Servicios Y Arriendos Quintay Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | - |
Ricardo Enrique Callilef Astudillo Socio | - | 40% | - |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 8 de febrero de 2017
Rodrigo Lorenzo García Durán cede la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 40%, a Juan Manuel Torres Vivero y Ricardo Enrique Callilef Astudillo, quienes adquieren en partes iguales.
Rodrigo Lorenzo García Durán · Juan Manuel Torres Vivero · Ricardo Enrique Callilef Astudillo
- Cambio de administrador· 8 de febrero de 2017
Se modifica la administración social para que corresponda a ambos socios, individual e indistintamente, y se elimina la facultad especial de Rodrigo Lorenzo García Durán.
Juan Manuel Torres Vivero · Ricardo Enrique Callilef Astudillo · Rodrigo Lorenzo García Durán
Texto oficial del extracto
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular 16 notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura de 08-02-2017, ante notario suplente Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez y autorizada por mi, en conformidad Art. 402 C.O.T. Juan Manuel Torres Vivero, domiciliado en calle Alejandro Serani Norte N° 9458, Vitacura; Rodrigo Lorenzo García Durán, domiciliado en calle Etchevers Alto N° 574, departamento 12, Viña del Mar; y Ricardo Enrique Callilef Astudillo, domiciliado en calle Américo Vespucio Sur Nº 2875, departamento G-51, Macul; celebraron escritura pública de modificación de sociedad denominada “ SERVICIOS Y ARRIENDOS QUINTAY LIMITADA ”, en los siguientes términos: (a) Rodrigo Lorenzo García Durán cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, representativos del cuarenta por ciento de los mismos, a Juan Manuel Torres Vivero y a Ricardo Enrique Callilef Astudillo, quienes los aceptan y adquieren para si, y en partes iguales, acrecentando sus participaciones en un veinte por ciento cada uno, por la suma de quinientos mil pesos, pagada al contado y en este acto, retirándose de la sociedad el primero y quedando como únicos socios de ésta Juan Manuel Torres Vivero y Ricardo Enrique Callilef Astudillo, con sendas participaciones societarias de sesenta por ciento y cuarenta por ciento, respectivamente. (b) Los socios acuerdan hacer las siguientes modificaciones a la cláusula quinta de los estatutos sociales, que establece la administración de la sociedad: (b.1) Se reemplaza la oración inicial de dicha cláusula por la que sigue: “El uso de la administración de la sociedad, el uso de la razón social, y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a ambos socios, individual e indistintamente, de manera que cualquiera de ellos, anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, con todas las facultades mencionadas en los Estatutos Sociales, las cuales se dan por reproducidas en su totalidad.” (b.2) Se elimina la facultad especial y de actuación individual conferida a don Rodrigo Lorenzo García Durán, señalada a continuación de la facultad de administración número veintisiete.” En lo no modificado sigue vigente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 7 de marzo de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS Y ARRIENDOS QUINTAY LIMITADA
CVE 1198711
