaranza aportó la suma de mil pesos, los que enteró al contado y en dinero efectivo. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes.”. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura que se extracta. Santiago, 06 de octubre de 2023.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
ASESORIAS Y SERVICIOS RAPALHUÉ LIMITADA
CVE 2389438
